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C
Consejo Rector AAVV
05/05/2007 13:51

ASUNTO PRÓRROGA IRPF

¿Cuál es el plazo para solicitar la prórroga de las deducciones del IRPF?

3.799 lecturas | 30 respuestas
Hola a todos,

Siento no ser portador de muy buenas noticias respecto al tema de la prórroga del periodo de las deducciones del IRPF, ya que he encontrado en el Reglamento del mismo que el plazo para presentar la solicitud de la prórroga de los 4 años por causas no imputables al declarante ES DE 30 DÍAS DESDE LA FECHA LÍMITE DE ESOS 4 AÑOS.
No obtante, aunque fuera de plazo pero yo presentaría el la solicitud, el no ya lo tenemos.
Os copio el extracto:

Construcción o ampliación de la vivienda habitual

Concepto de construcción de vivienda habitual.

A efectos de la deducción, se considera construcción de vivienda habitual, cuando el contribuyente
satisfaga directamente los gastos derivados de la ejecución de las obras, o entregue cantidades a cuenta al promotor de las mismas, siempre que finalicen en un plazo no superior a cuatro años desde el inicio de la inversión.
Si las obras no fueran terminadas en el plazo indicado, además de no poderse practicar deducciones por las cantidades invertidas a partir de ese momento, también se perderá el derecho a las deducciones efectuadas con anterioridad.

No obstante lo anterior, el citado plazo de cuatro años puede verse ampliado, sin perder el
derecho a las deducciones, en las siguientes situaciones:

a) Situación del concurso del promotor de las obras. En estos casos, el plazo queda ampliado automáticamente en otros cuatro años, siempre que el contribuyente adjunte, a la declaración del ejercicio en que se hubiera producido el incumplimiento del plazo de cuatro
años, los documentos justificativos de las inversiones realizadas y de las circunstancias que han motivado el incumplimiento.

b) Cuando se produzcan otras circunstancias excepcionales no imputables al contribuyente, distintas de la anterior, que supongan paralización de las obras.

En estos supuestos, el contribuyente puede solicitar a la Administración la ampliación del
plazo.
La solicitud deberá presentarse ante la Delegación o Administración de la Agencia Estatal de Administración Tributaria correspondiente a su domicilio fiscal, durante el plazo de los treinta días siguientes a la fecha del incumplimiento del plazo.
En la solicitud deberán figurar tanto los motivos que han provocado el incumplimiento del plazo como el período de tiempo que se considera necesario para finalizar las obras de construcción,el cual no podrá ser superior a cuatro años.
El Delegado o Administrador de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria decidirá tanto sobre la procedencia de la ampliación solicitada como con respecto al plazo de ampliación,que no tendrá que ajustarse necesariamente al solicitado por el contribuyente. La ampliación concedida comenzará a contarse desde la fecha del incumplimiento.

Las solicitudes de ampliación del plazo que no sean resueltas expresamente en plazo de tres meses, podrán entenderse desestimadas.
� ;� ; Recuerde: Para que la vivienda tenga la consideración de habitual debe ser ocupada por el contribuyente en el plazo máximo de doce meses desde la terminación de las obras, salvo que lo impida alguna de las circunstancias excepcionales comentadas anteriormente
en el epígrafe "Concepto de vivienda habitual", página 371 de este mismo Capítulo de Manual de Renta 2006.
 
J
josbato25
30/11/2008 22:43
Consejo Rector AAVV dijo:

Agustino, perdona pero quién te ha dicho que la Gestora va a asumirlo?
Perdona pero es que no es creíble lo que te han dicho, más que nada porque los temas con Hacienda son responsabilidad de cada declarante y no creo que la Gestora vaya a asumir pagar todas nuestras devoluciones.

Lo que creo que debemos de hacer es esperar a que acabe la promoción de la mejor manera posible, y después hacer valer nuestros derechos, ya que si la AEAT nos obliga a devolver lo deducido, el causante de ésta situación NO somos nosotros sino quien no ha acabado a tiempo la obra.


Por favor que alguien me diga que paso con las cantidades a devolver a hacienda.. alguien las tuvo que devolver finalmente..?
 
C
Consejo Rector AAVV
14/06/2007 09:30
Agustino, perdona pero quién te ha dicho que la Gestora va a asumirlo?
Perdona pero es que no es creíble lo que te han dicho, más que nada porque los temas con Hacienda son responsabilidad de cada declarante y no creo que la Gestora vaya a asumir pagar todas nuestras devoluciones.

Lo que creo que debemos de hacer es esperar a que acabe la promoción de la mejor manera posible, y después hacer valer nuestros derechos, ya que si la AEAT nos obliga a devolver lo deducido, el causante de ésta situación NO somos nosotros sino quien no ha acabado a tiempo la obra.
 
A
Agustino
13/06/2007 22:33
en la asociacion dicen que la gestora va a asumirlo, eso si, primero pagamos nosotros y luego nos lo devuelve,
no lo veo nada creible, sera para callarnos la boca, pero que de todos modos se hablara de este tema en la reunion del dia 25.
saludos
 
C
cb1
13/06/2007 21:59
No sé chic@s, lo único que sé es que presenté la solicitud el día 13 de marzo de 2007 y mi aportación económica de 10500 euros fue el 22 de febrero de 2003, por lo que también estaría en plazo si tenía en cuenta la fecha del pago.
Creo que mireís por donde mireís sigo habiendo presentado la solicitud en plazo (tanto contanto el pago como la inscripción), y también creo que para todos sea igual ,pero puede que como le ha pasado a un amigo mio que está tambien en la cooperativa él fue el 31 de abril, por lo que lógicamente está fuera de plazo y se lo han desestimado. Las fechas sinceramente son igual para todos o al menos así lo entiendo yo. Lo que veo fatal , es que hemos hecho reuniones y en ninguna de ellas se nos ha informado de la importancia de dicha solicitud, porque yo lo hice en esa fecha porque tenía vacaciones sino a ver como tienes una mañana libre para ir hacienda?
 
U
usuario2
13/06/2007 19:48
Pero aqui no pasa igual que cuando hay una sentencia judicial que te puedes adherir a ella si tu situacion es la misma o es el mismo caso aunque tu no hayas pleiteado?
No estamos todos en la misma condiciones que cb1, acaso no es la misma constructora, la misma promocion, si somos todos iguales ante la ley , deben aplicarla igual para todos aunque tu no lo pidas?
esto lo debia aclarar un jurista,pero pienso que si ha estimado a cb1, debe estimar a todos por el principio de igualdad, aunque tu no lo pidas.
 
B
BONOGIRL
13/06/2007 11:42
ESTOY ALUCINANDO, A MI ME HAN DICHO QUE TENIA QUE PONER LA FECHA EN LA QUE DI LA PRIMERA APORTACION, NO LA FECHA EN LA QUE ME INSCRIBI. DA LA CASUALIDAD QUE EN MI DOCUMENTO DE INSCRIPCION SE OLVIDARON DE PONER LA FECHA. SOLO PUSIERON 2003. LES HE PEDIDO A LA GESTORA QUE ME DIGAN QUE DIA FUE. Y COMO SEA ASI LO VOY A PRESENTAR A HACIENDA
 
C
cb1
12/06/2007 19:34
Además de esto, quiero decir que no es "lo que hayamos dicho", sino que hemos presentado la documentación requerida por el administrador, que es el documento de adquisición de vivienda en la cooperativa, es el primer documento que tengo que está firmado por ambas partes, no una transferencia económica como reserva (en ningún momento del documento de adquisición se refleja dicho dinero, de hecho).
Puede ser también que como presentamos la documentación el 13/3 el funcionario entendiera que aún habiendo hecho el pago el veintitantos de febrero estuviera en plazo, lo desconozco, lo único que sé es que me han recomendado que guarde el documento como oro en paño, porque puede que nos lo pidan el año que viene para seguir comprobando e intentar seguir buscándonos las vueltas.
 
C
cb1
12/06/2007 19:26
Buenas, yo presenté la documentación de inscripción que fue el 5/3/2003, comenté al administrativo que el dinero lo había dado con anterioridad (reserva+entrada), a lo que él me contestó que la constitución de compra era en la firma del contrato que le llevaba. Además sino recuerdo mal, el pago del dinero fue días antes (unos 5 aprox), porque lo que teníamos que presentar para poder firmar el documento del 5/3 como adquisidores. Además de esto le llevé lo firmado en 2005, puesto que en este documento estaba incluido mi marido (en 2003 la adjudicataria era unicamente yo)y además de esto todos los documentos fiscales que nos había enviado la gestora año tras año, para justificar comienzo de pago. No sé si esto os ayudará , espero que sí. Suerte
 
B
BONOGIRL
12/06/2007 14:41
CB1, ES QUE....claro, no es lo mismo decir que firmamos el contrato de inscripcion en marzo que que la primera aportación (la reserva) fue en febrero. A mi me dijeron que tenía que poner la fecha en la que dí la primera aportación. Tu cuando diste la reserva? los 10.500E
 
B
BONOGIRL
12/06/2007 14:36
Hola, pues no se qué podemos hacer para convocar la reunión.......
 
J
juanje
12/06/2007 09:55
Hoy e estado en hacienda, en fin si te han denegado el plazo por no solicitarlo en el plazo deves devolver todo lo que te has desgravado en los 4 años ahora lo puedes hacer el año que biene pagando intereses o ahora y ahorrarte los intereses. ESO SI DEVERIAMOS OBLIGAR A LA CONSTRUCTURA Y A LA GESTORA DE LA ENTREGA DE NUESTROS PISO YA Y EN PERFECTAS CONDICIONES Y ACABADOS.
 
I
ivane
11/06/2007 11:07
estamos de acuerdo contigo,nosotros somos tres vecinos y estamos igual.hemos estado hablando con un abogado y nos a dicho que si no nos ponemos de acuerdo con la gestora ,la podemos demandar a ella y ala constructora.El abogado dice q nos unamos todos los afectados q a si tenemos mas fuerza.Seria interesante saber de cuantos afectados somos.este es mi numero de telefono 912415607,tenemos poco tiempo para hacer algo.saludos.
 
I
ivane
11/06/2007 11:00
hola
 
D
dasyl
08/06/2007 22:42
Estoy de acuerdo contigo Bonogirl, creo que se debería convocar una reunión urgente para tratar este tema.
No podemos quedarnos con los brazos cruzados antes esto, si tenemos que pedir explicaciones a la Gestora, creo que es mejor hacerlo todos los afectados juntos. No sé si se podría contemplar la opción de denunciar a la Gestora por no cumplir los plazos acordados y también por no informarnos debidamente de este tipo de cosas.

Si todos estais de acuerdo, podemos convocar una reunión urgente para tratar este tema.

 
A
Agustino
08/06/2007 15:32
y que quiere decir todo eso?
lo tenemos jodido no?
 
J
juanje
07/06/2007 23:27
Pérdida del derecho a deducir por compra de vivienda.
El supuesto corresponde a un contribuyente que venía practicando deducción por construcción de vivienda habitual. En este caso la finalización de las mismas no se ha producido en el plazo de cuatro años y no existe una ampliación del plazo (bien por no haberse solicitado o por no proceder ésta). ¿Debe devolver el contribuyente las cantidades deducidas hasta ese momento? ¿Puede, una vez regularizada su situación, seguir practicando deducción?

Cuando el contribuyente satisfaga directamente los gastos derivados de la ejecución de las obras (autopromoción) o entregue cantidades a cuenta al promotor de aquellas (ya sea a través de una cooperativa o constructora), las obras deberán necesariamente finalizar en un plazo de 4 años desde el inicio de la construcción.

Por ello si se incumple el plazo para la finalización de las obras en cuatro años, no procederá aplicar deducción alguna durante la construcción. No obstante, una vez adquirida la vivienda, el contribuyente podrá practicar deducción siempre y cuando vaya a trasladar su residencia con carácter habitual a a la nueva vivienda dentro de los doce mesis siguientes a su terminación.

Por otra parte hay que indicar que en ningún caso podrá volver a deducirse por las cantidades que en su dia dedujo y que debió devolver por resultar indebidas.

En el supuesto de que se prevea que la obra va a durar más de cuatro años es importante solicitar una ampliación del plazo que cabe en estos dos supuestos:

a) si la demora es debida a quiebra o suspensión de pagos del promotor judicialmente declaradas, el plazo quedará ampliado en otros 4 años. A partir de 1 de septiembre de 2004 se entederá referido a la situación de concurso del promotor.

b) si es debido a otras circunstancias excepcionales no imputables al contribuyente que supongan la paralización de las obras, puede solicitarse la ampliación del plazo inicial por otros 4 años, durante los 30 días siguientes a dicho incumplimiento. Ha de hacerse mediante solicitud por escrito y justificar documentalmente lo alegado.

 
C
cb1
06/06/2007 21:00
Hola a tod@s
Os paso lo redactado en la carta con la resolución que me han enviado, en mi caso a favor, pero podreís ver si por fechas la resolución que teneís (o al menos así lo entiendo yo)
Visto certificado aportado por el interesado, se comprueba que con fecha 5.3.03,firmó contrato de inscripción con la sociedad cooperativa Asociación de vecinos de s.s. de los reyes y que el motivo de no haberse comenzado las obras para la construcción de las viviendas es el retraso enla ejecución de las mismas.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 54.4 del reglamento del Impuesto "cuando por circunstancias excepcionales no imputables al contribuyente y que supongan paralización de las obras, no puedan éstas finalizarse antes de trasncurrir el plazo de cuatro años, desde el inicio de la inversión, el contribuyente podrá solicitar de la Administración la ampliación del plazo durante los TREINTA DÍAS SIGUIENTES AL INCUMPLIMIENTO DEL MISMO" (entiendo que no después del 5/4/07).
Esta sección , a la vista de lo anteriormente expuesto,propone ESTIMAR la solicitud presentada y ampliar el plazo para deducción por adquisión de vivienda habitual en el tiempo solicitado.
Yo presenté la solicitud el 13/3/07.
Espero que haya suerte y a los que les han dicho que no , que lo muevan , porque estamos hablando de un dinero que creo que a todos nos viene muy bien para nuestra casa.
 
J
juanje
06/06/2007 17:08
En los ultimos dias pero hacienda me dice que la fecha que lo consta es de febrero o sea que lo tenia que haber presentado en enero la ampliacion, de todas forma lo recurire habetr que pasa.
 
J
jhrr
06/06/2007 15:37
en que fecha presentasteis la prorroga??
 
S
SoniaC
06/06/2007 13:49
Hola a todos,

A mi también me a llegado la carta de hacienda, pero a mi si me han concedido la prórroga.

Hoy hemos hecho la renta y nos han dicho que ese papel lo tenemos que presentar el año que viene.
 
J
juanje
06/06/2007 12:05
Yo tambien he recibido la carta de hacienda que no me conceden la prorroga
 
B
BONOGIRL
06/06/2007 08:46
No quisiera fastidiaros la semana a los que no presentasteis la prorroga en su momento, pero a mi ya me ha llegado la carta de Hacienda diciendo que no me la conceden y que tengo que devolver lo que me he deducido. Cómo lo veis? yo muy chungo, creo que deberiamos convocar una reunión de la asociación y hablarlo con todos a los que les haya pasado lo mismo. Desde luego pienso que la asociación tiene aquí un papel importantisimo y que deberian hacer algo al respecto.Al menos convocarnos a todos.
 
S
Sacristan
28/05/2007 19:57
Soy una de las personas que solicite a tiempo la prorroga por el retraso en la entrega de nuestras viviendas y, como no he recibido respuesta, me he pasado por la Administracion para informarme y reclamar.
Me han indicado que la documentacion aportada por la Gestora es insuficiente porque no indica ni justifica el momento en el que hemos realizado el primer pago, y es a partir de ese momento cuando empieza a contar el plazo de los 4 años. Por ello me han pedido el documento de mi adhesion a la promocion de nuestras vivendas y el justificante del primer pago efectuado.
La docuemntacion que he presentado es la "solicitud de adjudicacion de vivienda..." que firmamos en Marzo de 2003 junto al justificante del pago que hicimos x 10.500,00 e, aunque yo he presentado ademas fotocopia de la solicitud de incorporacion a la promocion ("ficha de formalizacion de reserva...") que firmamos unos dias antes, en febrero de 2003, junto al justificante del pago de 1.500,00 e en concepto de reserva.
Os animo a que no lo dejeis pasar por el trastorno que nos supondria a todos, al menos en mi caso, el tener que devolver a Hacienda todo lo que nos hemos desgrabado + intereses.
Para esta reclamacion debeis dirigiros directamente a la Delegacion de Hacienda de Alcobendas, a la primera planta, a la puerta que indica mediante un carte "RECURSOS", sin necesidad de tener que coger numero de turno en la planta baja. Alli os atenderan y podreis exponer vuestro caso. Ademas os dire que, habiendo reclamado a tiempo la prorroga y aunque no nos haya contestado la Administracion en los 3 meses posteriores, podemos seguir nuestra reclamacion por la via administrativa, tal y como me han informado, y que ahora ellos , tras mi recurso, estan obligados a contestarme por escrito.
En el momento que sepa alguna respuesta os la hare saber.
 
U
usuario2
20/05/2007 11:26
Nosotros somos los responsables, tanto fiscalmente como responsablemente por fiarnos de la gestora, habra que apechugar con lo que venga, espero que nada, Pero tambien hay que decirle a la gestora lo bien que asesora a sus clientes.
Yo desde aqui y como miembro todavia de la cooperativa daré mi voto en contra en todo momento para que tanto ROSA DE LUXEMBURGO Y UICESA no haga ninguna promoción más, con la COOP Asociacion de vecinos ss reyes. Claro, si me dejan seguro que se inventan para esto algo.
 
M
mgma
19/05/2007 10:48
Pues la responsabilidad es nuestra y solo nuestra, por muy duro que parezca... me he informado y no podemos hacer nada contra la gestora... es muy fuerte

Según me han contado (gente que trabaja para Hacienda) somos los únicos responsables y deberíamos haber exigido a la gestora a tiempo que nos facilitase los papeles para la prorroga.

Ahora solo queda esperar que Hacienda no nos lo reclame.
 
M
mgma
18/05/2007 15:39
Hola

soy de otra promoción de Rosa Luxemburgo y me ha ocurrido como a vosotros, no me han enviado la carta para pedir la prorroga...

Que habeis hecho vosotros? alguno ha ido a Hacienda? os han reclamado en la declaración de este año a alguno las cantidades deducidas anteriormente?

Un saludo
 
J
jhrr
16/05/2007 21:04
hola a todos
a alguien le han puesto algun impedimento a la hora de hacer la declaración?
porque yo he intentado echarla por internet y no me deja por el tema este de la prorroga, deben tenerlo retenido, y tengo que ir en persona para ver que me cuentan.
ya solo nos faltaba tener problemas con hacienda por culpa de unos incompetentes...
 
A
antonio_correo
07/05/2007 09:35


Yo pensaba que PAGABAMOS a la gestora para que nos resuelvan estos aspectos, y que deberían de estar de nuestra parte.

Nos han enviado cartas certificadas para chorradas, y para esto que es importantisimo, no nos lo comunican en condiciones....
 
U
unvecinoss
06/05/2007 15:15
A mi no me queda claro, cuando cumple los cuatro años.
Yo, a hacienda no le he dicho nunca en mi declaración la fecha de adjudicacion, cosa que si ocurre con las cuentas vivienda y los prestamos (financiación ajena) ¿como Hacienda va a saber el dia exacto? a no ser qué nos pida si tenemos una inspeccion la solicitud de adjudicación fechada en marzo del 2003, pero tambien puedo presentar el titulo de adjudicación de vivienda fechada en abril 2005. Muchas dudas.

Pero tengo claro que si la constructora hubiese terminado en el tiempo que se la contrato, esto no hubiese pasado.

un saludo a tod@s
 
P
puskitas
06/05/2007 13:40
Me parece esto patético, nosotros pagamos a la Gestora, ellos se tendrían que ocupar de todo el papeleo,PRORROGAS etc,por cierto la carta no le ha llegado a todo el mundo ya por último lo de "no poderse practicar deducciones por las cantidades invertidas a partir de ese momento, también se perderá el derecho a las deducciones efectuadas con anterioridad." es para mear y no echar gota" GRACIAS POR EL TRANSFORMADOR GRACIAS POR EL RETRASO DE LAS OBRAS GRACIAS POR ESTO ÚLTIMO, SOMOS AFORTUNADOS VECINOS.
 

Fin del hilo
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