Volver al foro
Raul69
Raul69
25/04/2009 02:10

IBI y REFERENCIA CATASTRAL

¿Es necesario pagar el IBI si no existe una referencia catastral personal para cada vivienda?

5.818 lecturas | 5 respuestas
Hola tengo una duda y queria saber de alguien entendido en la materia como esta el asunto.

El otro dia me llego el borrador de hacienda y no aparece la referencia catastral del pareado de la pobla. (Hasta ahi algo normal puesto que estos datos suelen tardar algo de tiempo en actualizarse.)
Por otro lado mire en mis escrituras para ver que referencia aparecia y la que aparece es una referencia que yo creo que es la misma de todos puesto que la referencia es de los terrenos donde esta nuestra "urba" es decir en Pla de la Cova y demas.
Lo vengo a decir porque en la web del catastro intente buscar mi casa por la direccion y por dicha referencia y no sale ni la calle ni numero ni nada de nada. Y hoy me he decidido a llamar al servicio on line del catastro y por el numero de registro que sale en escrituras tampoco consta ningun tipo de dato en sus bases de datos. Entonces la telefonista me ha dicho que esto se debe a que o no esta actualizado o bien al no estar finalizada la obra pues consta el catastro de los terrenos , es decir que aun no ha sido dividida en el resto de parcelas que nos corresponde a cada uno.
Con lo cual si no existe una referencia catastral personal para cada vivienda la duda que le he planteado a la chica que me ha atendido es si entonces este año no tendriamos que pagar el ibi los propietarios y mas o menos me ha dado a entender que el recibo ira al registro de los terrenos, es decir a Fadesa.

No se, como es un asunto especial me gustaria saber si alguien ha pagado algun IBI desde que vive alli o si es posible que ni tan siquiera este año paguemos nada.

Creo que este tema es de interes general. Mas que nada porque en mi escritura sale una fotocopia del IBI 2007 pagada por FADESA y es de 450 euros aprox.Y la verdad es que si no viniera ese recibo este año nos vendria de perlas.

Un saludete.
 
G
godayla
28/04/2009 10:02
Hola amigos,

pues me alegro que se pueda deducir, ya que con escritura al canto, y pagos demostrables, un contribuyente no tiene culpa alguna de que el Catastro no esté actualizado, o que Fadesa no hiciera las casas por los Cables y la Urba no esté acabada. Ese problema NO es del comprador, y como es lógico, no puede cargar el comprador con el muerto.

Aquí otro problema para el cual hay que ser experto, es el tema del IRPF y la famosa declaración ya que cada año cambian lo que les sale de las narices, y lo que un año vale, luego ya no vale... En fin, al menos espero sinceramente que además de todas las putadas sufridas, podáis desgravar las compras legalmente y sin impedimientos de Hacienda... Solo faltaría eso...

Sobre el IBI lo importante es que se pague. Lo pague quien lo pague... Ya que si por errores administrativos no se paga, igual luego al año que viene te llega por duplicado. Así que mejor aseguraos de que Fadesa es quien lo paga, no vaya a ser que al año que viene os vengan con el doble...

Teniendo en cuenta que son 400 viviendas, si lo tiene que pagar Fadesa, pues lo tiene claro el Ayuntamiento para cobrar eso, pero así mejor para vosotros. Que paguen, que ya está bien de tomar el pelo a la gente... Suerte con todo... Nosotros aun andamos de juicios y va para largo...
 
Raul69
Raul69
27/04/2009 20:37
Bueno el enlace que has puesto me sale que ya no esta disponible. Pero yo lo busque por referencia y tambien busque mi calle y no salia. Cuando llame al catastro la chica me solicito los datos tanto por direccion como por referencia que tenia yo en escrituras y tampoco salia nada.

Con lo que el tema sigue igual.
Por cierto no es la vivienda habitual con lo cual, nada como que no deduce.
 
E
evayserg
27/04/2009 17:16
Acabo de mirar en la oficina virtual del catastro
https://ovc.catastro.meh.es/CYCBienInmueble/OVCConsultaBI.htmstro
y si que tenemos referencia catastral.En consulta de datos catastrales, seleccionando localizacion, dentro de La Pobla de Vallbona se puede buscar por calle y numero.De todas formas, aunque no hubiera referencia catastral de la vivienda, se podría adjuntar el de la finca, y en ningún caso se perdería el derecho a la deducción, ya que el hecho de la compra existe y es demostrable, independientemente de los requisitos de información (como el numero registral) que solicita la Administración.
Por cierto Raul69, aunque sea tu segunda vivienda, si es tu vivienda habitual y vendiste la primera vivienda para adquirir esta, y has reinvertido todo lo que obtuviste de la primera (incluidas ganancias)en esta segunda, el exceso sobre esta reinversion exenta también se considera inversión en vivienda habitual y genera derecho a deduccion.
Creo que no me he explicado muy bien, pero si llamas al 901 33 55 33, que es el teléfono de información de IRPF seguro que te lo pueden aclarar mucho mejor.
Un saludo a todos los vecinos!
 
Raul69
Raul69
27/04/2009 16:32
Bueno en mi caso es segunda vivienda y como no me devuelven nada. Mejor que no venga el recibo.
A ver que os dicen vuestros asesores.

Krys yo creo que aunque no se ponga la referencia catastral puedes desgrabarte lo que has pagado, porque tienes escrituras de una vivienda y no estas engañando a nadie. De hecho como bien me dijo la chica del catastro a veces tarda meses en asignar una referencia a tu vivienda y no por eso dependes de desgravar o no.
Lo suyo seria a la declaracion del año siguiente si aportar un numero de catastro.
Pero bueno no soy un entendido en esto.
 
G
godayla
27/04/2009 14:18
Hola,

aún a riesgo de equivocarme, creo que para que la cosa se normalice tiene que haber algo que se llama "Recepción de la obra" por parte del Ayuntamiento. Y lo más probable es que eso no se haya hecho. Si el Ayuntamiento no recibe la obra legalmente porque no acepta el hecho de que esté acabada en su totalidad (cosa lógica por cierto), es normal que sea el constructor el que pague el IBI. Sin embargo, los recibos que el ayuntamiento cobra, si tienen que tener soporte documental, Kris, eso lo tienes que pedir YA, o sino, lo tienes muy jodido para justificarlos.

De todos modos creo que eso puede traer cola o no, ya depende de la legalidad y de la interpretación que haga el Ayuntamiento de las leyes en vigor sobre ese asunto: Si la Urba se considera un todo, y no algo que se entrega por fases, y me consta que es un TODO, ahora el problema que qienen es gordo: Al haber casas sin acabar debido a los cables, y a que posiblemente no se acaben de momento, o por lo menos en muchos meses o años,

igual tenéis la suerte de que no se os pueda cobrar el IBI al no haber una parcelación catastral por viviendas. Esa es la parte positiva. ;-) La Negativa puede ser la desgravación por compra de una vivienda que según el Catastro, no está legalizada por el Ayuntamiento, y al no tener recibo de IBI puede resultar jodida de meter en las declaraciones de Hacienda. Si es ara pagar, hacienda somos todos, y nunca hay pegas. A la hora de desgravar, ya las cosas cambian a peor... como siempre en este país...

De todos modos, si no hay IBI me alegro mucho por vosotros,y que se joda Fadesa que bastante nos ha jodido a todos...
 

Fin del hilo
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento