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J
jt89
08/02/2010 20:38

¿Alguien podria ayudarme?

¿Cumple mi duplex con la normativa de telecomunicaciones?

1.414 lecturas | 1 respuestas
Hola es la primera vez que escribo aqui, necesito ayuda, si alguien me puede comentar o alguna siguacion parecida, miren, lo que pasa es que adquiri un duplex sobre plano y la memoria de calidades, en dicha memoria de calidades hay algunos puntos que no se cumplen entre ellos el de las tomas de telecomunicacion (tv, sat y telefono), en la memoria indica que habria tomas de telecomunicacion en salon cocina y dormitorios y solo hay en salon cocina y el dormitorio principal en el resto de habitaciones no, ademas, en la memoria de calidades indica que es segun la normativa de telecomunicaciones, bien, pues consulte la normativa en el buscador de internet y me aparecio la unica en el BOE del 14 de mayo de 2003 y en ella indica 2 casos en los que se aplica la normativa menos de 4 estancias menos baños y trasteros y mas de 4 estancias menos baños y trasteros e indica en ambas que tiene que haber tomas de tv en todas las estancias (me imagino que tambien de telefono) y al reclamar con la promotora del edificio lo de las tomas, la promotora consulto con el arquitecto y el asegura que cumple la normativa.
Si alguien podria decirme donde puedo encontrar la normativa de telecomunicaciones en caso de que haya alguna mas actual que la de 2003 se lo agradeceria para salir de dudas. Firmamos el contrato de compraventa en 2007 en verano y supongo que la mas cercana a esa fecha para aplicarse es la del 2003 pero no estoy seguro:

Gracias de antemano por vuestros comentarios
 
R
rugrats
09/02/2010 11:36
Hola jt89.

Presupongo que te refieres a esta ley:

www.boe.es/boe/dias/2003/05/14/pdfs/A18459-18502.pdf
Cita:
2.3.4 Punto de acceso al usuario (PAU).
Es el elemento en el que comienza la red interior
del domicilio del usuario, que permite la delimitación
de responsabilidades en cuanto al origen, localización
y reparación de averías. Se ubicará en el interior del
domicilio del usuario y permitirá a éste la selección del
cable de la red de dispersión que desee.
2.3.5 Toma de usuario (base de acceso de terminal).
Es el dispositivo que permite la conexión a la red
de los equipos de usuario para acceder a los diferentes
servicios que esta proporciona.
3. Dimensiones mínimas de la ICT.
Los elementos que, como mínimo, conformarán la
ICT de radiodifusión sonora y televisión serán los siguientes:
3.1 Los elementos necesarios para la captación y
adaptación de las señales de radiodifusión sonora y televisión
terrenales.
3.2 El elemento que realice la función de mezcla
para facilitar la incorporación a la red de distribución
de las señales procedentes de los conjuntos de elementos
de captación y adaptación de señales de radiodifusión
sonora y televisión por satélite.
3.3 Los elementos necesarios para conformar las
redes de distribución y de dispersión de manera que
al PAU de cada usuario final le lleguen dos cables, con
las señales procedentes de la cabecera de la instalación.
3.4 Un PAU para cada usuario final. En el caso de
viviendas, el PAU deberá alojar un elemento repartidor
que disponga de un número de salidas que permita la
conexión y servicio a todas las estancias de la vivienda,
excluidos baños y trasteros.
3.5 Los elementos necesarios para conformar la red
interior de cada usuario.
3.5.1 Para el caso de viviendas, el número de tomas
será de una por cada dos estancias o fracción, excluidos
baños y trasteros, con un mínimo de dos.
a) Para el caso de viviendas con un número de estancias,
excluidos baños y trasteros, igual omenor de cuatro,
se colocará a la salida del PAU un distribuidor que tenga,
al menos, tantas salidas como estancias haya en la vivienda,
excluidos baños y trasteros; el nivel de señal en cada
una de las salidas de dicho distribuidor deberá garantizar
los niveles de calidad en toma establecidos en esta norma,
lo que supone un mínimo de una toma en cada
una de las citadas estancias.
b) Para el caso de viviendas con un número de
estancias, excluidos baños y trasteros, mayor de cuatro,
se colocará a la salida del PAU un distribuidor capaz
de alimentar al menos una toma en cada estancia de
la vivienda, excluidos baños y trasteros; el nivel de señal
en cada una de las salidas de dicho distribuidor deberá
garantizar los niveles de calidad en toma establecidos
en la presente norma, lo que supone un mínimo de una
toma en cada una de las citadas estancias.

Según puedes ver, la ley lo que te asegura es que tendrás un Punto de acceso al usuario, que estará en tu casa, y que habrá un repartidor con suficientes tomas como para "todo lo que dice la ley" y que aseguren una calidad "como dice la ley" pero no te asegura que la constructora te vaya a sacar tomas a toda la casa, de hecho la mayor parte de las constructoras hacen lo que ha hecho la tuya; una toma para el salón, otra para la habitación principal, otra para la cocina, y para de contar.

Por donde quizás puedas reclamarles es por el tema de la memoria de calidades, porque si pone que habrá tomas de telecomunicaciones en los dormitorios, esa "s" implica al menos en dos... Intenta moverlo por ahí.

Suerte y saludos.
 

Fin del hilo
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