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B
beatritzu
29/07/2011 11:59

rescisión contrato de compraventa

¿Cómo resolver un contrato de compraventa de vivienda en construcción?

3.960 lecturas | 4 respuestas

El 18 de Agosto de 2008 firmamos contrato privado de compraventa de vivienda en construcción por valor de 504.850,17 euros más el 7% de iva de la siguiente forma:-30.000 euros en concepto de señal-45.727,53 euros más 5.300,93 en concepto de iva.-135.047,42 euros-Total de cantidades entregadas: 216.075,88 euros-El resto: 302.910,10 más 21.203,71 (324.113,81euros), se entregaría en el momento de entrega de llaves.El edificio está terminado y la constructora, de momento no nos exige la escrituración, dándonos así más plazo para vender nuestra vivienda y poder hacer frente al pago total.Nuestra vivienda no se ha vendido, y queremos resolver el contrato, de la forma establecida en el párrafo sexto: "inclumplimiento y claúsula resolutoria", según el cual, podemos optar a que la vendedora nos devuelva las cantidades recibidas, deduciendo y quedando a favor de la vendedora, en concepto de indemnización, el importe de los gastos, daños y perjuicios, en que hubiese incurrido, junto a una penalidad especialmente pactada del 20% de las cantidades recibidas por la vendedora (20% de 216075.88=43.215,17 euros).Nos hemos puesto en contacto con la constructora, porque estamos dispuestos a resolver el contrato pagando la cantidad acordada y nos contestan que están en su derecho de no devolvernos cantidad alguna. Nos dicen que hagamos uso de nuestro derecho legal de llevarles a juicio. Nos parece un incumplimiento de contrato por su parte, pero nos asusta que estén tan seguros de que ganarían el juicio, no devolviéndonos cantidad alguna y además teniendo nosotros que hacer frente a todos los gastos y costas que se pudieran derivar de dicho proceso judicial. Les agradecería me contestaran a la mayor brevedad posible. Muchísimas gracias.

 
T
txetxugomez
01/08/2011 18:46

Hola Beatriztu, por el importe de la vivienda, no me extrañaría que te estés refiriendo a las viviendas de Art Class, enfrente de la Torre Iberdrola. Si es así sé que ha habido algún caso parecido al tuyo, ya que además las tasaciones están saliendo en torno a un 10% inferiores al precio acordado de compraventa, y varios compradores están teniendo problemas con la promotora en su intención de echarse para atrás (creo que era Vizcaina de Edificaciones)

 
CRITERIOABOGADOS
CRITERIOABOGADOS
01/08/2011 12:15

Como siempre os decimos,

GRACIAS por vuestra confianza. Encantados de realizar nuestro trabajo.

CRITERIO ABOGADOS
www.criterioabogados.com
email: criterioabogados@criterioabogados.com
Tlf: 626 77 43 63
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 
B
beatritzu
30/07/2011 13:44

Estamos muy agradecidos por la prontitud en su respuesta. A continuación, nos pondremos en contacto con ustedes a través de su página web. Un afectuoso saludo.

 
CRITERIOABOGADOS
CRITERIOABOGADOS
29/07/2011 17:46

Estimada Beatriztu,

Ante todo buenas tares, y espero que la respuesta que de primera podemos ofrecerte, además de lo más profesional que nos sea posible, te tranquilice, pues a nuestro modo de ver, estas situaciones suelen tener solución.

Ciertamente en vuestro territorio, Bizkaia y alrededores, es ahora cuando más situaciones de este calado están acaeciendo por los procedimientos Judiciales que nos encargan cuando, curiosament,e en el año 2009, eran de un numero muy inferior a la media de otros territorios como Madrid, Toledo, Cataluña o Andalucia. 

Es cierto que de manara generalizada, el actuar de la promotora que señalas, es el actuar más habitual y siempre para el comprador desconcertante. Pero también hemos de señalarte, como son plenamente conscientes de que el comprador también cuenta con multitud de recursos a la luz del contrato y de la legislación muchas veces por ellos incumplida.

Es importante para realizar un analisis especializado a nivel inmobiliario del asunto, el tener frente a nosotros el contrato, pues cualquier incumplimiento a nivel deafianzamientos, fechas, plazos de ejecución, comunicaciones y otros pormenores, pueden suponer un punto de inflexión a la hora de negociar con ellos, y que esclarezcamos definitivamente si el problema lo tienes tú o ellos.

El problema que suele ocurrir en estas demoras es el lanzamiento de comunicaciones escritas, que te desaconsejamos especialmente en tu situación, puesto que el enfoque del caso exclusivamente por el lado de imposibilidad economica por vuestra parte sería un importante error, y si ya lo habeis hecho, deberiais de enmendarlo lo antes posible, y fundamentarlo por completo en un nivel contractual y no tanto de la realidad acaeciente. La aquiescencia tampoco os beneficia y esto todos nuestros lectores foreros ya saben que es elemental, con lo que en un sentido o en otro deeis adoptar decisiones y medidas. Lo contrario os perjudica. No se trata de demandar o que os demanden, sino de tener clara la situacion por completo y negociar en base a ello.

Quizás en lo que pretendan resguardarse los organos juridicos de la promotora es en las clausulas habituales en que efectivamente señalan lo que nos mencionas, pero....tambien preveen el obligar al cumplimiento, lo que si no han hecho aún (caso de contemplarse), o quieren venderlo sea como sea (por las buenas) o no se atreven a obligaros al cumplimiento.

Tambien es básico saber si hasta el momento de hipotecar han existido otros impagos por vuestra parte.

Queremos decir, en definitiva, y más hablando de estas cuantías, que es preciso conocer de primera mano el contrato y devenir, para hacer un juicio "exacto" y acertado, dado que además la materia inmobiliaria, requiere de gran precisión y no una visión juridica generalistica. Pero una vez hecha esa valoración, por l ogeneral, las fuerzas suelen estar igualadas y es cuando con "propiedad" pasa a negociarse la situación.

Tranquila por todo y "no te pongas la venda, antes de la herida" pues la situación es complicada, pero no más de lo habitual.

COmo ya sabeis, quedamos a vuestra disposición para cualquier otra aclaración que preciseis.

Recibid un afectuoso saludo desde, CRITERIO ABOGADOS

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