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B
bewildered80
19/06/2006 09:30

ley poco clara

¿Si vendo mi vivienda a falta de un mes para cumplir los 3 años, pero continúo viviendo en ella dos meses más, se entendería como mi residencia habitual durante 3 años?

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Hola a todos,
Mi pregunta es la siguiente: si compré mi vivienda en febrero de 2002, y la vendo en enero de 2005, es decir a falta de un mes para que se cumpliesen los 3 años, pero continúo viviendo en ella dos meses más, y así lo hago constar en la escritura de venta , ¿se entendería como que esa vivienda ha sido mi residencia habitual durante un periodo de 3 años, ó seguiría faltándome un mes para llegar a los 3 años?
En este último caso, la definición de vivienda habitual ¿implica residir en propiedad, o no especifica esto la ley, dejándolo a la interpretación del funcionario de turno?
Obviamente no es lo mismo que falte 1 mes que 2 años para llegar al total de 3 años, por lo que , no debería ser considerado de la misma forma un caso que otro, ¿o si?

Según el reglamento del IRPF, en su artículo 51 se considera la vivienda habitual del contribuyente la edificación que constituya su residencia durante un plazo continuado de, al menos, tres años, pero yo no veo que diga explicitamente que tenga que ser en propiedad.

¿Alguien que haya pasado por uan situación similar podría darme su opinión? ¿Podría ampararme en la falta de claridad existente en la ley y en que no puede dejarse un tema tan importante a la interpretación de las personas? o, ¿creeis que no tengo nada que hacer? Muchísimas gracias
 

Fin del hilo
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