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oyo
30/11/2005 09:41

COMUNIDAD DE VECINOS

¿Pretenden dividir nuestra comunidad de vecinos en 14 portales y elegir ellos mismos al gestor y estatutos?

649 lecturas | 3 respuestas
Buenos dias!

Abro este nuevo post que vereis como va a traer cola...
Resulta que ayer me enteré de la última de Ribereña.
Pretenden formarNOS nuestra Comunidad de vecinos y no solo eso sino que contratan ellos al gestor que les da la gana y ponen los estatutos de la comunidad de vecinos que les sale.
Quieren.., mejor dicho, deciden que seamos una comunidad por portal, teniendo así 14 presidentes, 14 vice-presidentes y 14 secretarios, aqui pringamos todos bueno se libra un vecino por portal.
Ya os llamarán (supongo) en teoría para este fin de semana, yo por supuesto no voy a consentir que éstos personajes tengan las riendas de la comunidad de mi casa, ahora dicen que: - Quieren ayudarnos, pues por mi se pueden meter su AYUDA por donde les quepa, no nos han ayudado durante éstos cinco años y lo van a hacer ahora.

Nos vemos ;)
 
O
oyo
30/11/2005 11:54

ESTATUTOS DE COMUNIDADES

¿Existe algún modelo de Estatutos con la nueva Ley?. ¿Dónde se registran los Estatutos de las Comunidades de Propietarios? Para que sean válidos, ¿es obligatorio registrarlos?
TOMAS

No existe ningún modelo de Estatutos de acuerdo con la Ley de Propiedad Horizontal reformada, ni con la antigua, porque los Estatutos han de redactarse acordes con la Comunidad de que se trate, teniendo en cuenta los servicios de que está dotada y los distintos tipos de gastos. Para su elaboración debería hacerse un estudio previo de sus necesidades y expectativas, y es muy importante contar con el asesoramiento profesional de un Administrador de Fincas, cuyas aportaciones y sentido práctico son fundamentales para la viabilidad futura de los mismos.

Los Estatutos, una vez aprobados por unanimidad en una Junta Extraordinaria de la Comunidad, se inscriben en el Registro de la Propiedad al que pertenece el edificio. Cuando los redacta el promotor, está obligado a facilitarlos a los compradores en el momento de la compra, haciendo constar en la Escritura el conocimiento de los mismos.

Mientras no se inscriben en el Registro, los Estatutos obligan a los propietarios actuales de la Comunidad, pero no a los futuros. Para que los nuevos comuneros que accedan a la propiedad estén obligados a cumplirlos, es necesario que puedan ser conocidos por terceros, y ello se logra con la inscripción en un Registro Público como es el Registro de la Propiedad.

Ni que decir tiene que los Estatutos no son obligatorios, que una gran mayoría de las Comunidades no los tienen, y por ello no funcionan peor. Otras tienen una simple transcripción parcial de la Ley de Propiedad Horizontal. En general, los Estatutos no son más que una adaptación de la Ley a unas circunstancias comunitarias concretas.

Recientemente, con la reforma de la Ley, se plantea frecuentemente si es necesario o no adaptar los Estatutos a la situación actual. Está claro que, aunque no se haga, aquellos preceptos que contradigan lo que dispone la Ley no son de aplicación, y la conveniencia o no de una adaptación tiene que decidirla la propia Comunidad, o sus rectores que son quienes habrán de proponerla. Las modificaciones posteriores de los Estatutos llevan el mismo trámite: aprobación unánime de la Comunidad, e inscripción en el Registro correspondiente.

 
O
oyo
30/11/2005 11:41
Hola Moongazer

Solo espero que el resto de los vecinos piensen lo mismo y que el dia de la reunión pongamos a éste tio en su sitio, ayer ya había uno al que le parecia buena idea lo de las 14 COMUNIDADES, no se muy bien por qué ya que yo por mas que le busco no veo mas que desventajas.
 
M
MoonGazer
30/11/2005 11:17
Bien dicho

Digo yo, que si lo que quieren es ayudarnos, que hagan las cosas a nuestra manera, y no a la suya. Que nos ayuden a hacer la comunidad como nosotros queremos, y no como a ellos les apetezca. Deberían de habernos puesto en contacto antes, y lo suyo habría sido acordar unos estatutos de comunidad antes de la entrega de llaves, para que los hubiesemos podido firmar y ya podríamos dar de alta la luz para las zonas comunes.
Otra cosa: No me gusta nada que ellos pretendan elegir el gestor de fincas, ya que asi nos tendrían en desventaja (tendrían enchufe, por asi decirlo) a la hora de la movida con los trasteros. Lo interesante sería ir mirando nosotros por nuestra cuenta gestores de fincas, y pillar uno que sea completito y no sea muy caro. Nos interesa que tenga servicio legal para el tema de los trasteros (que va a traer cola), las reclamaciones por la obra, y las reclamaciones de la minuta del registrador y del notario.
 

Fin del hilo
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