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gonysil
24/02/2004 17:11

avales?

¿Somos legalmente promotores de la construcción?

525 lecturas | 5 respuestas
Hola a todos, tengo una duda a partir de la lectura del borrador del contrato y todo lo que hay en la zona de descargas. ¿Somos “legalmente” promotores todos nosotros de la construcción?
Esta pregunta viene a raíz de un comentario del foro sobre las garantías de las cantidades que ponemos. La ley dice que la obligación de avalar las cantidades es del “promotor” (ley 57/1968 para el que le interese).
Si este tema de los avales ya se ha tratado con anterioridad en el foro, me gustaría que alguien me comentara algo.
En Casmar dijeron que no hay ningún aval. Si bien, la devolución por lo de “las nieves” se ajusta a lo que dispone la ley citada anteriormente.

Muchas gracias por adelantado y saludos a todos desde la Fase III.
 
G
gonysil
27/02/2004 19:56
no es caro?mmm

de que cantidades estamos hablando para individual?? aunque con lo ajustado que está el tema de los préstamos e hipotecas no se yo si llega para alguna cosa más...

 
C
CORROCHANO
27/02/2004 13:23
EN EL BANCO ME HAN DICHO QUE SI SE PUEDE HACER AVAL DE LAS CANTIDADES. LO SUELE HACER LA ENTIDAD QUE CONCEDA EL PRESTAMO PROMOTOR A LA COMUNIDAD, PREVIA PRESENTACIÓN DE CIERTA DOCUMENTACIÓN SOBRE EL PROYECTO POR PARTE DE LA GESTORA. ES MAS SE PUEDEN HACER DOS TIPOS DE AVALES, UNO GENERAL QUE SERIA PARA TODOS LOS COMUNEROS O BIEN AVALES INDIVIDUALES, EN AMBOS CASOS QUIEN CORRE CON LOS GASTOS DE LAS CANTIDADES AVALADAS POR SUPUESTO SON LOS COMUNEROS DE FORMA INDIVIDUAL EN LOS AVALES INDIVIDUALES Y LA COMUNIDAD EN CASO DEL AVAL GENERAL. ME HAN EXPLICADO QUE ES MUY CONVENIENTE Y NO ES EXCESIVAMENTE CARO
 
G
gonysil
25/02/2004 15:56
pues efectivamente... pero la obligación es para el "promotor" que da la casualidad que somos nosotros...

de forma que me parece que en este caso no hay aval....

saludos a todos
 
C
CORROCHANO
25/02/2004 13:09
Hola.
Segun tengo entendido y comprovado los avales son obligatorios por ley. En Ley más actual "Ley de Ordenación de la Edificación" se establece la obligatoriedad de los avales o seguros de caución en todo tipo de promoción de viviendas, es más en la Disposición Adicional Primera de dicha Ley en el apartado a) dice " La expresada norma será de aplicación a la promoción de toda clase de viviendas, incluso las que se realicen en regimen de comunidad de propietarios o sociedad cooperativa".
Si todos lo reclamamos, la unión hace la fuerza.
Hablando con algunas entidades financieras, me explican que es un mecanismo de garantía y seguridad para los comuneros y para la gestora, y a la vez un mecanismo de control externo, dado que aquella entidad que avala controla desde la sombra el funcionamiento de la comunidad y la gestion de la gestora.
 
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gemajp
24/02/2004 17:45
Hola yo pregunté en promovid y me dijeron que nosotros somos nuestros propios promotores y por tanto somos nosotros mismos quien podriamos avalarnos para quedarnos mas tranquilos, no se la verdad, yo me arriesgué......
Es lo malo de comprar en comunidad de propietarios que hay algunas cosas que quedan en el aire... y te comes mogollon la cabeza la verdad...
 

Fin del hilo
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