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C
cayda
10/10/2005 20:38

Lo que he encontrado acerca de las VPP

¿Quiénes pueden optar a las viviendas protegidas y cuáles son los requisitos?

1.284 lecturas | 9 respuestas
Hola, buscando por internet acerca de los requisitos que se necesitan para adquirir una vivienda VPP, he encontrado esto, que contesta una abogada:
PREGUNTA.- ¿Quién puede optar a las viviendas protegidas? Y si los requisitos se cumplían cuando se compró, pero no ahora, ¿qué sucede?

RESPUESTA.- Sólo pueden acceder a las VPP aquéllas personas que tienen unos ingresos familiares que no excedan de 5,5 millones de pesetas, que no son titulares de otra vivienda protegida en todo el territorio nacional y que no son titulares de otra vivienda libre en Madrid (salvo que el valor de la misma no supere unos determinados límites).

Estas condiciones han de cumplirse en el momento de la firma del contrato de compraventa o título de adjudicación, no teniéndose en cuenta las posibles variaciones que en un futuro puedan producirse en cuanto a la situación económica y patrimonial de esa persona (ello tendrá eventualmente repercusión sólo cuando solicite las ayudas por la adquisición, pero no en cuanto al acceso).

Cuestión distinta es si posteriormente la Administración establece un nuevo precio máximo legal, ¿puede aplicarse éste? No, si no se cuenta con el consentimiento expreso del adquiriente o adjudicatario a su aplicación.

PREGUNTA.- Cuando una promotora o cooperativa vende vivienda protegida, ¿debe presentar el cumplimiento, por parte de los compradores, de los requisitos exigidos por la ley ante la Administración?

RESPUESTA.- Al presentar el promotor la solicitud de calificación definitiva debe aportar los contratos firmados para su visado, acompañados de la documentación que acredite que el adquiriente o adjudicatario cumplía los requisitos para acceder a la vivienda. Si no los cumpliese, se denegará el visado, lo que implicará, aparte de la instrucción del oportuno expediente sancionador, la imposibilidad de que el adquiriente o adjudicatario obtenga, posteriormente, la financiación cualificada y la reconversión del préstamo cualificado obtenido por subrogación en libre.

Espero que sea de ayuda.

¿por cierto alguien sabe si nuestras viviendas seran VPPB o VPPL? Es que segun he estado viendo en internet, para que sea calificada como VPPB Los metros cuadrados construidos deben ser inferiores a 110, aunque luego hay otra clasificacion como VPPB ( Familia numerosa) que los metros cuadrados construidos deben ser entre 110 y 150. Y luego estan las VPPL cuyos metros cuadrados construidos deben ser superiores a 110.

Muchas gracias

Un saludo

 
J
jarajas
22/10/2005 14:48
Info de mi interpretación ;
arango yo tb estoy j** como no me den la casa.

ART 11 BOCM NO 37 COLGADO EN DESCARGAS:
"A estos efectos, se entiende por adquirentes a los compradores y a los socios de cooperativas o miembros de comunidades de propietarios a partir del momento en que se les adjudica la propiedad de una vivienda individualizada."

CONTRATO QUE HEMOS FIRMADO CON BITANGO:
pto IV antes de las estipulaciones:
""... EL COMUNERO tiene el proyecto de adquirir los derechos sobre la siguiente propiedad que resulte de la escritura de declaración de obra nueva.."

SUPERFICIES MÍNIMAS:
incumplido por BItango. Damos por hecho que van obtener la calificación??
 
R
rosquilla
18/10/2005 02:29
Hola he leido lo de las condiciones para la asignacion de las viviendas y he flipado con lo de tener ya otra vivienda.Tenia entendido que si vendes tu vivienda antes de firmar las escrituras del piso nuevo si puedes comprarla, pero ahora con esto que he leido ya no lo tengo tan claro.
Podrias decirmelo mas claro, porque no me aclaro.Muchas gracias
 
I
isv79
17/10/2005 21:58
Arango y demás vecinos, solo hay un sitio en todos los documentos que tenemos en el cual pone que las viviendas son de VPP, en los planos que nos dieron cuando reservamos el piso, es decir, el primer plano y único que nos dieron,

Es el unico sitio que lo pone, en el margen derecho en la parte de abajo.

Arango por desgracia no es que no queramos hacer nada, yo me estoy moviendo y prewguntando y en todas partes me dicen lo mismo: si es VPP no hay nada que hacer o cumples los requisitos o nada.

Un saludo espetro haberos ayudado
 
N
nmarcos1
17/10/2005 10:50
Hola Jose_Didi, estquiere decir que como estos pisos estan acogidos a una protección las condiciones que pone la comunidad de madrid es que no puedes tener ningun piso de proteccion en ambito nacional y de venta libre en la comunidad de madrid.
Espero que te haya servido de ayuda
 
J
Jose_Didi
15/10/2005 14:48
Hola soy un vecino de Zarzalejo IV. No entiendo de que estais hablando. Nosotros cuando compramos este piso, ya teniamos otro, que es donde vivimos ahora. En Bitango no me dijeron que no pudiera comprarmelo. si alguien me lo pudiera explicar. Gracias
 
A
arango2121
15/10/2005 11:01
Buenos Días a todos:

Yo también llamé a Bitango para ver porque si cuando nos metimos nos dijerón que no había que cumplir ningún requisito porque ahora si, y encima lo cuentan en una carta como sin darlo importancia.
Por lo que me dieron a entender ya cuentan más o menos con que va a ser 5,5 veces el PREM o el SMI, pero que esta por confirmar por el IVIMA.
El terreno va por el 72% urbanizado y que van a solicitar la licencia para ponerse a construir a finales de Diciembre o principio de Enero, yo según acontecimientos les dije que si pensaban eso es que empezaríamos en Marzo o Abril, y me reiteró insistentemente que no.
Respecto a que se hayan retrasado tanto las obras cuando el añó pasado sólo llovió un día, se quedaban callados o echaban la culpa a Urbacisa.
Le pregunté sobre las reformas sin consultar, segunda plaza de garaje por que sí, le dije que a este paso no lo entregan en el 2009 y se escandalizaba, pero cuando le dije finales del 2008 se callaba, por lo que el que calla otorga.

RESUMEN:

- Vamos a tragar con lo que esté estipulado para las VPP cosa que veo lógica, pero si se hubiera informado al principio a mucha gente que no cumpla las condiciones y que insistimos antes de firmar el contrato en que si había que cumplir alguna condición, no nos habrían hecho perder el tiempo. No sé a vosotros pero a mí me han engañado, lo malo es haber como lo demuestras.
- Reunión no hay gente que lo solicite según ellos, pero como le dije, para hacer una segunda planta de garajes con que firmen tres sobra.Vuena política.
- Retrasos sin justificar.
-etc, etc...

Un Saludo y me alegra saber que todos vaís a cumplir las condiciones de vpp, porque por lo que parece nadie quiere hacer nada.

 
C
cayda
14/10/2005 18:05
Hola crsf, yo segun entiendo por lo que dice la abogada del articulo de internet, parece que las condicones debes cumplirlas cuando firmas el contrato de compraventa, es decir cuando te metiste en el piso, o posteriormente cuando firmes las escrituras.
Yo el otro dia llame a Bitango y estuve preguntando, primero pregunte sobre la licencia de obra, y me dijeron que estaban esperando a que el ayuntamiento de arroyomolinos les diese luz verde para entregar todo lo necesario para pedir la licencia de obra, y que pensaban que se produciria a finales de este mes, y que asi para mediados de diciembre o enero poder tenerla y entrar a construir. Luego les pregunte sobre lo de los requisitos de la VPP, y me dijo que según les habian dicho y se habian comprometido los del IVIMA es que nos respetarian las condiciones que teniamos en el momento en que firmamos el contrato, y no cuando escrituremos, por que como es lógico, en casi 5 años la vida lo normal es que te haya cambiado para mejor, y que algunos no cumplan los requisitos que solicitan, eso en cuanto a lo economico, y para formar la comunidad, pero lo que no les dejaban era que alguno de los propietarios tenga una segunda vivienda en el momento de escriturar.
Tambien le pregunte si los terrenos estaban ya calificados con VPP y que si era VPPL o VPPB, y me dijo que la calificacion que tienen los terrenos es provisional ya que la calificacion definitiva, solo se da 4 meses antes de la entrega de los pisos. Y que seguramente sean VPPB, pero que eso se sabe esos cuatro meses antes de la entrega de los pisos.
Bueno espero haberme explicacdo y que lo que nos han dicho sea cierto.
UN SALUDO
 
C
crsf
14/10/2005 11:51
Entonces, hayq ue cumplir los requisitos esos cuando adquiramos la vivienda o cuando adquirimos anteriormente el terreno, porque desde que compramos el terreno pueden haber variado las circunstancias, ¿alguien me lo puede explicar por favor? gracias
 
A
andreche
11/10/2005 14:10
Yo creo que lo de VPPB ó VPPL a nosotros no nos afecta. Los terrenos se calificaron como VPP antes de salir la nueva ley. Con lo que nos tenemos que atener a la legislación vigente en ese momento.

De todos modos esto es mi opinión. Tampoco estoy muy puesto en el tema.
 

Fin del hilo
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