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Oscar
Oscar
03/02/2004 10:47

No quiero la Hipoteca

¿Estoy obligado a subrogarme a la hipoteca de Caja Madrid si mi vivienda es de VPP?

2.058 lecturas | 29 respuestas
Estoy mirando el tema de NO subrogarme a la hipoteca de Caja Madrid.

El contrato parece que nos obliga a subrogarnos ¿no?. Los de DAE dicen que no tienen ningun problema en que nos la llevemos a otro banco, es mas, niegan esa clausula, diciendo ademas que es ilegal (como ya sabiamos).

Al ser nuestra vivienda de VPP, ¿estamos obligados a acojernos a un Prestamo cualificado? Pondria la CAM o quien sea algun problema.

Alguien sabe de alguien de la primera fase que se llevara la hipoteca a otro banco sin prestamo cualificado?? Que gastos vieron??.

Hay que ir mirando YA este tema debido a la inminente entrega de nuestros pisos, ya que ayer limpiaron ya la fachada sur del edificio sur, y esto no lo hacen si no van a entregar ¿no?

 
S
sys
04/02/2004 13:12
Hay que tener estomago para leerse esto, pero es la "ley" que salió en el BOCAM, venga Lucas G., ya tienes lectura (si no te lo habias leído ya).

Un saludo.


CONSEJERIA DE OBRAS PUBLICAS, URBANISMO Y TRANSPORTE
Decreto 11/2001 de 25 de enero, por el que se regula la financiacion cualificada a actividades protegidas en materia de vivienda y su regimen juridico para el periodo 2001-2004

http://www.madrid.org/comun/0,2616,3029_14210_80749_174825_20010131_16,00.html y siguientes

 
S
sys
04/02/2004 12:46
Tambien he encontrado esto, en la CAM

http://www.madrid.org/vivienda/acventa.htm
 
Oscar
Oscar
04/02/2004 12:41
El nuestro es el 11-2001.
 
S
sys
04/02/2004 12:38
¿cual es nuestro plan de vivienda?

1) El del año 1998-2001

2) El del año 2002-2005

El plan de la opcion 2 se puede ver en esta direccion (creo)

http://www.mfom.es/home/portada/plandevivienda/notadeprensa.pdf (es un resumen)


http://www.mfom.es/vivienda/plan/documentos/presentaplan0205.pdf (es una presentacion ppt, mas completa pero mas liosa)
 
T
torrance
04/02/2004 12:31
Hola de nuevo,
He vuelto a llamar a informacion del plan de vivienda de la CAM (91 315 73 63) para informarme sobre las ayudas y le he comentado nuestro plan de vivienda (me ha preguntado sobre la promocion, con lo que es el plan de vivienda que nos corresponde) y esta es la informacion que me ha dado:

Se puede acceder a dos tipos de ayuda: Me ha preguntado si me iba a subrogar a un prestamo cualificado, mi respuesta ha sido que si podia acceder a las ayudas sin subrogarme a un prestamo y me ha dicho que si, solo al segundo tipo de ayuda (NOVEDAD con respecto a otras informaciones).

Tipo 1 - ayuda de un 5% sobre el precio de la vivienda

Tipo 2 - Ayuda a la financiacion, sobre la cuota a pagar. Una cantidad de 4 cuotas.

Requisitos: vivienda no supere los 110 m2 constuidos y los ingresos por unidad familiara no superen los 27084,75€

Esto es: para 1 persona - 27084,75€
para 2 personas la misma cantidad entre los dos.

Le he preguntado que como es posible esa cantidad si pone por ahi que es el 3,5 del SMI y es mucho menor, y me ha comentado que es esa cantidad pero ponderada.

Documentacion:
* La solicitud es en un plazo de 6 meses a partir de la formalizacion de la escritura
* a solicitar en c/Marcelina 12 (Metro valdeacederas) de 9-14:00 h de Lunes a Viernes


Despues de esto, estoy mas liada que antes!! Parece ser que los ingresos son mayores y que no hay una obligacion de subrogarse para acceder a ayudas, al menos a todas.
 
L
Lucas G
04/02/2004 11:47
Hola a tod@s

Creo que os olvidais de los dichosos factores correctores que varian dependiendo del numero de miembros de la unidad familiar y de la provincia en la que se viva, pero no tengo ni idea de cual es su valor.

Un saludo
 
T
torrance
04/02/2004 11:35
La cantidad de 27084€ anuales, me la dieron ayer los de arquitectura de vivienda o IVIMA (91 315 10 06 Opcion 2 - opcion 1 del contestador).

A mi tampoco me cuadra mucho, pero es lo que me dijeron, corresponde con la casilla 30 de la declaracion de la renta
 
C
cuicue
04/02/2004 11:28
Buenas,

Vuelvo sobre un tema muy mascado, pero sigue sin quedarme claro el "concepto".

Siempre que se habla en el foro de las famosas ayudas, al tratar los requisitos,
siempre tengo la misma duda, como se calculan dichos requisitos:
Os entrecomillo lo que dicen dos vecinos:

" el salario de la unidad familiar debe ser inferior a 3,5 veces al salario mínimo
interprofesional. El año pasado el SMI fue de 450,20 €.
Eso suma 1575,70 € brutos al mes"

"(ojosinparpado)
a preguntar sobre las VPP y efectivamente:
* Requisitos para las ayudas:
- Vivienda sup. construida inferior a 110m2 si es familia numerosa hasta 150m2
- Ingresos familiares no superen 27084 € (corresponde a la casilla 30 de la declaracion de
la renta)
"(torrance)

Aquí está mi eterna duda... 450,20 *14 *3,5= 22059,8

Esto difiere de los 27084. Y en mi caso esta diferencia es crucial.


Alguno podría explcar estas diferencias, y lo más importante como habéis calculado
si optáis a las ayudas o no?

Gracias.
 
Oscar
Oscar
04/02/2004 09:05
¿Puse ´a entendido´? Que brutito. Quise decir ´ha entendido´.
 
T
torrance
04/02/2004 08:56
Efectivamente a lo mejor es mas caro el collar que el perro.

Pero si queda alguna duda de que no estamos obligados a subrogarnos y que es una clausula abusiva, aqui teneis una consulta acerca del tema. Otro tema es que compense....

http://www.terra.es/actualidad/articulo/html/act47725.htm
 
Oscar
Oscar
04/02/2004 08:45
Si, pero el problema es que por contrato pone que debemos subrogarnos al prestamo cualificado, si no lo hacemos ellos podrian rescindir el contrato unilateralmente. Por otra parte, a mi la señorita DAE de turno me dijo, que NO era obligatorio.

La OCU me aconsejo que si en el contrato pone que debo subrogarme lo mejor que puedo hacer es...subrogarme.

¿Alguien a entendido otra cosa en el contrato?


 
A
AntonioLZ
04/02/2004 07:44
Para IBG:

Es ILEGAL que te obliguen a acogerte al prestamo cualificado, si no optas a las ayudas puedes cambiar de banco con total libertad y sin ningún problema, solo tienes que abonar la Cancelación de registro y los gastos del otro banco, cualquiera que te diga lo contrario miente, a mi también me ha pasado, según con quien hables de DAE te dice una cosa u otra, NO LAS HAGAS NI PUTO CASO, son unas INCOMPETENTES !!!!!!
Estoy deseando tener el piso para perderlas de vista, jamas he visto tanta desinformación, pasan de todo, y en vez de ayudarte te lian, hay que buscarse la vida por nuestra cuenta.
Lo dicho, no estas obligado a nada!!!
 
I
IBG
04/02/2004 00:00
BUENAS NOCHES A TODOS. HABER SI ME PUEDO ACLARAR DE UNA VEZ. ESTA TARDE HE HABLADO CON LOS DE DAE PARA PREGUNTAR SI ES OBLIGATORIO ACOGERSE AL PRESTAMO CUALIFICADO, O POR EL CONTRARIO PUEDO COGER OTRO LIBRE Y CUAL ES MY SORPRESA CUANDO ME DICEN QUE OBLIGATORIAMENTE, TENGO QUE ACOGERME AL PRESTAMO CUALIFICADO. ME PODRIA ALGUIEN ACLARAR COMO HAN LLEGADO A LA CONCLUSION DE QUE SE PUEDE UNO COGER UN PRESTAMO LIBRE, CUANDO ME HAN DICHO ESTA TARDE LO CONTRARIO Y LOS PASOS A SEGUIR.
SALUDOS A TODOS.
 
O
ojosinparpado
03/02/2004 20:35
Hola, a todos, próximos vecinos!
¿Préstamo cualificado (por tanto ayuda) sí o préstamo cualificado no?
Creo que para optar a las ayudas del préstamo cualificado el salario de la unidad familiar debe ser inferior a 3,5 veces al salario mínimo interprofesional. El año pasado el SMI fue de 450,20 €. Eso suma 1575,70 € brutos al mes, por lo tanto pienso que el que gane más pasta no podrá optar a las famosas ayuditas y debería negociar con los amables bancos su futura hipoteca.
No sé si ha servido de ayuda, pero era la primera vez que escribía aquí en el foro.
Ánimo a todos yo creo que falta poquito ya!!!
 
T
torrance
03/02/2004 15:51
Cuando hable con ellos hace una o dos semanas, me comento la chica que iban a empezar a llamar a primeros de Febrero.

 
A
ADURANBA
03/02/2004 15:43
Si teoricamente nos entregan los pisos en Marzo, cosa imposible, nos deberían de ir llamando para revisar las clausulas en CJM, ¿han llamado a alguien?
 
T
torrance
03/02/2004 15:32
no lo has entendido bien, para una hipoteca de 90000€, los gastos de cancelacion serian unos 430€, por supuesto que eso es todo el prestamo ;-D
 
A
AntonioLZ
03/02/2004 14:43
Vaya susto se llevará quien lea tu correo, unos gastos de 90.000 euros ....casi me cuesta eso el prestamo :)
No venga ahora en serio, ¿ alquién sabe a cuanto asciende la Cancelación Registral que nos pide DAE? A mi me dijeron que era poca cosa, a una amiga le cobraron cera de 600 euros por esta cancelación
Saludos
 
T
torrance
03/02/2004 14:00
Es decir, que hay que pagar los gastos de cancelacion. Como CJM cobra un 0% de cancelacion, eso no se paga, pero pretenden que paguemos el resto??.
Es decir, que aparte de pagar la nueva hipoteca, habria que pagar los siguientes gastos aproximados (90000€):
* Notaria - 156
* Gestoria - 153
* Registro - 90
* IVA(gestoria) - 25
* Impuesto - 6
* Comision cancelacion - 0
TOTAL - 430 €

Yo creo que esto es lo que se refiere la clausula abusiva, de todos modos he de informarme y os cuento.
 
R
RCC
03/02/2004 13:51
Hola a todos,

Yo tambien estoy mirando lo de cambiarme de banco.
Segun dicen en DAE lo unico que tenemos que abonar es la ´Cancelacion Registral´ que no tengo ni p... idea de lo que es.
En cualquier caso,efectivamente tenemos que mandar un FAX indicando que no queremos el prestamo de CJM.
Por otro lado tengo un recorte de prensa en el que declara nula cualquier clausula que te obligue a subrogarte a una hipoteca , por ser abusiva.
Por lo tanto no se si esto de la ´Cancelacion Registral´ tendra algo que ver o no, y si ellos pagon algun otro gasto.
Si al final resulta que ese gasto lo tienen que asumir ellos tambien , pues tenemos otra mision mas para el abogado.
 
A
AntonioLZ
03/02/2004 13:28
Para MEP:
Puedes solicitar la nota simple registral en el Registro de la propiedad de Madrid, situada en la calle principe de Vergara numero 90 mas o menos ( si coges el 29 en Avd Felipe II te tienes que bajar en la parada que muestre Principe Vergara- diego león). Es en la 8 planta. Suele tardar unos 3 días y te cobran 3,5 €. Esta nota simple en un banco normal te cobran 12 mas o menos.
En la nota debe de aparecer como muy bien comenta Torrance quien es el propietario del piso, el número de la calle el portal y el piso.También especifican el valor del piso en caso de venta o subasta y la hipoteca con la que queda grabada la vivienda.
Espero haberte ayudado un poco mas
Saludos.
 
T
torrance
03/02/2004 13:03
En cuanto a la Nota Simple, te permite saber si la vivienda que vas a comprar pertenece realmente a quien dice que la va a vender y si esta libre de cargas y grávamenes como hipotecas, embargos, etc.

En nuestro caso, debe decir que el propietario es PPP, y que tiene una carga (la hipoteca solicitada a CJM), que nos lo indica en el contrato
 
T
torrance
03/02/2004 12:58
A MEP: Registro de la Propiedad.

He llamado a para preguntar sobre las VPP y efectivamente:

* Si no vas a recibir ayudas, no tienes porque coger un prestamo cualificado, puede ser libre.

* Requisitos para las ayudas:
- Vivienda sup. construida inferior a 110m2 si es familia numerosa hasta 150m2
- Ingresos familiares no superen 27084 € (corresponde a la casilla 30 de la declaracion de la renta)

* El tipo de interes es revisable anualmente, este año se revisara en marzo/abril

Espero no haberos liado con mis dudas!!!
 
M
mep
03/02/2004 12:32
Hola lovehurt, perdona para que sirve la nota simple registral, los datos que mencionas de la carga de hipoteca sobre la vivienda vienen expresados en la nota registral y las has solictado en el registro, pero que registro??? soy ignorante total en estos temas, gracias.
 
A
AntonioLZ
03/02/2004 12:13
Por cierto, creo que es interesante este link que os envio, ya me contareis que os parece:
http://www.el-mundo.es/suvivienda/2003/288/1045766819.html

Saludos.
 
A
AntonioLZ
03/02/2004 12:07
Hola de nuevo:

Los prestamos cualificados se revisan anualmente ( por lo menos en el plan de vivienda 2003-2006), la última revisión se hizo hace un año, ya que hace 4 años el tipo de interés estaba al 4,75 ( cuando en la calle ofrecían un 3,5%).
En cuanto al prestamo, SOLO TE OBLIGAN A COGER EL PRESTAMO CUALIFICADO SI VAS A PEDIR LAS AYUDAS, ES CONDICION NECESAREA, pero como en muchos casos, los sueldos han subido ( mas o menos) y nos quedamos fuera de las ayudas no nos obligan a ello, la duda que tenemos nosotros es la misma que torrance, ¿ hay que pagar el gasto de cancelación a CJM? , yo creo que no, que en estas viviendas es ILEGAL pagar por cancelar la hipoteca al banco. Por lo que si queremos cambiar de banco se puede hacer sin problema, solo asumiendo los gastos que genere esta nueva subrrogación. Lo del fax , también me lo dijeron a mi, pero no entiendo el porque, tu el día que vayas a escriturar te presentas con tu amigo del banco, les das el cheque y liquidado!!
Por cierto, no se si alguién más habrá solicitado la nota simple registral, yo fui a pedirla y ya la tengo, mi domicilio está situado en Calle Omega 18, portal 6 piso X letra X , y si la teneis os habreis dado cuenta que la hipoteca que carga sobre el piso es mayor de lo convenido por contrado ( +10%), pues bien, esto significa que tendremos que hipotecar el piso por un importe superior al inicialmente previsto, lo bueno, que DAE te entrega un cheque con la diferencia el día de escriturar. En nuestro caso el cheque debería ascender a unos 10.000 Euros mas o menos.
Espero haberos ayudado
Saludos
 
T
torrance
03/02/2004 11:12
Yo tambien estoy mirando la posibilidad de no subrogarme con CJM y lo que me dijo DAE es que en ese caso, tendria que enviar una carta/fax indicandolo.

Estoy mirando legislacion al respecto y no he encontrado en ningun sitio que podamos o no podamos coger un prestamo libre (no hay informacion de ese tema).

Tambien he preguntado a CJM, y la chica no me supo contestar. En cuanto a los gastos, he realizado varias simulaciones y parece que habria dos opciones:

* cancelar hipoteca y realizar una nueva
* subrogarte a CJM y mas tarde volver a subrogarte con otro banco

Los gastos son similares, pero tampoco tengo claro los gastos de cancelacion (DAE no pone problemas, pero los paga el???). Si los tipos de interes se mantienen, estos gastos a mayores se podrian recuperar en 1/2 años.

Ej: gastos subrogacion CJM (para 75000€) - 670€
gastos hipoteca nueva (para 75000€) - 1445€
Una diferencia de 777€ (130000pts aprox)

Un punto que no tengo claro con respecto a VPP, es si el tipo de interes que revisa el gobierno el primer trimestre de año, se revisa anualmente??? porque he leido que es revisable cada 5 años. Si eso significa que durante 5 años tenemos el 3,88 y al sexto el que revise ese año, puede que la subrogacion interese....

Si alguien puede aclarar algo acerca de los prestamos cualificados y las revisiones, lo agradeceria mucho. Lo mismo sobre los calculos realizados!!
 
Oscar
Oscar
03/02/2004 11:12
Lovehurt ¿donde has preguntado lo de que no nos obligan a tener un prestamo cualificado? A mi me han dicho que pregunte en la Consejeria de la vivienda.
 
A
AntonioLZ
03/02/2004 10:54
Hola oscar!!

Solo nos obligan a corger el prestamo cualificado si puedes optar a las ayudas, el tipo de interés a día de hoy es del 3,96, muy por encima del interés ofrecido en la calle ( 2,80 mas o menos), en teoría lo revisarán para mayo mas o menos, y debería de bajar, no se hasta cuanto, pero deberían equipararlo al mercado o aproximarlo al menos. Si te cambias, prepara mas o menos unas 600000 pts mas o menos, entre unos gastos y otros. En nuestro caso, estamos dudando que hacer, si subrrogarnos a caja madrid a la espera de la rebaja de mayo o directamente negociar el prestamo con otro bando ( banco pastor online, barclays etc) cuyas condiciones a día de hoy son mejores.
Espero haberte ayudado.

Saludos
 

Fin del hilo
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