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jesusmtinez
jesusmtinez
05/09/2005 22:43

Cálculo de indemnizaciones

¿Merece la pena reclamar indemnizaciones por retrasos en la entrega de viviendas?

2.950 lecturas | 13 respuestas
Buenas noches,

He mandado al Webmaster un documento excel útil para el cálculo de las indemnizaciones. Hay distintas referencias a según que leyes y seguro que alguien sabe más que yo sobre como aplicarlo.

He hecho una simulación y esto es lo que me sale:
Calculo el retraso desde el 31 de dic de 2004 hasta el 1 de octubre de 2005. Me salen 275 días. Calculando que las cantidades aportadas a DAE (excluyendo IVA como se indica en la clausula duodécima y, obviamente, el negro) me sale una cantidad de 50.756 €.
El Tipo legal del dinero está en el 4% (creo).
El caso es que la hoja de cálculo me indica que me corresponde por día 5,562 € que multiplicados por los 275 días da un total de 1.530 € (¡que no está mal!)

Algunos pensarán que tampoco es para tanto pero una media de 1.530 € por 348 viviendas de nuestra promoción, dan un total de 532.440 € (88.590.562 Pts) Esto solo en concepto de retrasos. Si a esto le sumamos las cantidades reclamadas por daños y perjuicios... sale un pico a descontar de las arcas de DAE. ¿Merece o no merece la pena reclamar?
Además, quizá sentemos jurisprudencia o precedentes y para la próxima se lo piense la promotora de turno.

Saludos y buena reflexión.
 
A
abenito
21/11/2005 08:18
Gracias por la ayuda para el cálculo pero no nos servirá de nada si nos chantjean o cojes los 360 € o no firmas hasta el año que viene......
 
P
Pablo LG
20/11/2005 19:31
Muy útil, Jesús, muchas gracias.
Hay que pedir indemnización desde el 1 de marzo hasta que tengamos la calificación definitiva + las escrituras.
Que los 360 euros se los metan por el c...

 
jesusmtinez
jesusmtinez
18/11/2005 11:24
Es muy fácil Josemimi.

Supongo que ya te has bajado la hoja. Ábrela.

Como "fecha de inicio computo" tienes que poner 1 de marzo de 2005 (acuerdaté que en el contrato somo tan majos que les concedemos una prórroga de dos meses). Como "fecha de término computo" pones la que calcules. Yo he puesto ahora el 31 de diciembre de 2005 (espero y deseo que no se demore más). Esto te da un retraso de 306 días (¡ya está bien!).

En la celda "Interés legal del dinero" lo pones. Creo que está al 4 o por lo menos así estaba cuando lo miré. Ponemos 4.

Pones en "Cuantía/indemnización" el total de cantidades entregadas a DAE excluyendo el IVA (y el negro, claro). En mi caso 50mil y pico €.

Verás que cambian distintos valores. En los que te tienes que fijar son, en la celda B27 "Euros/día, Interés legal del dinero" Ese es el importe de la indemnización por día. En la celda B32 tienes el cálculo hecho entre las fechas que le has indicado como "inicio computo" y "fin computo" (1.7 y pico € en mi caso * 348 = 592.296 € menos en las arcas de DAE)

Espero haberte ayudado (ahora si que estoy al final de la lista, pero solo recojo y constato un derecho. DAE luchará por ahorrárselo, como es lógico, y nosotros por cobrarlo, com también es lógico)

Perdón popr el ladrillo.
 
J
JoseMimi
18/11/2005 10:44
Jesusmtinez, por favor tu que mandaste la hoja excell para calcular las indemnizaciones por retraso a descargas, te pido un favor puesto que a mí me resulta muy complicada de entender la dichosa hoja. ¿Podrías simplificarla e introducir los datos actualizados para calcular la indemnización desde el 31-12-04 hasta 1-12-05 por ejemplo y mandarla de nuevo?. Ya con este "orden de magnitud" podemos saber de que estamos hablando.

Gracias vecino.
 
J
Jaor
16/11/2005 13:15
Estimados vecinos:

Tengo el placer de comunicaros con se calcula, "de forma sencilla", las indemnizaciones que se deben de cobra.

Sumáis la cantidad entregado a la fecha, le aplicáis el Euribor medio desde el ultimo pago realizado hasta el día de la firma de las escrituras, dentro de la forma del carreto compuesto, lo dividís entre dos, que son los meses que DAE se hace cargo, ......................



TOTAL 360 EUROS


salu2
 
jesusmtinez
jesusmtinez
16/11/2005 12:53
Eso parece Nicolás, ¡lástima!

Pero cada cual es cada cual y hay que entenderlo.
 
N
NICOLAS
16/11/2005 11:27
Jesus, no se porque me da, pero a la gente se el estan empezando a olvidar esos "sinsabores".
Bueno, es razonable.
 
jesusmtinez
jesusmtinez
15/11/2005 21:42
Lo subo por si es de interés ahora que estamos cerca y ya que algunos no se deciden a reclamar lo suyo (que están en su derecho).

Moraleja: 180€ * 2 meses (¡JA!) no creo que sean suficiente "regalo" por los sinsabores.
 
N
NICOLAS
08/09/2005 20:31
He visto el programa del calculo de intereses y en el apartado que figura el interes legal del dinero + dos puntos, creo que solamente se puede reclamar el incremento de los dos puntos cuando existe una sentencia judicial, creo que a partir de la firmeza de la misma es cuando empiezan a devengarse la suma de dos puntos en el interes legal.

Alguien me puede confirmar esta duda.

Asimismo creo que en el cálculo deberían incluirse los daños y perjuicios de cada uno, como pueden ser intereses de préstamos por no haber sido cancelados en la fecha prevista de entrega de vivienda, asi como alquileres, guardamuebles. etc...
 
C
Ciclamen
06/09/2005 21:10
Muy útil, Jesusmnez. Pero considero que también podríamos incluir la letra del IVA para el cálculo de las indemnizaciones, ya que el concepto es "cantidad entregada a cuenta del IVA" y que posiblemente aún no estén endosadas. Ese dinero está en poder de DAE (creo) por lo que debe también devengar intereses.
 
P
pjar
06/09/2005 19:47
Segun la clausula duodecima del contrato, el retraso en mas de dos meses (esto es, hasta el 28 de febrero) nos faculta les obliga a la imdemnizacion prevista, pero dicha imdemnizacion debe calcularse desde "el dia que tal entrega hubo de tener lugar hasta el dia que se realice", esto es, desde el 1 de enero de 2005
 
V
vjimensa
06/09/2005 12:20
Yo creía que las indemnizaciones sólo se podían pedir si renunciabas a tu vivienda. No sé si estoy diciendo alguna tontería porque no sé mucho sobre este tema, desgraciadamente es mi primera vivienda y además me he tenido que topar con incompetentes como DAE y CORSAN.
Yo lo que entendí en su día con el contrato era que al pedir la indemnización, te devolvían el total del dinero que tú habías pagado hasta ahora + el dinero en concepto de retrasos pero renunciabas a tu vivienda. Con lo cual si es así no compensa.
 
J
JoseBG
06/09/2005 10:35
Sino recuerdo mal, (hablo de cabeza dado que no tengo el contrato delante) en el contrato se estipulaba una proroga de 2 meses al efecto del cálculo de indemnizaciones.

De ser esto así, a la hora de realizar el cálculo habría que tomar como fecha de inicio el 28 de Febrero del 2005, y saldrían unas indemnizaciones de 1.201,46 €. Esta cifra aunque menor que la anterior, sigue sin ser una cantidad pequeña.

Saludos
José
 

Fin del hilo
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