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E
Eraser
18/03/2019 21:17

Quieres alguna mejora? No, entrégamela vacía

¿Por qué no podemos elegir los elementos de nuestra vivienda?

1.746 lecturas | 12 respuestas

Lo siento por mis vecinos, pero visto lo visto estoy por decirle a la cooperativa que no quiero ningún elemento de lanvivienda, que me devuelvan el 50% de lo que se va a colocar para poder elegir mi:

Grifo, inodoro, ducha, electrodomesticos, puertas, baldosas, embellecedores, persianas, lavabo, portarollos de culo, todo!

Qué broma es esta que no podamos escoger nada o cambiar los elementos de NUESTRA vivienda?

Quién ha decidido esto? Acaso no podemos elegir entre    la gama que tenga Jorge Fernandez? Que sinsentido es este? Pues viendo los precios me sale a cuenta que me entreguen el esqueleto de la casa con la redistribución que me interese, los puntos de luz que quiera añadir y elegir posteriormente ya con las llaves y meter a los gremios que quiera. Y claro...sin comprar nada en Jorge Fernández. Pobre de mis vecinos.

Ah y queda 20 meses aún. Ni la Sagrada Familia. De coña.

Menudo desproposito.

 

 
A
Arrobi
20/03/2019 12:43

En relación a esto, si la previsión de entrega actualmente es Noviembre del 20, será mejor que el justificante nos lo hagan para pedir ampliación de plazo hasta Junio del 21, porque visto lo visto con los retrasos y si encima la administración puede que no nos de todo el plazo que pidamos...


Editado por Arrobi 20/3/2019 12:43


Editado por Arrobi 20/3/2019 12:43
 
A
Arrobi
20/03/2019 12:40

A la gestora lo que podemos pedirle es que nos haga los justificantes del nuevo plazo de entrega, pero por lo que pone en el artículo se entiende que la ampliación de plazo la debe hacer ‘el contribuyente’ (cada uno de nosotr@s):

A efectos de lo señalado en el párrafo anterior, el contribuyente deberá aportar la justificación correspondiente.

De todos modos si alguien sabe de temas fiscales que lo aclare please

 
A
Arrobi
20/03/2019 11:50

Yo lo que entiendo es que se puede pedir una ampliación del plazo para terminar la construcción de hasta 4 años, pero tiene que estar justificada, pero no parece decir que necesariamente tenga que ser el mismo tiempo que se ha retrasado. E incluso siendo así la primera previsión de entrega fue Abril del 19, llevamos acumulados año y medio ya (primero un par de meses por el retraso en las ventas, luego alrededor de un año por la contaminación y los últimos 4 meses no se sabe muy bien por qué)
En mi opinión se refiere más a que puedes pedir una ampliación del plazo en base a lo que se espera que tarde en acabarse la construcción, y en base a las justificaciones que aportes para probar el nuevo plazo que pides, deciden si te lo dan o no (o parte)
De todos modos habrá que mirarlo con alguien que sepa

 
E
Eraser
20/03/2019 11:47

Yo compré en 2016 pero la primera aportación sujeta a inversión de vivienda habitual la hice en diciembre 2016. Por lo que si cumplen los plazos me libro por los pelos.

 

 
C
cabida85
20/03/2019 11:40
Según pone que lo que entiendo yo del texto esque si hemos tenido un parón de 6 meses o más sería justo esos meses lo que se descuentan y restando esos 8 meses por ejemplo no puedes superar los cuatro años asique es como si tendríamos 4 años y 8 meses no?
 
A
Arrobi
20/03/2019 11:08

Eso es, tendremos que pedírselo a la gestora con antelación.
Lo que dice el artículo es esto:
 

3. Cuando por otras circunstancias excepcionales no imputables al contribuyente y que supongan paralización de las obras, no puedan éstas finalizarse antes de transcurrir el plazo de cuatro años a que se refiere el apartado 1.b), el contribuyente podrá solicitar, dentro del mes siguiente a la fecha del incumplimiento del plazo de cuatro años, a la Administración tributaria la ampliación del plazo.

En la solicitud deberán figurar tanto los motivos que han provocado el incumplimiento del plazo como el período de tiempo que se considera necesario para finalizar las obras de construcción, el cual no podrá ser superior a cuatro años.

A efectos de lo señalado en el párrafo anterior, el contribuyente deberá aportar la justificación correspondiente.

A la vista de la documentación aportada la Administración tributaria decidirá tanto sobre la procedencia de la ampliación solicitada, como con respecto al plazo de ampliación, el cual no tendrá que ajustarse necesariamente al solicitado por el contribuyente.

Se entenderán desestimadas las solicitudes de ampliación que no fuesen resueltas expresamente en el plazo de tres meses.

La ampliación que se conceda comenzará a contarse a partir del día inmediato siguiente a aquél en que se produzca el incumplimiento.

 
E
Eraser
20/03/2019 09:22

Habría que hacer la consulta sí!! Y eso de que “se podría hablar con Hacienda...” espero que Hacienda tenga a bien considerar la situación sino...otro problema para la gestora.

 
E
Eraser
20/03/2019 06:21

Si aportaste en 2017 no tienes problema si el plazo es, como decían, de 4 años.

Los que entramos desde el principio 2016 somos los que podemos estar en el limite; repito en caso denque sean 4 años que no tengo ni idea...

 
C
cabida85
19/03/2019 22:28

Eso me ha dicho Aitana por email, mi intencion era, como no me dejan cambiar la bañera que pusieran grifo y todo menos bañera y me dejaran azulejos, para yo contratar a alguien que si quiera ponerme la que quiero de jorge fernandez, porque poner la bañera me cobran unos 150 a 200€ ,veo ridiculo que me pongan la bañera para tener que quitarla sin que me devuelvan el 50% y me cueste mas caro poner la nueva, porque habria que quitar la que me pone la constructora.

Que podemos tener probemas con la declaracion? ya lo que me faltaba, eso yo no me habia entrerado… yo hice el primer pago desgrabado en diciembre del 2017.

 
E
Eraser
19/03/2019 22:20

Lo que quería decir ayer es que si no nos van a dejar cambiar casi ningún elemento, y sabiendo que nos devuelven el 50% del importe del equipamiento, hacer la casa al gusto, y entrar un par de meses más tarde será una alternativa real para todos aquellos que no nos sirva un piso estandar igual para todos (todos con los mismos 3-4 azulejos, mismas bañeras, mismos inodoros, mismos grifos, etc).

 

 
E
Eraser
19/03/2019 22:01

Cédula de habitabilidad condicionada a bañera? La querías anular o simplemente eliminar la bañera y mantener el grifo, toma de agua? Si mantienes la toma de agua deberí ser ok la cédula.

En cuanto a los gremios entiendo que los podremos meter una vez tengamos las llaves. No antes. Ya que la dirección de obra la asumen (300€) ellos.

Por otro lado, alguien que sepa de plazos fiscales...sabéis cuál es el plazo para que las aportaciones que hemos hecho y que han generado unn18% de deducciones por compra de vivienda habitual sean correctas? 4 años? Me suena que algún cooperativista lo comentó y no recuerdo la respuesta. Si se entregan en diciembre del 20 los 4 años habrían excedido...

 
C
cabida85
19/03/2019 17:08
Yo lo he intentado con el bañera pero me dice Aitana que no se puede porque no darían el permiso de habitabilidad.

De todas maneras entiendo que si somos cooperativa antes de que acaben las obras podríamos meter a otros obreros para que hagan lo que no quieren o no nos dejan hacer la constructora.
 

Fin del hilo
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