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S
ssanmor
26/09/2005 07:32

IBI

963 lecturas | 10 respuestas
Buenas a todos.
Se sabe algo del IBI de éste año y los anteriores? A alguien de ésta nuestra comunidad se lo han pasado?
Tenéis idea de a cuánto asciende la broma?
Gracias!
 
M
MAP
28/09/2005 08:48
Perdón, he mentido, el 30 de septiembre fue cuando firmamos las escrituras, fueron grabadas entre 7 de octubre y el 4 de noviembre.

Más saludos.
 
M
MAP
28/09/2005 08:43
Que puestos estamos todos, tenéis razón los dos, las declaraciones de 901 hay que presentarlas en el ayuntamiento para liquidar las plusvalías y por tanto se realizan los cambios de titular que se comunican a catastro.
En concreto las mías se dieron de alta el 30 de septiembre de 2003, con lo que ya ha llovido, yo no es que quiera pagar, pero no quiero que se me junte con el 2006 que ya va a ser mucho dinero, pero vamos, no creo que llegue al año que viene la cosa, seguramente en octubre o noviembre estén los recibos.

Saludos a todos.
 
L
LUK
27/09/2005 19:16
FDM, UNA VEZ FIRMADAS LAS ESCRITURAS SE LLEVA UNA COPIA SIMPLE DE LAS ESCRITURAS AL AYUNTAMIENTO PARA LIQUIDAR LAS PLUSVALIAS Y A SU VEZ HACER EL CAMBIO DE TITULAR, TODO ESTO SE REALIZA DENTRO DE LAS DOS SEMANAS SIGUIENTES A LA FIRMA DE ESCRITURAS, CON LO CUAL EN EL AYUNTAMIENTO YA TIENES QUE APARECER TU COMO PROPIETARIO, EN CUANTO AL RECIBO DE IBI TODA LA INFORMACION QUE TE HA FACILITADO MAP ES LA CORRECTA, EL RETRASO PROCEDE DE CATASTRO CENTRAL.
 
F
fdm
27/09/2005 16:56
Estimado MAP, te doy la razón en cuanto que hay que presentar el 902 para que te concedan la Licencia de 1ª Ocupación, pero el 902 es el alta del Edificio (Declaración de Obra Nueva y División Horizontal), que hasta que no se firman las escrituras de compraventa o adjudicación a cada propietario, todos los inmuebles se ponen oomo titular la promotora. Una vez firmadas dichas escrituras hay que presentar un 901 o una Declaración de Cambio de titular en el Ayuntamiento o bien en el Catastro y esto último no tenemos constancia de que se haya realizado. De todas formas, es verdad que las cosas de palacio van despacio y no nos queda más remedio que esperar y ahorrar. Un saludo.
 
M
MAP
27/09/2005 12:24
Voy a parecer el defensor de la constructora y soy el mayor crítico que puede haber, pero de verdad que no tiene nada que ver, como dato os diré que para solicitar la licencia de primera ocupación se exige como requisito haber presentado ya en catastro o en el ayuntamiento el modelo 902 sellado (con lo que da catastro las altas, etc...), con lo cual lleva presentado tiempo.
Os puedo decir que en el ayto no hay todavía ningún alta de la tenería para liquidar, porque catastro está tardando, no en realizar las divisiones que es lo que se puede ver de otros edificios en la web de catastro, sino en realizar las valoraciones catastrales, que lleva su tiempo, para saber cuánto se valora cada uno y cuánto pagará después claro.

No quiero crear discordia pero de verdad que no tienen nada que ver ni el ayuntamiento ni la constructora, es que las cosas de palacio van despacio.

Un saludo.
 
F
fdm
26/09/2005 16:47
He consultado la página web del Catastro y es curioso que hay edificios en la Tenería que ya están dados de alta, incluso edificios que han sido construido posteriormente al nuestro. Luego no es un problema del nuevo barrio, si no ciertamente de nuestra promotora EGIDO que no ha actuado correctamente. Y las consecuencias las tenemos que pagar todos nosotros. En fin ...
 
I
itsclody
26/09/2005 13:05
Gracias por la aclaracion. Yo habia escuchado esto de oidas (ya sabras como va, de boca en boca). Lo suyo es que lo pasen ya y nos olvidamos de lo que debemos.

Saludos
 
M
MAP
26/09/2005 11:44
Hola, no hay que pagar desde octubre de 2003, el IBI lo paga el propietario a 1 de enero, y el 1 de enero de 2003 era de la constructora, sólo hay que pagar 2004 y 2005.
La culpa de esto no es de la constructora y que conste que no la quiero defender, es que es mi trabajo y se de esto, catastro funciona igual en toda españa, lo normal es que tarden de 2 a 3 años y en algunos sitios hasta 4 y la ley establece que el ayuntamiento te puede exigir un máximo de 4 años atrasados.
No obstante si es mucho siempre se puede solicitar un fraccionamiento del pago, lo único que entonces hay que pagar además intereses de demora.

Un saludo.
 
I
itsclody
26/09/2005 09:23
No solo tenemos que pagar 2004 y 2005, sino que tambien tenemos que pagar desde octubre de 2003, y seguro que la broma son mas de 500 €, yo me espero alrededor de los 1000 € según me han contado amigos que mas o menos tienen el mismo piso que nosotros (renta libre, m2, garaje, trastero, etc). La verdad es que es de pena que estes dos o tres años sin pagar la contribucion por culpa de la constructora al no dar de alta el edificio en el catastro, para pagar al cabo de unos años todo de golpe. Yo tengo ganas de quitarmelo de encima.

Si teneis noticias no dudeis en ponerla. Gracias

Saludos
 
M
MAP
26/09/2005 09:12
Todavía no han dado de alta en catastro las fincas, creo que para finales de Octubre puede salir, habrá que pagar 2004 y 2005 juntos. No se cuanto será pero habrá que preparar por lo menos 500 euros.

Un saludo.
 

Fin del hilo
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