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J
JuankiMan
23/06/2004 19:36

Máximos Ingresos

¿Cuáles son las rentas máximas admitidas para optar a una vivienda en Pta. de Vicálvaro?

1.654 lecturas | 12 respuestas
Hola a todos/as.

Quisiera hacer una pregunta sobre las rentas máximas admitidas
para optar a una de estas viviendas. Yo estoy en la promoción
de Pta. de Vicálvaro y como podeis suponer me contaron una
historia cuando entré, que no se corresponde con lo que parece
ser la realidad.

El caso es que no me queda claro un tema, y si alguien tuviera
claro como va, pues le agradecería mucho que me orientara, e
incluso le invitaría a unas cañas (de pobre no voy salir).
He visto en la página de OFIGEVI las rentas máximas según el
número de miembros que posea la familia, respecto a la
declaración de la renta de 2002.

Nº MIEMBROS DE LA UD. FAMILIAR MADRID ZONAS 1,2,3 Y 3C
1 Ó 2 42.561, 75 EUR
3 43.878, 09 EUR
4 45.767, 32 EUR
5 48.365, 63 EUR
6 O MAS 51.279, 22 EUR

Por otro lado he visto otras cifras. En una página del diario
"El Mundo"

33.056 euros para el plazo comprendido entre 2001-2004
(Decreto 11/2001, de 25 de enero, dictado por la Consejería
de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes de la Comunidad
de Madrid)

Siempre se hace referencia a 5,5 veces el Salario Mínimo
Interprofesional. Las cifras, no concuerdan (Una con la otra)
a pesar de coincidir en ese factor del 5,5%. Mi duda es:

¿Alguna de las anteriores es correcta?

y por otro lado,

¿Como se puede ver alterada esa cifra?
¿Se modifica como el precio del módulo, es decir (Cuando alguien se levanta con ganas de...) ?
¿Sólo con la evolución del SMI?
¿Por plazos de tiempo?

¿Qué hago yo aquí? (Pero para esta última no espero respuesta.
Es algo puramente personal)

La cuestión es que yo, ahora cumplo cualquiera de las dos, con
cierta holgura, pero viendo que esto se alarga, empiezo a
echar cávalas y no se si llego pecar de paranoico, Pero
quisiera saber si esperar, o ir buscando un puente para vivir
bajo él. Porque para dentro de n (espero que una n pequeña) años
no sea suficientemente pobre.

Bueno, pues eso, gracias a quien pueda contarme algo.


 
A
Abranllis
29/06/2004 13:21
Creo que al final nos damos de baja la churri y yo, muy a mi pesar pero entendiendo perfectamente que no te pueden condicionar la vida un puñado de gestores mentirosos deseando pillar gente para la cooperativa es una mierda!!. Al final que nos devuelvan la pasta y mi vida la decido yo y nada mas que yo.....
 
A
Abranllis
29/06/2004 13:00
Totalmente de acuerdo contigo acg, lo que ocurre realmente es que la gestora esta haciendo una practica ilegal camuflada por todos, no te puede estar vendiendo una vivienda cuando no hay ningun plan aprobado, te estan cobrando el 20% del valor de la vivienda cuando no tienen ni los terrenos comprados, cualquier jurista o persona metida en la administracion te dira q eso es flipante q no deberian actuar asi, otra cosa es que des un dinero para formar el capital social de la cooperativa y cuando se compren los terrenos, etc,....y este mas o menos todo claro y planes aprobados pues entonces ya te hablen de las viviendas...pero no asi.,..q incluso se atreven a dar fechas los muy ca.....indignante.....si kereis comprar una vidienda para vivir con la churri todos estos años venideros pues tendra que ser fuera del municipio de madrid sino no tendreis acceso a la vivienda, sobre lo de los sueldos....quizas se pueda hacer trucos o vista gorda por la gestora.....
 
A
acg
29/06/2004 09:43
El problema es que las condiciones hay que cumplirlas a la firma del contrato DE COMPRA DE LA VIVIENDA, es decir, una vez que se empiece a construir y se adjudiquen las viviendas dentro de cada promoción, NO CUANDO SE FIRMA EL CONTRATO DE ENTRADA EN LA COOPERATIVA.
Eso es lo que me dijeron el año pasado en la Comunidad de Madrid (y un compañero del trabajo que también se había comprado una vivienda de VPO hace un par de años).
Lo que también me dijeron es que hasta ahora como los plazos se estaban alargando tanto para entregar estas viviendas de los PAUs, se hacía la "vista gorda" si alguien no cumplía las condiciones en el momento de entrega de la vivienda. Pero también dicen que como los pisos están tan astronómicamente caros, cada vez se están poniendo más duros en la administración en este asunto.

Esperemos que nos entreguen nuestros pisos cuanto antes y así no tengamos problemas con los ingresos.
 
C
citi
28/06/2004 19:24
JuankiMan, sigo creyendo que las condiciones deben cumplirse a la firma del contrato, como tambien nos cuenta takeda. Sin embargo, trataré de buscar más información para ver si nos aclaramos de una vez, puesto que, como bien dices, es motivo para estar inquieto.

Seguiremos buscando información (como siempre, los que nos buscamos las castañas somos nosotros).

Un saludo.
 
J
JuankiMan
28/06/2004 15:01
Me confunde en el artículo, que si bien abajo cuenta lo que tu transcribes, "citi". Al comienzo del artículo dice que:

Si estaba esperando una vivienda de protección pública desde hace varios años en alguno de los Planes de Actuación Urbanística (PAU’s) de Madrid y el retraso le ha empujado a adquirir otra casa en la capital, sepa que ya no podrá optar a ella, salvo que la venda o tenga un precio muy bajo.

Si entregó una señal por la reserva de una casa protegida, cumpliendo los requisitos de acceso en aquel momento, pero a la hora de firmar la compraventa o título de adjudicación, sus rentas superan las estipuladas por la ley, tampoco tendrá opción a la misma.

Volvemos a lo mismo... ¿Con cual nos quedamos? No se si es que el deseo de que sea como queremos, nos hace ver opciones donde no las hay.

A mi, me contó en su momento, alguien que anda como nosotros, comprando un piso en una promoción anterior a Pta de Vicálvaro (que es la mía), Que a la hora de presentar la documentación justificando nuestra situación económica, no eran muy exigentes, y no se muy bien como, se podía saltar la limitación. Pero eso a mi me produce mucha inseguridad.

Son muchos condicionantes y muchas dudas para plantearse esperar 6 años. Me quedo inquieto. Gracias por aportar el artículo. Trataré de encontrar por ahí más cosas. Lo malo es que lo que he visto, va en ese rollo. "Si, pero no. No, pero si". Siento el agobio y las dudas que pueda transmitir, pero es que ya estoy paranoico perdido (y lo que me queda). Pues eso. Gracias "citi". Seguiremos buscando respuestas.

Un saludo a todos/as
 
C
citi
25/06/2004 16:12
Hola, mirad aqui (en el apartado de requisitos)
www.el-mundo.es/suvivienda/2002/240/1013757905.html

Realmente me refiero a este extracto, que os copio:

***********************************************************
REQUISITOS
P.- ¿Quién puede optar a las viviendas protegidas de los PAU’s? Y si los requisitos se cumplían cuando se compró, pero no ahora, ¿qué sucede?

R.- Sólo pueden acceder a las VPP aquéllas personas que tienen unos ingresos familiares que no excedan de 5,5 millones de pesetas, que no son titulares de otra vivienda protegida en todo el territorio nacional y que no son titulares de otra vivienda libre en Madrid (salvo que el valor de la misma no supere unos determinados límites).

Estas condiciones han de cumplirse en el momento de la firma del contrato de compraventa o título de adjudicación, no teniéndose en cuenta las posibles variaciones que en un futuro puedan producirse en cuanto a la situación económica y patrimonial de esa persona (ello tendrá eventualmente repercusión sólo cuando solicite las ayudas por la adquisición, pero no en cuanto al acceso).

Cuestión distinta es si posteriormente la Administración establece un nuevo precio máximo legal, ¿puede aplicarse éste? No, si no se cuenta con el consentimiento expreso del adquiriente o adjudicatario a su aplicación.

P.- Cuando una promotora o cooperativa vende vivienda protegida, ¿debe presentar el cumplimiento, por parte de los compradores, de los requisitos exigidos por la ley ante la Administración?

R.- Al presentar el promotor la solicitud de calificación definitiva debe aportar los contratos firmados para su visado, acompañados de la documentación que acredite que el adquiriente o adjudicatario cumplía los requisitos para acceder a la vivienda. Si no los cumpliese, se denegará el visado, lo que implicará, aparte de la instrucción del oportuno expediente sancionador, la imposibilidad de que el adquiriente o adjudicatario obtenga, posteriormente, la financiación cualificada y la reconversión del préstamo cualificado obtenido por subrogación en libre.
***********************************************************

Lo demás está ya un poco pasado de fecha. Espero que os sirva.

Un saludo.
 
J
JuankiMan
25/06/2004 14:59
Espero ansioso tus noticias. Ojalá sea así. Sería tranquilizador
 
A
Abranllis
25/06/2004 12:58
Estoy con Takeda, me lo ha contado un abogado, parece ser que como mucho perderias las ayudas q te hayan dado para la vivienda, pero q no te la quitan, de todos modos ya os comentare porque se esta informando mas fondo......
 
J
JuankiMan
24/06/2004 15:29
Takeda, por lo que parece no es asi. Las condiciones las tienes que cumplir cuando te vayan a entregar la vivienda. Eso incluso lo han dicho en las asambleas los de la gestora, y para que ellos te den una mala noticia de estas (Son de los de "España va bien y OFIGEVI, mejor)... debe ser cierto.

Lo que ya no se, porque no conozco a nadie a quien le hayan dado un piso como el (futuro) nuestro, es como se trata el caso de no cumplir las condiciones. Pero no me gustaría descubrirlo en carnes propias.

Gracias por las respuestas. Por lo que parece, las cifras que se ven por ahí me parece a mi que son como las cifras de asistencia a las manifestaciones y las comisiones de los bancos. Se empieza a redondear y...

Un saludo.
 
C
citi
24/06/2004 11:31
Para charlyllo: el SMI será, a partir del 1 de julio, de 490 euros (en pesetas 81.529 pts).

Un saludo.
 
A
Abranllis
24/06/2004 09:10
Ahi esta el problema, que ahora lo cumples pero dentro de 6 años quien coño sabe en que situacion estas??, y si te has casado y tienes otro piso, y si te pasas en el sueldo??, esta claro que nuestra situacion habra cambiado un huevo porque es muchisimo tiempo, y despues de tanto sufrimiento que te lo quiten seria para matarlos, la cuestion es que me han dicho que el piso no te lo pueden quitar que como mucho te quitan las subvenciones que te hayan podido dar, es esto cierto??, alguien sabe algo real sobre este tema??, y no especulaciones por favor.....es muy importante esto para todos nosotros.....salu2.
 
C
CHARLYLLO
23/06/2004 20:17
Bienvenido al Club...

En principio no se debe superar 5,5 veces el salario minimo interprofesional, que lo actualiza el gobierno anualmente, hasta ahora conforme al IPC, pero ZP quiere actualizarlo a la media de la comunidad europea, para empezar creo que lo actualizó por decreto hace poco y pretende volver a hacerlo en los próximos años. No te puedo decir exactamente en cuanto está ahora mismo, pero no importa puesto que es cuando se vayan a empezar las obras cuando la comunidad revisa definitivamente cada expediente que opte a VPP. Esta y todas las demás reglamentaciones VPP deberán cumplirse entonces, si no, ya sabes...¿En qué condiciones llegaremos a esa fecha?, ¿Cuándo será?...lo mismo cumplimos ahora y no entonces..¿quien lo sabe?....La Pitonisa Lola..

Ya veremos, dijo un ciego...
 

Fin del hilo
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