Responsabilidad civil y penal del Presidente de una Comunidad de Propietarios

Adminfergal    15 comentarios   

Artículo realizado por Miguel Fernández, Administrador de Fincas

Responsabilidad Penal

El art. 13 de la Ley de Propiedad Horizontal  (LPH), dice que el Presidente es uno de los miembros de gobierno  de la Comunidad; que el nombramiento del mismo será obligatorio y que ostentará legalmente la representación de la Comunidad, en juicio y fuera de él, en todos los asuntos que le afecta.

Los diferentes derechos que le aporta la LPH al Presidente, le generan paralelamente una serie de responsabilidades que debe cumplir, ejemplo:

  • Debe de cumplir de forma diligente, aquellos mandatos o acuerdos que se hayan adoptado en la Junta de Propietarios.
  • Debe de realizar aquellos trabajos u obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble, de sus servicios e instalaciones comunes.
  • Debe de dar el visto bueno a las certificaciones de estar al corriente de pago de un propietario, corresponsabilizándose junto con el propietario de la exactitud de los datos.
  • Puede y debe proponer a la Junta de Propietarios la iniciación del procedimiento monitorio contra aquellos propietarios que no cumplan con sus pagos a la Comunidad, y así un largo etc.

 

Todos estos derechos y obligaciones conllevan a que el Presidente debe de actuar de forma diligente, no extralimitándose en la ejecución de los acuerdos tomados o incumplir la ley.

El incumplimiento puede venir dado frente a los propios copropietarios o frente a terceros, ejemplo (proveedores).

La Responsabilidad del Presidente de la Comunidad, es considerada una responsabilidad contractual. Hay varios artículos del Código civil que habla de la misma y que se trascriben íntegramente por su importancia: Artículo 1.101 “Quedan sujetos a las indemnizaciones de los daños y perjuicios causados, los que en cumplimiento de sus obligaciones incurrieran en dolo, negligencia o morosidad, y lo que de cualquier modo contraviniera al tenor de aquellos”; art. 1.902, en relación a las obligaciones que nacen de culpa o negligencia dice “ El que por acción u omisión, causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño”. El art. 1.726 habla sobre las obligaciones del mandatario y dice “El Mandatario es responsable, no solamente del dolo, sino también de las culpas que deberá estimarse en mas o menor rigor por los Tribunales según que el mandato haya sido o no retribuido”.

Por lo expuesto anteriormente, la Responsabilidad del Presidente puede exigirse por una actuación culpable o negligente en su ejercicio como Presidente de la Comunidad.

Para exigir responsabilidad al Presidente, lo primero, es solicitar una Junta General Extraordinaria para reflejar en el orden del día, el punto con la propuesta de denuncia y se adopte el acuerdo de emprender acciones judiciales, exigiéndole al Presidente la responsabilidad que pudiera corresponderle. Los propietarios no podrán hacer acciones individuales contra el Presidente, debe de realizarse a través de la Junta de Propietarios. Solo cabe realizar una acción individual por el propietario afectado, si la Junta no realiza las correspondientes acciones.

Ejemplo de acciones contra el Presidente por su Responsabilidad Civil:

  • No realizar o materializar los acuerdos adoptados en la Junta o bien realizarlo de forma inadecuada dando lugar a un perjuicio a un tercero o a otro propietario.
  • Cambio de contratación de un seguro, de un cambio de operador de la luz, de un contrato de mantenimiento de un ascensor, etc. Resolviendo los contratos anteriores de una forma unilateral sin el acuerdo previo de la Junta de Propietarios.
  • Retraso en la emisión del certificado de deuda con perjuicio para el vendedor, etc.

 

También se le puede exigir al Presidente una Responsabilidad Penal en algunos casos como:

  • Delito por apropiación indebida de dinero.
  • Delito de estafa.
  • Delito de coacciones al obligar a otro propietario o a un tercero a realizar algo que no quisiera, sea justo o no.

 

Por último y antes de terminar el artículo quisiera recordar a los/las Presidentes/as de las Comunidades que hoy en día es necesario que en el Seguro Multirriesgo de las Comunidades de Propietarios se incluya al menos una cobertura para la Responsabilidad del Presidente y se le dé la adecuada protección jurídica y soluciones mediante clausulas especiales y particulares independientes si es necesario del propio seguro.

Adminfergal

Miguel Fernández
Administrador de Fincas colegiado, Graduado Social
691564359 - Fijo y Fax.  915050900| mfernandez@adminfergal.es |

 

minero1970
minero1970
27/02/2015 18:21

hola ,muy buenas mi problema es que tanto presidente como administrador estan compinchados ,porque el presidente lo coloco aqui en la comunidad.Entonces hay problemas en el garaje y les digo a los dos que hagan reunion y no hacen caso.LLeva dos años sin convocar reunion y sin cambio de presidente.Aunque llame por telefono al administrador la secretaria siempre dice que no esta.,es un presidente y un administrador que no hacen nada nada mas que pasar el recibo al mes para cobrar.que puedo hacer.GRACIAS

marisaviguera
marisaviguera
12/03/2015 10:53

Buenos días. He visto que en algún momento periodistas implicados con estos temas sacan a la luz las estafas que sufrimos los vecinos, hay dos opciones, o miras a otro lado, o te pones al mundo por montera y te enfrentas, pero nunca sabes hasta que punto podras aguantar.
Mi problema, el administrador ya llevaba estafando dos años antes de comprar yo la vivienda. El contrato de suministro de gas esta TIPETEADO, tanto las facturas de suministros como la cuenta bancaria está a nombre del presidente electro hace 5 años y la dirección de envio de ambas la del PROMOTOR.
Sufro la ilegalidad de la PROTECCION DE DATOS, en la casilla de cristal pone el nombre del vecino moroso, piso, y cantidad adeudada, y a mi como vecino indeseable porque le solicito documentación.
La suministrador me confirma que con el cif de la comunidad no hay servicio de gas.
Tenemos unas deficiencias de edificabilidad tremendas, yo vivo con un caldero cogiendo el agua de los tubos de la calefacción exterior que sino lo vacio puede entrar a mi salón.
Me ha borrado de vecino al que enviar e-mail y me ha prohibido la entrada a su oficina.
Esta gentuza puede actuar asi porque el resto de los vecinos miran a otro lado. Me siento decepcionado. GRACIAS

E
ellibrogordodepetete
27/03/2015 19:18

En cuanto a los del presidente y administrador "Compinchados".
Prefiero no entrar en comentarios, pero vayamos al grano:
¿Quien eligió al administrador?, si fué solamente el Presidente, deben exigírsele responsabilidades, incluso judiciales. Si fue la junta, habrá que ser más justos.
Para convocar una junta, si el Presidente no quiere (ël tiene esa capacidad y no el Administrador), bastya con que os juntéis el 25% de los propietarios que asu vez suméis el 25% de coeficientes y podéis convocar una junta, con el orden del día que queráis.
En la junta cambiad al presidente y al Administrador, si no os gusta. Es sencillo

C
Chase
27/03/2015 20:15

No creo que estas dos obligaciones que dices corresponde al Presidente, lo sean y son:
Debe de cumplir de forma diligente, aquellos mandatos o acuerdos que se hayan adoptado en la Junta de Propietarios.
Debe de realizar aquellos trabajos u obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble, de sus servicios e instalaciones comunes.
En mi opinión son responsabilidades del Administrador, al menos así lo dice la LPH.
Serías tan amable de explicarme esto?
Gracias

R
royne30
19/01/2017 12:43

Me pongo en contacto con V. ya que el edificio que resido solo somos 6 propietarios, de los que solo dos vivimos en el mismo y el otro vecino que reside no paga la cuota de participación.

La función de presidente llevo ejerciéndola desde que soy propietario, desde el año 2004 y en estos momentos a pesar de estar constituida la comunidad con número de CIF quiero dar de alta el PRIMER libro de actas. Mis preguntas son las siguientes:

¿Puedo realizar las veces de Presidente, secretario y administrador?
Ya que no hay seguro de comunidad, ¿Sería responsable civilmente y penalmente de cualquier siniestro que se produjera en la comunidad por el cargo que realizo.?

Gracias.

ADMIN
ADMIN
19/01/2017 14:41

Por favor, plantear vuestras dudas sobre comunidades de propietarios en el foro dedicado a ese tema. Gracias.
http://www.nuevosvecinos.com/comunidad/foro

M
mcasado39
22/02/2017 13:58

voy a ser elegido en una comunidad de vecinos como presidente.
Puedo pedir que me exoneren de responsabilidades acontecidas anteriomente a mi llegada al edificio.Llegue en Mayo del 2016 y hubo problemas que todavia estan en el aire años anteriores.



Gracias

A
alienri
30/05/2017 17:35

Hola: el Presidente de la Comunidad ha empezado hoy mismo unas obras de mantenimiento, conservación y embecellimiento sin convocar junta, Ni siquiera sabemos el presupuesto. Me ha enviado un WatsApp para comunicarmelo a lo que le responde que sin reunión no hay obras, que las paralice. Seguidamente me envía varios WatsApp en el que me coacciona y me amenaza. La obra es faraónica: paredes y techo de toda la finca, pasamanos de madera, embellecedores de madera, escaleras de madera nuevas y portal nuevo. Todo ello sin la aprobación en Junta. Ni siquiera sabemos lo que nos va a costar. Qué puedo hacer? Ante las amenazas y coacción ya he acudido a la policía.

M
Maviaja
24/08/2017 11:15

Buenos días,
Tengo un problema con el presidente de la comunidad. Quiero vender un piso y le he pedido que me envié el certificado de estar al corriente de pagos con la comunidad. Al solicitarlo nos ha enviado a los vecinos un requerimiento de sanción del ayuntamiento de Madrid. Me ha dicho que si no le pago la parte correspondiente a la sanción no me da el certificado. El requerimiento no es definitivo pero me pide la parte que él considera que me corresponde de la de deuda, sin tener en

A
amandagomez
20/06/2018 14:21

Buenas tardes. Tengo una consulta legal. Existe un administrador de fincas sin colegiar ( contrastada información con Colegio ) que se niega a entregar a los propietarios que tienen una importante deuda de Comunidad, un certificado de deuda desglosando la deuda por anualidades, a fin de que el comprador conozca el importe que deberá abonar según art. 9 , d de la LPH. Se le ha requerido por burofax y por correo electrónico haciendo caso omiso. ¿Cual es el siguiente paso que deberíamos dar ? Creem

V
villegas631
05/12/2019 17:18

Buenas tardes.
En la ultima junta se nombró un presidente y en el acta figuran otro. Considero que es una falsedad en documento y no se si hay que denunciar al presidente que firma el acta o al secretario-administrador.

X
Xaneva
21/10/2020 20:56

Hola buenas si los vecinos deciden denunciar a un vecino en cuestión tiene que estar reflejado en el acta ya que ya fue la reunión de la comunidad gracias

P
Pacucoway1
07/01/2021 12:33

Buenos días feliz año nuevo.
Quisiera saber si es obligatorio que el presidente de una comunidad de vecinos tiene que poner mensualmente en el tablón de anuncios el estado de cuentas? O saber cada cuánto tiempo está obligado ponerlo

H
Hector3
01/02/2021 13:23

Hola!!! Buenos días
Pues de manera breve y resumida quería informarme de cómo podría prodecer ante una negligencia del presidente de la comunidad.
En este caso pidió información sobre mi propiedad al ayuntamiento (en calidad de presidente de la comunidad y en nombre del resto de vecinos) la cuál no se le debería haber facilitado ni aunque fuera verdad que actuase en tal calidad recibiendo dicha información (el ayuntamiento no debería de haberse la concedido pero así lo hizo dado que su

H
Hector3
01/02/2021 13:25

pareja es concejal de dicho ayuntamiento). No sólo con este atropello no se realizó ninguna reunión y por consiguiente no existe ningún acta en la que los vecinos hayan acordado o aceptado ese procedimiento (cosa que hizo el por su cuenta sin decir nada a nadie)
Y mi consulta era, cómo debo proceder para denunciar a esta persona en caso de que se pudiera??
Un saludo y gracias de antemano

 
No hay  comentarios
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento