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Pregunta
¿Cuándo hay que hacer el pago correspondiente al contrato de firma?
1.611 lecturas | 3 respuestas
Me puede decir alguno de los que haya firmado, ¿cuando hay que hacer el pago que corresponde al contrato?
Lo digo porque una vez que te llaman para recoger el borrador, te dan 12 días (creo) para la firma. ¿En esos doce días hay que hacer el pago? ¿Qué pasa si estas de vacaciones?
Gracias anticipadas.
Está bien chorbis, prometo tranquilizarme e irme feliz y contento de vacaciones.
La verdad es que siempre vienen bien estas terapias de grupo con los futuros vecinos.
Gracias y un saludo.
Josmaaaaaaaaac, vete tranquilo de vacaciones, si te llaman y te pillan en Sevilla no hace falta que te vengas en el primer AVE. Quedas con ellos cuando vuelvas y ya está. Y si te quedas más tranquilo pide en paracuellos una ampliación del periodo de firma hasta la fecha que quieras (creo que como tope 30 de septiembre). No tengas prisa por soltar la pasta, piensa que mientras tú tengas el dinerito tú cobras los intereses
Si te llaman a firmar en vaciones se esperan a que vuelvas en septiembre, y cuando firmas es cuando les llevas o un talón o el resguardo de la trasferencia. No hay que pagar antes, bueno en caso de que sea por transferencia si pero con que tengas el resguardo da igual que lo hayas hecho una hora antes o un dia.
En cualquier caso esto te dicen ellos si llamas a Hercesa y le comentas esta duda. Y así te quedas mas tranquilo.
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