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tadzio
tadzio
12/04/2004 15:25

Renta2003

¿En qué casilla debo incluir las cantidades aportadas a Hercesa en mi Declaración de la Renta?

1.646 lecturas | 7 respuestas
Planteo en este foro una pequeña duda que sin duda tendreís más de uno ahora en Mayo cuando haya que hacer (los que la tengan que hacer) la Declaración de la Renta. Las cantidades que hemos aportado a Hercesa los que hemos comprado y no tenemos una hipoteca previa ni otra vivienda en propiedad hay que incluirlas en uno de los siguientes apartados de la Declaración, pero no tengo muy claro en cual:

Inversión en vivienda Habitual
68 Por adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual, con financiación ajena.
70 Por adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual, sin financiación ajena.
72 Por construcción o ampliación de la vivienda habitual.
74 por cantidades depositadas en cuentas vivienda.

Los números de las izquierda corresponden al número de la casilla en el programa PADRE. Imagino que donde hay que poner las cantidades que di el año pasado a Hercesa habrá que situarla en la casilla 72 pero me gustaría que alguno que lo sepa me lo aclare. Por cierto, como me compro la casa con mi novia, y no estamos casados, en mi declaración ¿tengo que poner en mi declaración la mitad de lo invertido en vivienda y ella la otra mitad en su declaración?
El programa PADRE 2003 ya os lo podeís bajar de la página www.agenciatributaria.es (Descarga de programas, IRPF y patrimonio).
 
chorbis
chorbis
13/04/2004 22:56
R11F0, te sigo recomendando que sigas desgravándote de tu vivienda actual. Legalmente si quieres aplicar la exención por reinversión no puedes desgravarte ANTES por las cantidades invertidas en la nueva vivienda, sino que como te comentaba más arriba tienes que esperar a haber pagado la suma de la cantidad por la que te desgravaste de la antigua y la ganancia exenta por reinversión.

En cualquier caso estas son recomendaciones para hacerlo bien. Puedes hacerlo no tan bien con riesgo (eso sí, bajo) de que te pillen.
 
A
artpr
13/04/2004 10:22
Yo llamé a la agencia tributaria cuando me tocó pagar la señal que había que dar para darse de alta en el star. Me digeron que lo metiera como construcción de vivienda habitual. Me imagino que para las cantidades que estamos pagando ahora los que ya hemos reservado valdrá la misma casilla.
 
R
R11F0
13/04/2004 08:06
Gracias chorbis. Así da gusto.
Déjame abusar de tu amabilidad un poco más.

Mi hipoteca actual es muy bajita, y la declaración la hago individual que me sale mejor... por tanto si empiezo ya a usar la nueva casa para la deducción, puedo apurar un poco más de esta forma que siguiendo con mi vivienda habitual (tampoco puedo ir cancelando mi actual hipoteca, pues no me llega el sueldo).

Si lo hago de esta forma... ¿en qué podría perjudicarme en un futuro? ¿ya no podría aplicar la exención en un futuro?

Y entonces, cuando dice "datos de la vivienda habitual" imagino que se refiere siempre a efectos de deducciones (y no de localización)

Muchas gracias de nuevo y un saludo.
 
chorbis
chorbis
12/04/2004 23:43
R11F0, te he intentado responder en el otro hilo pero lo copio aquí también....

Entendiendo que venderás tu vivienda actual para comprar la nueva yo te recomendaría lo siguiente:

Seguir desgravándote por tu vivienda actual (siempre que más o menos llegues al millón y medio de tope anual, o tres millones si hay parient@ y presentáis declaraciones individuales).

En el momento de la venta de tu vivienda actual, aplicar la exención por reinversión para no tener que pagar impuestos por las plusvalías obtenidas por la venta.

A partir de ese momento, desgravar por tu nueva vivienda, siempre que por ella hayas pagado ya la suma de:
- Las cantidades que se beneficiaron de la deducción en la anterior vivienda
- La exención por reinversión que has aplicado el año que vendiste

Las cantidades invertidas deberás ponerlas en cualquier caso en el apartado de deducción por "adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual"). En este concepto se incluyen todas las cantidades ingresadas en cuenta vivienda (no es tu caso puesto que ya tienes una vivienda y no podrías abrir una cuenta vivienda), las pagadas al promotor (Hercesa) y los gastos e IMPUESTOS.

También las cantidades pagadas como devolución del préstamo hipotecario (principal+intereses), de las que puedes deducir hasta un 25% siempre que se cumplan algunas condiciones.

Hasta donde yo sé los bancos remiten información a Hacienda sobre las cantidades pagadas en concepto de devolución de préstamo hipotecario. Pero no sucede así con el dinero pagado al vendedor, en este caso una promotora. O con lo pagado a notario, registrador, iva, etc. Pero estas cantidades son igualmente deducibles, sólo es necesario conservar los recibos por si en algún momento los pide Hacienda.

En cuanto a los datos de la vivienda, si te llegas a desgravar por la nueva estando en construcción evidentemente no tendrás referencia catastral, pero será suficiente con indicar los datos identificativos que aparecen en el contrato privado de compraventa.
 
R
R11F0
12/04/2004 21:08
Acabo de llamar a Hercesa y ellos no han dado ningún tipo de dato a la Agencia Tributaria de las cantidades que hemos aportado (y tengo entendido que por ley deben hacerlo cuando se supera cierta cifra).

He realizado esta pregunta en otro hilo, dejadme que os cuente mi caso:

Solo he tenido una casa (en la que vivo) y me he desgravado por su hipoteca el máximo durante 3 años (es decir, 4.5 kilos)

He dado a Hercesa durante el 2003 7,5 kilos, por tanto...

¿puedo dejar de subvencionarme por mi actual hipoteca y empezar a utilizar los 3 kilos que me "sobran"?

En caso afirmativo... ¿en qué apartado de la declaración irían? ¿qué datos pongo en lo referente a "préstamo hipotecario y datos de la vivienda"?

Muchas gracias y un saludo.
 
jaranda
jaranda
12/04/2004 17:53
Te tienes que desgravar como dice chocolate en la casilla 72,con los limites establecidos de maximos, de todo lo aportado en el ejercicio 2003. En cuanto a que tu aportas la mitad y tu novia la otra mitad, logicamente seria al 50 %, pero si a alguno de los 2 os intersa desgravaros mas por vuestros ingresos, podrias hacerlo siempre que puedas justificar ante Hacienda si te lo piden, que % aporta cada uno, por ejemplo con ingresos bancarios de cada uno. Me explico, si tu quieres deducirte el 70 % y tu novia el 30%, deberias tener justificantes de que tu aportas dicha cantidad desde tu cuenta.
Espero haberte servido de ayuda.
En cuanto a la porra de los precios para la 4ª fase yo creo que subiran entre el 8 y el 9 % sobre la tercera.
Saludos.
 
C
chocolate
12/04/2004 16:02
Es en la 72 como dices, por construución. Y puedes desgravartelo tu todo o la mitad según os convenga....
 

Fin del hilo
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