el estado da a las administraciones locales potestad para cobrar determinados impuestos o no.
A las comunideades creo que le da la potesetad para cobrar en los impuestos de sucesión ,si tú te jueres tus herederos tienen que pagar y dependiuendo si tienes o no testamento si son herederos de 1ª (hijos padres)o se 2ª(sobrinos...)según sea el% varia.,tú comunidad creo que eso no se cobra en andalucía si se cobra.
Pues bien existe unos baremos (no me preguntes cuales son por que no los conozcos) y el ibi se cobra, según valor catastral con la posiblidad de una deducción del valos según criterio de los ayuntamientos pero con unos valores (también los desconozco)
Se cobra el ibi,badenes,apertura de locales,ora,entrar los coches por determinadas zonas (Londres el centro,La linea quiere cobrar para pasar por una zona para ir a Gibraltar.,por Granada te multan si circulas por el centro sin permiso,Permiso para montar un kiosko,te cobran por el certificado del padrón que te dan para matricular al niño en un colegio.....Hay muchos impuestos que se pagan por que los ayuntamientos se tienen que autofinanciar pero el problema es que son muchos los que comen del ayuntamiento y muchos los servicios que piden los ciudadanos,(limpieza pública,ayudas para empresas no lucrativas,alumbrado,mantenimiento de locales deportivos...........)necesitan cobrar y recolectar más por que no saben decir hasta aquí podemos llegar por que los ciudadanos piden más y cuanto más piden más hay que recolectar.
Sobre el robo del ibi eso está avalado por hacienda ya que te dicen puedes cobrar de 3 a 8 y cada ayuntamiento cobra según ese baremo.
El cobro de multas es lógico por correr a 250m pero ir a 50 a veces se pasan ...es otra manera de cobrar.Espero que te haya ayudado.