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Enrique y Mercedes
Enrique y Mercedes
22/11/2005 13:27

INDEMNIZACIONES

¿Nos pagarán los gastos de alquiler y trasteros por la demora a partir de enero?

1.487 lecturas | 6 respuestas
¿creeis que habrá posibilidades de que nos paguen lo que suponga de gastos de alquiler , trasteros,.... por la demora a partir de enero (por que me temo que para finales de enero no estará)?

(en mi caso hemos vendido nuestra casa y a partir de enero pagamos alquiler)
 
chorbis
chorbis
23/11/2005 00:02
http://www.nuevosvecinos.com/bMiramadrid/mensaje.asp?id=277667
 
josele3c
josele3c
22/11/2005 15:55
Si, yo estoi con lo que comenta antesmmk, si se acaba el contrato y no han acabado, hay un incumplimiento de el, ya que a la fecha estimada no te han dado la casa ; pues denuncia al canto, y ya no solo por el retraso y costes de alquileres y tal, tb hay que meter daños y perjuicios, vamos que como lo tengan que hacer 300 vecinos de una fase, les va a salir caro el retraso, aunque tengan que esperar 2 años ; lo que hay que hacer es en este caso, creo yo, es hacer una demanda conjunta, si son 200 los afectados, pues los 200 con el mismo abogado/bufete y asi sera mas llevadero el asunto, ademas se podra recurrir al defensor del pueblo tb... lo que no se puede hacer es tragar y punto, y ya me la daran cuando ellos quieran... hay que reclamar/denunciar lo que es tuyo. Por cierto no hara mucho que salio alguna noticia relacionado con ese hecho y siempre sale a favor del cliente.
Podeis leer este informe de la OCU sobre las viviendas:

http://www.ocu.org/map/show/11921/src/190081.htm

El 57% de las promotoras inmobiliarias visitadas por la OCU no ofrecen una información aceptable (25/08/2004 )



La OCU ha realizado una prueba práctica en 63 promociones inmobiliarias en 10 ciudades españolas: Barcelona, Cádiz, Madrid, Sevilla, Tenerife, Valencia, Valladolid, Vigo, Vizcaya, Zaragoza. Con el objetivo de comprobar si el comprador recibe toda la información necesaria para que el proceso de compra se desarrolle de una forma segura, transparente y satisfactoria, ha visitado de forma anónima al menos dos veces cada una de la promotoras para recabar esta información. Los datos íntegros de este estudio se publican en la revista Dinero y Derechos del mes de septiembre.







Para valorar la información que las promotoras facilitan a los compradores, la OCU ha tenido en cuenta, entre otras cosas, si ésta se ajustaba a las dos principales normas que regulan la comercialización de viviendas, la Ley 57/1968 que regula las garantías entregadas a cuenta y el Real Decreto 515/1989 que regula la oferta, promoción y publicidad para la venta o arrendamiento de viviendas.

La OCU ha analizado nueve puntos clave en la información que los promotores deben entregar a los compradores: identificación de los agentes que intervienen en la promoción, situación jurídica del terreno, descripción de la vivienda, fechas y plazos de entrega, información del préstamo hipotecario si procede, garantías sobre las cantidades a cuenta, precio y formas de pago y si entregan copia del documento de reserva y contrato de compraventa.

Una de las conclusiones más alarmantes ha sido la negativa del 59% de los promotores a entregar una copia del contrato de compraventa y supeditar la entrega de este documento, en el mejor de los casos, a la firma del documento de reserva donde el consumidor ha adquirido ya un compromiso de compra de la vivienda.

La no entrega de este contrato, junto con el incumplimiento de las obligaciones recogidas por el Real Decreto 515/1989 para los folletos o publicidad entregada, explica la alarmante falta de transparencia en aspectos esenciales: más del 60% de las promociones no facilitaron los datos registrales del solar, ni facilitaron informaron escrita de la entidad que debe garantizar las cantidades que el comprador entrega a cuenta.

Respecto a la identificación de los agentes que intervienen en el proceso de construcción de la vivienda, la OCU ha detectado que hasta en el 45% de los casos visitados faltaba algún dato esencial y que no siempre el nombre que aparece en los folletos es el responsable de la promoción de la vivienda.

El 70% de las promociones analizadas daba una información calificada por la OCU como mala o muy mala en relación a la fecha de inicio de obra y entrega de la vivienda, debido fundamentalmente a no entregar ningún documento que precise por escrito la fecha de entrega de la vivienda.

Si bien la práctica no legal de obligar a subrogarse en el préstamo hipotecario del vendedor sólo se ha detectado en 6 de las promociones, la obligación de informar correctamente de las características del prestamo atañe a todos los promotores que lo ofrezcan. Hasta un 47% de las promotoras entregaron información muy deficiente del prestamo ofrecido.

Lógicamente la descripción de la vivienda (planos, calidades, superficie…) es al que los promotores dedican mayor esfuerzo en su publicidad, no obstante los técnicos de la OCU han encontrado contratos con cláusulas que permiten a las promotoras introducir modificaciones sin previo aviso y en el 38% de las promociones visitadas falta el dato de la superficie útil.

La exigencia de una señal para la reserva de la vivienda se impone en el 82.5% de las promotoras. El importe de señal puede alzancar hasta 120000€, aunque varía mucho dependiendo de la promoción. Hasta un 61% de los promotores se niega también a entregar previamente una copia de este documento de reserva. En los que la OCU ha podido revisar, el principal problema es que estos contratos la promotora se reserva habitualmente el derecho a anular el compromiso de venta sin más requisito que devolver la reserva (o el doble en el mejor de los casos).

La revisión de los 26 contratos facilitados por las promotoras visitadas ha permitido a la OCU detectar algunas cláusulas claramente perjudiciales para el comprador como las siguientes: el impago por parte del comprador, aún siendo un pequeño retraso, resuelve el contrato y el promotor se queda con las cantidades entregadas ; el comprador ha de pagar gastos que por ley corresponden al vendedor (plusvalías, IBI…), potestad de la promotora en funciones propias de la comunidad de propietarios, inclusión de la fecha de fin de obra y no de entrega de vivienda, fuertes penalizaciones en caso de resolución del contrato por parte del comprador y no para el vendedor.

Ante esta situación, la OCU recomienda:

- Comprobar la situación jurídica del terreno sobre el que se va a edificar. La dirección de la finca puede bastar para conseguir una nota simple en el Registro.

- Revisar el documento de reserva y el contrato antes de entregar cantidad alguna. En ellos se incluye información determinante para la compra.

- Exigir los datos de las entidades que avalan las cantidades entregadas a cuenta y el certificado individual de aval o seguro.

- No aceptar, si no se desea, la subrogación obligatoria en el préstamo del promotor, puesto que ello es facultad del consumidor.

- Solicitar que en el contrato figure la superficie útil de la vivienda

- Conservar la publicidad y la memoria de calidades

- Exigir que en el contrato figure la fecha de inicio y especialmente de entrega de la vivienda

- Conservar todos los documentos relativos a la vivienda durante los periodos de garantía que la ley estipula.

La OCU considera inaceptable que las normas de protección al consumidor en materia de información en la compra de vivienda, ya de por sí obsoletas e imprecisas, se incumplan de forma tan generalizada por los promotores. Por ello reclama no sólo que se refuercen las labores de control por parte de las autoridades de consumo autonómicas, sino también que se actualice la actual normativa, fijando de forma más precisa las obligaciones de los promotores

 
A
antesmmkk
22/11/2005 14:14
Ese tipo de chulerias no son la postura oficial de Hercesa. Lo que dice Hercesa es que se atendrán a la ley. Esto quiere decir que les tienes que demandar y lo que dictamine el juez es lo que harán. Asi que si quieres cobrales el alquiler, les tienes que denunciar, y esperar un año o dos hasta que salga el juicio, porque una vez que salga lo ganas seguro. Es la ley y el juez tiene que hacerla cumplir. Lo que os recomiendo es que 10 dias antes, si el retraso es obvio porque no nos han llamado para ver los desperfectos, les mandeis un requerimiento via burofax recordandoles que en caso de incumplimiento pondrás el caso en manos de la justicia.
Además las costas del juicio, si les condenan, corren a cargo de hercesa.
Si vais a denunciar guardad todos los documentos que justifiquen los gastos derivados del retraso de la vivienda, porque se los podeis reclamar.

Un saludo

 
H
hipoteca_montilla
22/11/2005 14:01
Yo creo que sí que por ley debe haber indemnizaciones. (No estoy seguro, pero todo sería mirarlo si llega el caso). Sabemos que la ley es antes que cualquier contrato, con lo que el contrato sólo sirve cuando la ley no contempla los casos supuestos. En este caso creo que debería haber indemnizaciones. Conozco gente que le ha pasado lo mismo y ha cobrado las indemnizaciones, y encima enfadadísimos con la promotora.
Por otra parte, he mandado fotos a aavmm para poner en http://www16.brinkster.com/aalaiz/
Estas fotos contienen detalle de las humedades detectadas hasta ahora, roturas, y otras chapucillas que habría que tener en cuenta. Por este motivo, deberíamos ir todos a echar un vistazo a las casas en este estado. Imaginamos que como es este caso hay una escalera partida. ¿La cambiarán entera o la forrarán con el granito y la dejarán por dentro partida?.
 
tadzio
tadzio
22/11/2005 13:38
Me parece que no. En el contrato no figura este tipo de disposiciones. Yo les pregunté en su momento que qué pasaría en ese caso de retraso (más allá de la prórroga esa abusiva que nos han impuesto) y si me pagarían el alquiler de mi casa y me dijeron (diplomáticamente) que no, pero que si no estaba de acuerdo con ese retraso me podían devolver todo el dinero que les había entregado y que me buscara otra cosa. A mi estas chulerías dejaron de sorprenderme hace mucho.
 
E
emeuno
22/11/2005 13:35
presentando la factura del alquiler no habra mayor problema.

creo que lo de pedir dotaciones es un chiste si ni siquiera vamos a tener vivienda.

Por lo menos cuando os las den tendreis colectores no como los 500 vecinos que os sigan...

Suerte.
 

Fin del hilo
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