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A
a x ellos q son d paracue
22/06/2006 19:22

infraccion por imp de adt juridicos documentados

¿Qué hacer si he recibido una propuesta de valoración y liquidación provisional por parte de la Dirección General de Tributos?

4.517 lecturas | 19 respuestas
me ha llegado una propuesta de valoracion y de liquidacion provisional tramite de alegaciones, por parte de la direccion general de tributos.

basicamente se trata de que la notaria a tributado menos impuestos por que a pagado por una valoracion inferior al precio de venta, hacienda se a dado cuenta de la diferencia y nos esta mandando a la gente el requerimiento, en la notaria no te cuentan nada y te remiten a hercesa, en hercesa te remiten al abogado de paracuellos, yo hasta el momento no he logrado contactar con el para que me de alguna esplicacion, parece ser que hay mas gente afectada.

¿SABEIS ALGO DEL TEMA?
 
F
foxi_22
20/01/2007 20:21
calculo para chaletes....

http://gestiona.madrid.org/vlin_valora_bienes/run/j/FVivienda.icm
 
F
foxi_22
20/01/2007 20:17
por lo visto en la comunidad de madrid para inmuebles de más de 180.000 euros pagamos un 1% y no el tipo general del 0,5% ( en la comunidades forales pagan el 0,1% esto es la España asimetrica a la que nos conducen¡¡¡).

Para calcular el valor de tu casa en la comunidad de Madrid:

http://gestiona.madrid.org/vlin_valora_bienes/run/j/UVivienda.icm?ESTADO_MENU=1_1_1

Que pena que todavia no tenga registrados los nombres de las calles, estos prigaos no funcionan tambien como los del catrasto. si funcionara en los sectores abiertos.
 
E
elchava
20/01/2007 10:17
A ver si os consigo aclarar el tema. Por esta vez, raro es, no tiene la culpa ni la notaria ni Hercesa. El AJD se devenga cuando uno firma la escritura (no el contrato privado) y la base sobre la que se tributa es el valor del bien a la fecha de la escritura de compraventa, por lo que necesariamente no tiene el porqué coincidir con el del contrato de compraventa como es nuestro caso. Otra cosa es que tanto notaría como Hercesa debieran haberos informado al respecto. Yo no he firmado todavía, pero ya sé que tendré que liquidar AJD por el valor mínimo fijado por la Comunidad, y que obviamente será superior al del contrato (precio de hace más de tres años).
 
chorbis
chorbis
19/01/2007 23:43
¿Cómo ha quedado este tema? ¿Alguien ha recurrido la liquidación de Hacienda y ha conseguido algo?

Por lo que he visto en algunas resoluciones de la dirección general de tributos, el hecho imponible a efectos del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados podría considerarse la firma del contrato privado de compraventa, por lo que la base imponible sería en ese caso la reflejada en dicho documento que firmamos hace varios años, y no el valor real de la vivienda en este momento.

Pero, siguiendo esta teoría, deberíamos haber liquidado el impuesto en el momento de firmar el contrato privado, cosa que nadie hizo, por lo que si recurrimos ahora Hacienda podría sancionarlos por no haberlo pagado en su momento, cobrándonos además los intereses de demora???
 
J
juanete
02/11/2006 13:00
De esto hablo en el tema UN CONSEJO PARA QUIENES FIRMEIS HIPOTECA
 
T
tidibom
02/11/2006 12:22
Hola a todos,

Sabéis finalmente que pasa con este tema. Me están mandando la carta con la liquidación provisional y con intereses de demora.
Me pone que el valor declarado en la autoliquidación es de 224.641 y en otra tabla me dice VALOR COMPROBADO POR LA ADMINISTRACION: 275.733,90. Entiendo que esto es un error por parte de alguien, principalmente del notario, no se si pagarlo o no.

Alguien me puede echar una mano en este asunto.

Gracias por adelantado.
 
R
rameses2
06/10/2006 15:20
Muchas gracias por vuestras respuestas. Mi caso no es el de ampliacion de hipoteca, sino que creo que es lo que dice juanete.
Hare otra reclamacion adjuntando copia del contrato de compra.

Saludos
 
L
laso
06/10/2006 11:12
Me estoy haciendo un lio con tanta información pues creo se están tratando cosas mistintas, en cuanto al pago de IAJD (impuestos actos jurídicos documentados) hasta donde yo se ( que no es mucho) al hacer una ampliación de la hipteca original se debe hacer el pago de: el % por ciento de comisión por subrogación que os tengan asignado en cada caso, la tasación, la comsión de apertura que tengas asignada, y más o menos el 1.8 % DE IAJD por la diferencia excedida entre la hipoteca inicial y la de la ampliación. QUIZAS ESTOS ULTIMOS IMPUESTOS NO SE PAGARAN AL CONSTITUIR LA NUEVA HIPOTECA Y POR ESO LO RECLAMAN AHORA, si os hicieron una provisión de fondos es donde deben especificar los pagos realizados.
 
J
juanete
05/10/2006 09:09
Esto ocurre en muchas mas veces de lo que nos creemos, pero hay una razón por la que Hacienda hace este tipo de notificaciones, y es que en escritura na se especifica nada con respecto de la existencia del contrato de compra, donde se refleja el precio de compra. En este sentido, Hacienda aplica la ley de de tasas horizontales que salio en 1989 aplicando por tanto el precio que marca la Comunidad de Madrid.
Por tanto si el notario hubiese reflejado la existencia del contrato en escritura, el fisco no reclamaría nada.
Por tanto, haz una reclamación económico-administrativa al Tribunal Económico Administrativo de Madrid exponiendo estos motivos y adjunta copia del contrato con Hercesa.
Esto lo puedes entregar en el departamento de Registro de cualquier oficina de Hacienda.
 
A
a x ellos q son d paracue
05/10/2006 07:46
hablando con los de hacienda, de el caso nuestro (de un familiar), saque en conclusion que, la reclamacion se basa en que nosotros cerramos un precio hace tres años, a dia de hoy esa valoracion es inferior a la del mercado, hacienda estima sobre una posible valoracion cuando se firman escrituras, por lo tanto estamos por debajo del precio del mercado y nos reclama la diferencia del impuesto sobre la valoracion que ellos hacen.

 
J
japg
04/10/2006 21:06
Hola,

Visto así, entonces el personal que tenga la fortuna de adelantar cantidades y así bajar hipoteca, debería obtener una pequeña devolución por parte de Hercesa, por el mismo concepto que a los que piden más se lo cobran?

Saludos
 
mms2m1
mms2m1
04/10/2006 18:27

Creo que estamos afectados todos los que solicitamos ampliación de la hipoteca con Cajamadrid. Al menos eso me dijeron en la gestoría.

La razón de este recargo era como muy técnica y difícil de entender. Si mal no recuerdo se originaba una diferencia de valoración dado que al ampliar la hipoteca y subrogarse, el valor hipotecario aumentaba sobre la hipoteca original contratada entre Hercesa y Cajamadrid

Una pequeña a la par que desagradable sorpresa
 
R
rameses2
04/10/2006 15:41
Gracias por vuestras respuestas, pero no me aclaro.
Ha alguien mas le ha sucedido esto mismo? Quien tiene la culpa? Hercesa? El notario? Porque en amnos casos yo lo flipo. Hercesa deberia pagarlo bien porque es "su" Hipoteca. El notario deberia pagarlo bien, porque para eso le pago yo a el unos honorarios. Alguien conoce el telefono de la Oficina liquidadora esta de Torrejon. Los tios no se cansan de mandar cartas, pero facilidades a la hora de contactar con ellos ninguna.
Gracias otra vez a todos.
 
F
ferefe
04/10/2006 14:16
En la firma hay dos IAJD. Uno es por la escritura de la casa, y es un 1% del valor de compra, el otro es por la hipoteca, y constituye un 1% sobre la garantía hipotecaria, que es fijado por cada banco dentro de un margen que permite la ley, que por lo que sé puede ir desde un 150% hasta un 180% del valor de la hipoteca, por lo que se pagará entre un 1.5% y un 1.8% del valor de la hipoteca, no del de compra.

Saludos.
 
H
Hooops
04/10/2006 10:49
Dentro de los gastos por apertura de UN PRESTAMO HIPOTECARIO se encuentra el IMPUESTO DE ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTANDOS cuya cuantía es el 0,5% de la CANTIDAD TOTAL GARANTIZADA, NO SOLO DEL PRÉSTAMO , SINO A TODO LO GARANTIZADO, ESTO ES: PRESTAMO, INTERESES Y COSTAS, resultando la suma de éstas aproximadamente el doble de la cantidad solicitada.
Probablemente eso es.
slds
 
R
rameses2
04/10/2006 10:24
Al final consiguio averiguar alguien que paso con esto?

Yo ya llevo dos recursos que me los echan para atras, y no consigo entender con las carta que me mandan que es lo que esta mal liquidado.

Por favor, si alguien le ha pasado lo mismo, seria tan amable de explicarnos que sucede?

Muchas gracias.
 
R
rheuro
23/06/2006 12:04
A no ser que esté revisando Actos Jurídicos Documentados, y resulte que se ha liquidado por el importe incorrecto del préstamo.
Igual es que se tenía que liquidar por el importe del préstamo más la garantía hipotecaria.....
Eso va a ser
 
R
rheuro
23/06/2006 11:53
Importante.
A la hora de la valoración por parte de la Comunidad de Madrid, debe tener en cuenta la fecha del contrato privado de compraventa, NO la fecha de escrituración.
Es decir, si la casa se firmó en 2003 por 35.000.000 kilos, la comunidad no puede decir que hoy la valoración mínima a efectos de escrituración es de 50.000.000

Lo que no entiendo es porque la carta es de la Comunidad de Madrid, si la compra es primera transmisión y está sujeta a IVA, no a Transmisiones Patrimoniales, por lo que no puede reclamar ná de ná.....

 
R
rameses2
23/06/2006 10:38
A mi tambien me ha llegado la cartita de la comunidad de madrid. Pero debe haber algun error, porque la notaria ha pagado el impuesto por el valor de venta, lo que pasa es que ellos lo han tasado en mas de lo que me ha costado la casa, y ahora reclaman la diferencia. Yo pienso que se han equivocado, pues ese impuesto creo que se hace sobre el valor de compraventa y no sobre la tasacion que hayan hecho. En fin, si alguien sabe algo mas de esto sera muy bienvenida su explicacion.

Saludos
 

Fin del hilo
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