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Dipa
19/06/2006 18:10

Financiacion

¿Cuáles son las opciones de financiación para nuestra casa en Aranjuez y cómo afectan a la descalificación de la vivienda?

2.887 lecturas | 39 respuestas
Hola vecinos, abro este mensaje para que todo el que quiera comente sus inquietudes con respecto al sistema de financiación, aspecto central de la proxima reunión.
Según entiendo en la carta recibida se barajan 2 posibilidades:
-Prestamo cualificado 3.14 por ciento
-Prestamo libre que la CAM nos ofrece al Euribor + 0.50, actualmente el euribor está a 3.37 por tanto seria un 3.87 por ciento, con lo que parece más interesante el prestamo cualificado.
Para una hipoteca de 118000 euros al 3.14 se queda una letra a 30 años de 506 euros/mes, mientras que Euribor + 0.50 sería 554.54 euros/mes. El capital amortizado más los interes a los 30 años son unos 182160 euros frente a 199440 euros. Es lo que sale con el simulador de la web del Banco de España, es orientativo por supuesto.
Ahora bien, suponiendo que nos regimos por la normativa del Plan de la Vienda 05-08, Real Decreto 11/2005 de 27 de enero, la duración del regimen legal de protección será el mismo que el plazo inicial de amortización del prestamo cualificado, a contar desde la Calificación Definitiva. Y en ambos casos (terminos generales de la Ley) la descalificación puede solitarse transcurridos 15 años desde Calificación Definitiva. ¿Por qué os comento esto?, pues porque evidentemente esta casa es nuestro sueño, yo particularmente siempre he querido vivir en Aranjuez, y espero no tener que marcharme de allí. Pero y si por causa de fuerza mayor tuviera que marcharme, tendría tres opciones:
1. Vender la casa al precio por el que se calificó, el cual estaría muy por debajo del precio de mercado, y me las vería para irme a otro sitio.
2. Vender la casa al precio por el que se calificó, y pedir el resto en B, lo cual me parece injusto y peligroso (aunque ya se que mucha gente lo hace).
3. Descalificar la vivienda, para lo cual, la normativa que nos rige, exige a parte de que hayan transcurrido 15 años, que el prestamo cualificado este totalmente amortizado y RESTITUIR EL IMPORTE DE LA TOTALIDAD DE LAS AYUDAS ECONOMICAS DIRECTAS PERCIBIDAS Y, EN SU CASO, EL IMPORTE DE LAS BONIFICACIONES Y/O EXENCIONES TRIBUTARIAS CON SUS INTERESES LEGALES CORRESPONDIENTES.
Las ventajas económicas del prestamo cualificado son indiscutibles frente al libre, además del resto de ayudas de la Comunidad de Madrid para las viviendas de protección, pero lo que supone para la descalificación es lo que nos preocupa.
Bueno vecinos, vaya churro que os he contado, espero haberme explicado más o menos, insisto en que esta casa es para nosotros un sueño, pero nunca se sabe si vas a poder quedarte siempre en un sitio. A ver que pensáis.
 
P
peval
29/06/2006 14:52
nosotros lolo no tenemos que pagar nada,supongo que la cooperativa lo irá pagando o permitirán que durante los dos año no se pague nada(me extraña) y luego cuando hipotequemos cada uno, se pague.

ayer después de la asamblea fui por allí, y sí que se puede pasar sin problem, por si quereis eche un vistazo
 
LOLO32
LOLO32
28/06/2006 23:51
LO KE NO ME KEDA MUY CLARO ES SI ESA CUOTA RESULTANTE DEL CREDITO DE PROMOCION HAY KE PAGARLO AHORA O CUANDO HIPOTEKEMOS.Y SI ESAS SON LAS CANTIDADES,SEGUN COMENTA PVF.PORKE SE HA HABLADO DE PEDIR UN CREDITO DE 16 MILLONES DE EUROS A CAJA DEL MEDITERRANEO Y ESO HAY KE PAGARLO,DIGO YO.
ES KE ME DADO COMO RESPETO NO PREGUNTARLO EN LA ASAMBLEA POR KE PARECIA KE NO ERA UNA COSA KE PREOCUPARA MUCHO,VAMOS KE COMO SI LA GENTE SUPIERA LO KE HAY KE HACER.
SI ALGUNO ME PUEDE DAR UNA RESPUESTA SE LO AGRADECERIA POR ESTOY UN POCO PREOCUPADO CON EL TEMA.UN SALUDO.
 
L
LALAP
28/06/2006 15:20
Hola!

http://www.nuevosvecinos.com/madronosciudadjardin/mensaje.asp?id=920394

Nos vemos!
 
P
PVF
28/06/2006 14:18
Buen lio tenemos con la hipoteca, intentare no perderme en mi opinion.
He consultado con la oficina de la vivienda de la Comunidad de MAdrid (telefono 012) y me han dicho que el interes del prestamo convenido es fijo para toda la operacion osea el 3,14% para siempre.
El prestamo libre actualmente es del 3,80% con todas las perspectivas de llegal al 4,5% para final de año.

Plan de vivienda 05/08 (actualizado a octubre de 2005 de la CAM)
Tipo: VPPL (Viviendas con Proteccion pública de Precio Limitado) caracteristicas:
superficie maxima construida 150m2
Sujetas a precio maximo legal de venta (PMLV)
Duracion del regimen legal de protecccion 20 años desde calificacion defninitiva.
Requisito ingresos menores de 7,5 veces el IPREM (Indicador Publico de Rentas de Efectos Multiples), no ser titular de vivienda de proteccion en territorio nacional ni de vivienda libre en Comunidad de MAdrid
Ayudas: Establecimiento del precio maximo Legal de VEnta (PMLV)
Obligaciones adjudicatarios:
Domicilio habitual y permanente.
Si ha obtenido ayuda economica (en algun caso) la vivienda no podrá transmitirse en un plazo de 5 años salvo autorizacion de la DG de arquitectura y vivienda.
SI HA OBTENIDO PRESTAMO CUALIFICADO EN SU PROMOCION duracion del regimen legal igual al plazo inicial de amortizacion del prestamo.
descalificacion no antes de 15 años a partir de la calificacion Definitiva.

GUIA INFORMATIVA PARA DESCALIFICACION DE VIVIENDAS PROTEGIDAS (cam actualizada a Enero 2006)
Duracion del regimen legal de proteccion para una VPP:
b) Decreto 11/2005 de 27 de enero (plan vivienda 05-08)
VPP para venta o uso propio 20 años de su calificacion definitiva
VPP para arrendamientos 25 años desde su calificacion definitiva
Para ambos casos: si en su dia se obtuvo un prestamo cualificado, la duracion del regimen legal será la misma que el plazo inicial de amortizacion del prestamo.

VENTA DE VIVIENDAS PROTEGIDAS (CAM actualizado a Noviembre 2005)
En todos los casos, las viviendas protegidas están sometidas a la posibilidad de ejercer, por parte de la CAM, los derechos de tanteo y retracto, siempre que se trate de SEGUNDAS O POSTERIORES TRANSMISIONES de las mismas.
Si la administracion resuelve ejercer el derecho de tanteo sobre la vivienda NO se puede echar atras en la venta.

RESUMEN mas o menos:
El prestamo cualificado sale a 25 años 100 euros mas barato al mes para los de 4 dormitorios y 80€ para los de tres.
La vivienda se puede vender siempre logicamente por el precio en vigor en el momento como VPP actualmente si estuviera terminada se podria vender por unos 40000€ mas de lo que costaron.
Pero siempre hay que pedir permiso a la CAM que ademas tiene preferencia para la compra.

Recordad que el suelo es el que tiene la protección y está definido para uso de Vivienda protegida y habria que ver si se puede quitar esa protección.

De todas formas hemos comprado una vivienda de Proteccion Publica y si lo que queremos es especular mal vamos, porque se supone que necesitamos la vivienda y si por un casual nos tenemos que ir a otro sitio los ingresos que debemos obtener serán lo que nos ha costado puesto al día en que se quiera vender para poder comprar otra casa similar.

Un recordatorio la mensualidad de la hipoteca será entre 625 (735 para el libre) para cuatro dormitorios y 530 (611) para el de 3 dormitorios.

Los gastos mas o menos de la hipoteca serán de 2200€ (notario, registro, etc) la libre unos 250€ mas. no se si tendremos que pagar el IAJD si es asi serían otros 2200 € ademas del IVA que hay que pagar aproximadamente 8000 la de 3D y 9000 la de 4D, lo digo para que sepamos mas o menos lo que tendremos que pagar dentro de XX meses.
 
D
Dipa
28/06/2006 13:04
Cesar, son 15 años frente a 30, no 20 frente a 30, pues recuerda que se puede descalificar antes. La polémica es porque, si se vota convenido, el que se pase a libre se queda con el regimen juridico de los 30 años, lo cual es tenido en cuenta por el banco a la hora de financiearle dicho préstamo libre, esta misma mañana me han explicado en la Caixa que si ese es el caso, sólo me financiarían el 80%. Mientras que si se vota libre me financiarían el 100%, luego quien quiera se acoge a convenido. Lo mismo me pasaría en el SCH.
 
J
JCMadrid
28/06/2006 12:38
Joymi hay que leer todos los mensajes. Que se apruebe uno convenido no significa que no puedas hacer uno libre con una cantidad más alta. Además si aprobamos uno libre luego tu tendrías que hacer otro libre. Sigo diciendo que la única diferencia entre fijo y libre para su elección son lo de los 30 años o los 20 años. Si os metéis en la financiación siempre podréis realizar cualquier opción que cada uno elijas.

Además no entiendo esta polemica. Pero claro esta que cada uno puede elegir y pensar lo que quiera, pero al final con la decisión que se tome podrá hacer practicamente lo mismo.
 
S
Spansk
28/06/2006 12:19
Me pareció entender por mensajes anteriores que si se votaba por el libre, luego no habría ningún inconveniente para que quien decida acogerse al convenido lo haga. Sin embargo a la inversa sí habría más problemas, puesto que los 30 años no nos los quitaría nadie. Insisto en que, partiendo de la base de que nadie se ha metido en esto para especular, 30 años me parecen demasiados. Además, no me parece muy honesto que como argumento para acogerse al convenido se diga que siempre se puede sacar tajada en B.

Por otra parte, a mí tampoco me sobra el dinero, pero me gustaría por lo menos entrar a vivir con una cama, una cocina y algún que otro mueble más y eso me saldría mucho más caro con un préstamo personal que con una ampliación de la hipoteca.
 
J
Joymi
28/06/2006 08:46
Me parece increible que la gente diga que pasa de pagar 50€ más de letra para tener la vivienda sin 30 años de protección y con la posibilidad de poder pedir más dinerillo para, aunque sea, comprar dos sillas de camping.

En fin!! hay gustos para todo!!!

por otro lado deciros a los que conozcais las casas de las AVES que yo no quiero que mi chalet sea como una de ellas, que es lo que quereis los que votais un préstamo convenido.


 
J
Joymi
28/06/2006 08:41
No sé si conoceis las casas de las aves. Bueno pues lo que quereis hacer más o menos lo que vais a votar por un préstamo convenido es prácticamente igual. Estar pagando toda la vida una casa para que nunca la uedas vender y al final que pasa que todo el mundo tendrá que especular.

Otra cosa, me parece increible que haya gente que vaya a irse a su casa con mesa y sillas de camping, pero vamos en mi caso no quiero que sea así puesto que tengo un futuro y una edad, me quiero casar, tener niños, etc....y si tengo que tirarme dos años como decis algunos para ahorrar para amueblar la cocina por ejemplo. No sé si me entendeis, aqui el caso es que la gente siempre se está quejando, pero vamos el caso es que teneis que pensar que si nos la hubiesemos comprado de regimen libre no nos habría costado esto ni por asomo, por tanto vamos a ser un poco consecuentes de que de un préstamo libre a uno convenido tampoco hay tanta diferencia. QUE SIEMPRE ESTAMOS LLORANDO!!!!!
 
L
lizquierdo
27/06/2006 21:16
Opino como pham y optaré por el convenido porque yo sóla no puedo permitirme pagar una letra más alta para que otros puedan amueblar y solar el patio, si se puede ir ahorrando bien y si no ya se pondrá poquito a poco, pq en estos 2 años q no pagamos pues te lo vas guardando.

Además quisiera decir q habiendo consultando aunque tengas un préstamo convenido tú puedes vender la vivienda, te pagan el máximo dinero establecido para vivienda protegida en dinero oficial y el resto en B, y de hecho se hace mucho, porque si nos vamos a poner en que nos tenemos que cambiar de ciudad etc. eso le puede pasar a cualquiera pero si te pones a pensar lo mismo da 20 que 30 años porque yo andaré rondando los 50 y tantos y estaré para jubilarme casi.

Lo que quiero es tener mi casita y poderla disfrutar no estar asfixiada.

 
P
pham
27/06/2006 20:53
la vida nos puede cambiar de un dia para otro, es posible que cualquiera tenga que mudarse de ciudad por trabajo u otras circunstancias, eso puede ser en 30 años o en los 2 que tardaremos en poder escriturar nuestras casas. Yo voteré por la hipoteca concertada, prefiero tener una letra mas pequeña y comoda de pagar, que muebles, tengo una mesa de camping y un campingas. Me apañaré hasta que pueda comprar otra cosa. El patio... ya se vera.
 
D
Dipa
27/06/2006 16:38
No hay comisión por cancelación en el prestamo libre.
Acogerse a convenido supone imponer a todo el mundo el regimen juridico estatal (30 años) aunque cada uno cambie luego a libre. Mientras que acogerse ahora al libre supone que cada uno cuando escriture se puede acoger a libre o convenido con la regulación que cada uno quiera y legislación que cada uno quiera (15 años o 30 años).
Ya he estado en 5 entidades financieras, en todas me sale bastante más caro financiar el dinero que necesito para irme a vivir a Aranjuez con un prestamo personal que metiéndolo en la hipóteca, pero bastante más porque por mucho que ahorre, con lo que me han subido este año el alquiler, yo al menos no llego.
 
P
peval
27/06/2006 14:37
joymi el prestamo convenido no tiene ninguna comisión.así que no vasa a tener que pagar nada por cancelarle, ni siquiera por acogernos a él ,como sí nos va a pasar con el libre

saludos
 
J
Joymi
27/06/2006 08:56
perdona que discrepe un poco contigo peval, pero que se supone que pagas con lo que ahorras??? Porque te da para el iva y las escrituras raspando un poco no cres???

Lo de los 4000 y pico euros lo a dicho un socio antes que lo a preguntao a un amigo que tiene en barclays y lo que digo yo es que si escogieramos el libre directamente no tendríamos que pagar esta comisión por cancelar el convenido, pero repito que yo no lo he dicho lo a comentado otro socio.
 
S
Spansk
26/06/2006 14:59
Personalmente, votaré por el préstamo libre. Cuando me metí a comprar la casa no lo hice por especular, ni mucho menos. Pero como nadie me puede garantizar que el día de mañana esté trabajando en la Comunidad, francamente, me gustaría tener la opción de vender la casa a precio de mercado. Creo que 10 ó 15 años ya son suficientes para dejar claro que no compramos una casa protegida por especulación, sino por pura necesidad.
 
P
peval
26/06/2006 14:58
muy buen resumen JCesar, creo que así tod@s verán que la hipoteca la pueden hacer como quieran y por el dinero que quieran.

 
P
peval
26/06/2006 14:54
joymi perdona no te he entendido, que es eso de los 4000 euros y pico que pagaremos si cogemos el convenido y luego nos pasamos al libre?
porque el prestamo convenido,como recoge la carta, no tiene ningun tipo de comisión.

por supuesto mujer que a nadie le sobra el dinero por lo menos a mi no.sólo que todos los pagos que no hemos hecho y estaban previsto hacer desde el primer día yo los he guardado:
-mayor cantidad de la que pagamos en enero de 2005
-pago de 18.000 euros en enero de 2006
-y todas las letras de este año y por desgracia como al año que viene no nos van a dar la casa, pues tambien tenemos otro año para ahorrar.Asi por ejm, son 430€ de letra(3dromitorios) x 12=5160 al año x 2=10320. yo he calculado que con esto tengo para pagar el IVA y algo más.

saludos
 
J
JCMadrid
26/06/2006 14:39
Creo que cada vez lo liamos más. Joymi si tu quieres una hipoteca libre por el dinero que quieras pedir, da igual que el prestamos que elijamos el miercoles sea convenido o libre. Si las cuestiones son por el tiempo de permanencia como protección oficial sería otra cosa.

Me explico de una forma esquematica los dos casos que nos queremos encontar:

Elegimos prestamo libre:
Si alguien se quiere acoger a la hipoteca votada, pues no tendrá que hacer nada.

Si alguien quiere una hipoteca convenida tendrá que finalizar la aprobada en la asamblea de esta semana y abrir otra convenida.

Si alguien quiere pedir otra hipoteca con más dinero, tendrá que finalizar la realizada por la cooperativa y luego posteriormente abrir otras con las condiciones que más quiera uno.

Elegimos presta convenido .

Si alguien quiere acogerse a esta hipoteca no tendrá que hacer nada.

Si alguien quiere una hipoteca libre tendrá que finalizar la aprobada en la asamblea de esta semana y abrir otra convenida. La única pega de estas condición es que el tiempo de liberar la casa será lo del convenido no lo del libre (30 años de protección pública).

Si alguien quiere pedir otra hipoteca con más direno y además que sea libre. Tendrá que finalizar la realizada con la cooperativa y luego posteriormente abrir otras con las condiciones que más quiera uno.

Viendo esto, con la excepción del tiempo de liberar la vivienda tanto una opción como la otra te permite realizar las mismas maniobras.

 
J
Joymi
26/06/2006 12:14
CREO QUE OS ESTAIS YENDO DE MADRE!!!!!

YO NO QUIERO VENDER MI CASA...ESTOY DESEANDO TENERLA PARA IR A VIVIR A ELLA, PERO LO QUE SI ESTÁ CLARO ES QUE POR MUCHO QUE AHORRE EN ESTOS 2 AÑOS NO TENGO NI PARA EMPEZAR PORQUE HAY QUE PAGAR MUCHAS COSAS COMO POR EJEMPLO EL IVA DE LA CASA Y LAS ESCRITURAS.

ME EXPLICO:

- COMO BIEN A DICHO UN SOCIO ANTES SI COGEMOS EL PRÉSTAMO "BARATO" LUEGO PARA CAMBIARLO A LIBRE PARA PEDIR MÁS DINERITO PARA SOLAR EL PATIO, POR EJEMPLO, TENEMOS QUE PAGAR UNA PASTA MIENTRAS QUE SI ESCOGEMOS EL LIBRE AHORA NO TENDREMOS QUE PAGAR ESOS 4000 Y PICO EUROS PARA CAMBIAR AL LIBRE.

NO SÉ SI ME EXPLICO

EL CASO ES QUE NADIE QUIERE VENDER LA CASA SINO AHORRARNOS LO MÁXIMO POSIBLE EN UN GLOBAL.

A MI NO ME SIRVE DE NADA AHORRARME AHORA CUATRO PERRAS Y LUEGO COMO DECÍA UN SOCIO PEDIR UN PRESTAMO PERSONAL PARA AMUEBLAR LA CASA, ARREGLAR EL PATIO (QUE OS RECUERDO QUE NOS LO DAN EN TIERA DE RIO, JAJAJA) ETC., PORQUE AHÍ SI QUE NOS COMEN DE INTERESES.

A MI LO QUE ME DA LA SENSACIÓN ES QUE LA GENTE QUE QUIERE EL CONVENIDO O UNA DE DOS TIENE MUCHA PASTA PARA LUEGO AMUEBLAR SU CASA, BIEN PORQUE TENÍA YA VIVIENDA Y LA A VENDIDO O PORQUE TIENEN SUERTE O BIEN, LA QUIEREN TENER CON MESA Y SILLAS DE CAMPING.

NO SÉ DE VERDAD EN QUE ESTAMOS PENSANDO DEBERÍAMOS DE IR CADA UNO DE LOS SOCIOS A PREGUNTAR A LOS BANCOS, YO YA LO HE HECHO, EN QUE NOS CUESTA PEDIR UNA HIPOTECA LIBRE CON EL DINERITO QUE QUEREMOS Y CUANTO NOS CUESTA LA HIPOTECA CONVENIDA Y LUEGO PRESTAMOS PERSONALES PARA AMUEBLAR, ETC.

A MI SI ALGUIEN ME DICE QUE ME VOY A AHORRAR MUCHO MÁS COGIENDOME EL PRÉSTAMO CONVENIDO AHORA Y LUEGO PIDIENDO UN PRESTAMO PERSONAL PARA LO DEMÁS DE VERDAD QUE FIRMO AHORA MISMO Y ESCOJO EL CONVENIDO, PERO ME DA LA SENSACIÓN DE QUE ESTO NO VA A SER ASÍ.

UN SALUDO A TODOS Y NO VAMOS A ESQUICICIARNOS PORQUE ANTE TODO TENEMOS MUCHAS ILUSIONES POR NUESTRAS CASAS.
 
P
peval
25/06/2006 15:05
mira dipa parece que te ha molestado mi mensaje y no pienso discutir contigo porque no me interesa lo mas minimo.
yo tambien me he leido la ley estatal y autónomica,no me hace falta que me trascribas los articulos, porque entiendo suficientemente lo que pone en ellas.

Sí efectivamente la proteccion si cogemos el prestamo convenido es 30 años,es decir que la CASA ES PROTEGIDA DRUANTE 30 AÑOS, sin que pueda quitarse la protección.pero eso no quiere decir que no la puedas VENDER (pasados los 10 años como dice el art 13) lo que pasa es que no puedes sacar tajada de ello, y la tendrías que vender como casa de protección y pedir los millones que estén fijados legalmente como casa de protección.así si la ley dice que tu casa vale 35 millones pues sacarás 8 ó 10 millones de beneficio, pero no el doble de lo que te costó.

mira ni yo pretendo defender el prestamo convenido ni tu el libre,simplemente estamos analizando la situación, y luego en asamblea que la gente vote lo que quiera, que para bien o para mal es lo que tendremos que acatar.yo no quería conductos y mira.. y como tu dices yo tengo que ver lo que mas me interesa ahora con las leyes de ahora. y ahora solo quiero que me den la casa y vivir en ella para siempre, no tengo ninguna intencion de venderla ni de alquilarla. si de aqui a 20 años necesito venderla ya veré como,y si la quieres alquilar pues lo haces extralegal y así te lo llevas en negro y tan contento.

lo que no puedes hacer es comprarte una casa de PROTECCION,querer cumplir la ley y estar pensando cuando la vas a poder vender o alquilar y cuanto vas a sacar por ello, caundo lo primero que pone en todas las leyes es que la casa va destinada a la vivienda HABITUAL.

en cuanto a los METROS que no cumplimos, tambien habrás visto que en la ley de la comunidad(art.2.2 a)1)se habla de viviendas de proteccion con una superficie CONSTRUIDA de máximo 110 metros o hasta 150 metros si es para familia numerosa. yo tengo una de 4 dormitorios y tengo en el plano 128.41 metros construidos y 112 metros de superficie útil. con cualquiera de las 2 leyes me paso de metros y eso lo sabe Juan santos desde el primer dia,porque mi casa es de las tipo, no es esquina y no tengo nada raro de más.
 
D
Dipa
24/06/2006 13:15
Para peval "Artículo 5. Duración del régimen de protección de las viviendas protegidas y limitación del precio de las viviendas usadas.
1. Las viviendas sujetas a regímenes de protección pública que se acojan a las medidas de financiación establecidas en este Real Decreto tendrán un régimen de protección, sin posibilidad de descalificación voluntaria, que se extenderá a toda la vida útil de la vivienda, considerando como tal un período de 30 años, contado desde su calificación definitiva, aunque las Comunidades Autónomas podrán establecer un plazo superior." Más claro agua, como dice Cesar, que nadie se lleve a engaños PRESTAMO CONVENIDO=REGULACION ESTATAL, 30 años obligado a vender a precio regulado, PRESTAMO LIBRE=REGULACIÓN AUTONOMICA, y posibilidad de descalificar a los 15 años y hacer lo que te de la gana, como se explica en el Decretro 12/2005 de la CAM. Es lo que hay así que no intentemos ser más papistas que el Papa, que si que las leyes cambian pero ahí que decidir con lo que tengo hoy por hoy.
Para el resto, "Artículo 13. Destino y ocupación de las viviendas. Prohibiciones y limitaciones a la facultad de disponer. Derechos de tanteo y retracto...Los compradores de viviendas acogidas a este Real Decreto, no podrán transmitirlas ínter vivos ni ceder su uso por ningún título, durante el plazo mínimo de diez años desde la fecha de la formalización de la adquisición." Para que luego diga la gente que no es más restrictiva, para empezar ni siquiera puedes vender en los 10 primeros años.
Pero además "Artículo 11. Condiciones generales para acceder a las ayudas financieras a la vivienda... Las superficies útiles máximas de las viviendas, sin perjuicio de lo establecido para las actuaciones de rehabilitación, no pueden exceder de la siguiente extensión:
a. De 90 metros cuadrados, con carácter general. Cuando se trate de viviendas protegidas adaptadas para personas con discapacidad, con movilidad reducida permanente, podrá sobrepasarse dicho límite, hasta un máximo del 20 % de superficie útil, conforme a la normativa de las Comunidades Autónomas o de las Ciudades de Ceuta y Melilla.
b. De 120 metros cuadrados, cuando se trate de familias numerosas. Los promotores podrán incluir, en cada promoción, para su adquisición por familias numerosas, hasta un 5 % de viviendas con una superficie útil que no exceda de 120 metros cuadrados, a las que les será aplicable, además de los requisitos relativos a la publicidad e información específica que puedan establecer las Comunidades Autónomas o las Ciudades de Ceuta y Melilla, lo dispuesto en el artículo 27.2.b." Que yo sepa pasamos de 90 metros cuadrados y no somos familias númerosas, POR TANTO NI SIQUIERA PODRÍAMOS ACCEDER. Esto por supuesto lo sabe Juan, y lo está consultando con la CAM.
Pero además para Ricavica "Artículo 9.3. El tipo de interés efectivo anual inicial será acordado por el Consejo de Ministros, a propuesta de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, y su cuantía será la resultante de aplicar un coeficiente reductor a la media de los tres últimos meses, con información disponible, del tipo porcentual de referencia de los préstamos hipotecarios del conjunto de entidades de crédito, elaborado por el Banco de España. El coeficiente reductor será 0,9175, establecido mediante el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de abril de 2002, publicado mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Infraestructuras, de 10 de abril del mismo año.El tipo inicial así determinado, redondeado a dos decimales, tendrá vigencia, al menos, hasta la finalización del año 2005. En el primer trimestre de cada uno de los años 2006, 2007 y 2008, así como a partir de 2009, inclusive, se volverá a revisar y, en su caso, a modificar, dicho tipo de interés efectivo inicial, aplicando el mismo procedimiento.
El tipo de interés efectivo resultante será de aplicación a los nuevos préstamos convenidos que se concedan y a todos los préstamos convenidos concedidos con anterioridad, en el marco de este Real Decreto, desde el primer vencimiento que se produzca, transcurrido un mes de la publicación del citado tipo de interés en el Boletín Oficial del Estado.
" Por tanto está sujeto a las mismas variaciones que el libre revisable anualmente, pero además el coeficiente reductor te lo pueden variar cuando quieran como ya paso con los prestamos conformados.
Yo estoy con la Ley que nos compromete a nosotros, estoy con nuestros intereses, y evidentemente si, como muy pronto podría vender dentro de 15 años no me metí en esto a pasar lo que estamos pasando para especular, por favor!, somos nosotros los primeros que tenemos que velar por conocer y cumplir la Ley porque si la cagamos la cagamos nostros no Taller de Gestión, que quede claro, que ya cansan las tonterías de que si "para no variar me parece que TdG tiene una idea definida y es la que nos va imponer en la reunión,porque todos los que habeis hablado con Juan pensais que el LIBRE es el mejor." Yo pienso por mi mismo e intento estar lo mejor informado posible y compartir la información con los demás, así que Peval, un poco de respeto.
 
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ricavica
23/06/2006 19:38
Estoy de acuerdo con Lalap y peval,y o mucho me equivoco o algun vecino griton con la aquiescencia de taller de Gestion como ocurrio en la ultima reunion con el vecino que era arquitecto y las descalificaciones que tuvo que soportar,los tiros van ai r encaminados a solicitar el prestamo libre,¿por que? porque cuanto mas suba el Euribor durante estos meses (que por cierto va a subir un 0,75 % hasta finales de año ,y admito apuestas en contra) mas tendremos que pagar intereses a CAM.
Si alguien tiene ganas de dar dinero a los bancos porque los considere sus amigos ya lo he dicho anteriormente,esta en su derecho,pero oye,que las matematicas no fallan :prestamo libre 3,87%-3,14 % prestamo cualificado=0,73% mas ,a parte delas variaciones del Euribor hasta finales de año,mientras que el t.i del prestamo cualificado solo ha aumentadoen 1 año un 0,30 % mientras que el Euribor un 1 %.
Ademas quien quiera vender por un precio razonable segun he podido leer ya sabe se espera 20 añitos que no es nada,paga mas intereses (principios de los años 90 se pagaba un T.i del 12 %) y hala eres millonario para comprate un casita que es la mitad que la tuya.
Esto es solo un comentario pero oye que en el ultimo foro sobre la instalacion del aire acondicionado,gano el aire acondicinado y luego tuvimos la reunion y el resultado fue ...conductos de ventilacion para tener refrigeradas 4 habitaciones ,en las que solo vas a hacer vida en 2.
Un saludo a todos
 
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Dipa
23/06/2006 17:15
Hola de nuevo, me parece que ya lo he escrito antes pero bueno, lo volveré a escribir, pero en fin:
1.La normativa estatal se regula en el Real Decreto 801/2005 por el que se aprueba el Plan Estatal 2005-2008.
2.Prestamo convenido implica no descalificar a los 15 años con lo que el periodo de protección con el convenido es el doble que con el libre.
3.Si nos acogemos a libre el regimen juridico, es decir los 30 años te afectan aunque luego te pases a libre. Pero si votamos libre luego te puedes acoger a convenido si cumples los requisitos.
4.Yo no quiero vender mi casa, pero la decisión actual me puede impedir venderla a un precio razonable, si tuviera que hacerlo. Así que no hagaís juicios de valor.
 
P
peval
23/06/2006 14:58
parece que esto se complicA,varias cosas:

1º dipa me puedes decir cual es la legislacion estatAl a la que nos someteríamos y que es mas restrictiva?:porque no sé hasta que punto puede ser restrictiva respecto a la de la comunidad de madird que es un REGLAMENTO y los Reglamentos desarrollan las leyes pero en ningun caso pueden contradecirlas porque no tendrian validez.entonces, si el reglam.(art 8) dice que la "duracion del regimen de proteccion son 20 años salvo que hubiese prestamo, en cuyo caso, será la misma que el plazo de amortización" que segun la carta sería 25 años.

luego el mismo art dice que se puede solicitar la descalificacion a los 15 años y si es con prestamo éste debe estar cancelado.

2º NO TENEMOS UNA CASA DE PROTECCION POR EL PRESTAMO SINO PORQUE ES UNA CASA DE PRECIO TASADO(os acordais de los modulos,no?) Y LA PROTECCION DE 20 AÑOS NO NOS LA VA A QUITAR NADIE.

3ª tiene razón arga y parece que hay gente que se ha metido en esto para especular.estamos hablando de vender cuando ni siquiera nos han dado las casas.y sobre todo tendiendo en cuenta que las leyes cambian y cambian,y de aquí hastA que escrituremos algo habrá cambiado y cuanto mas hasta que podamos descalificar.

4º por supuesto el tipo de interes del 3.14% no es fijo,se va revisando igual que el euribor. pero no es lo mismo que se empiece a aumentar sobre 3.14 que sobre 3.37(euribor actual). y más cuando es evidente que va a subir este año por lo menos dos veces más.

5º es cierto que no puedes luego pedir mas dinero sobre el prestamo cualificado para cocina, coche...etc ni tampoco se pueden unificar con otras deudas.pero se puede pedir otro prestamo personal al banco para esas cosas o como estoy haciendo yo, ir guardo el dinero de la letra que ahora no pagamos hasta que nos den la casa para tener la casa amueblada, por lo menos, en parte.

6º para no variar me parece que TdG tiene una idea definida y es la que nos va imponer en la reunión,porque todos los que habeis hablado con Juan pensais que el LIBRE es el mejor.

ahí queda mis reflexiones
 
L
LALAP
23/06/2006 14:30
Hola a todos:

Os pongo unos enlaces:

http://www.mviv.es/es/index.php?option=com_content&task=view&id=315&Itemid=341


También el mensaje de un "colega" de la promoción de Taller de Gestión en Arroyomolinos:

Muy buenas a todos,

ayer estuve con un amigo que es director de sucursal en barclays para que me informase de las dos posibilidades de hipoteca. Fue bastante objetivo y me hizo un par de simulaciones, en fin os cuento.

En el caso del préstamo Convenido todo parecen ventajas, excepto dos cositas:

1.- La “hipoteca” que nos quedará será por el 80% del valor de la vivienda sin IVA, ni un euro mas ni uno menos. Es decir si alguien tenía previsto pedir más por cualquier causa, tendrá que acudir a un préstamo personal o cualquier otra formula que en ningún caso podrá ser una segunda hipoteca. Aunque siempre existe la posibilidad de, en caso de necesidad extrema, cambiarse a una hipoteca libre aunque ello conllevaría unos gastos de unos cuatro mil y pico euros.

2.- Que el plazo no puede exceder de 25 años. Sobre esto (que yo estaba un poco acojonado viendo como mis amigos piden hipotecas a 30….35…..y hasta 40 años) me tranquilizó bastante la simulación que me hizo.

Para que os hagáis una idea, el préstamo Convenido tiene un interés actualmente del 3,14 %, pues bien yo le pedí que me hiciese una simulación del préstamo de 138.000 Euros (según mis cálculos el 80% de nuestra vivienda sin IVA son algo menos de 135.000 Euros) al 3,16% y al 4,00% con los siguientes resultados:

138.000 euros – 25 años – 3,16 % - Cuota Mensual – 665,95 Euros
138.000 euros – 25 años – 4,00 % - Cuota Mensual – 728,41 Euros

Yo creo que viendo lo que hay por ahí, sería una “letra” bastante asequible.

Por lo demás he estado echando un ojo al famoso Real Decreto 801/2005 de 1 de julio donde se regulan estos préstamos (lo he enviado a descargas) y aunque de la mitad no me entero creo que he sacado algunas conclusiones más o menos validas:

- El tipo de interés efectivo anual se fijó a principios del 2005 aplicando un coeficiente reductor (0,9175) a una media que elabora el banco de España sobre el interés que aplican en las hipotecas libres los bancos. Este interés es revisado durante el primer trimestre de cada año.

- Si no me equivoco en el 2005 era el 2,95 y este año ha subido al 3,14.

Por lo tanto, lo normal es que nos movamos con un interés por debajo del mercado, sumado a que no tiene ningún tipo de comisión creo que es sin duda la mejor opción, ya que la diferencia de 10 años en el Régimen de protección creo que no tiene ninguna valía en la gente que hemos comprado esta vivienda para vivir.


Sinceramente, prefiero pedir un préstamo personal para hacer los "arreglillos" o símplemente ahorrar para hacerlos que pagar una hipoteca más alta todos los meses, sobre todo pensando en la evolución disparatada del Euribor...

Por otro lado, lo de la venta de la vivienda me parece poca cosa. Creo que casi todos queremos la casa para vivir, y si por circunstancias de la vida queremos mudarnos siempre podremos vender (ya sabemos todos que hay medios).

(Ya acabo) También quería decir a aquellos que piensan que es mejor que lo hagamos libre para que cada uno haga lo que quiera, que esto es protección pública y que al pedir préstamos libres estamos "condenando" a socios que tienen menos poder adquisitivo a pagar letras más altas.

Nada más, hay que pensarlo bien, un saludo.
 
A
arga
23/06/2006 13:13
De todas formas está bien saber todo esto y que luego cada uno haga lo que quiera con la hipoteca, pero lo que parece aquí es que todo el mundo quiere sacar tajada. Cuando nos metimos en estas casas todos sabíamos que eran de protección y desde luego, no es la mejor manera de hacer negocio, porque para que se revalorice mejor invertir en una libre.

En cualquier caso, y parece que aquí no queda claro, las casas se pueden vender cuando se quieran, a los 5 años, a los 20 o a los 40, sólo que habría que durante el plazo que dure la protección, habría que venderlo por un precio fijado. Es que por lo que decís algunos parece que no se podrían vender en ningún caso y eso no es así.

Lo que sí me parece interesante es lo que comenta JCMadrid sobre el préstamo cualificado, porque según lo que viene en la carta que envió TdG, el interés parece fijo y en ningún momento se dice nada de que vaya a variar cada año. Yo creo que esto deberían explicarlo bien en la carta, porque uno hace sus cálculos y si es así, las cosas varían mucho. No me parece bien que hagan creer una cosa, y que luego telo expliquen cuando llegues allí, y haya que votar y decidir de momento.
 
J
Joymi
23/06/2006 11:23
Ricaviva y Lolo: Acepto vuestra opinión, pero yo os explico mi caso, por supuesto que yo voy a vender la casa porque bastantes sudores me a costao tenerla y lo que hemos pasao para ahora llegar y venderla, pero por ejemplo a la hora de escriturar yo me inclinare por el libre puesto que tengo la posibilidad ed incrementar mi hipoteca para comprar la cocina..arreglar el patio...en fin!! todas esas cosillas que tenemos que hacer en cuanto nos den la cas, por tanto a mi no me interesa el prestamo cualificado ese ahora para luego cambiarme a uno libre porque realmente me ahorro a mi modo de ver bastante poco a lo que pierod que son 30 años de libertad de mi casa porque como ponía el otro dia nadie podemos asegurar que nos depara el futuro.
 
D
Dipa
23/06/2006 10:58
Lo que dice Cesar viene regulado en el Real Decreto 801/2005 por el que se aprueba el Plan Estatal 2005-2008, el tipo de interés no es lineal, está sujeto a las mismas variaciones que el euribor o el IRPH con una revisión anual. Es más la figura de prestamo cualificado ya tuvo que ser modificada porque se llegó a la conclusión de que no llegaban a ser muy ventajosos para el adjudicatario, a pesar de suponer un coste para la administración.
Y con respecto a lo que dices "quien quiera puede vender la casa cuando quiera ya que hasta ahora no ha habido ningun impedimento y ademas las inmobiliarias te asesoran como..."
, no puedes estar más equivocado, me parece que te deberías informar mejor, una cosa es lo que hayas oído y otra cosa es la nueva Ley que nos afecta, el precio de venta es el establecido en la calificación provisional durante los 30 años, ahora si te atreves a pedir 25 millones en A y otros 25 en B o más, entonces apaga y vamonos.
 
J
JCMadrid
23/06/2006 07:35
ricavica no estamos hablando de 3,14% fijo. Estamos hablando que por medio de un calculo que realiza el estado, y que se recalcula anualmente. Es decir que si sube el eurobibor este 3,14% el año que viene también variará. Quiero que quede claro que no es un interes fijo .

Por otro lado lo que tengo entendido es que el calculo que se realiza para obtener el tipo de interes de una hipoteca culificada siempre será inferior a cualquier hipoteca te puedan ofrecer como libre. Pero como dije en algún otro mensaje, si no os preocupa el tiempo de estar como protección pública la opción más lógica es la cualificada. Yo no me fijaría inicialmente para tomar la decisión en la financiación.

Saludos.
 
R
ricavica
22/06/2006 18:58
Me alegro por aquellos que opten por la financiacion libre,pero solo una cosa y el que sea libre es el Euribor mas 0,50,solo comentaros que hasta finales de este año esta previsto dos subidas de los tipos de interes(ya que la inflaccion se espera que se mantenga alta y para poder reducirla y disminuya la oferta monetaria ,el precio del dinero eleva su coste ) una de 0,50 a principios de septiembre y otra de 0,25 a finales de año,con lo cual podeis calcular el valor actual del Euribor que es 3,365+ 0,75 previsto+0,5 diferencial CAM,Total=4,615 ,es decir,una diferencia de 1,5 % respecto al convenido que es de 3,14 % ,es decir ,el que quiera vender duros a cuatro pesetas esta en su derecho ,pero que conmigo no cuenten (solo teneis que ver las comparativas del precio del dinero en EEUU y lo que ha subido en tres años de un 2,00 a un 5,00),ademas con el prestamo convenido el coste de financiacion es fija y no estamos sujetos a vaivenes,ademas quien quiera puede vender la casa cuando quiera ya que hasta ahora no ha habido ningun impedimento y ademas las inmobiliarias te asesoran como.
Aqui os dejo una pagina para que veais la evolucion del euribor
www.hipotecasyeuribor.com/mes-Junio2006.htm
Un saludo a todos
 
J
Joymi
22/06/2006 18:04
Hola Dipa!!!

Yo también he estado hablando con Juan esta misma mañana y me a dicho exactamente lo que tú me has comentado.

YO VOTARÉ POR EL LIBRE porque como bien dices el otro es un lastre, además de que luego a la hora de escriturar yo, como supongo que la mayoria de vecinos tendrá que ampliar su hipoteca para porner el suelo al patio, comprar los muebles de la cocina etc, y necesitarán un préstamo libre poruqe con el estatal esto no lo pueden hacer.

Por otro lado, jajajaja! me rio porque con tantas cuentas que ha habido con lo de la casa no tengo ni puñetera idea de cuanta hipoteca de casa se me queda, es decir, que no sé ni lo que me queda por pagar de la casa...que desastre!! pero es bueno que nos informes que a ti en la caixa te lo dejan mejor que en la CAM.

De todas formas yo sé de otra promociones que han habido en las que los socios se han juntado con un banco en cuestión y por ser tantos les han dado un buen precio y luego cada socio tuvieron la oportunidad de ampliar la hipoteca en cada caso en particular.

No sé supongo que eso sería informarnos y enterarnos.

Muchas gracias por la aclaración DIPA y animo a todos los socios que penseis las opciones...los pros y los contras.

saludos!!!
 
D
Dipa
22/06/2006 16:10
Joymi, se me olvidaba, comentarte que con prestamo convenido no puedes pedir más dinero para financiar la cocina o el coche o lo que quieras, mientras que con el libre tu pactas con el banco que quieras las condiciones que quieras y te concedan. Yo ya he hablado con La Caixa y a mi me mejorarían a día de hoy la oferta de la CAM y me financian más cantidad de la necesaria.
 
D
Dipa
22/06/2006 16:03
Bueno Vecinos, fui a hablar con uno de los gestores administrativos de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda de la Comunidad de Madrid y también he hablado con Juan Santos, que esta claro es lo siguiente:
1. Si escogemos un prestamo convenido, NO SE PUEDE DESCALIFICAR LA VIVIENDA HASTA LOS 30 AÑOS.
2. Si escogemos un prestamo convenido tenemos que acogernos a la normativa reguladora estatal en vez de a la autonómica, que ES MUCHO MAS RESTRECTIVA, por ejemplo si quisieramos alquilar las viviendas tendríamos más dificultades.
3. Si escogemos un prestamo convenido para financiar la promoción hasta la calificación definitiva y la entrega de llaves podemos cambiar a prestamo libre pero CONTINUARIAMOS CON EL RÉGIMEN ESTATAL que como he dicho es más restrictivo.
5. Cualquiera se puede acoger si cumple con la normativa estatal al prestamo convenido una vez que le entreguen su vivienda pero SI SE VOTA EN LA ASAMBLEA el convenido, financiará la promoción, y por tanto a todos los cooperativistas por tanto su régimen afectará los 30 años a pesar de que luego cada uno se financie con un prestamo libre, es decir NO HAY DISTINCIONES O TODOS O NINGUNO.
6. EN CAMBIO, Si escogemos prestámo libre,CADA UNO SE FINANCIA COMO Y CON QUIEN QUIERA sin cargar con el lastre del regimen estatal EL REGIMEN DE PROTECCIÓN DURA 10 AÑOS MENOS, pero además LA VIVIENDA SE PUEDE DESCALIFICAR A PETICIÓN PROPIA A LOS 15 AÑOS.

Esto me lo han asegurado con las leyes en la mano, artículo por artículo, es lo que hay, y evidentemente puede cambiar, pero el problema está en que si se vota prestamo convenido sus efectos nos afectan a todos, mientras que si se vota prestamo libre luego si quiere cada uno se puede acoger a convenido.
Además he estado hablando con gente que ha tenido prestamo convenido y no es tan ventajoso financieramente, en ciertos años, ha habido ajustes de prestamos cualificados (figura anterior) del Comsejo de Ministros que los han dejado igual o menos económicos que los libres.
A MI ME LO HAN DEJADO CLARO, LIBRE Y QUE CADA UNO HAGA LUEGO LO QUE QUIERA PARA FINANCIARSE Y LO QUE QUIERA CON SU VIVIENDA A LOS 15 AÑOS, NO A LOS 30.
De todas formas Juan os lo explicará en la reunión.
Un saludo.
 
J
Joymi
21/06/2006 18:45
Hola vecinos

NO ENTIENDO MUCHO DE ESTO DE LO QUE HABLAIS puesto que aún no tengo la carta entonces me suena un poco a chino. El miércoles que viene habrá asamblea al final?? y se hablará de todo lo que estais comentando ahora vosotros?? explicármelo porfa!!!!

Una cosa que no entiendo....¿Porque tenemos que hacer la hipoteca de la casa con la CAM? ¿No podemos elegir nosotros el banco? ¿Se podrá pedir más dinero en la hipoteca con la ley nueva esta guarra que han sacao??? yo es que tenía pensao amueblar la cocina con el dinerito de hipoteca, pero me parece que me voy a tener que andejoder...

Que rollo macho no nos dan nada de facilidades a los jóvenes, cada vez nos lo ponen más dificil y encima eso que comentais que hasta los 30 años no se puede vender la casa??? Me parece una burrada ¿acaso no la estamos pagando? porque vamos yo me harto a currar como una negra para pagarla. El estao está loko de remate!!!

Me parece muy fuerte que hasta los 30 años no quede libre porque en esta vida puede pasar de todo, está claro que hay mucha gente que hace unos chanchullos que te cagas con este tema, pero me parece muy muy fuerte que si a mi el día de mañana mi economía me permite cambiar a otra ciudad porque el trabajo me pilla más cerca o porque estoy más cerca de mi familia o....por mil motivos no pueda irme de esta y venderla dignamente igual de dignamente la he pagado o la estoy pagando.

En fin!!! yo no voy con la cosa de venderla, pero desde luego creo que 30 años es injusto porque os repito SEÑORES en esta vida puede pasar de todo.

ALa!! y dejo de rayaros queme estoy rayando yo también.

Besos
 
D
Dipa
20/06/2006 16:59
Peval lo que preguntas todavía no he conseguido que me lo respondan en la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, todavía no he conseguido que me digan si el diferencial entre el tipo de interés del préstamo cualificado y el TAE se considera como una de esas ayudas económicas directas.
Por otro lado también me pregunto si el sistema de financiación es cerrado, esto es, si una vez que se vote una de las dos opciones propuestas, luego uno puede por ejemplo reducir el periodo de amortización del préstamo, supongo que será posible no?
 
P
peval
20/06/2006 14:46
dipa, repecto a la tercera opcion que planteas si quisieremos vender la casa. creo que no tendriamos que devolver ningun tipo de bonificacion, porque la ventaja en el bajo tipo de interes, no? y que nos van a hacer pagar los interses no pagados?
 
J
JCMadrid
20/06/2006 09:13
Dipa, si elegimos el cualificado aunque luego nos pasemos a uno libre en cuestión de tiempo de protección sigue siendo la misma. Lo digo para que luego no se lleve a encaños. Pero aun así, yo prefiero el cualificado.
 
D
Dipa
19/06/2006 20:28
Yo lo que he comentado es lo que aparece en la guía informativa de descalifiación de viviendas de la Comunidad de Madrid, actualizada a enero de 2006, si alguno la queréis os la mando por e-mail. Diferencian entre la duración del regimen legal de protección (30 años) y el tiempo que pueda transcurrir hasta que se pueda descalificar (15 años), además distinguen las condiciones entre las viviendas acogidas a la normativa anterior frente a la nueva, porque en principio es irretroactiva. Yo también me inclino por el préstamo cualificado. De todas formas, supongo que cada uno luego podrá modificarlo, no?
 
J
JCMadrid
19/06/2006 19:59
No se exactamente por que decreto nos regimos, pero lo que si puedo decir es que si elegimos el prestamo cualificado se podrá descalificar dentro de 30 años y no 15 como dice Dipa. Esto quiere decir, que sólo podremos vender la casa al precio del mercado dentro de 30 años.

Además, si elegimos un prestamo cualificado las condiciones no se pueden variar, con respecto a los años de protección oficial. Mientras que si elegimos un prestamo libre, luego nos podremos acoger a un prestamo cualificado.

La única ventaja que tenemos eligiendo el prestamo cualificado, es el tipo de interés y que el precio de nuestra vivienda va a variar menos hasta que nos hipotequemos. Pero por lo demás, será sólo por gustos o por los intenciones que tenga la gente de vender la casa. En mi opinión, me da igual 15 que 30 porque cuando queramos venderla seguro que hay otra ley más restrictiva que nos impida su venta. Con lo cual elegiré el prestamo cualificado por su bajo interes.

 

Fin del hilo
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