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B
broqueta
05/06/2007 12:34

instalacion ascensor, ¿los bajos pagan?

¿Qué dice la Ley de Propiedad Horizontal sobre las derramas para nuevas instalaciones?

80.596 lecturas | 23 respuestas
No sé si este es el foro más adecuado, porque se trata de una finca ya vieja, pero espero que podais ayudarme.

Mis padres tienen un bajo en un inmueble de más de 30 años que no tiene asensor. Son unos 20 vecinos y se están planteando poner ascensor. El problema es que quieren que lo paguen entre todos, cuando los bajos no van a poder utilizarlo (no están a pie de portal, tienen que subir un tramo de escaleras, pero el ascensor tampoco irá a las plantas, sino a las entreplantas) Además el ascensor se construirá en un patio interior, por lo que algunos bajos perderán gran parte de la poca luz que les llega.

Dentro de poco es la reunión para decidir si se pone. Si se decidiera por mayoría ponerlo, ¿pueden obligar a los bajos a pagarlo, aún cuando están en contra porque no solo no les beneficia sino que les perjudica? Sólo añadir que los bajos no estan en contra de que se pongo el ascensor, sólo de tener que pagarlo cuando no les va a ser útil, pero el resto de vecinos insisten en que hay que pagar entre todos.

Gracias por vuestra ayuda
 
J
joseram
31/10/2014 14:19

Me temo que si la mayoría decide poner el ascensor no tienes mucho que hacer la verdad... Buena suerte en cualquier caso

 
C
cosmos283
01/04/2014 00:30

Hola; el tema es tan sencillo que no necesita dar mas que un par de argumentos.

La instalación de un ascensor sin lo exigen personas con una mayoría de edad (no lo tengo a mano) pueden obligar al resto de la Comunidad a instalarlo con una determinada condición para el disidente y otra condición para el exigente (está en las nuevas cláusulas de la Ley.

Lo que es verdad, que el ascensor se instalará quieran o no quieran el resto de propietarios, lo dice la ley..

Si se trata de una urbanización donde existan locales, tendrán que contribuir o disentir con las condiciones que ofrezca la ley.

Los propietarios de bajos, por supuesto también; es la nueva ley, señores.

 
B
beageta
31/03/2014 20:15

Hola, aunque ha pasado mucho tiempo espero que nos cuentes como fue el tema de la instalación de ascensores en el bloque de tus padres.

En la actualidad este tema se repite en el bloque de mis padres, y les pasa mas o menos como en su momento a los tuyos, en el portal no podria ir el ascensor, con lo que dicen de ponerlo en el patio interior al que solo tienen acceso por casa de mis padres.

Me gustaria saber como se resolvió todo, sobre todo lo del tema del patio interior.

Muchas gracias de antemano.

 
S
scory
10/02/2012 04:52

Hola, tengo un problema.La llave electronicas del ascensor de mi edificio no funciona.Compré otra en el mercado, pero el fulano tecnico no aparece para codificarla.Tengo ya 3 meses esperando y nada.Tampoco el condominio lo ubica.

Mi pregunta es: Alguien sabe como codificar esas llaves.??

Saludos, gracias.

 
P
PEPE123
03/12/2010 21:24

Pues no, no es así.

TODOS los gastos deben ser repartidos por cuota de participación, sean ordinarios o extraordinarios/derramas.

 
Respetuoso
Respetuoso
03/12/2010 08:10

Bamos aver, casi todo lo que se comenta por los compañeros es cierto, incluso al parecer tu tambien tienes las ideas claras, el uico fallo es mezclar los temas, me explico:

Las cuotas de participación, no tienen nada que ver en este asunto, pues para hacer esta innovación se presentara un presupuesto y si en la cuenta de la comunidad hay suficiente dinero, se puede pagar, pero como es bastante costoso y normal mente no hay suficiente dinero abra que hacer una derrama, que se pagara entre todos los vecinos, dividiendo la cantidad por el numero de viviendas, o apartamentos.

La cuota de participación que sueles pagar  sirve ala hora de votar o para impugnar  lo que sea si no estas deacuerdo y siempre que sea impugnable. Es decir tu puedes tener dos apartamentos en la misma comunidad, por lo que pagaras de cuota el doble, pero tu voto, aun siendo una persona vale el doble, Ejemplo: en la escalera hay 10 viviendas, por lo que cada vecino tiene el 10% de participación en sus votos, tu al tener dos Viviendas tienes el 20% de participación en las decisiones. Pagar Todos pagan igual en las innovaciones, no en las cuotas.

 
M
marpi7
27/11/2010 09:00

Por ley todos pagan por cuota de participación en la comunidad, si en la comunidad todos tienen la misma cuota de participacion, todos pagan igual del 1º al último. Otra cosa es que en la comunidad se acuerde, eximir a los bajos, pagar según altura...

 
M
MireiaR
26/11/2010 13:23

si supongo q  abrá q pagar pero tendria q pagar la misma cantidad?

 
M
marpi7
25/11/2010 22:04

Me temo que el hecho de tener una minusvalía no exime de pagar.

Pero digo yo que alguna fórmula habrá para que a las personas, sin recursos ecónomicos, no les obliguen que pagar.

La ley en el tema de los ascensores es ilógica e injusta.

 
M
MireiaR
25/11/2010 14:06

ola buenas mi pregunta es sobre mas o menos el mismo tema, en mi comunidad quieren obligarnos a pagar por la instalación del ascensor y en la comunidad contamos con personas mayores y por lo q voy leyendo estamos obligados a pagar. tengo una minusvalia, mi pregunta es q si yo al tener una minusvalia declarada,de un 65%, tengo q pagar lo mismo q los otros propietarios? o como se suele decir hecha la ley hecha la trampa?

gracias

 
B
broqueta
04/02/2008 12:45
Uy cuanto tiempo de esto...
Tengo que decir que al final en mi caso no se consiguió la mayoría para poner ascensor (aunque por muy poco) así que se acabó el problema, al menos por un tiempo...
Sin embargo, Juanan74, siento decirte que en estos casos no hay nada que hacer, la ley no esta de nuestro lado para nada. Consultamos con un amigo abogado por el tema de perdida de luz al instalar el ascensor y nos dijo que, aunque fueramos a juicio, las posibilidades de ganar eran minimas.
 
F
ferrico
04/02/2008 11:57
Hola:

Al parecer, habiendo una necesidad (lease minusválido), si se logran 3 quintas partes del total de votos, el acuerdo es válido y vinculante. Todos pagan y por cuota.

Cosa distinta es que la Comunidad llegue a un acuerdo con los que presumiblemente van a votar en contra y les permita un régimen especial.

En la votación entran todos, propietarios de plazas de garaje incluidos.

Lo único que podría servir a algún vecino discordante es que lesionara mucho sus derechos al privarle de algún bien privativo: que se metan en su casa, que le quiten ventilación, provoquen ruido excesivo etc.

De todos modos, esta ley deja muchos cabos sueltos, como bien dice el asesor de Communitas.es. Hay tantos que muchas veces la única solución es ir a un juicio. O acudir a un profesional con experiencia para que nos saque de dudas.


Saludos





 
J
Juanan74
02/02/2008 11:43
Hola a todos,
Yo me encuentro con el mismo problema.
Somos 20 vecinos y a los 4 bajos nos obligan a poner el ascensor.
Vino a una de las reuniones un representante de una empresa de ascensores y nos comentó que nos guste o no la ley no nos ampara y que aunque no lo utilicemos tenemos que pagarlo!

EN QUE LEY, APARTADO, puedo hacer uso de mis derechos
y no sentirme obligado a contribuir en algo que no voy a utilizar nunca.

 
L
lorac19
09/09/2007 17:34
No se quien te ha informado pero si hay una persona mayor de 65 años o minusvalido la ley obliga a dejar que instalen el ascensor pero no obliga a pagarlo aquel que no quiera utilizarlo, por lo que tanto la instalación como el mantenimiento deberían pagarlo quien va a hacer uso de el.
 
G
gumyneitor
03/09/2007 18:40
Yo se de comunidades donde se han puesto ascensores, con llave, que solo los vecinos que han pagado poseen dicha llave para poder utilizarlo.

Esta claro que si yo vivo a pie de calle, y quieren poner un ascensor para los vecionos de los pisos de arriba no me van a abligar a pagar, porque no voya a usarlo en la vida.

Si yo y otros dos vecinos, queremos que pongan una parabolica comnunitaria para ver el futbol y un gimnasio y sauna que yo considero necesario para estar en forma, el resto que no lo va a usar se negaran, asique lo instalare y y pondre una llave para usarlo yo en exclusiva.

Es totalmetne injusto que te hagan pagar por una mejora que tu no vas a utilizar en la vida.

SAludos
 
N
nurianuria
28/08/2007 13:52
me gustaría contactar contigo, para exponer tu caso en tv , por favor escribeme o llamame: nuria.garcia@videomedia.es
o al 917848132 es mi tfno directo
nuria garcia
 
B
broqueta
14/06/2007 12:23
Hola de nuevo y muchas gracias por vuestras respuestas. Efectivamente, al tratarse de un ascensor y residir en el inmueble personas mayores de 65 años se considera un elemento necesario, por lo que nos toca pagarlo a todos en función de la cuota de participación (vamos, por los metros que tenga el piso) si se aprueba por mayoria simple.
Así que lo que se ha propuesto es que el pago se haga de forma proporcional a la altura de los pisos (y no por cuota), lo que a todos los vecinos (menos los de las ultimas plantas) nos parece más justo. Pero eso se decidirá en la proxima reunión.
Esperemos que haya suerte.
 
M
mariaenrique
11/06/2007 22:55
lorac19 dijo:

Hola mariaenrique®, me parece muy bien que aconsejes a manrique pero podrías haberle dicho que el art. 17 de la ley contempla las condiciones para la instalación del ascensor y como se aprueben con las mayorias que establece dicho articulo obliga a todos hasta locales a pagar el ascensor.


Hola, pues tienes toda la razón, me alegro que intervengas para decirlo pues así broqueta no irá con una idea equivocada a su reunión, que es lo importante. Yo siento haberle confundido, pensé que realmente era así, pues en muchas Comunidad así se hace, aunque si nos atenemos a la ley, lorac19 está en lo cierto. Esperemos que llegue a tiempo tu aclaración para la reunión que tenía broqueta.
 
L
lorac19
10/06/2007 16:34
Hola mariaenrique®, me parece muy bien que aconsejes a manrique pero podrías haberle dicho que el art. 17 de la ley contempla las condiciones para la instalación del ascensor y como se aprueben con las mayorias que establece dicho articulo obliga a todos hasta locales a pagar el ascensor.
 
M
mariaenrique
06/06/2007 23:19
De nada, y suerte en la reunión.

Un saludo
 
B
broqueta
06/06/2007 13:09
Muchas gracias mariaenrique. Ya he sacado una copia de la Ley de la Propiedad Horizontal, así que la llevarán a la proxima reunión que vayan. Gracias de nuevo
 
M
mariaenrique
06/06/2007 09:21
Hola broqueta, según la Ley de Propiedad Horizontal, Artículo 11:

1. Ningún propietario podrá exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, según su naturaleza y características.

2. Cuando se adopten válidamente acuerdos para realizar innovaciones no exigibles a tenor del apartado anterior y cuya cuota de instalación exceda del importe de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, el disidente no resultará obligado, ni se modificará su cuota, incluso en el caso de que no pueda privársele de la mejora o ventaja.

Según esto, entiendo que cualquier propietario (viva en un bajo o no) que no esté de acuerdo con la instalación del ascensor, no tiene porqué pagar los gastos. Poner un ascensor no se trata de algo que tenga que ver con la conservación, etc., si no que es una mejora. En muchas comunidades se ponen ascensores con llave porque no todos los vecinos lo han pagado.

Si presentais en la junta este artículo de la Ley que te cito quedará claro que tus padres no tienen que contribuir a ese gasto.

Saludos

 
AQUI NO HAY QUIEN VIVA
AQUI NO HAY QUIEN VIVA
06/06/2007 08:40
ME TEMO QUE SÍ. TEMA DIFERENTE SON LOS LOCALES.
 

Fin del hilo
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