Como han comentado, el titular de una vivienda es quien correria con el cargo de presidente/administrador, ahora bien, las incapacidades permanentes o temporales por problemas psicologicos o fisicos estan registrados de por ley como motivos para no tener que ejercer como tales.
La unica solución seria hacer una nueva votación o hablar con el administrador de fincas (si lo teneis contratado) y que os asesore legalmente de vuestras opciones.