02/12/2018 16:27
Todo eso habría que demostrarlo. Puede que los antiguos del lugar tengan razón. Para ello tendrías que acudir al área de urbanismo de tu Ayuntamiento y pedir los planos y la memoria técnica del proyecto de construcción en su día. En esos planos se podrá comprobar cómo se proyectó toda la red de saneamiento del edificio. Las arquetas a pie de bajante son obligatorias. No pueden sustituirse por codos. El Código Técnico de Edificación (CTE) es bien claro al respecto. Por lo que si estas arquetas a pie de bajante fueron eliminadas y, según los planos, no se corresponde porque se produjeron cambios por los propietarios del local convertido en vivienda, la cosa se complica. El responsable de esa supuesta irregularidad es siempre el actual propietario. No vale decir que eso ya estaba. Quién compra la cosa o bien con vicios ocultos asume todas las responsabilidades. Podrá reclamar al vendedor está circunstancia, pero no a la comunidad. Me atrevo, incluso, a decir que esa irregularidad consistente en eliminar la arqueta a pie de bajante y/o de tránsito para sustituirlas por codos, contraviene el CTE y es, por tanto, una irregularidad que no ha podido ser consentida ni por la comunidad ni por licencia administrativa alguna. Por lo tanto no sería de extrañar que el seguro de la comunidad rehúse hacerse cargo de ese siniestro, que ha provocado las inundaciones que comentas. Todo va a depender de lo que los técnicos de la aseguradora de la conunidad descubran. Si comprueban que dónde tenía que haber una arqueta a pie de bajante y/o de tránsito no la hay y fueron sustituidas por codos, tienes un gran problema, ya que ni la aseguradora ni la comunidad van a querer hacerse cargo de los daños provocados por una irregularidad constructiva y/o vicio oculto. En cualquier caso, te deseo suerte, pero no lo tienes muy fácil que digamos...