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Losadamartul
04/06/2018 22:59

Balcones sin mantenemiento

¿Puede la comunidad obligar a los propietarios e inquilinos a dar mantenimiento a los balcones?

3.144 lecturas | 17 respuestas

Tengo entendido que los balcnes forman parte de la comunidad, mi pregunta es:si los propietarios o inquilinos no hacen el matenimiento de los mismos puede tomar alguna medida la comunidad para obligarlos que los pinten.

 
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martuqui
16/06/2018 19:16
https://solucionesymediaciones.es/a-quien-corresponde-el-pago-del-mantenimiento-reparacion-o-sustitucion-de-elementos-exteriores-en-una-comunidad-de-propietarios/
 
M
martuqui
16/06/2018 16:54
A buen entendedor...pocas palabras bastan!
Me rindo....
 
carolinevega
carolinevega
16/06/2018 16:05

Pero para usted no es un cambio sustancial y que afecta al titulo constitutivo, el cambio de obligaciones de la comunudad?

En ningun momrnto rizo nada.

Usted expone dos cosas que don diferentes y las quiere unir en una sola.

Hay que arreglar los balcones? SI, y ni siquiera hay que votar si se arreglan

Se puede modificar que dicha reparacion no la haga la comunidad? SI, PERO CON UNANIMIDAD, no con 3/5

Esto es la tercera vez que se lo he dicho, pero parece ser que usted no lo quiere entender,por lo cual es mi ultima intervencion en esta pregunta

 

 
M
martuqui
16/06/2018 11:04
No hace falta q me recuerde nada, xq sé perfectamente lo dije, y sí, lo reafirmó.
Lógicamente se habla de mantenimientos necesarios , no innecesarios, sería absurdo entonces.
Y yo le recuerdo lo q dijo usted: unanimidad....
La unanimidad es necesaria cuando son cambios sustanciales, es decir...estructurales, ampliación o disminución d zonas comunes...apertura de nuevos huecos en fachada, etc.
Pero aquí q yo recuerde se está hablando del pintado de barandillas, así q por favor....no dice más el rizo.
 
carolinevega
carolinevega
15/06/2018 22:56

Le recuerdo lo que dijo.

Los elementos d fachada pertenecen a la comunidad....pero si hubiese un acuerdo en contra, tomado en junta con una mayoría simple o 3/5 partes, de realizar cada propietario su propia restauracion, sería lo que tendría prioridad. 

Usted da a entender que cada propietario se arregle los balcones en vez de arreglarlos la comunidad.

Y que esto se puede aprobar con 3/5

Y ahora dice lo que yo le decia, que es diferente

Lo q quiero decir es q si se decide hacer una obra d mantenimiento a la fachada del edificio ( bien sea pintura, enfoscados...etc) si 3/5 partes d los vecinos están a favor de realizarla, con eso ya estaría aprobado, o sea, q si un vecino o dos o tres se niegan, les va a dar igual, la tienen q realizar y punto.

Esto ultimones lo correcto, pero con una salvedad, hay que saber que la obra es necesaria o no lo es, porque si es esto ultimo, si supera tres mensualidades, no se esta obligado a contribuir

 
M
martuqui
15/06/2018 17:48
Lo voy a intentar....jeje!
http://ciconiagestion.es/quien-tiene-que-mantener-los-balcones-y-barandas-en-una-comunidad/
En una parte del art. 396 del código civil menciona q los elementos d fachada forman parte d la comunidad....si no existe ACUERDO EN CONTRA o ESTATUTOS ESTABLECIDOS, los gastos de dicho mantenimiento serán a cargo de la comunidad!
Yo con esto entiendo, junto con el abogado de nuestra finca que, si en una junta previa y bajo acta se votó q los gastos de pintura de cada barandilla correrían a cargo de cada propietario la suya, eso prevalece.
Bueno, espero haber adjuntado bien....no sé.
Un saludo.
 
M
martuqui
15/06/2018 17:15
No...creo q no me estás entendiendo o no me estoy explicando bien.
Lo q quiero decir es q si se decide hacer una obra d mantenimiento a la fachada del edificio ( bien sea pintura, enfoscados...etc) si 3/5 partes d los vecinos están a favor de realizarla, con eso ya estaría aprobado, o sea, q si un vecino o dos o tres se niegan, les va a dar igual, la tienen q realizar y punto.
Ya no es necesaria la unanimidad.
 
carolinevega
carolinevega
15/06/2018 16:58

Marque con el raton la direccion de la web, de a copiar, despues venga a esta web y dentro de este recuardo de pegar.

Estoy muy interesada en lo que usted indica

 
carolinevega
carolinevega
15/06/2018 16:54

Conozco perfectamente dicha modificacion, cuando he hecho mi anterior comentario sabia perfectamente la modificacion de la LPH

Dicho art. Se refiere a que un propietario puede modificar la envolvente si tiene los 3/5 de apoyo.

Pero lo que usted propone es otra cosa completamente diferente.

Que la comunidad deje de atender sus obligaciones, si asi lo cree conveniente 3/5 

 
M
martuqui
15/06/2018 16:02
Echa un vistazo si puedes a la LPH ( que fué modificada en el 2013) artículo 10.3/b)EDL 1960/55....en el q dice q cualquier alteración de la fachada antes requería unanimidad y ahora es x mayoría de 3/5 partes de los votantes.
 
M
martuqui
15/06/2018 15:56
Si, queda claro....pero siempre hay otro punto q anula al anterior!
Me gustaría poder adjuntarte un pantallazo en el que lo aclara ( lo del acuerdo en junta de mantenimiento d cada propietario con una votacion con mayoría simple o 3/5)....pero no sé cómo adjuntarla.
En mi comunidad estamos realizando el mismo mantenimiento d pinturas en barandillas....y te aseguro q estoy muy informada.
Un saludo.
 
carolinevega
carolinevega
15/06/2018 13:05

El art. 396 del codigo civil deja muy claro que la envolvente es comunutario.

Como esa envolvente pertenece al titulo constitutivo, cualquier cosa que se quiera votar respecto al titulo constitutivo, necesita unanimidad

 
M
martuqui
15/06/2018 02:32
Los elementos d fachada pertenecen a la comunidad....pero si hubiese un acuerdo en contra, tomado en junta con una mayoría simple o 3/5 partes, de realizar cada propietario su propia restauracion, sería lo que tendría prioridad. ( Ver LPH. art.10 según ley 8/2013 de 26 de junio)
Y a su vez aclara que serán de carácter obligatorio aquellas obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble.
Un saludo.
 
carolinevega
carolinevega
05/06/2018 22:18

Carolinevega dijo: o sea yo misma

Un inquilino no esta obligado a realizar mantenimientos

Pasacero dijo:escribir por escribir, etc…..

Pasacero dice: Cómo un cierto repaso? Un balcón es elemento común, si un inquilino no avisa de su deterioro o él lo descuida, alguna responsabilidad tendrá. 

Queda claro que yo dije que no tenia OBLIGACION DE REALIZAR MANTENIMIENTOS 

y Pasacero sale con RESPONSABILIDADES

cosa que es totalmente diferente

 
carolinevega
carolinevega
05/06/2018 16:49

Cuando digo: Un inquilino no esta obligado a realizar mantenimientos, se sobreentiende que es en zonas comunes, que de eso iba la pregunta.pensaba que estaba muy claro, pero veo que hay personas que no lo han entendido

La comunidad no tiene porque dirigirse en estos casos al inquilino, a quien se tiene que dirigir es al propietario.

Y la pregunta va sobre un problema en elemento comun, no sobre un problema dentro de la vivienda. Asi que la LAU aqui ni pincha ni corta

 
L
Losadamartul
05/06/2018 13:48

Pero si se le ha avisado y no lo hace,puede la comunidad llevarlo a cabo y pasar factura al propietario, porque aquí hay un problema que si se hace a uno después hay que hacerlo a todos los demás y son 15 balcones y la mayoria si ha hecho su mantenemiento.

 
carolinevega
carolinevega
05/06/2018 10:30

Un inquilino no esta obligado a realizar mantenimientos

 

Fin del hilo
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