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E
evertheother
05/09/2018 15:16

¿El Presidente de la Comunidad puede comprar cosas por su cuenta para el bloque?

¿Es legal que se instale una cámara sin permiso de la junta?

2.189 lecturas | 7 respuestas

Pido disculpas si este tema ya está creado, he visto uno parecido pero no trataba exactamente el mismo problema, así que la formulo aquí:

De un día para otro apareció una cámara de vigilancia, pregunté al administrador de fincas de dónde salía y quién había decidido ponerla, porque yo como propietario no sabía nada. El administrador tampoco tenía noticias sobre esto.

Hablé en persona con el presidente, que se puso muy borde por cierto, y me dijo que los vecinos lo habían decidido (insisto que yo sor propietario y no lo sabía), y le señalé que en ningún acta se mencionaba nada de poner una cámara.

De muy malas maneras me indicó que eso no tiene por qué figurar en un acta.

Mi pregunta es, ¿esto es cierto, no hay que pedir permiso en una junta para poner un elemento pagado con dinero de la comunidad?
Y dicho sea de paso, también me gustaría saber si me ampara algún derecho sobre mi intimidad de no querer ser grabado.

Muchas gracias.

 
carolinevega
carolinevega
08/09/2018 12:23

le respondo

el manual que exista en la pag. web de la LOPD, no tiene porque indicar como se tiene que aprobar, para eso está la LPH

1º De un lado se dice que hay que aprobar este tipo de instalaciones en junta o con vecinos que representen un porcentaje (no recuerdo cuanto) del total del vecindario.

TODOS los acuerdos se tratan y se aprueban en junta, que previamente se ha remitido el acta a los propietarios para comunicarles que existe reunión para que asistan si asi lo estiman.Artículo 16:

en la junta se aprueba o no se aprueban los puntos, ese concretamente es como le dije los 3/5 de todos los propietarios art. 17.4

después de la junta se remite el acta con el resultado habido en esa votación para que el propietario que no haya acudido a la junta, puede ejercer su derecho al voto en 30 días.

como entiendo que usted no tiene ni el acta de convocatoria, ni el acta de la junta, usted deberá solicitar al administrador dichas actas, que no se si existen o no, porque usted no indica que hubo junta.

ningún art. de la LPh favorece o perjudica, la LPH indica en sus art. como se tiene que aprobar un asunto, y ese asunto necesita 3/5 de todos los propietarios, si este número se consigue, no beneficia ni perjudica a nadie, simplemente se ha aprobado porque la mayoria que indica la LPH lo cree oportuno y lo desea, y en las comunidades se hace lo que indica las mayorias y no lo que quiera las minorias, o sea como en política.

USTED TIENE LAS ACTAS? no, lo primero pídalas, llame al administrador y le pide información de cuando se ha realizado la junta, si se ha realizado? digalé porqué no le han avisado. si no se ha celebrado junta, digalé que va a emprender las oportunas acciones judiciales.

si se comunican por e-mail le aconsejo lo haga por ese medio, asi queda constancia de lo que diga, y la respuesta la guarda como oro en paño.

si sigue teniendo alguna duda pregunte, y si no cuqando tenga la respuesta nos lo indica

 
E
evertheother
08/09/2018 01:12

carolinevega dijo:

OLVIDE LO ANTERIOR HAY UN ERROR

Pues mas o menos:

Yo Xxx propietario de la vivienda XX sita en 

 Me dirijo a ud para comunicarle que de forma inmediata y si en el plazo de 7 dias dias no se retiran las camaras instaladas en contra de lo dispuesto en el art. 17.4 de la LPH y la LOPD, emprendera las acciones judiciales oportunas contra el presidente y resto de actores que permitieron su instalacion.

Atentamente

XXXXXX

El burofax hagalo con certifiicacion de texto y confirmacion de recepcion

Muchas gracias, ¿pero entonces realmente estoy en poder de pedir esto? Según leí en el manual oficial que encontré en la web de la agencia de la que usted amablemente me dio conocimiento, he encontrado información contradictoria (o quizá que yo no haya entendido bien):

  • De un lado se dice que hay que aprobar este tipo de instalaciones en junta o con vecinos que representen un porcentaje (no recuerdo cuanto) del total del vecindario.
    Por lo que, en caso de que más vecinos estuvieran en el mismo barco del presidente, esta acción sería correcta supongo, así que haría falta saber cuántos vecinos fueron y como queda constancia de que hablaron esto, pero en el manual no mencionan nada de que estas decisiones se reflejen en el acta, así que cómo saberlo...
  • Por otro lado, y de aquí la información contradictoria, creo recordar que en el manual se dice que el presidente puede tomar por su cuenta algunas decisiones referentes a seguridad y otras historias, y en eso podría entrar la instalación de una cámara, ¿no? 
    Así que me ha generado todo más dudas que respuestas.

También leí que en los lugares que haya una cámara de vigilancia tiene que haber un cartel advirtiendo de que está instalado dicho elemento (que lo hay) y que debe figurar en el mismo su número de registro (y creo que esto no lo tiene) en el que se registra el tipo de uso (vigilancia de seguridad) para el que se ha puesto la cámara. No sé si hay alguna manera de pedir la información sobre esta actividad sita en mi comunidad, dando la dirección en un organismo pertienente para estos menesteres y, me puedan decir si les consta que está todo legal o no, o si no hay manera de informarse de esto.

En resumen, lo que me daría miedo es emprender acciones y que resulte que pese a todo la ley  ampara esta instalación de cámara y yo me genere más enemigos entre los vecinos, que están bastante compinchados, así que estoy bastante confundido con qué debería hacer antes de que no haya retorno.

*Edito: Acabo de revisarlo y justamente era ese artículo 10: A y B (aunque no fueran los correctos) donde leí lo de “Tendrán carácter obligatorio y no requerirán de acuerdo previo de la Junta de propietarios (...)”. Y en referencia al 17.4 D donde dice lo de “el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios (...)”, a lo que me refería yo cuando dije lo del porcentaje.
Me temo que no lo comprendo bien pero parece que justamente estoas artículos favorecen en este caso la instalación de la cámara, ¿no? Si me lo puede explicar se lo agradezco mucho.


Editado por evertheother 8/9/2018 1:33
 
carolinevega
carolinevega
07/09/2018 16:02

OLVIDE LO ANTERIOR HAY UN ERROR

Pues mas o menos:

Yo Xxx propietario de la vivienda XX sita en 

 Me dirijo a ud para comunicarle que de forma inmediata y si en el plazo de 7 dias dias no se retiran las camaras instaladas en contra de lo dispuesto en el art. 17.4 de la LPH y la LOPD, emprendera las acciones judiciales oportunas contra el presidente y resto de actores que permitieron su instalacion.

Atentamente

XXXXXX

El burofax hagalo con certifiicacion de texto y confirmacion de recepcion

 
carolinevega
carolinevega
07/09/2018 15:54

Pues mas o menos:

 Me dirijo a ud para comunicarle que de forma inmediata y si en el plazo de 7 dias dias no se retiran las camaras instaladas en contra de lo dispuesto en el art. 10.1.b. de la LPH

 
E
evertheother
07/09/2018 09:27

cnou dijo:

evertheother dijo:

Muchas gracias por la respuesta. Ya me parecía a mí que el procedimiento no era adecuado, por no hablar de su actitud de gritar por cada pregunta.
Me informaré de cómo se puede denunciar esto. El administrador sigue diciéndome que no sabe nada de la cámara pero tampoco hace nada… Creo que todo funciona de manera irregular.

 Burofax al Administrador y que se lo trabaje. Usted espere respuesta y luego actue,

Gracias, ¿qué debería poner en el burofax?
Me temo que no tengo mucha idea sobre estos temas...

 
E
evertheother
05/09/2018 18:49

Muchas gracias por la respuesta. Ya me parecía a mí que el procedimiento no era adecuado, por no hablar de su actitud de gritar por cada pregunta.
Me informaré de cómo se puede denunciar esto. El administrador sigue diciéndome que no sabe nada de la cámara pero tampoco hace nada… Creo que todo funciona de manera irregular.

 
carolinevega
carolinevega
05/09/2018 15:53

Es un acto denunciable lo que han hecho y al presidente se le puede caer el pelo, y seguro que no existe señalizacion, 

Yo lo que haria en dos sitios, en la comisaria y en la gencia de proteccion de datos, haga fotos. Entre en la web de la agencia, quiza pueda hacer la denuncia por internet

Se necesita un acuerdo en junta por 3/5

Visto el comportamiento yo no diria nada y denunciaria

 

Fin del hilo
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