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fullconta
29/08/2019 00:21

Obras sin finalizar

¿Puede la comunidad de propietarios ser sancionada por no haber Terminado aún las obras después de once años?

1.405 lecturas | 4 respuestas

Buenas noches. Por favor, me gustaría informarme sobre el siguiente caso que afecta a mi comunidad, el cual es un poco largo y complejo. En mi comunidad de propietarios se realizaron unas obras de reforma y mantenimiento del bloque entre los años 2007-2008. Durante este periodo se produjeron varios rumores en la comunidad sobre supuestas irregularidades y malversación de fondos por parte de la entonces presidenta (Quien no era propietaria ni residente en la comunidad, sino su padre), la cual durante los años que ejerció la presidencia se negó a presentar ante la junta de propietarios las facturas y los documentos concernientes a las obras. Dichas reformas empezaron en diciembre de 2007 (No sin antes publicar esta señora en el tablón de anuncios y sin aprobación por parte de la junta de propietarios una circular por la que exigía que en el plazo de 48 horas los vecinos abonasen en el banco de la comunidad un importe de 3.000 euros para sufragar parte de los gastos de la obra. Si terminado dicho plazo, los vecinos no hubiesen abonado dicho importe, la presidenta, en nombre de la comunidad, comenzaría las acciones legales pertinentes contra dichos vecinos. Hecho que así tuvo lugar contra varios vecinos) y terminaron en verano de 2008. Pues bien, a los cuatro años y tras algunos desencuentros con la por entonces presidenta, ésta presentó su dimisión en 2012. Tras su marcha, una vecina asumió el cargo y nombró tras el correspondiente voto favorable de la junta de propietarios, a una administración para que asumiese el control de la comunidad (La presidenta anterior había destituido en cuanto tomó posesión del cargo en 2006 a otra administración que por entonces regía la comunidad, ya que esta señora trabajaba como administrativa en una misma sucursal del banco en donde la comunidad tenía depositada su cuenta bancaria y detectó según ella “Agujeros negros en las cuentas”). Esta administración lleva ya siete años gestionando la comunidad junto con varios presidentes vecinales, los cuales ejercen un papel simbólico, ya que toda la gestión recae en la administración. Pues bien, en estos últimos meses, el cargo de administrador de la comunidad lo está ejerciendo de forma provisional un señor de la empresa en sustitución del titular. He aquí que el administrador provisional se ha puesto en contacto con la nueva presidenta que ha tomado posesión del cargo hace un par de meses para advertirle que ha detectado que en urbanismo, las obras realizadas durante el periodo 2007-2008 no aparecen como finalizadas. A esto hay que añadirle que urbanismo exigía que las obras debían realizarse antes de un periodo determinado, con lo cual después de once años tras su finalización, en los registros municipales, dicha obra no está sin terminar. Y dicho esto he aquí mi pregunta: ¿Puede la comunidad de propietarios ser sancionada por no haber “Terminado aún” las obras después de once años?, o en caso contrario, ¿Las responsabilidades correspondientes recaerían sobre la por entonces presidenta y la actual administración? Una por no realizar las gestiones oportunas ante las entidades municipales para dar por finalizadas las obras desde el punto de vista legal, y los otros por no haber notificado a la comunidad este hecho tras siete años al frente del edificio. Cabe recordar que la junta de propietarios y los vecinos ignoraban completamente la gestión que esta señora hacía y deshacía, y aquellos que sospechábamos de sus irregularidades nunca reunimos los apoyos suficientes para cesarla del cargo. por lo que la comunidad ha recibido ahora esta noticia, siendo hasta la fecha ajena a todo ello. En este caso, ¿Esta señora como particular podría ser quien acabase pagando esa sanción como presidenta de la comunidad en su momento, o por el contrario la comunidad, como entidad jurídica, sería quien lo sufragase? Muchas gracias y disculpen por el tocho, pero la historia es bastante larga, y aun así he omitido muchas otras cuestiones de esta historia. Un saludo. 

 
alexat
alexat
31/08/2019 11:13

Hola, su caso depende del sitio donde viva por éso de como es este país con sus mil normativas.

Hasta hace unos años al menos los ayuntamientos que yo conozco, la licencia de obra y todos esos trámites en la mayoría de las ocasiones los hacía el contratista y rara vez las licencias las pedían los promotores o lo que es en este caso la presidenta.

Si el edificio estaba catalogado como en ruinas, tiene que haber ido algún técnico del ayuntamiento y sino ha ido para cerrar la obra tendrá que ir.

Lo que le recomiendo es que vayan directamente a hablar con urbanismo, expongan su caso a los técnicos de urbanismo y ellos le dirán su situación y lo que hay que hacer, porque cada ayuntamiento funciona de una manera y lo mejor es ir allí.

Manden al presidente, al administrador a quien sea que les saque una fotocopia o un dossier de la situación actual, convoquen una junta si lo creen necesario y procedan a solucionarlo.

 

 

Fin del hilo
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