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M
Mari_z
05/11/2019 11:15

Junta ordinaria celebrada con menos de 10% de participación, es normal?

¿Qué porcentaje de participación es necesario para que una junta sea válida?

4.597 lecturas | 37 respuestas

Hola,

Acabo de comprar un piso y he solicitado la copia de la última acta de la junta de propietarios. Este documento pone que la reunión se celebró con menos de 10% de propietarios. Entre los allí presentes estaban 2 personas: el Adminisrador (colegiado, por cierto) y una propietaria que ocupa el cargo de Presidenta dese hace muchos años.  

Mi pregunta es: tiene valor este documento y los acuerdos tomados entre el Administrador y la Presidenta?
La reunión fue en abril del 2019 y en aquel entonces el propietario de mi piso era un banco que se limitaba a pagar al final del año la comunidad sin asistir a las reuniones. Aunque ya se ve de lo que escibo que en esta comunidad los vecinos no suelen ir a las juntas. En cuanto al acta hay cosas y números que no cuadran.

Cómo actuar? Por dónde empiezo?

Gracias por vuestros comentarios.
 

 
E
Eloy516
06/11/2019 11:19

Hola vecinoOnFire:

Gracias por su atenta repuesta.

La respeto pero lamento decirle que no la comparto en su totalidad, ya que según sus palabras, yo utilizo un tono ¿“no adecuado”?.

Es decir, que en este país quien no está de acuerdo con el contenido de una normativa legal, redactada por juristas que, se presuponen velan por los derechos de las personas que se tienen que acoger para defenderse, al articulado de la redacción de esa ley, en este caso la LPH, somos unos descastados, antisistemas, revolucionarios, y todas las calificaciones que usted quiera añadir.

Basado en la realidad: Item más, aquel “comunero normal”, que intente arreglar legalmente algún asunto de su comunidad, que por derecho le corresponda, y cuando el administrador, con la complacencia del presidente de turno y sus mariachis, se lo impiden, pues nada que denuncien al juzgado, y se gasten el dinero en abogados y procuradores, a ver si allí tiene suerte. Porque si acude usted al Colegio de Administradores de Fincas, se encogen totalmente de hombro en asuntos que les debería competer y muchos, sobretodo, cuándo se trata de asuntos extraños e irregulares realizados por “administradores de fincas, colegiados”. Pasan soberanamente del comunero normal. ¿Quien nos defiende vecinoOnFire? ¿Para que, y a quien sirven esos colegios?

ESTO NO ES JUSTO, ya que ni usted, ni el legislador, ni el “sursum corda”, ni el Colegio de Administradores de Fincas, ni la madre que parió a la LPH, defienden a los comuneros de este país, bajo ningún aspecto LEGAL y GRATUITO, y que afecta absolutamente a todos los que vivimos en éste país, sean nativos o extranjeros, y con el gran e IMPORTANTE añadido, que la inmensa mayoría de personas de este pais, no se pueden permitir el LUJOSO gasto de tener que dejar su ESCASO DINERO dinero en un juzgado, cuando a duras penas llegan con sus salarios a fin de mes, incluyendo el tener que pagar obligatoriamente la comunidad, para no verse denunciado por la comunidad como moroso, a pesar de que no lo atiendan en sus peticiones.

Me reitero: DE PUTA PENA.

A ver si escribimos menos y tenemos los reaños (por provincia) de celebrar alguna asamblea con todo este monumental atropello comunitario, por parte de quiene estamos interesados en podernos mover con ciertas garantías legales, en esta jungla, llamada “Comunidad de Propietarios”.

 

 

 

Fin del hilo
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