Saludos cordiales,
Hace 25 años puse un toldo en la terraza de un ático -perpendicular a la fachada- sin consentimiento de la comunidad. Hace 20 años se reformó la fachada, y durante todo este tiempo nadie ha dicho nada, hasta ahora que quieren que lo quite.
¿Qué peso tiene dicha reforma de la fachada donde nadie dijo nada, para alegar un consentimiento tácito de la comunidad en una posible impugnación?
Gracias por vuestra atención.