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R
RTERESA
09/12/2004 17:22

OBLIGACION DE VIVIR Y NO ALQUILAR

¿Cuáles son las obligaciones y restricciones para el propietario de una vivienda VPT?

881 lecturas | 7 respuestas
Hola , queria recordar a la Comunidad unos puntos muy importantes:

-Queda obligado el propietaririo a ocupar la casa en el plazo de 3 meses desde la entrega salvo causa que justifique a la DIRECCICIO GENERAL DE ARQUITECTURA Y VIVIENDA.(DGAV)

2-Durante 5 Años no se prodra vender sin autorizacion de la DGAV, la cual, si concede dicha posibilidad, procedera a recaudar las ayudas obtenidas incrementadas con el interes gral del dinero que se tuvieron para la adquisicion de la vivienda.

3-Tras 5 años no sera necesaria la autorizacion de la DGAV para la venta de la vivienda, pero hasta transcurridos 15 años seguira siendo VPT por lo que si se quiere descalificar hay que pagar todas las bonificaciones(incluidas las tributarias) que en su dia se tuvieron.
 
strokents
strokents
21/12/2004 16:04
--Sorri por varemo, quise decir baremo!!
saludos
 
strokents
strokents
21/12/2004 16:02
--Buenas a todos, en fin, el tema de alquilar los pisos, esta muy claro, "si se pueden alquilar" puesto en contacto con el ayuntamiento de Madrid tlfn 010 me han remitido a unas agencias que trabajan con ellos y que estan ahora anunciando el fomento del alquiler, Bien, las casas que nosotros tenemos son de precio tasado por lo que el beneficio del alquiler tambien tiene que ser tasado, hay unas tablas de varemacion. Bueno si alguien tiene alguna duda sobre ellos aqui dejo dos numeros de teléfono para que al que esté interesado tanto en alquilar como en denunciar al que alquile, antes de meterse en cosas que puedan tener que echarse atrás se informe.
--913005240 y 915215590

--Felices fiestas a todos
 
H
humphrey
10/12/2004 16:32
RTeresa,

1º: Amenazas las justas. Yo con mi casa hago lo que me sale de las pelotas, pero para tu información no la tengo alquilada.

2º: Antes de opinar tú te lees la ley y llamas a la Consejería de vivienda de la Comunidad de Madrid para que te ilustren.

Y a ver si nos relajamos un poco.
 
R
RTERESA
10/12/2004 15:59
Hummphrey, antes de opinar, por favor te lees la escritura de la casa.
Como me entere que eres tu el que la alquilas te vas a enterear proto de quien tiene razon..
 
H
humphrey
10/12/2004 15:26
RTeresa,

Siento tener que llevarte la contraria pero nuestras casas sí se pueden alquilar por ley.
 
R
RTERESA
10/12/2004 13:25
Si lo vendes a los 5 años no hay que pedir autorizacion a la DGAV, pero en cuanto al precio de venta,seguira legislado como VPT por lo que el precio para venderlo sera el que la Comunidad de Madrid tenga para este tipo de viviendas.
A partir de los 15 años no habrá resticcion alguna en cuanto al precio de venta.
Todo esto viene de una pregunta del foro gral de Las Tablas.
No he visto cartel alguno en nuestra comunidad,(sería absurdo sabiendo que es ilegal)pero si que se por evidentes sospechas que al menos un vecino esta de alquiler....
Un saludo
 
S
seaiposita
10/12/2004 10:34
Hola, gracias por la información. Yo sabía lo de los 3meses pero no lo de los 15 años, pero entonces si a los 5 años lo vendes ¿lo puedes vender por lo que quieras? ¿tienes que pagar a DGAV? otra cosa, ¿lo dices por algo en particular?¿es que has visto algun cartel de alquiler o algo asi? Un saludo.
 

Fin del hilo
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