Volver al foro
ST77XX
ST77XX
04/11/2008 14:26

Guia Licencia 1ª ocupación - Cédula Habitabilidad

¿Cuáles son las consecuencias si un edificio no obtiene licencia de primera ocupación?

3.640 lecturas | 21 respuestas
interesante documento:

http://www.uclm.es/cesco/investigacion/2006/2.pdf

Cita:
El comprador puede negarse a escriturar en tanto en cuanto no se conceda la licencia....

faltaría mas!!

Cita:
El comprador puede resolver (aunque haya escriturado) con devolución de las cantidades entregadas, sus intereses e indemnización de daños y perjuicios si una vez vencido el plazo de entrega efectiva el edificio no ha obtenido licencia de primera ocupación

todos tenemos fechas límites en los contratos... que cada cual saque sus consecuencias (ya lo se pachanoi, al enemigo ni agua!!)

Cita:
Si decide no resolver, no debe ocupar la vivienda aunque le sea entregada de forma efectiva porque comete una infracción urbanística y porque puede verse privado del uso por la Admon competente

en esto estamos de acuerdo todos



 
P
pachanoi
05/11/2008 15:16
Ganus dijo:

Desde aqui quiero dar las gracias al ayuntamiento que parece que les esta poniendo en su sitio a los de Gestesa, esperamos que sigan asi y terminen todo tal y como lo habian indicado en planos y memorias de calidades. La verdad espero que el ayuntamiento siga en su linea y no les deje pasar ni una. Tambien agradecer a todos los que en algun momento han llamado, mandado un fax o un correo electronico para hacer presion con el ayuntamiento, (y por supuesto nos han informado a todos a traves de este foro) son cosas muy graves que no podemos dejar pasar y todos juntos podemos conseguirlo, asi que a seguir en la linea que llevamos.

Un saludo


Solo una cosa, aunque a través del foro se puedan conocer todos estos datos, recomiendo a todo el mundo que llame o se acerque al ayuntamiento para ver que somos muchos los vecinos descontentos con este tema.

Gracias
Saludos
 
ST77XX
ST77XX
05/11/2008 14:36
ok chaval

entonces rechazas mi amistad sin conocerme?
que decepción!!

nos vemos

 
B
Boomerang2
05/11/2008 13:52
ST77XX dijo:

Boomerang2 dijo:

NO ES CIERTO QUE LA PROMOTORA ESTÉ OBLIGADA A DEVOLVERTE LOS PAGOS A CUENTA POR INCUMPLIMIENTO DE FECHA DE ENTREGA!!!


tu mismo chaval

Contrato GESTESA - Estipulación SEXTA dijo:

De superarse la fecha prevista para la entrega, y siempre que ello no sea debido a causas no imputables a la parte vendedora, la parte compradora podrá optar por exigir el cumplimiento de la obligación, concediendo en tal caso al vendedor una prórroga, o por la resolución del contrato .

En el caso de que la parte compradora opte por la resolución del contrato , se fija como cláusula penal por incumplimiento e indemnización de daños y perjuicios, la entrega a la parte compradora del 25% sobre las cantidades que ésta hubiera satisfecho hasta el momento de la resolución y ello, sin perjuicio del reintegro de las cantidades entregadas a cuenta .


y tu Boomer, cómo lo llevas?

tu parcela tiene ya solicitada la licencia?
y de sumidero que tal vas en Hercesa?
todo bien no?

pues eso




lo de chaval pa tus amigotes de barrio....ok???
 
Ganus
Ganus
05/11/2008 13:39
Desde aqui quiero dar las gracias al ayuntamiento que parece que les esta poniendo en su sitio a los de Gestesa, esperamos que sigan asi y terminen todo tal y como lo habian indicado en planos y memorias de calidades. La verdad espero que el ayuntamiento siga en su linea y no les deje pasar ni una. Tambien agradecer a todos los que en algun momento han llamado, mandado un fax o un correo electronico para hacer presion con el ayuntamiento, (y por supuesto nos han informado a todos a traves de este foro) son cosas muy graves que no podemos dejar pasar y todos juntos podemos conseguirlo, asi que a seguir en la linea que llevamos.

Un saludo
 
ENDURO
ENDURO
05/11/2008 13:03
pachanoi dijo:

nuevo3fase dijo:

Acabo de llamar al ayuntamiento y me han dicho que las licencias no es que no estén solicitadas, que lo estuvieron ; el problema es que están DENEGADAS...

Más de uno va a rescindir con un 25% de indemnización :D


Yo también he llamado y me han comentado lo siguiente:
A mi el arquitecto me comento que en normas del sector no esposible hacer conexiones para varios chalets tiene que ser una conexión por cada vivienda a pluviales y a fecales, por lo que en principio salvo cambio de parecer del ayuntamiento, no podria conectarse una para todos los chalets de una manzana ni pluvial ni tampoco fecal, y si lo hacen y la normativa no lo permite es el ayuntamiento el que puede tener problemas si lo concede.
- La urbanización no está entregada. Principalmente por el problema que comenta ST de la depuración de aguas (CYII).
Aunque esperan que lo esté en breve.

- Las licencias de primera ocupación ya han sido solicitadas pero todavía no se ha visitado ninguna vivienda. Cuando se acepte la urbanización se realizarán la visitas. Viendo que hay muchos vecinos que están reclamando el tema de los desagües, van a solicitar que se realicen las acometidas (tanto anterior como posterior) para recoger las aguas pluviales y la conexión de dicha acometidas a la general. Aún no saben si habrá una acometida a la general por vivienda o 1-2 por calle.
Si optan por la última opción, tienen que meter una canalización anterior y otra posterior que conecte todas las viviendas entre sí.

-También comentan que si hay alguien que haya firmado, lo ha tenido que hacer sin licencia. Yo creo que será gente de GESTESA (o familiares) que hayan comprado en la promoción (no encuentro otra explicación)

Saludos
 
ST77XX
ST77XX
05/11/2008 12:59
pachanoi dijo:


Yo también he llamado y me han comentado lo siguiente:

- La urbanización no está entregada. Principalmente por el problema que comenta ST de la depuración de aguas (CYII).
Aunque esperan que lo esté en breve.

- Las licencias de primera ocupación ya han sido solicitadas pero todavía no se ha visitado ninguna vivienda. Cuando se acepte la urbanización se realizarán la visitas. Viendo que hay muchos vecinos que están reclamando el tema de los desagües, van a solicitar que se realicen las acometidas (tanto anterior como posterior) para recoger las aguas pluviales y la conexión de dicha acometidas a la general . Aún no saben si habrá una acometida a la general por vivienda o 1-2 por calle.
Si optan por la última opción, tienen que meter una canalización anterior y otra posterior que conecte todas las viviendas entre sí.



gracias pachanoi por la información,
es mas o menos lo que yo comentaba en el otro hilo de los desagües (me alegra coincidir!!)

es muy importante que sigamos entre todos haciendo la presión y las consultas necesarias al Ayuntamiento y poniéndoles sobre aviso de los incumplimientos para que sea el mismo Ayuntamiento el que presione a las promotoras

Es el Ayuntamiento el que tiene la clave ya que como concedan licencias las promotoras van a ir como locas a escriturar

Me alegra que el Ayuntamiento tenga estas intenciones de momento, ya veremos en qué acaba todo esto

otra cosa, tal y como va el euribor a todos los vecinos creo yo que nos interesa retrasar las entregas un mes o dos sobre las fechas que quiere Gestesa ya que está habiendo un desplome evidente



pachanoi dijo:


-También comentan que si hay alguien que haya firmado, lo ha tenido que hacer sin licencia. Yo creo que será gente de GESTESA (o familiares) que hayan comprado en la promoción (no encuentro otra explicación)




con quien yo hablé te puedo asegurar que no eran familiares de Gestesa ni empleados porque hablaban de exquisitas "virtudes" de la promotora
No tienen agua, no tienen luz, ni tan siquiera de obra
Tienen que pasar a la urbanización con una tarjeta, al volver de la notaría ni tan siquiera les dejaron pasar porque y tuvieron que proporcionarles un pase desde la caseta (subrealista todo!!!)

Gestesa les ocultó todo el tiempo que pudo que no existia la cédula

Una pena la verdad

 
P
pachanoi
05/11/2008 12:49
nuevo3fase dijo:

Acabo de llamar al ayuntamiento y me han dicho que las licencias no es que no estén solicitadas, que lo estuvieron ; el problema es que están DENEGADAS...

Más de uno va a rescindir con un 25% de indemnización :D


Yo también he llamado y me han comentado lo siguiente:

- La urbanización no está entregada. Principalmente por el problema que comenta ST de la depuración de aguas (CYII).
Aunque esperan que lo esté en breve.

- Las licencias de primera ocupación ya han sido solicitadas pero todavía no se ha visitado ninguna vivienda. Cuando se acepte la urbanización se realizarán la visitas. Viendo que hay muchos vecinos que están reclamando el tema de los desagües, van a solicitar que se realicen las acometidas (tanto anterior como posterior) para recoger las aguas pluviales y la conexión de dicha acometidas a la general. Aún no saben si habrá una acometida a la general por vivienda o 1-2 por calle.
Si optan por la última opción, tienen que meter una canalización anterior y otra posterior que conecte todas las viviendas entre sí.

-También comentan que si hay alguien que haya firmado, lo ha tenido que hacer sin licencia. Yo creo que será gente de GESTESA (o familiares) que hayan comprado en la promoción (no encuentro otra explicación)

Saludos
 
K
Koga
05/11/2008 12:31
nuevo3fase dijo:

Acabo de llamar al ayuntamiento y me han dicho que las licencias no es que no estén solicitadas, que lo estuvieron ; el problema es que están DENEGADAS...

Más de uno va a rescindir con un 25% de indemnización :D


?!??!!Qué quiere decir qué están denegadas?!te han dado alguna razón?!en qué follón se habrán metido los de Gestesa o quién sabe lo que habrán incumplido..
Un saludo.
 
nuevo3fase
nuevo3fase
05/11/2008 12:21
Acabo de llamar al ayuntamiento y me han dicho que las licencias no es que no estén solicitadas, que lo estuvieron ; el problema es que están DENEGADAS...

Más de uno va a rescindir con un 25% de indemnización :D
 
ST77XX
ST77XX
05/11/2008 11:20
Boomerang2 dijo:

NO ES CIERTO QUE LA PROMOTORA ESTÉ OBLIGADA A DEVOLVERTE LOS PAGOS A CUENTA POR INCUMPLIMIENTO DE FECHA DE ENTREGA!!!


tu mismo chaval

Contrato GESTESA - Estipulación SEXTA dijo:

De superarse la fecha prevista para la entrega, y siempre que ello no sea debido a causas no imputables a la parte vendedora, la parte compradora podrá optar por exigir el cumplimiento de la obligación, concediendo en tal caso al vendedor una prórroga, o por la resolución del contrato .

En el caso de que la parte compradora opte por la resolución del contrato , se fija como cláusula penal por incumplimiento e indemnización de daños y perjuicios, la entrega a la parte compradora del 25% sobre las cantidades que ésta hubiera satisfecho hasta el momento de la resolución y ello, sin perjuicio del reintegro de las cantidades entregadas a cuenta .


y tu Boomer, cómo lo llevas?

tu parcela tiene ya solicitada la licencia?
y de sumidero que tal vas en Hercesa?
todo bien no?

pues eso

 
B
Boomerang2
05/11/2008 10:59
ST77XX dijo:

Boomerang2 dijo:

ST77XX dijo:

interesante documento:

< a href=http://www.uclm.es/cesco/investigacion/2006/2.pdf target=_blank >http://www.uclm.es/cesco/investigacion/2006/2.pdf< /a >

Cita:
El comprador puede negarse a escriturar en tanto en cuanto no se conceda la licencia....

faltaría mas!!

Cita:
El comprador puede resolver (aunque haya escriturado) con devolución de las cantidades entregadas, sus intereses e indemnización de daños y perjuicios si una vez vencido el plazo de entrega efectiva el edificio no ha obtenido licencia de primera ocupación

todos tenemos fechas límites en los contratos... que cada cual saque sus consecuencias (ya lo se pachanoi, al enemigo ni agua!!)

Cita:
Si decide no resolver, no debe ocupar la vivienda aunque le sea entregada de forma efectiva porque comete una infracción urbanística y porque puede verse privado del uso por la Admon competente

en esto estamos de acuerdo todos





no confundamos a la gente....lo del incumplimiento de la fecha de entrega y devolución de los pagos a cuenta.....NO ES CIERTO!!!!


lee primero y luego intenta entenderlo, si lo consigues di porque es cierto o no, hasta entonces ya sabes, vuelve a leer y vuelve a intentar entenderlo



no me hace falta leerlo....pero no es cierto lo que dices...asi que si no estas seguro por favor, deja de enviar mensajes de esperanza a la gente...que luego los problemas los tienen otros.... NO ES CIERTO QUE LA PROMOTORA ESTÉ OBLIGADA A DEVOLVERTE LOS PAGOS A CUENTA POR INCUMPLIMIENTO DE FECHA DE ENTREGA!!!
 
ST77XX
ST77XX
05/11/2008 08:03
Ganus dijo:


Con el permiso de ST77XX voy a colgar este documento en la seccion de descargas para que todo el mundo lo pueda tener a mano.

Un saludo


gracias Ganus,

buena idea

 
Ganus
Ganus
05/11/2008 00:17

Con el permiso de ST77XX voy a colgar este documento en la seccion de descargas para que todo el mundo lo pueda tener a mano.

Un saludo
 
ST77XX
ST77XX
04/11/2008 22:53
de de ramone dijo:

hola,si la vivienda esta terminada y la licencia estaen tramites,la vivienda es perfectamente transmisible,por eso se estan entregando,es legal,pero si quieres no firmas,todo depende del comprador,no problem.


pero eso de que está en tramites, qué quiere decir?

vamos a ver si nos entendemos,

* el barrio es nuevo, ha habido varias inspecciones y aún se han detectado deficiencias serias y por eso aún no se ha recepcionado el sector, aunque ambas promotoras tenían previsto que ya estuviese todo ok

cuando se hará... quien lo sabe, pero a día de hoy eso que hay ahí es una zona en obras

* como el barrio es nuevo, las viviendas aún no han sido inspeccionadas por el Ayto., por tanto no se sabe nada de cómo van a ir esas inspecciones y nosotros ya hemos descubierto deficiencias serias de contradicciones del proyecto con respecto a las casas (sumideros, canalización pluviales, antena parabólica,...)
quien nos dice que esas deficiencias con respecto al proyecto no es lo suficiente para que los técnicos del Ayto no den el visto bueno y retrasen todo aún mas?

por ambos motivos me parece una auténtica TEMERIDAD el escriturar sin cédula, aún pueden pasar muchas cosas...

 
ST77XX
ST77XX
04/11/2008 22:46
Boomerang2 dijo:

ST77XX dijo:

interesante documento:

< a href=http://www.uclm.es/cesco/investigacion/2006/2.pdf target=_blank >http://www.uclm.es/cesco/investigacion/2006/2.pdf< /a >

Cita:
El comprador puede negarse a escriturar en tanto en cuanto no se conceda la licencia....

faltaría mas!!

Cita:
El comprador puede resolver (aunque haya escriturado) con devolución de las cantidades entregadas, sus intereses e indemnización de daños y perjuicios si una vez vencido el plazo de entrega efectiva el edificio no ha obtenido licencia de primera ocupación

todos tenemos fechas límites en los contratos... que cada cual saque sus consecuencias (ya lo se pachanoi, al enemigo ni agua!!)

Cita:
Si decide no resolver, no debe ocupar la vivienda aunque le sea entregada de forma efectiva porque comete una infracción urbanística y porque puede verse privado del uso por la Admon competente

en esto estamos de acuerdo todos





no confundamos a la gente....lo del incumplimiento de la fecha de entrega y devolución de los pagos a cuenta.....NO ES CIERTO!!!!


lee primero y luego intenta entenderlo, si lo consigues di porque es cierto o no, hasta entonces ya sabes, vuelve a leer y vuelve a intentar entenderlo

 
B
Boomerang2
04/11/2008 21:12
ST77XX dijo:

interesante documento:

< a href=http://www.uclm.es/cesco/investigacion/2006/2.pdf target=_blank >http://www.uclm.es/cesco/investigacion/2006/2.pdf< /a >

Cita:
El comprador puede negarse a escriturar en tanto en cuanto no se conceda la licencia....

faltaría mas!!

Cita:
El comprador puede resolver (aunque haya escriturado) con devolución de las cantidades entregadas, sus intereses e indemnización de daños y perjuicios si una vez vencido el plazo de entrega efectiva el edificio no ha obtenido licencia de primera ocupación

todos tenemos fechas límites en los contratos... que cada cual saque sus consecuencias (ya lo se pachanoi, al enemigo ni agua!!)

Cita:
Si decide no resolver, no debe ocupar la vivienda aunque le sea entregada de forma efectiva porque comete una infracción urbanística y porque puede verse privado del uso por la Admon competente

en esto estamos de acuerdo todos





no confundamos a la gente....lo del incumplimiento de la fecha de entrega y devolución de los pagos a cuenta.....NO ES CIERTO!!!!
 
P
pachanoi
04/11/2008 18:12
Lo que está claro, es que todos los que firmen en esta situación, solo podrán hacerlo subrogándose al prestamo del promotor.

El resto de bancos van a exigir la cédula para poder escriturar.

Saludos
 
D
De De Ramone
04/11/2008 17:08
hola,si la vivienda esta terminada y la licencia estaen tramites,la vivienda es perfectamente transmisible,por eso se estan entregando,es legal,pero si quieres no firmas,todo depende del comprador,no problem.
 
ST77XX
ST77XX
04/11/2008 16:46
pachanoi dijo:

Según comentan, no es posible escriturar sin cédula desde este mes de Julio. ¿Alguien sabe algo al respecto?

Saludos


si es posible, la prueba está en los atrevidos que ya han escriturado y tienen las llaves de su casa (o de su obra según como se mire)

 
P
pachanoi
04/11/2008 15:29
ST77XX dijo:

interesante documento:

< a href=http://www.uclm.es/cesco/investigacion/2006/2.pdf target=_blank >http://www.uclm.es/cesco/investigacion/2006/2.pdf< /a >

Cita:
El comprador puede negarse a escriturar en tanto en cuanto no se conceda la licencia....

faltaría mas!!

Cita:
El comprador puede resolver (aunque haya escriturado) con devolución de las cantidades entregadas, sus intereses e indemnización de daños y perjuicios si una vez vencido el plazo de entrega efectiva el edificio no ha obtenido licencia de primera ocupación

todos tenemos fechas límites en los contratos... que cada cual saque sus consecuencias (ya lo se pachanoi, al enemigo ni agua!!)

Cita:
Si decide no resolver, no debe ocupar la vivienda aunque le sea entregada de forma efectiva porque comete una infracción urbanística y porque puede verse privado del uso por la Admon competente

en esto estamos de acuerdo todos





A destacar también el siguiente punto:

Si se firma sin dicha licencia, el comprador pasa a ser el responsable ante la administración de todos los cambios a realizar para la concesión de licencia. OJO CON ESTO!!!!

Mirad el siguiente foro:
http://www.nuevosvecinos.com/general/1671514_cedula_habitabilidad.html

Según comentan, no es posible escriturar sin cédula desde este mes de Julio. ¿Alguien sabe algo al respecto?

Saludos
 
ST77XX
ST77XX
04/11/2008 14:30
y sacado de la web del Ayuntamiento:

http://www.ayto-villalbilla.org/licencias.htm


Cita:
Una vez terminada la construcción de una nueva vivienda o nave industrial (obra mayor) y antes de la ocupación de la misma, se debe solicitar al Ayuntamiento la Licencia de Primera Ocupación, mediante el impreso de solicitud normalizado.

Para conseguir está licencia hay que presentar en el Ayuntamiento el Certificado de Fin de Obra firmado por el arquitecto autor del proyecto de la vivienda y visado por el Colegio de Arquitectos, el Impreso de Hacienda 902 cumplimentado y sellado por la Delegación de Hacienda y copia de la licencia de obras concedida por el Ayuntamiento.

Con todo ello, los Servicios Técnicos Municipales realizan una inspección a la vivienda o nave industrial para comprobar que la edificación se ha realizado conforme a la licencia de obras concedida en su día y que los servicios públicos no han sido dañados en el transcurso de las obras.

Si la documentación presentada es correcta y la inspección conforme, los técnicos municipales emiten informe positivo y se concede la licencia de ocupación mediante el correspondiente decreto y previo pago de las tasas municipales.

Si el informe de los técnicos municipales es negativo, se comunican al solicitante las anomalías detectadas para que las subsane, bien presentado la documentación requerida o bien presentado un proyecto reformado si la edificación es superior a la concedida en la licencia de obras.

Una vez concluido todo el proceso, informe positivo, decreto de concesión, pago de las tasas y comprobado que no se han dañado los servicios públicos, el Ayuntamiento procede a la devolución de la fianza depositada en el momento de concesión de la licencia de obras y que quedaron reflejadas en el decreto.

El acto administrativo de la concesión de la licencia de primera ocupación, trata de comprobar que la edificación se ha realizado según el proyecto presentado y garantizar que el solicitante inscriba la vivienda en Hacienda, requisito imprescindible para pagar el IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles).

Las leyes vigentes contemplan que las compañías suministradoras de servicios públicos (teléfonos, electricidad, gas y agua), no deben conceder el suministro del servicio si previamente no se ha conseguido la licencia de primera ocupación. Así mismo las ordenanzas municipales prevén sanciones a quienes no soliciten la referida licencia.



según el último plano que colgaron en descargas:

¿va a coincidir el proyecto presentado con las viviendas construidas?


 

Fin del hilo
Mensajes Relacionados
  • 13 (2009)
    © 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
    Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
    Vocento