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G
Gurb
26/03/2004 11:02

y un huevo de pato!!

¿Cuándo tengo derecho a indemnización por tardanza en la firma de un contrato?

696 lecturas | 2 respuestas
O sea que si la tardanza se mide desde marzo yo ya firmé con retraso, porque a mí me dieron de plazo el mes de junio de 2005. Eso quiere decir que con esperar cuatro meses a partir de esa fecha ya me tienen que indemnizar. Pues allá ellos.
Por cierto a los futboleros les diré que esta vez será diferente. No voy a fumar un cigarro al menos 7 minutos antes y entonces ya verán.
Nos vemos el sábado.
Oye, de verdad son tan malas las calidades? Pues vaya faenita no?
 
S
Soniaina
26/03/2004 14:39
porque son pésimas. Hay que reconocerlo, en la memoria de calidades nombran a Porcelanosa por ejemplo y eso ni se acerca a ser similar ni un poquito. He visitado muchas urbanizaciones y desde luego tienen muy a mi pesar mejores calidades que los nuestros tal y como prometían en campaña
 
L
luisar
26/03/2004 13:14
No sé si con 4 meses de retraso te indeminarán, lo que sí me dijeron es que cuando vosotros firmasteis el contrato ya sabian que iba a ver retrasos porque era necesario urbanizar antes de empezar nuestras obras, y que no os querian engañar.

Por cierto por qué dices que las calidades osn malas?
 

Fin del hilo
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