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J
Jove
03/01/2005 19:09

Carta certificada

¿Qué se tratará en la reunión sobre los módulos de Viviendas de Protección Pública en C-Hernan Cortes?

577 lecturas | 4 respuestas
Yo ya he leido la carta que ha enviado Europa Sur, basicamente dice: reunión en C/Hernan Cortes, 11 a las 18:00, para tratar:

1. Información de la actualización de los módulos de Viviendas de Proteción Pública y adopción del acuerdo sobre su aplicación.
2. Información general.

Ahora bien yo me pregunto, ¿adopción del acuerdo sobre su aplicación?, ¿qué aplicación? De hecho creo recordar que no nos afectaba la subida. Quiero imaginar que es sólo para explicar a todo el mundo lo que han explicado a aquellos que hemos llamado, y espero que no sea para decirnos que realmente sube el precio de nuestars viviendas. Si alguien ha hablado con Fogesa y sabe algo más que lo diga por que yo estoy un pelin en ascuas.
 
A
Allwars
04/01/2005 23:35
Bueno pues si es así a malas, malas se nos quedaría el piso como esta y si no bajaría de precio cosa que dudo mucho, por lo tanto sólo nos queda informarnos bien de todo para ir preparados a esa reunión por si acaso, por que el llamar allí para informarse y escuchar a la querida Remedios es como tirarse de un puente para abajo, que podía ser más agradable. PACIENCIA, MUCHA PACIENCIA VECINOS Y A ESPERAR.
SALU2.
 
Y
yokin
04/01/2005 18:45
Él asunto es que todos hemos firmado un contrato con la cooperativa por un precio de la vivienda que ya directamente absorve la subida del módulo. De hecho, antes que apareciera la noticia de la subida del módulo los pisos de nuestra cooperativa eran de los más caros, no se ajustaban a ningun módulo. Es más, yo creo que ellos se anticiparon a dar el precio ya sabiendo que habría una subida del módulo ; lo que no se imaginaban es que iba a haber toda esta móvida y que la Espe se iba a echar atras. No se, vosotros qué creeis.
 
A
Allwars
03/01/2005 23:33
De todas maneras esto es lo que dice la orden que modifica la de la subida del modulo:
Artículo único:
Se modifica el artículo 4 de la Orden 2863/2004, de 8 de noviembre, por la que se adecuan los precios máximos de venta de las viviendas protegidas a lo dispuesto en el Real Decreto 1721/2004, de 23 de julio, que queda redactado en los siguientes términos:

«1. Los precios máximos de venta establecidos por la presente Orden serán de aplicación únicamente a aquellas viviendas que se califiquen provisionalmente, obtengan el visado del contrato de opción de compra o de compraventa, para el caso de adquisición protegida de vivienda existente, o se arrienden con posterioridad a la entrada en vigor de la presente Orden.

2. No obstante lo establecido en el párrafo anterior, cuando se trate de promociones de Viviendas con Protección Pública para venta o uso propio para las cuales se haya solicitado su calificación provisional con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Orden y que se encuentren pendientes de calificación provisional a dicha fecha, la aplicación de tales precios máximos de venta exigirá el cumplimiento de los siguientes requisitos:

a) Que el promotor solicite expresamente su aplicación.

b) Que si se hubieren suscrito, respecto de las viviendas que integran la promoción, contratos de compraventa u opción de compra o títulos de adjudicación o se hubieren percibido cantidades a cuenta del precio, todos y cada uno de los adquirentes o adjudicatarios de las mismas, con carácter previo, consientan su aplicación. A estos efectos, dicho consentimiento deberá efectuarse de forma expresa mediante escrito de fecha posterior a la entrada en vigor de la presente Orden, no siendo válido el efectuado en el propio contrato de compraventa u opción de compra o título de adjudicación.

c) Que si no se hubieren suscrito, respecto de las viviendas que integran la promoción, contratos de compraventa u opción de compra o títulos de adjudicación o no se hubieren percibido cantidades a cuenta del precio, el promotor deberá manifestarlo expresamente en la propia instancia por la que solicita la aplicación de los nuevos precios máximos de venta.

3. En todo caso, en las promociones para venta o uso propio que se lleven a cabo sobre suelos adjudicados por las Administraciones Públicas o Entidades dependientes de las mismas, con anterioridad a la entrada en vigor de esta Orden, serán de aplicación los precios máximos de venta establecidos por la Orden 496/2004, de 16 de marzo, de esta Consejería.

...y yo entiendo que aunque Fogesa no haya solicitado la calificación provisional antes del 08 de noviembre, con el punto 3 no nos afecta la subida ni de coña.
Por cierto, ¿alguien sabe cuando solicitó la calificación?
...ah y otra cosa, yo no me fiaría mucho de lo que dicen por teléfono ya que han demostrado en muchas ocasiones que mienten para que no les des la plasta.
Saludos.
 
A
Allwars
03/01/2005 23:02
¿que día es la reunión? A mi también me tienen mosqueado, porque estos encima que ya me parecen más caros los pisos que en otras cooperativas, si encima aplican la subida del módulo, se van a poner por las nubes. Espero que no sea así.
 

Fin del hilo
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