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Aries
Aries
25/05/2004 19:45

Libro de edificación

¿Es obligatorio entregar un libro de la edificación para chalets?

2.250 lecturas | 22 respuestas
Buenas a todos, como os veo muy animados ahí va otro tema de debate:

Al igual que la L.P.H. obliga al promotor de viviendas en altura a entregar un libro de la edificación sobre por donde pasan en las casas las conducciones de agua, gas, luz ; indica todos los agentes que han intervenido en la construcción del bloque ; calidades de materiales ; etc, etc ; Sabeis si para los chalets es también obligado ???

Me quiero imaginar que sí, pero no estoy seguro. Sería interesante que lo averiguaramos.

Un saludo.
 
M
MByJ
01/06/2004 11:36
He recogido de: http://www.abc.es/inmobiliario/actualidad/noticia.asp?dia=hoy&id=1814&pq=
Memoria de calidades
.... Si bien el vendedor suele cumplir con la obligación de entregar este documento, existe en España una tendencia generalizada a entregar memorias inconcretas. Ante ellas, el consumidor sólo tiene la opción de adquirir la vivienda o desistir de ello. Lo deseable es, por tanto, una mayor definición de cada uno de los materiales, marcas y gamas que revestirán la casa, en un documento frente al que no quepa incumplimiento alguno.
También el retraso en la entrega de la vivienda (sólo 35 de los casos estudiados por la OCU cumplían los plazos fijados) da lugar a la indemnización correspondiente, por ser elemento esencial del contrato de compraventa.
Quejas y responsabilidades
El consumidor debe, en primer lugar, mandar un burofax con certificación de texto y acuse de recibo con una petición de subsanación del defecto.
Ante la persistencia del daño, el propietario puede acudir a la vía de los tribunales....
 
Aries
Aries
29/05/2004 19:19
Te preguntaba lo de la OCU porque yo también soy socio. Bueno, en el foro al menos ya somos dos los asociados a esta organización de consumidores.
Les llamé el otro día a la Asesoría para ver que me indicaban sobre el Libro pero no pude hablar con ellos.

Un saludo.
 
C_y_A
C_y_A
29/05/2004 12:12
Buenas,
Si Aries, soy socio de la OCU. Además de recibir mensualmente las revistas, que traen bastante información siempre muy interesante que te permite estar al tanto de muchos y variados asuntos, hace algún tiempo descubrí que tiene una ventaja muy atractiva: si tienes algún problema como usuario con cualquier empresa, de forma que tus derechos como consumidor resultan dañados y no eres capaz de hacerlos valer, puedes solicitar la mediación de la OCU. Ésta resulta efectiva en un gran número de casos, los cuales publican habitualmente en la revista para conocimiento de todos los socios. En mi caso particular, mantuve un litigio con Gas Natural durante más de 1 año, y finalmente se resolvió a mi favor gracias a la mediación de la OCU: cuando intervinieron en el conflicto, el talante de la empresa cambió radicalmente y la resolución del problema fue prácticamente inmediata. Me imagino que ello será debido a que en general las empresas intentan dar una buena imagen ante la OCU, para evitar en el futuro ser el centro de sus investigaciones y consiguientes informes, los cuales suelen tener bastante repercusión en la opinión pública en materia de consumo.
Además, al ser socio tienes acceso a un servicio de Asesoría Jurídica (expertos en varias materias diferentes), que te permite realizar consultas telefónicas, por fax, por e-mail. Lo he usado en muchas ocasiones, y lo cierto es que te proporcionan una información muy clara y fiable, bien en el instante o a los pocos días (si necesitan consultar algún detalle para asegurarse de la información que van a facilitarte).
Por último deciros que si deseais consultar algún tema en concreto, decídnoslo y con gusto realizaremos la consulta por vosotros. Después publicaríamos la información.
Saludos
C_y_A
 
Aries
Aries
28/05/2004 16:41
Pues nada chic@s teniendo todo esto claro, ya sabemos lo que tenemos que hacer.

Por cierto C_y_A, por curiosidad, eres socio de la OCU ??
Te lo pregunto porque ya en varías ocasiones he visto que haces mención a las revistas de la OCU, las cuales nos van a venir de maravilla para toda este tema.
No obstante ya estaré igualmente al tanto porque yo también tengo acceso a esas revistas.

Salu2.
 
C
CaneteyRosi
28/05/2004 11:50
Hola a todos,

Muchas gracias por todo esta información, ya me ha quedado claro que es a la entrega de llaves cuando lo tienen que dar. MByJ es muy buena idea lo que has sugerido de recopilar toda la información para que a la hora de la verdad no se nos pase nada por alto.

Un saludo,
Rosi
 
M
MByJ
28/05/2004 09:35
Gracias Choleck y C_y_A por vuestra información, creemos que es muy interesante y deberemos contar con ella cuando nos vayan a entregar las viviendas. Lo cierto!, es que nos estamos haciendo con un dossier bastante completo, lo malo es que los árboles impiden ver el bosque y nuestras recopilaciones se pierden en una maraña de mensajes, así que en cuanto tenga tiempo me propongo hacer un estracto y ordenar en lo que pueda las direcciones o documentos que en su día deberemos aplicar, en fin cuanto mas tarde lo haga mas tiempo me llevara así que me lo pronpondré para antes de julio y luego solo será cuestion de mantenerlo (espero que sea viable!).
Salu2 a tod@s.
 
C_y_A
C_y_A
28/05/2004 01:05
Buenas,
El pasado 25 del presente mes la OCU ha publicado el siguiente interesante estudio sobre las viviendas de nueva construcción, que viene a darnos la razón a todas nuestras quejas referentes a la memoria de calidades y a otras cuestiones.
Sólo copio una pequeña parte del mismo, pero os recomiendo que lo leais completo porque no tiene desperdicio:
http://www.ocu.org/map/show/6651/src/124351.htm
La OCU advierte que las viviendas de nueva construcción se entregan con deficiencias constructivas(25/05/2004 )
La OCU ha realizado un estudio sobre la calidad constructiva de viviendas de obra nueva para comprobar si éstas están bien diseñadas para cumplir su función y reúnen las debidas condiciones de seguridad y habitabilidad. Se visitaron un total de 82 viviendas en las provincias de Madrid, Barcelona y Valencia que habían sido recientemente entregadas. La conclusión más relevante es que el 100% de las viviendas visitadas por la OCU presentaban defectos de acabado que motivaron una reclamación por parte del propietario. El estudio íntegro se publica en la revista OCU-Compra Maestra del mes de junio.
El estudio de la OCU revela que los quebraderos de cabeza para el propietario comienzan pronto. Más de la mitad de las viviendas visitadas no se entregaron en la fecha prevista en el contrato de compraventa ; en algún caso este retraso llegó a superar el año y medio lo que supone un grave perjuicio para el adquirente.
Otro incumplimiento flagrante es la no entrega de la memoria de calidades. Siete promotores de las 82 viviendas visitadas por la OCU no entregaron este documento. Del resto, solo en tres casos se puede considerar que se entregó una información completa. En la mayoría de los casos, las memorias de calidades eran muy poco concretas y se limitaban a una enumeración genérica de los tipos de materiales que se van a emplear sin detallar modelos concretos. La coletilla "o similar" que se añade al final de la marca no es aceptable por su falta de concreción, ya que deja abierta la puesta a cualquier cambio en los materiales a utilizar.
Los acabados son el punto débil de la construcción, el 100% de las viviendas visitadas por la OCU presentaba defectos de este tipo. Si bien es cierto que estos fallos no afectan gravemente a la habitabilidad de la vivienda, son defectos que el propietario está viendo continuamente y un buen acabado contribuye sin duda al confort de la vivienda.
A la vista de las conclusiones extraídas del informe, la OCU ha solicitado al Ministerio de la Vivienda, Ministerio de Sanidad y Consumo y Comisión de Fomento y Vivienda del Congreso de los diputados:
- Definición del contenido mínimo de las memorias de calidades al igual que ocurre ya en otros países. De este modo el adquirente sabría realmente que tipo concreto de material se va a utilizar en su vivienda y no como ocurre en la actualidad que se trata de un documento meramente orientativo.
- Control previo por parte de los Servicios de Consumo de las Comunidades Autónomas de las condiciones generales de los contratos de Compraventa de vivienda nueva

Saludos
C_y_A



 
C_y_A
C_y_A
27/05/2004 23:52
Buenas,
Muchas gracias por la interesante información.
El día de la quedada comentamos nuestras preocupaciones por conocer que documentos regulan las condiciones que debe reunir la construcción de una vivienda nueva (por ejemplo, dónde está recogido que no tengan obligación de instalar persianas en la planta baja). Nosotros comentamos que se estaba elaborando un nuevo Código Técnico de la Edificación, CTE, el cuál podría afectar a la construcción de nuestras viviendas. Pues bien, he podido comprobar que creo que no será así, dado que aún no ha entrado en vigor (aunque está apunto de hacerlo, con casi 2 años de retraso), y cuando lo haga creo que no afectará a la construcción de nuestras vivendas, basándome para ello en lo siguiente:
Proyecto de Real Decreto por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación, CTE, de 30 de octubre 2003.
Podeis encontrarlo en el siguiente enlace:
http://www.miliarium.com/Paginas/Normas/CTE/01_de_11_RD_y_P1.pdf
Disposición transitoria
1. No será de aplicación preceptiva el Código Técnico de la Edificación, CTE, aprobado por el presente Real Decreto:
a) a los edificios que a la entrada en vigor del mismo estén en construcción o con licencia de construcción solicitada (nuestro caso) ;
b) a los proyectos aprobados por las Administraciones Públicas competentes o visados por colegios profesionales, a la fecha de entrada en vigor de este Real Decreto, siempre que la licencia se solicite en el plazo de un año a partir de la entrada en vigor
de este Real Decreto (nuestro caso).
2. No obstante lo anterior, los proyectos y obras a los que se refieren los párrafos anteriores podrán ser adaptados en su totalidad a lo establecido en el Código Técnico de la Edificación (esto entiendo que es de caracter voluntario).

Por otro lado, es la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE) ya mencionada en los anteriores mensajes la que marca las normas aplicables en estos momentos. Podeis encontrarla en el siguiente enlace:
http://www.codigotecnico.org/espa/LOE.pdf
Disposición final segunda. Autorización al Gobierno para la aprobación de un Código Técnico de la Edificación.
Se autoriza al Gobierno para que, mediante Real Decreto y en el plazo de dos años a contar desde la entrada en vigor de esta Ley (lo hizo el 6 de mayo de 2000), apruebe un Código Técnico de la Edificación que establezca las exigencias que deben cumplir los edificios en relación con los requisitos básicos establecidos en el artículo 3, apartados 1.b) y 1.c).
Hasta su aprobación, para satisfacer estos requisitos básicos se aplicarán las normas básicas de la edificación-
NBE que regulan las exigencias técnicas de los edificios y que se enumeran a continuación:
NBE CT-79 Condiciones térmicas en los edificios.
NBE CA-88 Condiciones acústicas en los edificios.
NBE AE-88 Acciones en la edificación.
NBE FL-90 Muros resistentes de fábrica de ladrillo.
NBE QB-90 Cubiertas con materiales bituminosos.
NBE EA-95 Estructuras de acero en edificación.
NBE CPI-96 Condiciones de protección contra incendios en los edificios.
Las Normas Básicas de la Edificación-NBE podeis encontrarlas en el siguiente enlace:
http://www.mfom.es/vivienda/normativa/NormNBE.html
Asimismo, se aplicará el resto de la reglamentación técnica de obligado cumplimiento que regule alguno de los requisitos básicos establecidos en el artículo 3.
Y en este artículo 3 está lo verdaderamente importante, aunque por desgracia no indica expresamente la reglamentación técnica que regula cada uno de los requisitos básicos que contiene. Será cuestión de buscar por ahí con paciencia. Os resumo el artículo 3, pero os recomiendo que lo leais completo usando el enlace que he apuntado antes de la LOE.
Artículo 3. Requisitos básicos de la edificación.
1. Con el fin de garantizar la seguridad de las personas, el bienestar de la sociedad y la protección del medio
ambiente, los edificios deberán proyectarse, construirse, mantenerse y conservarse de tal forma que se satisfagan
los requisitos básicos siguientes:
a) Relativos a la funcionalidad.
b) Relativos a la seguridad.
c) Relativos a la habitabilidad.

Disculpad la extensión del mensaje, pero creo que su gran importancia lo justifica.
Saludos
C_y_A
 
LuciayVicente
LuciayVicente
27/05/2004 21:07
Muchas gracias, Coleck. Lo tendremos en cuenta a la hora de la entrega de llaves (que esperemos sea lo antes posible).

Recibe un saludo!!!
 
C
Choleck
27/05/2004 20:49
Se me olvidaba poner este artículo, también muy importante: " Al término de la obra, el director facultativo entregará al propietario un ejemplar del Libro del Edificio (...). En el caso de una comunidad de propietarios, otro ejemplar se entregará al presidente, en su calidad de representante de la misma".

Ta tá. No os canso más.
 
C
Choleck
27/05/2004 20:46
Hola, chic@s
Os cuento: La ley 2/1999 de Medidas para la calidad de la edificación obliga a emitir el libro de edificación y entregar un ejemplar en le ayuntamiento para poder dar la cédula de habitabilidad. De forma que el libro lo tienen que hacer obligatoriamente.

Por otro lado, también es obligatorio que lo entreguen a los propietarios y al presidente de la comunidad, en el caso de existir zonas comunes.

Esto se aplica tanto a pisos como a chalets. De hecho, aqui os transcribo partes de la ley que me parecen muy interesantes, no sin antes advertiros de que, este libro se entrega una vez construida la vivienda, a que antes no está terminado, pues en él constan todas las modificaciones al proyecto inicial, etc. No obstante, he leido en algunos articulos sobre fraudes y trikiñuelas en materia inmobiliaria que algunas promotoras incumplen la ley al no entregarlo. De forma que, cuando vayamos a firmar las escrituras,que es cuando nos lo tienen que entregar, deberiamos hacer constar ante notario si no nos lo han entregado, para luego poder reclamar y que vean que no somos tont@s.

Bueno, tras este charlote, os transcribo parte de la ley:

La ley se aplica a "los edificios que se construyan dentro de la Comunidad de Madrid (...)se entiende por edificio todo bien inmueble que haya sido construido, reformado o rehabilitado para ser destnado a vivienda (...)el término edificio se refiere tanto a todo el inmueble como a sus partes o elementos según el uso alq eu estén destinados, así como a la urbanización adscrita al mismo".

Art. 20 "Ventas sobre plano": "Si la venta del edificio se hace sobre plano, en le momento de su entrega material (la entrega de llaves, ya sabeis) se hará constar en un acta de entrega que el promotor ha puesto a disposición del adquirente el Libro del Edificio y que ésta cuenta con las licencias o autorizaciones para su primera ocupación, uniéndose copia de las mismas a dicho documento".

Art. 14.4: "No se otorgarán licencias d eprimera ocupación o cualquier otro documento que con ese fin prescriban las normas vigentes si no consta qyue el Libro del Edificio se ha depositado en el Ayuntamiento correspondiente".

Un saludo ;)
 
Aries
Aries
26/05/2004 19:35
Lo que marque la normativa no lo sé. Entiendo que lo normal es que lo dieran un poquito antes de la entrega de llaves o a lo sumo en el momento de la compraventa.

Tampoco creo que sea lógico empezar a pedirlo un año y medio antes de que den la vivienda, entre otras cosas porque probablemente ni ellos mismos tengan la información exacta (siempre puede haber variaciones de última hora).

Salu2.


 
C
CaneteyRosi
26/05/2004 19:20
Hola a todos,

Da gusto estar en contacto con todos vosotros ¡os lo sabéis todo! Para nosotros es la primera vivienda que nos compramos y no tenemos ni idea de todas estas cosas. Por lo que entiendo en este caso la "normativa" esta de nuestro lado y nos lo tienen que dar. Entiendo que Fadesa, como en el caso del aval (aunque este especificado en al contrato) no va a llamar a nuestra puerta a darnóslo, asi que nos tocará solicitarlo y re-re-reclamarlo si tardan. Alguién sabe cuando te lo tienen que dar ¿a la entrega de llaves? o lo tenemos que ir pidiendo desde ya.

Si no es por vosotros Canete y yo no nos enteramos de na.
Un saludo,
Rosi
 
Aries
Aries
26/05/2004 18:45
Buenas chicos:

El tema es más serio de lo que parece. Un libro de este tipo viene muy bien además de para conocer quien ha intervenido en la construcción del chalet, también para conocer por donde van las conducciones. Lo que no puede ser es que el día que nos entreguen los chalets vaya uno con la taladradora acojonado por si se carga una conducción eléctrica o la conducción coaxial de la toma de Tv (por poner un ejemplo).

Por lo que deduzco del mensaje de pal miguel seguro que es obligatorio que nos entreguen el libro. Pues chicos para cabezón yo, en su día me costó unos cuantos meses y ponerme bastante serio para conseguir el aval, y con el tema del libro no va a ser menos.
Cuando falten unos meses para que nos entreguen las viviendas podemos exigirlo en bloque, que nos hacen caso bien.... y si no nos hacen caso, en el momento de la compraventa habrá que reflejarselo al notario para que lo anote y de fé, además evidentemente de reclamarlo luego por otras vías.

Salu2
 
P
palmiguel
26/05/2004 17:40
Hola a todos, sobre este famoso Libro de Edificación, os diré que hay una Ley 38/1999 Ordenación de la Edificación, "...esta Ley tiene por objeto regular los aspectos esenciales del proceso d ela edificación, estableciendo obligaciones y responsabilidades de los agentes q intervienen en el proceso..." Bueno no os canso + en el Capítulo II de esta Ley, el art. 7 dice:" Documentación de la obra ejecutada.Una vez finalizada la obra, el proyecto, con la icorporación, en su caso, de las modificaciones debidamente aprobadas, será facilitado al promotor por el director de obra par ala formalización de los correspondientes trámites administrativos. A dicha documentación se adjuntará, al menos, el acta de recepción, la relación identificativa de los agentes q. han intervenido durante el proceso de edificaicón, así como la relativa a las instrucciones de uso y mantenimiento del edificio y sus instalaciones, de conformidad con la normativa que le sea de aplicación. Toda la documentación a que hace referencia los apartados anteriores, que constituirá EL LIBRO DEL EDIFICIO, será entrewgada a los USUARIOS FINALES del edificio.
Bueno no os aburro +, esto es lo que hay. Salu2
 
C
calvi
26/05/2004 13:43
pues llevo dos semanas detrás de ello, pero como se lo he pedido a un comercial en concreto,los demás pasan la bola. En cualquier caso me ha dicho "mi comercial" que como le tienen que dar el plano en obra, la cosa va despacio. Yo no me hago muchas ilusiones a corto plazo, pero pesado soy un rato... con lo cual, lo terminaré consiguiendo.
Detalles: lo nuestro es un adosado en la L12, fecha de entrega octubre del 2006.

Los detalles de la cocina para mi son importantes, porque no sé si os habéis fijado, pero en la pared frente a la puerta de entrada de la cocina va un pilar de carga, y junto a el las bajantes de uno de los baños de arriba ; pues bien, ese saliente de la pared tiene fácil 40 cm de fondo, lo cual como podéis imaginar puede condicionar la colocación de toda la encimera de la cocina y especialmente de la campala extractora, que por narices la tienes que colocar donde ellos dejen el tubo de ventilación-salida de humos, salvo claro, que tu quieras desmontar todo el falso techo y ponerlo a tu gusto.

Ya veremos.
 
M
MByJ
26/05/2004 12:21
LuciayVicente, me parece estupendo que compartas la idea de ir sacando estos aspectos técnicos en nuestras inesperadas visitas a la obra, también estamos de acuerdo en que las medidas y fotos ni tienen todo el rigor técnico ni son transportables a todos los adosados o pareados pero en su mayoria seran aplicables y encima nos iran destacando diferencias que no estara mal en reseñar pues asi podremos saber ciertas complicaciones o errores que van surjiendo sin que con ello quiera decir que esto va a quedar en un seguimiento sin tregua pues a nadie se le escapa lo complejo que va a resultar y por tanto con sacar algo será mas que nada! no?
Un saludo
 
LuciayVicente
LuciayVicente
26/05/2004 12:18
Se te agradecerá enormemente si lo consigues al final, Calvi. ¿Cuánto hace que vas detrás de ello?¿Tú tienes adosado o pareado?

Quizá pase yo un día y pida los correspondientes detalles del salón. Ya os contaré.

Hasta luego!!
 
C
calvi
26/05/2004 12:13
TEMA SENSIBLE
Os cuento mi caso, yo desde el primer día les pedí que me diesen detalles técnicos de la cocina: localización de cañerías, desagües, y evacuación de gases... ya sabéis, para saber dónde puedo colocar la cocina, el fregadero, el lavavajillas.. y diseñar la cocina a tu gusto. Pues bien, estoy detrás de los comerciales y me han dicho que han pedido los planos a los correspondientes encargados de la obra, aunque aún estoy esperando. Ni qué decir tiene que en cuanto lo consiga lo mando a la webmaster.

Supongo que si lo intentamos, puede que consigamos estos y otros detalles del resto de la casa. A por ello!
 
LuciayVicente
LuciayVicente
26/05/2004 11:06
MByJ, Quel, Aries,me parece una idea muy acertada la de ir haciendo fotos a todos los elementos posibles mientras van avanzando las obras. Por nuestra parte, intentaremos ir provistos de la cámara de fotos y el correspondiente metro cada vez que entremos en una vivienda del PAU e intentaremos sacar el mayor número posible de fotos y tomar medidas.

Un problema que veo es que no sabemos si las mismas condiciones se van a dar por igual en cada adosado/pareado de las urbanización. Igual existe alguna irregularidad en la construcción de una vivienda y no se vuelve a repetir en otra.Por eso, me parece que va a resultar un aspecto bastante complicado de detectar.
Una posible solución sería, en caso de que se detectara alguna anomalía y, para saber si existe a nivel general, comprobar si el problema persiste en las viviendas colindantes, en otra parcela cercana y, en caso afirmativo, en el resto de parcelas.

No sé, ¿qué propuestas se os ocurren?.

Lo ideal sería que cada uno fuéramos controlando el avance en la construcción de nuestra propia vivienda e ir transmitiendo en el foro los posibles problemas detectados o los aspectos interesantes a destacar, pero los de las parcelas colindantes con la carretera lo tenemos más difícil y,según transcurra el tiempo, creo que se complicará más aún (en todas las parcelas). En fin, veremos que pasa.......

Que tengais buen día!!!
 
M
MByJ
26/05/2004 09:25
Tengo varios amigos que hace poco se han hecho con un chalet en Aranjuez y ninguno ha conseguido el famoso libro de edificación es más! les consta que del proyecto aprobado por el ayuntamiento a la realidad hay un abismo, por lo que me han sugerido que si puedo hacer fotos y tomar medidas durante la construcción sería de gran ayuda para obras y chapuzas posteriores, por lo que propongo que siempre que alguién consiga entrar en la obra, si pueda fotografie estos detalles, en la primera quedada pudimos ver pintada por donde iba a ir una roza para las llaves de luz, hasta no vendría nada mal ir provisto de un metro y hacer unas cuantas medidas y sacar algún croquis, desde luego cuando me vuelva a colar lo intentaré.
Por otro lado me voy a intentar informar si tenemos o no derecho a algún reporte técnico.
Para nosotros el que hayas sacado este tema ahora nos parece muy oportuno e importante y desde luego por nuestra parte vamos a poner interés en ver a que tenemos derecho y a obtener cuantos datos técnicos esten al alcance nuestro.
Un saludo.
 
Q
quel
25/05/2004 21:06
No conozco en profundidad la Ley de Propiedad Horizontal, pero en el caso de los adosados se denominan Propiedades Horizontales Tumbadas. DE momento no puedo aportar más.

Salu2,

Quel
 

Fin del hilo
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