Volver al foro
Y
YUCOIN
11/03/2011 14:06

MARTINSA FADESA emerge de la suspensión de pagos.

¿En qué se ha destinado el dinero de los avales y cómo se han ejecutado en Martinsa Fadesa?

2.408 lecturas | 27 respuestas

Ahora sólo falta que venga a ver como se han ejecutado sus AVALES y para que se ha destinado su dinero. Como no se de prisa... al DIONI le quedan 3 telediarios.

http://www.labolsa.com/noticias/20110311131909001/economia-empresas-martinsa-fadesa-emerge-de-la-suspension-de-pagos/

 
B
bunibo
23/03/2011 09:16

Creo que no has entendido lo que te quiero decir. Te he dado la razón y sólo te digo que estás retando a quien quiera aceptar el reto  a que te de argumentos contra elucubraciones y eso es echarle un poco de cara al asunto. Si elucubras, pues pide que alguien elucubre otra cosa, no que aporte argumentos a las elucubraciones. Es más bien algo de concepto.

En este caso en concreto no diferimos , sólo quería recalcar ese pequeño matiz.

Salu2

 
poderdelavara
poderdelavara
23/03/2011 00:56

Muchas gracias socio91 por molestarte en buscar y compartir esta información con nosotros.Yo creo que el asunto está más o menos claro y tenemos a mi humilde parecer sólo 2 opciones, (sobre los vicios ocultos de las viviendas particulaaaaaaares, que no sobre los avales) a saber:

1ª no hacer nada y seguir quejándonos eternamente (y que los nuevos compradores de viviendas paguen los desperfectos de las viviendas como nosotros hemos pagado y reparado los nuestros, egoísta por nuestra parte pero muy español).

2º pasar a la acción por pequeña que sea, bien a través de la AVBM o a través de un grupo de vecinos que unan esfuerzos y dinero si hace falta.Si descubrimos que legalmente no tenemos derecho a reclamar, pues al menos tendremos la conciencia tranquila, pero si sirve para que Fadesa repare desperfectos en algunas viviendas por que estén obligado a ello, habrá merecido la pena, el tiempo y el dinero dedicado.

y consecuentemente con la 2º opción ¿estamos dispuestos a unirnos para hacer algo? el hecho de poder juntarnos en un bar o cualquier sitio y poder hablar de ello ya sería un logro. Que estamos hablando de nuestros intereses, no de algo tan lejano como lo que pasa en Egipto o Llibia...un saludo a todos.

 
socio91
socio91
22/03/2011 22:07

Mis elucubraciones no son pueriles, están fundamentadas en el derecho que nos asiste según la ley de protocolo de actuaciones de recepción de obras de urbanización que tipifica en su apartado 4 la responsabilidad de las promotoras con respecto a los vicios ocultos.
 

Dices, ¿ que echo mucha cara ?, te equivocas como siempre, no creo que sea pedir demasiado a nuestra clase política que se pronuncie en un tema como el de los avales y de su correcta aplicación. Hay que tener en cuenta, que el monto total de nuestros avales supone el 30% del total de ingresos presupuestarios y un 800% ( digo bien 800%) de la partida que nuestro Ayuntamiento tiene destinada para inversiones en el presente ejercicio. Alguno es tan iluso, que lo mismo piensa que el dinero apropiado de los avales tendrá vía de retorno. No os engañéis, esto lo hemos perdido sin efecto bumerán.

Como ves, no hago lo mismo que tú, pronunciarme gratuitamente, ¿ quien es el que echa cara ?, yo me he preocupado de averiguar que ley nos puede amparar del abuso y contubernio que tanto promotoras como equipos de gobiernos locales y regionales haciendo de su capa un sayo, unos urbanizando y construyendo de forma deficiente y otros permitiéndolo, dotaron sus cuentas de resultados con ingentes beneficios. Es justo, pedir responsabilidades a sus actores en la medida que les competa, para ello, cualquier iniciativa que vele o demande este tipo de actuaciones es bien recibida, si además, esta, se fundamenta en derecho es coercitiva. Por lo tanto, todo aquello que dimane en la defensa del colectivo vecinal, no es asunto baladí y debería de contar con el apoyo del resto de los interesados, al no ser, que tus intereses sean otros.

Algunos, no muchos, me habéis demandado posiciones mas activas en la defensa del barrio, unos, apelaron a mi excesivo tiempo lúdico que según ellos disfruto, otros, me lo demandaron para poder apagar mis críticas y los menos, vieron en mí persona cualidades de buen gestor.
 

Pues bien, es verdad, que soy tal cual como me pronuncio en este foro y muchos de vosotros tenéis una foto de mi perfil mucho mayor que yo del vuestro, pero del 100%, el porcentaje de conocimiento de un usuario en un foro de este tipo, no creo que exceda del 10%, que eso es lo que conocéis de mí, sin duda, es bastante, ya que muchos, ese porcentaje lo tienen en negativo, quiero decir, que alguno de vosotros sois en este foro la antítesis de lo que sois en vuestra vida privada, algunos sois unos pobres diablos y aquí os creéis Dios ( jajajajajaja, esto es broma ¡ joder ¡) , pero a lo que vamos y dejando falsas modestias aparte, tengo el valor de llamar a las cosas por su nombre, no tengo prejuicios de expresar mis pensamientos acertados o equivocados y no rindo pleitesía a nadie, ¡ coño ¡, fui el primero en demandar a nuestra AVBM y hacerla pública una actitud menos pusilánime con la actual Junta de gobierno, por ello, fui insultado, injuriado y calumniado por disentir. Aquellos que son conocedores de su baja estima, buscaron su momento de gloria uniéndose a lo que ellos consideraban el grupo donde se veían representados y no dudaron un momento en sacar su artillería ligera para hacerse de notar o para hacer causa común con el grupo disparando a discrección para intentar apagar la libertad de expresión. Y pregunto a todos esos ésos, ¿ pensáis vosotros, que vuestra actitud es mas plausible que la mía en defensa del interés general del barrio ?, ¿ que decís?, ¿QUE SI LO PENSÁIS?, ¡ coño ¡, pues si sois una mayoría, lo mismo hasta lleváis razón.
 

“Buni”, no te enteras ni del NO-DO. No ves que me estoy preocupando de trasladar a los vecinos información y encima me dices “ QUE ECHO MUCHA CARA “ . Y que sepas una cosa, que si te contesto es, porque aunque perteneces a la banda del cucurucho te sigo respetando.

Bueno, me voy a relajar un poco, que hoy he tenido que ir a la consulta del oculista y vengo algo cansado. Veo menos que rompetechos, cuando he pasado a la consulta me ha atendido un doctor muy delgado y muy alto, !joder!, he pensado, esto de la Seguridad Social cada día está peor, porqué nada mas abrir la puerta el tío estaba ahí, le he empezado a contar mis problemas y cuando llevaba no menos de 5 minutos de charla, oigo desde el final de la consulta, "pero oiga, venga usted aquí, que hace hablando con el perchero "  ya podían colgarse las batas en los cojones, si lo veís era igual al Doctor Montes, eso si, la cabeza le veía algunos salientes pero he pensado, ! mira !, como alguno de mis vecinos.

 

 
B
bunibo
22/03/2011 16:30

Su hay algo claro en este asunto es que los avales no valen para resolver los problemas concretos de las viviendas. Creo que esto no tiene vuelta de hoja.

Luego lo de si el talud se debe pagar o no con los avales, pues es algo que nadie sabe a ciencia cierta. A lo mejor lo que procede es arreglarlo con los avales(más que nada porque no hay más dinero por otro lado) ya que su arreglo no debe demorarse por seguridad,   y luego reclamar a quien corresponda la cuantía del arreglo.

 Por cierto socio, muy bueno lo que dices: quieres argumentos contra tus elucubraciones. Eso es tener un poco de cara ¿no?. Y  ojo que no te digo que tus elucubraciones sean erróneas, que seguro que no vas mal encaminado con ellas.

Salu2

 
jesanan
jesanan
22/03/2011 16:12

JCC28 dijo:

Vamos a ver, ¿es tan dificil entender lo de que están EJECUTADOS LOS AVALES?

Se supone que la ejución libera a Fadesa de cualquier responsabilidad, debido a que son esos avales los que garantizan cualquier actuación consecuencia de deficiencias en el desarrollo del proyecto según se concibió. ¿Como se os pasa por la cabeza que váis a poder reclamar a Fadesa? A lo mejor viene un megaletrado y lo desmiente, pero es que resulta de "cajón de madera de pino" ¿no creéis?

Saludos;)

 

JCC28, repito, que una cosas son los avales ejecutados por el Ayuntamiento para el urbanizado del barrio, y otra distinta los desperfectos que cada uno tenga en su casa, que tiene que reclamar cada uno.

Para las viviendas hay un seguro, que no aval, decenal, que cubre desperfectos estructurales de la vivienda,  y que incluye estructura, fachada y cubierta, pero como comentan más arriba, prácticamente tiene que estar cayéndose la casa para que hagan caso.

Del tema de si es correcto arreglar el talud con los avales del Ayuntamiento no me puedo pronunciar, no tengo ni idea del tema.

Un saludo.

 
poderdelavara
poderdelavara
22/03/2011 13:52

Estoy de acuerdo con socio91 en la exposición que hace, la verdad es que cuando escribe en serio es para quitarse el sombrero, por lo bien documentado que esta. 

Por eso yo digo que si reclamamos o llamamos individualmente a Fadesa nos van a torear,  otra cosa bien distinta sería en puesto que es un problema que atañe a una gran mayoria de nosotros, (me refiero una vez más a los vicios ocultos de las viviendas particulares y no a lo avales) fuesemos capaces de aunar esfuerzos y trasladar nuestras dudas a un gabinete jurídico especializado y conforme a lo que nos digan actuar. Os aseguro que no es lo mismo que llame a Fadesa "poderdela vara" que lo haga un abogado en representación de los vecinos del pau, pero la pregunta clave es ¿estamos dispuestos a hacer algo al respecto?¿estamos dispuestos asumir unos gastos en contraprestación a un posible beneficio para todos?

Creo que nuestra AVBM podría encauzar a través de ella este tema, independientemente de que tengamos que asumir gastos, tiempo y dedicación  los vecinos, un saludo a todos.

 
Aries
Aries
22/03/2011 13:20

Kili29 dijo:

JCC28, ¿ y el seguro decenal...a quién se reclama?

 

Yo reclamé directamente a ASEFA que es la empresa que suscribió la póliza a FADESA.

´Vinieron a mi casa y vieron los desperfectos que les reclamaba, pero me dijeron que la póliza que nos cubre sólo abarca graves defectos estructurales, así que ó la casa se te está medio derrumbando u olvidate.....

Un saludo.

 
socio91
socio91
22/03/2011 10:35

Lo que tengo claro es, que esto como otras muchos asuntos, necesita de una defensa jurídica experimentada en el sector inmobiliario que nos dijera las posibilidades de un fallo a nuestro favor.  El tema es, que como todo cuesta dinero y la predisposición es poca o nula en este sentido, pues seguimos perdiendo batallas una tras otra. Ellos lo saben y esa es su fuerza, que no es otra, que nuestra debilidad.

"Fadesa", nunca nos reclamará los avales, y no, porqué juridicamente no estuviese habilitado para ello, más, cuando estos han sido utilizados para fines que no garantizaban los mismos, lo que sucede es, que si Fadesa reclamase la parte de los avales desviados, el Ayuntamiento no tardaría en pedir responsabilidades a la citada promotora por los vicios ocultos y deficiente ejecución de obras de la que el Ayuntamiento es consciente y por lo tanto, responsable subsidiario. Por consiguiente, estoy convencido, de que existe el acuerdo tácito de: " Tu haces lo que quieras  con los avales y a mi me liberas de cualquier otra responsabilidad " .

 

¿ Quien pierde en todo esto ?, los de siempre, los vecinos. ¿ Y porqué perdemos siempre los mismos ?, por permanecer en la mayoría de las ocasiones inertes ante aquello que nos masacra . 

 

Pudiera que existieren otros argumentos que invalidaran mis elucubraciones, pero hasta la fecha, nadie me argumenta lo contrario.  

   

 
J
JCC28
22/03/2011 09:33

Kili29 dijo:

JCC28, ¿ y el seguro decenal...a quién se reclama?

 

Buena pregunta Kili29, a ver si alguien que tenga algo mas de información o conocimiento concreto nos aclara, porque por un lado existe esa "garantia" de ¿10 o 15? años que se supone debe cubrir la constructora, pero por otro lado, una vez que se ejecutan los avales, no sé si estos solo cubren las zonas de urbanización o todo el proyecto.

Y luego viene lo de que la ley dice una cosa, la empresa otra y los propietarios una tercera.  La cuestión es cual de las partes está mas de acuerdo a la ley y, por otra parte, al tratarse de defectos "individuales", las reclamaciones por la via que sean supongo que se deberían hacer individualmente. En consecuencia, tal como funciona la justicia y lo poco claro que hasta mas ver está el asunto, yo no se si me merecería la pena denunciar por una gotera o arreglarla yo mismo.

¿Alguien puede aportar algo que aclare?

 
socio91
socio91
22/03/2011 00:39

En este foro , hace cuestión de un mes o dos, formulaba una pregunta a Tomás Álvarez, sobre los vicios ocultos y la responsabilidad que por ley corresponde a la promotora en el plazo que establece la ley en cuestión. Tomás, quedó en enterarse y contestarme, hecho este, que a fecha de hoy no se ha producido. Espero y deseo, que la moratoria obedezca a la dificultad de una respuesta que se ajuste a derecho y no, a que lo haya dejado en saco roto.

Los avales garantizan o garantizaban la culminación según proyecto del PAU DE LA MONTAÑA, hecho diferente, son los vicios ocultos que se produjeren y que durante 15 años a partir de la recepción la promotora es la única responsable.

Inclusive, el talud que ahora están reparando, pudiere considerarse un vicio oculto que los avales no deberían de cubrir.

Pregunta que os hago a ver si alguno sabe contestarme, Imaginaos, que Fadesa, se hubiese ajustado a su proyecto liberando los avales que garantizaban el mismo, ¿ hasta aquí entendido ?, vamos bien, ahora, vamos a seguir intentando hacer juicios de pensamientos virtuales, se que para algunos le será mas que difícil, pero vamos a poner máximo empeño y lo vamos a intentar . Pensad, que el talud tarda en dar la cara y lo hace, una vez liberados los avales o invertidos los mismos, no digo gastados, porque seguro que de los mismos no queda ni el 50%, pues bien, pregunta que os hago, el que falle le doy una ostia y estaré legitimado a ello porque la pregunta es muy fácil, ¿ quién es el responsable de esta reparación, si la misma se produce en los 15 años siguientes a la recepción ?, como alguno se le ocurra decir que AZNAR, le muerdo la nuez.
 

OS DEJO EL MENSAJE QUE EN SU FECHA LE ENVIE A TOMÁS ALVAREZ

Tomás, me gustaría que te leyeras la información que mas abajo te dejo sobre EL PROTOCOLO DE ACTUACIONES DE RECEPCIÓN DE OBRAS DE URBANIZACIÓN.
He copiado los puntos donde creo que debemos estar ubicados y es curioso ver en el citado apartado de VICIOS OCULTOS: Existen 15 años una vez recepcionado el barrio para que el promotor responda de los mismos.
Mi pregunta es la siguiente: ¿ sabes si los contratos de avales garantizaban estos vicios ocultos, donde la promotora es responsable de los mismos hasta que no expire el plazo citado?. Entiendo ( lo mismo estoy equivocado), garantizaban la culminación del proyecto y los compromisos contractuales adquiridos con la urbanización frente a la administración competente . Te comento esto, no sea que destinemos una gran parte de los AVALES a una obra que es de vital importancia pero que en todo caso debería sufragar la promotora o la póliza que la citada social debería haber suscrito con entidad Aseguradora .
Imaginemos, que la ruina del talud sur no da la cara hasta pasados 10 años y donde los avales se han utilizado para cubirir las garantías de las que respondían los mismos, ¿ quien cubriría una reparación de tal embergadura ?, ¿ El Ayuntamiento ?, ¿ La CAM ? .

4.Vicios ocultos Una vez cumplido el plazo de garantía, si no se observan deficiencias, la persona responsable de la actuación queda liberada de responsabilidad, si bien no totalmente, ya que desde la recepción comienza la responsabilidad por vicios ocultos.
Si la obra se arruina con posterioridad a la expiración del plazo de garantía por vicios ocultos de la construcción, debido a incumplimiento del convenio o contrato por parte del contratista, responderá éste de los daños y perjuicios durante el término de quince años, a contar desde la recepción.


INFORMACION PROTOCOLO DE ACTUACIONES Y RECEPCIÓN DE OBRAS DE URBANIZACION:


2.8.Recepción de oficio y ocupación y puesta en servicio
Si por razones excepcionales de interés público, debidamente motivadas en el expediente, el órgano competen te acuerda la ocupación efectiva de las obras o su puesta en servicio para el uso público, aún sin el cumplimiento formal de recepción, desde que ocurran dichas circunstancias, se producirán los efectos y consecuencias propios del acto de recepción de las obras y en los términos en que se establezcan (13).
Para la ocupación o puesta en servicio se requerirá el levantamiento de la correspondiente acta de comprobación de las obras suscrita por las personas intervinientesy se producirán los efectos de la recepción si las obras fueran conformes con las prescripciones previstas en el convenio o contrato, pero si por el contrario, se observaran defectos, deberán detallarse en el acta junto con las instrucciones precisas y el plazo fijado para subsanarlas. En este caso, el órgano competente a la vista de los defectos advertidos, decidirá sobre dicha ocupación efectiva o puesta en servicio para uso público de las obras (14).
(13) Artículo 136.1 T. R. L. O. T. A. U., artículo 147.6 T. R. L. C. A. P., artículo 168 R. G. L. C. A. P. y artículo 218.6 L. C. S. P.
(14) Artículo 168.1 y 2 R. G. L. C. A. P.
3.Periodo de garantía El plazo de garantía se fijará en el convenio o contrato atendiendo a la naturaleza y complejidad de las obras y no podrá ser inferior a un año salvo casos especiales (15).
(15) Artículo 147.2, 3 T. R. L. C. A. P. y artículo 218.3 L. C. S. P.
A partir de la entrega, mediante el acta de recepción definitiva, se inicia el periodo de garantía, durante el mismo la persona responsable de la actuación está obligada a hacer frente a los defectos constructivos a él imputables, debiendo sustituir o reparar, en su caso, los que se señalen por los informes técnicos de la Administración.
En los casos en que haya lugar a recepciones parciales, el plazo de garantía de las partes recibidas comenzará a contarse desde la fecha de las recepciones respectivas.
Durante éste periodo, la garantía financiera o real prestada se reducirá al 7 % del coste efectivo de las obras de urbanización cualquiera que hubiera sido la prestada anteriormente, salvo que por razones justificadas debiera mantenerse o prestarse en cualquier otra cuantía y sin perjuicio de las obligaciones que puedan derivarse de la liquidación de las cuentas definitivas de la actuación.
Dentro de los quince días anteriores al cumplimiento del plazo de garantía, los servicios técnicos municipales redactarán un informe sobre el estado de las obras que deberá entregarse al representante de la Administración designado para la recepción. Si éste fuere favorable, la persona responsable de la actuación quedará relevada de su responsabilidad. Si durante el plazo de garantía, se observaren deficiencias en la ejecución de la obra, se darán las debidas instrucciones para la adecuada reparación o sustitución por la persona responsable de la actuación, para lo cual el plazo de garantía quedará interrumpido hasta el efectivo cumplimiento de lo acordado.
El cumplimiento de las previsiones del convenio autorizará a la devolución de la garantía prestada, para lo cual se dictará acuerdo por el órgano competente para proceder a la devolución de la garantía, salvo que existan otras responsabilidades o penalidades que hagan necesario mantener la garantía prestada en la cuantía que se determine.
4.Vicios ocultos Una vez cumplido el plazo de garantía, si no se observan deficiencias, la persona responsable de la actuación queda liberada de responsabilidad, si bien no totalmente, ya que desde la recepción comienza la responsabilidad por vicios ocultos.
Si la obra se arruina con posterioridad a la expiración del plazo de garantía por vicios ocultos de la construcción, debido a incumplimiento del convenio o contrato por parte del contratista, responderá éste de los daños y perjuicios durante el término de quince años, a contar desde la recepción.
Transcurrido este plazo sin que se haya manifestado ningún daño o perjuicio, quedará totalmente extinguida la responsabilidad del responsable de la actuación o contratista (16).
(16) Artículo 148 T. R. L. C. A. P. y artículo 219 L. C. S. P. 5. Conservación de las obras de urbanización La conservación de las obras de urbanización, incluyendo el mantenimiento de las dotaciones y los servicios públicos correspondientes, incumbe a la Administración actuante, salvo el caso de actuaciones urbanizadoras autónomas de uso turístico o residencial de baja densidad de carácter aislado o complejos industriales o terciarios de similar carácter, en cuyo caso se podrán constituir entidades urbanísticas de conservación integradas por los propietarios de las mismas, de manera voluntaria u obligatoria, en los términos que reglamentariamente se determinen.
En las obras de urbanización realizadas por gestión indirecta o particulares, el deber de conservación y mantenimiento, comenzará desde el momento de la recepción definitiva por la Administración actuante de las correspondientes obras, salvo lo dispuesto en el párrafo siguiente.
Para que la recepción definitiva de las obras de urbanización pueda surtir efectos, deberá haberse acreditado por la persona responsable de la actuación el cumplimiento de todas las obligaciones que le fueran exigibles conforme al convenio suscrito con la Administración actuante (17 ).
(17) Artículo 135.1 T. R. L. O. T. A. U. y artículos 67 a 70 R. G. U.
En tanto que la urbanización no sea recibida por el Ayuntamiento, su conservación, mantenimiento y puesta en perfecto funcionamiento de las instalaciones y servicios urbanísticos será de cuenta y con cargo al responsable de la actuación (18).
(18) Artículos 8.96 y 8.97 P. G. O. U. Recibidas definitivamente las obras por la Administración se iniciará el deber de conservación de las mismas para lo que se dará la debida comunicación a los distintos servicios responsables del mantenimiento y conservación del Ayuntamiento.
6.Inventario general de bienes y derechos e inscripción en el Registro de la Propiedad La recepción de las obras de carácter inventariableirá
seguidade su incorporación al correspondiente inventario general de bienes y derechos (19).
Las Corporaciones Locales están obligadas a formar inventario valorado de todos los bienes y derechos que les pertenecen, del que se remitirá copia a las Administraciones del Estado y de la Comunidad Autónoma y que se rectificará anualmente, comprobándose siempre que se renueve la Corporación.
Con la certificación que, con relación al inventario aprobado por la respectiva Corporación, expida el Secretario con el visto bueno del Alcalde o Presidente se producirá la inscripción en el Registro de la Propiedad de los bienes inmuebles y derechos reales de las Entidades Locales ( 21).
Las cesiones obligatorias de terrenos se inscribirán a favor de la Administración en virtud de lo previsto en los artículos 29 y siguientes del Reglamento sobre Inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza Urbanística aprobado por Real Decreto 1.093/1977, de 4 de julio, en concordancia con la previsión del artículo 124 R. G. U. respecto a la cesión en pleno dominio y libre de cargas de todos los terrenos de cesión obligatoria para su incorporación al Patrimonio Municipal de Suelo o su afectación al uso o servicio público con la firmeza en vía administrativa del acuerdo de reparcelación.
(19) Artículo 32 L. P. A. P. (20) Artículo 86 R. D. Leg. 781/1986 T. R. R. L. ( 21) Artículo 85 R. D. Leg. 781/1986 T. R. R. L. Tercero. Publicar los presentes acuerdos, a efectos de su entrada en vigor, en el plazo de quince días hábiles computados a partir del primer día hábil siguiente a la inserción del anuncio correspondiente en el Boletín Oficial de la Provincia. Cuarto. Facultar a la Excma. Sra. Alcaldesa, doña M.ª Carmen Oliver Jaquero, o a quien legalmente le sustituya, para que realice cuantas actuaciones sean precisas para la ejecución del presente acuerdo, suscribiendo los documentos, públicos o privados, que fueran menester al efecto, así como para que resuelva cuantas incidencias pudieran surgir.
Durante el plazo indicado, podrá comparecer en el Departamento de Urbanismo, Arquitectura y Obras (en las dependencias de la Gerencia Municipal de Urbanismo, sita en c/Iris n.º11) en horario de oficina (de 11,30 a 14 horas) y examinar el expediente 50/08.
El presente edicto deberá trasladarse, igualmente, para su exposición pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Albacete (Gerencia Municipal de Urbanismo), dado que el último domicilio conocido de la mercantil Guerrero y Maestro, S. L. radica en este municipio.
.
 



 

 
K
Kili29
21/03/2011 21:39

JCC28, ¿ y el seguro decenal...a quién se reclama?

 
J
JCC28
21/03/2011 17:57

Vamos a ver, ¿es tan dificil entender lo de que están EJECUTADOS LOS AVALES?

Se supone que la ejución libera a Fadesa de cualquier responsabilidad, debido a que son esos avales los que garantizan cualquier actuación consecuencia de deficiencias en el desarrollo del proyecto según se concibió. ¿Como se os pasa por la cabeza que váis a poder reclamar a Fadesa? A lo mejor viene un megaletrado y lo desmiente, pero es que resulta de "cajón de madera de pino" ¿no creéis?

Saludos;)

 
poderdelavara
poderdelavara
21/03/2011 17:08

Bueno,  pues me acabo de poner en contacto con los de Fadesa, para pedir información de cómo estaba la reclamación que puse en su día a través del correo electrónico (siguiendo sus instrucciones) sobre las anomalías que presentaba la vivienda, que por cierto eran varias, me han tomado los datos y me dicen que en cuanto tengan información de mi caso se ponen en contacto conmigo, (a ver si es verdad) ya os mantengo informados con lo que me cuenten, un saludo a todos.

tfno de Fadesa 91 330 26 50

 
poderdelavara
poderdelavara
21/03/2011 15:17

Jesanan, tienes razón en lo que apuntas, los desperfectos que tienen las viviendas particulares hay que reclamarlos a Fadesa y tienen la obligación de solucionarlos en función de los plazos que comentas desde que se entregó la vivienda. Con la excusa de que entraron en suspensión de pagos y que los jueces habían embargado sus cuentas bancarias y no podían hacer pagos, no acometieron esas reparaciones, pero en cambio si decían que enviáramos por correo los desperfectos, por si la situación cambiaba.

Pero individualmente nos van a ignorar ¿sería posible que nuestra asociación de vecinos ejerciera presión frente a Fadesa, para que en la medida que sea posible se haga cargo de las reparaciones? o al menos que informen de en que situación se encuentra Fadesa y de lo que podemos esperar de ella, coomo tendrían que actuar las personas perjudicadas con desperfectos en sus viviendas etc.

Otra cosa bien distinta es el dinero de los avales, que va destinado a realizar aquellas obras de urbanización que Fadesa no pudo realizar en su momento debido a la situación de la suspensión de pagos, un saludo a todos.

 
jesanan
jesanan
21/03/2011 13:18

Hola,

A ver, no mezclemos los términos. Una cosa son los avales que ha ejecutado el Ayuntamiento para reparar los desperfetos del urbanizado del barrio, y otra completamente distinta los desperfectos individuales de cada vivienda. Circula por el barrio la creencia errónea de que se deben reparar los desperfectos de las viviendas con los avales del Ayuntamiento, y eso eso, errónea.

Para reclamar los desperfectos individuales de las viviendas hay unos plazos definidos:

- 1 año para problemas de acabado

- 3 años para defectos relacionados con la habitabilidad (saneamientos, aislamientos, etc.)

- 10 años para defectos estructurales (estructura de la vivienda, fachada, cubiertas, etc.).

Estos plazos empiezan a contar en la fecha de compra de la vivienda a la constructora, y son independientes de que Fadesa haya estado o no en concurso de acreedores, porque Fadesa no había desaparecido.

Luego no hay que olvidar que en el caso de que se denuncie a Fadesa, en el caso de que se gane el juicio, la primera opción que tiene siempre la constructora es arreglar ella mismas los desperfectos. ¿Y si te lo hace mal? Pues a continuar denunciando.

Con esto no quiero desanimar a todo aquél que quiera reclamar/denunciar a Fadesa, es mera información. Pero la cuestión de que las constructoras hacen las cosas como las hacen porque saben que las leyes de este país las amparan, porque salvo que se te caiga la casa abajo, normalmente no merece la pena liarte a denunciarlas.

Un saludo.

 
carloral
carloral
21/03/2011 11:58

Es cierto, uno por uno seguro que nos torean, pero entre muchos la cosa cambia, la unión hace la fuerza.

Saludos.

 
poderdelavara
poderdelavara
20/03/2011 22:00

Lógicamente ellos van a poner cualqueir excusa para no hacerse cargo de los gastos de las reparaciones que hemos hecho, y si vamos a nivel individual uno por uno no conseguiremos nada, pero es posible que la AVBM pueda hacer más presión, como de todas formas el "NO" ya lo tenemos, habrá que intentarlo, un saludo a todos.

 
R
rajiri
20/03/2011 20:53

Y Fadesa va  a decir que como ya no tiene el aval para garantizar todos los desperfectos, que reclamemos al ayuntamiento que es quien tiene el dinero.

 

Esto ya sé que no es asi, pero no creo que nos den otra solución.

 

Un saludo

 
carloral
carloral
20/03/2011 12:34

Me uno a las palabras de poderdelavara, ahora que fadesa a salido de la suspensión de pagos.

Deberíamos todos de reclamar los desperfectos de fin de construcción, pues en todas las obras que se entregan, al finalizar, el comprador tiene que ver los desperfectos y los deben de reparar los constructores, promotores o a quien le corresponda.

Pero seguro que a quien no le corresponde es al comprador, pues el comprador bastante a pagado por su vivienda.

Saludos.

 
poderdelavara
poderdelavara
20/03/2011 12:08

Hola:

Aparte de las zonas comunes, en muchas de las viviendas han aparecido vicios ocultos o pequeños desperfectos (grietas en paredes, fugas de agua, canalones que faltan, azulejos desprendidos, rodapies sueltos, arquetas de aguas fecales agrietadas y ¿que me decís de las aceras en los pareados? a casi todos se les estan hundiendo las aceras y un largo etc) de los cuales debería hacerse cargo Fadesa, recuerdo que en mi caso nos dijeron que enviáramos un correo électrónico con los defectos que quiesieramos reclamar, pero como la empresa acudió al concurso de acreedores, la cosa quedó en standby.No deberíamos dejarlo en el olvido, quizás entre todos seamos capazes de presionar para que se realizen estas reparaciones, no olvidemos que aún hay muchas viviendas vacías y cuando su comprador las quiera habitar se llevará la sorpresa de tener que reparar todas las anomalías que presentan estas viviendas, un saludo a todos

 
jesanan
jesanan
15/03/2011 11:46

Hola,

Los comerciales de Fadesa siempre nos lo dejaron claro, las zonas comunes se entregaban en bruto. Otra cuestión es que si en el PGOU de la zona se especifica que tiene que haber 2 plazas de aparcamiento por vivienda (en nuestra manzana somos 32 y hay que hacer 34 plazas), ¿por qué Fadesa no las hizo?¿Y por qué el Ayuntamiento no exigió que estuvieran hechas antes de conceder las licencias de primera ocupación? Vamos, que no tengo claro si habría que reclamar a Fadesa, al Ayuntamiento o a los dos.

Por otro lado, en el barrio hay sitio de sobra para aparcar, incluso en las zonas más pobladas, y yo personalmente prefiero que no se metan coches en las zonas comunes, por la suciedad y el ruido que generan.

Felicito a aquellas manzanas que han conseguido llegar a un acuerdo para hacer algo, lo que sea, en las zonas comunes. La nuestra sigue siendo un criadero de cardos, y tiene pinta de que va a seguir así mucho tiempo.

Un saludo.

 
R
rajiri
15/03/2011 10:58

En la escritura no dice nada, ni de que tipo lo tienen que hacer, la publicidad es eso, publicidad. Solo vale lo que haya por escrito. Solo dice que dejan plaza y media por vivienda, el resto lo que cada uno interprete. Es lo que hay, es como las lentejas.......

A rascarse el bolsillo toca, nosotros hemos hecho piscina y aparcamiento sin aparcamiento, pq se ha prohibido entrar coches.Y nos ha costado muchos sudores y 2 años y este verano por fin nos bañaremos. Y compramos a Fadesa.

 
M
marlok
14/03/2011 23:12

Los que compraron directamente a Fadesa: en la publicidad que les dieran o en algún folleto o algo no ponía nada de zonas comunes?? Me cuesta creer que una casa en comunidad la entreguen como acabada con un barrizal por zona común... No he visto eso en mi vida... Cualquier promoción de adosados siempre te viene con alguna indicación de calidades en zonas comunes.

Saludos

 
R
rajiri
14/03/2011 21:39

Cuando lei la escritura, no decia nada de acabada de ninguna manera, solo decia 1 plaza y media por vivienda. Lo demas es ya interpretación.

Cada uno lo ve de una manera. Pero aunque se reclame, solo cabe que cada comunidad se la arregle ellos mismo cuando puedan.

 

Un saludo

 
carloral
carloral
14/03/2011 19:25

Hola eso que dice marlok, es algo muy pero que muy interesante

Pero ahora que Fadesa a salido de la suspensión de pagos, ¿sabe alguien si está obligada a terminar las zonas comunes de los adosados?.

Y si estuviera obligada, nos deberíamos de reunir todos los propietarios de adosados y tomar medidas legales.

Saludos.

 
M
marlok
14/03/2011 17:36

Pues que vengan a realizar las zonas comunes de los adosados que no hicieron o a reembolsar lo que se han gastado los vecinos que las han hecho posteriormente, ya que eso desde luego no lo van a cubrir los avales...

 
TILETE
TILETE
11/03/2011 23:54

Tranquilo YUCOIN que si vienen y preguntan por los avales, el "conejal moreno" les explica lo de la caja única y lo de...." este gobierno garantiza que ese dinero se devolverá" y se lo creen seguro seguro....... 

 

Fin del hilo
Mensajes Relacionados
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento