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A
aromero
26/01/2006 13:51

Post de otro foro referente a Acciona

¿Quiénes son los responsables de los gastos de subrogación en caso de hipoteca en una finca?

852 lecturas | 7 respuestas
Aquí os pongo un post sobre nuestra promoción aparecido en otro foro:

"Buenas futuros vecinos
Teoricamente firmamos la semana que viene. Me han pasado una copia por emilio del contrato y hay ciertos detalles del mismo que no tienen nombre. Resulta que han grabado la finca con una hipoteca con el BBVA y en caso de subrogación LOS GASTOS LOS PAGAMOS NOSOTROS. Que yo recuerde en la paga y señal no se comenó este punto y que yo sepa las demás contructoras del PAU si tienen hipoteca pero no somos los compradores los que pagamos los gastos de subrogación en caso de que no nos interese. Hay otro detalle en los que claramente Acciona barre para su casa. P.ej. si hay cualquier problema y se va a jucio Acciona no paga absolutamente nada aunque sea la culpable, todo lo paga el vendedor. "

¿Alguien sabe algo?

Saludos
 
R
raybe
23/02/2006 20:23
Opino como mbelcorcuera.
El otro dia estuvimos en Banesto, y en el propio Banesto nos dijeron que normalmente vale la pena subrrogarse. Tener en cuenta que:
1.- En el caso de la subrrogacion es una sola escritura.
2.- El el caso de no subrrogacion son dos escrituras y el impuesto de actos jurídicos documentales, para los importes de nuestros pisos sera bastante alto, (uno por cada escritura).
 
M
mbelcorcuera
31/01/2006 16:36
Hola, no soy ningún experto en estos temas pero, ya que me preguntas, te diré que la “subrogación” de la que hablamos es de la subrogación civil de las obligaciones, es decir, la variación subjetiva de la relación obligatoria", osease, acciona tiene una hipoteca con BBVA quedando cada vivienda afecta a una determinada cantidad de dinero. Mediante la subrogación lo que se hace es que el Banco autoriza a que el deudor y responsable del pago hasta el momento de la compra (Acciona) deje de serlo para serlo el nuevo propietario, en principio, en las mismas condiciones que estaba. Por eso habitualmente se firma una sola escritura de “Compraventa y subrogación de préstamo hipotecario”. Desaparece un deudor (el vendedor) y ocupa su lugar otro (El comprador). Otra cosa diferente es que el comprador necesite más dinero en cuyo caso, y en la misma escritura, podrá acordar una ampliación del capital del préstamo, que recordemos, es siempre el mismo, no ha variado, solo cambio la figura del deudor principal.

En resumen, la subrogación es precisamente eso, poner la hipoteca a tu nombre. No se como serán las condiciones del BBVA, pero en muchas ocasiones vale la pena subrogarse ya que se ahorra uno los gastos de apertura y constitución de una nueva hipoteca. Pero bueno, cada uno tendrá que estudiar su caso.
 
A
aromero
31/01/2006 15:47
Una pregunta para mbelcorcuera con respecto al tema de la subrogación. Contando con que al comprador le interesen las condiciones ofrecidas por el BBVA, sólamente será necesario subrogarse si el comprador precisa más cantidad de dinero de la que la constructora tiene ya hipotecada. Normalmente esta hipoteca que las constructoras tienen con los bancos es del 80%. Si yo quiero el 90% entonces deberé subrogarme, en cambio si me vale con ese 80% sólo habría que poner esa hipoteca a mi nombre y punto con lo que no existiría tal subrogación.

¿Estoy en lo cierto?

Saludos.
 
M
mbelcorcuera
31/01/2006 13:33
hola. Quien generalizo fui yo y si lo hice fue porque la mayoria (el 100 % a excepcion de la que has comprado tu) no se hace cargo de los gastos de subrogacion, y como son la mayoria pues es la generalidad osease, se puede, entiendo, generalizr.

podrias indicarnos que constructora es esa tan amable que se hace cargo de los gastos de subrogacion de hipoteca de cada propietario??
 
A
anaflo
31/01/2006 12:49
En otras promotoras, como es en la que he comprado, los gastos de subrogación no los asume el comprador, así que no generaliceis
 
R
raybe
27/01/2006 21:03
Estoy totalmente de acuerdo con nuestro vecino mbelcorcuera, ya que en el contrato que firmamos se especifica que la finca esta libre de cargas.
Creo que efectivamente la subrrogacion es mas barata que la constitucion de una hipoteca, por lo tanto, cuando nos den el piso habrá que hacer cuentas para ver que nos sale mas barato si subrrogarnos o constituir una hipoteca nueva.

 
M
mbelcorcuera
26/01/2006 14:14
hola, publico aqui tambien la respuesta que di en el otro foro referente a este tema:

"Hola, veréis, de lo que comentáis, me parece que estamos mezclando dos conceptos diferentes. Estando la finca gravada con una hipoteca(en este caso con el BBVA) si a cualquiera de los compradores le interesan las condiciones que ofrezca el BBVA se hará una SUBROGACION en dicha hipoteca. Por supuesto que los gastos de “subrogación”, que son mucho mas baratos que los gastos de constitución de una nueva hipoteca, corren a cargo de quien se subroga, es decir, los compradores. Esto es así siempre y en todas las constructoras.

Una cosa muy diferente es el caso de que las condiciones que nos ofrece el BBVA no nos gusten o tengamos en otro banco unas mejores. En ese caso lo que hay que llevar a cabo es una CANCELACION de hipoteca (de la parte de la misma que corresponda a la vivienda) y en este supuesto, los gastos de dicha cancelación son única y exclusivamente a cargo de la constructora, entre otras cosas porque así lo especifica la legislación."

Bueno, espero que la confusión tenga que ver con eso, esperaremos a ver ese contrato.

Si alguien se entera de las condiciones del BBVA que las comente.

SALUDOS
 

Fin del hilo
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