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O
olga_jose
19/10/2004 19:44

Licencia de primera ocupación

¿Para qué se solicita la licencia y cómo nos puede ayudar en la obtención de la cédula de habitabilidad?

706 lecturas | 6 respuestas
Se nos olvidaba comentar una duda que tenemos y es la siguiente: alguno de vosotros sabe para que se solicita dicha licencia.
es un primer tramite para la posterior cedula de habitabilidad ?
basicamente saber para que se solicita y si nos puede adelantar lo que tanto esperamos.
gracias

 
S
Silvia_Enrique
24/10/2004 13:17
Por ley la tienen que pagar ellos (los que venden) a no ser que se pacte por contrato, que es precisamente lo que han hecho por lo menos en nuestro caso, asi que no es ilegal si se llega a un "acuerdo". Nos plantaron el contrato ya redactado y lo aceptas o te piras de la promoción y te devuelven el dinerito de la entrada...Unos Piratas.
En el contrato no se usa la palabra plusvalia, lo llaman Impuesto sobre el "Incremento del Valorde los terrenos de naturaleza urbana", en nuetro contrato viene en el punto Decimotercero.
Mirarlo y nos contais si teneis algo de esto...
 
M
miguel_eva
22/10/2004 07:48
Buenos días,

No recuerdo el tema que comentas de la plusvalia.

No creo ue sea mucho lo qe haya que pagar, porque la plusvalia será el incremento del valor del suelo en 2 ó 3 años, pero como tú bien dices, la plusvalia es por ley por parte del vendedor, así que aunque lo hayas firmado, es ilegal y podemos negarnos.

Saludos,
 
S
Silvia_Enrique
21/10/2004 20:54
BUenas a todos y gracias por la información,

Una preguntita a ver si alguien nos puede ayudar, según el contrato que firmamos, nosotros tenemos que pagar la plusvalia del terreno (por ley tiene que pagarlo la inmobiliaria pero..)

ALguien sabe cuanto puede ser mas o menos.

Gracias,
 
A
aleva1
21/10/2004 11:09
hola a todos
gracias por las informaciones, ¿sabeis que podemos pagar de impuestos municipales en Valdemoro por nuestra casa?
RECIBO DE CONTRIBUCIÓN
RECOGIDA DE BASURAS
NUMERITO DEL COCHE
ETC.
Un saludo
 
O
olga_jose
21/10/2004 10:40
hola miguel_eva, muchas gracias por la información.

un saludo
 
M
miguel_eva
20/10/2004 12:52
Muy buenas,
He estado buscando un poco de información sobre esto que comentas, y he podido averiguar que, la cedula de habitabilidad es lo que otorga el ayuntamiento a la promotora cuando le dá el visto bueno a la solicitud de licencia de primera ocupación.

Esto es un extracto que he sacado de un artículo:
"El promotor tiene contraídas con las administraciones públicas determinadas obligaciones. Por regla general, con los ayuntamientos, por ejemplo obligaciones en lo tocante a la urbanización del entorno, en cuanto a la reparación de los daños causados en el dominio público como consecuencia de la obra (deterioros de aceras, viales, luminarias, etc.). Hasta que dichas obligaciones se concluyan definitivamente el Ayuntamiento no procede a la concesión de la licencia de primera ocupación.
Esto puede implicar que el propietario no se pueda dar de alta en los suministros básicos: agua, electricidad, teléfono, gas, etc., e incluso que no pueda empadronarse en la vivienda adquirida.
Si la situación se prolongara demasiado podría suponer que, de forma irregular, y con la "vista gorda" del municipio el usuario procediera a habitar la vivienda con agua, electricidad, etc. "de obra". Es decir, que el suministro aún constara a nombre del promotor y no al suyo."

Lo que si está claro es que para dar de alta todos los suministros en una vivienda te exigen la cedula de habitabilidad.

Conozco casos en los cuales la promotora ha hecho firmar escrituras sin tener dicha cedula (evidentemente para no seguir pagando intereses de los creditos), asegurando que facilitaría los servicios, cosa que luego no ha cumplido, y una vez que has firmado, buscate la vida.

Espero haber aclarado algo las cosas.

Saludos,
 

Fin del hilo
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