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C
chami
29/04/2006 12:42

¿Dónde se pone el dihoso dato de Dimora?

974 lecturas | 9 respuestas
Lo dicho, ¿en qué casilla se pone el dato que nos ha enviado Dimora?.
 
B
Beatryzz
11/05/2006 10:20
:)

Creo que ya está todo solucionado entonces... este año la cuenta vivienda a algunos no nos ha servido para, como le dije a Jessie, bien me hubiera valido meterlo en ING... pero el la declaración del año que viene quizás si sea una ayudita...

Un saludo a todos, yo la he presentado esta mañananita... ahora a esperar a que me devuelvan mi dinero...
 
J
JESSIE
11/05/2006 00:45
Efectivamente Bea tiene razón pq sino sería una doble deducción, q nos gustaría, pero no puede ser.

Esta mañana, por fin, conseguí hablar con Hacienda y una srta q te cuentan las cosas y a medias me decía que esos dos conceptos no son incompatibles y q te puedes deducir por las 2 cosas a la vez (luego yo lo he comprobado con la ley q te la puedes descargar de aeat y ver capitulo 15) pero claro el límite de los 9015.18€/año es para la suma de todos los conceptos. En RESUMEN, aunq nos podríamos deducir por ambos conceptos no podemos pq como lo q hemos aportado a Dimora supera el limite de 9015.18€ aunq le sumásemos el saldo de la Cta. Vivienda nos daría igual solo nos aplicaría una deducción de 9015€.

La única posibilidad es el año que viene (2006) si con las letras mensuales + letras "gordas" no superamos los 9015€, entonces sí se podría meter el saldo de la cta. vivienda hasta completar las cantidades aportadas a vivienda al limite del IRPF.

Joder no sé si me he aclarao.

Gracias Beatrizz
 
R
ROSSI
10/05/2006 14:47
TENER CUIDADO,
EL IMPORTE QUE TENEMOS QUE METER ES MAYOR QUE EL DEL CERTIFICADO DE DIMORA.
ESTE CERTIFICADO NO ES CORRECTO PUES NO TIENE EN CUENTA TODOS LOS IMPORTES. (MI CASO ES CEDROS II)
UN SALUDO
 
R
remosquis
10/05/2006 14:16
Se puede deducir por construcción de vivienda habitual y por cantidades ingresadas en cuenta vivienda, pero el límite es conjunto (para inversión en vivienda habitual) de 9.015,18 euros anuales por contribuyente, por lo que lo normal, es que como dice Beatryzz, no se modifique el resultado de la declaración, puesto que las cantidades aportadas a la cooperativa ya superan ese límite conjunto. Hay gente que deduce al 50% con su pareja tanto de lo aportado a cuenta vivienda como de lo aportado para la construcción del piso, y así el límite es de 18.030,36, pero hay que tener cuidado con el plazo de 4 años, ya que cuanto más te deduces, más tendrías que devolver si finalmente no hay casa a los 4 años.
Saludos.
 
B
Beatryzz
10/05/2006 12:00
Si te deduces en la Renta por construcción o ampliacion de vivienda no puedes aplicar el derecho de deducción por la cuenta vivienda....

El dato te dejará insertarlo en el programa, pero será meramente informativo, no modifica el resultado de la liquidación.

Un saludo!
 
dj30
dj30
10/05/2006 11:32
Opino lo mismo, yo no he estado en ese caso pero suponiendo que si tenias cuenta vivienda y la cancelaste para aportar el dinero a la vivienda podrás desgrabar ese dinero (el de la cuenta) de cualquiera de las maneras.

Si no la cancelaste imagino que desgrabaras tb en el punto de cuenta vivienda, y creo que te saldrá mejor puesto que el límite que te desgraba por la vivienda ya lo pasas de sobra sin incluir lo de la cuenta vivienda.

Saludos.
 
V
vanemp
10/05/2006 11:11
yo tenía la misma duda, y fui al banco donde tengo la cuenta vivienda, el interventor es bastante majo, asi que le conté mi duda y me explicó que podía meter las dos cosas, tanto el dinero que había metido en la cuenta durante el ejercicio 2005 como el dinero que había dado para la vivienda.
 
J
JESSIE
10/05/2006 01:48
Una preguntilla: Si te deduces por 2construcción de la vivienda habitual"-- > casilla 691 tb puedes deducirte por lo q tengas en la cuenta vivienda? -- > casilla 693?

Gracias
 
dj30
dj30
08/05/2006 20:33
En: Anexo A - > Por inversion en la construccion o ampliación de la vivienda habitual.

Se rellenan los datos entrando a través de la casilla 691 y ya te calcula la deducción.

Un saludo.
 

Fin del hilo
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