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M
madrid4
24/10/2005 18:30

REUNION MADRID-SALUD

¿Es legal la presencia de un centro de salud mental en nuestra finca?

1.311 lecturas | 20 respuestas
He llamado a Pablo (Nuestro administrador), me dice que en la reunión mantenida con Madrid salud le indicaron que la actividad a desempeñar no tiene que ver con asistencia a drogadictos y que los de Madrid Salud no querían ese local pero que el ayuntamiento no les dió más opciones, que Madrid salud son tan vecinos como nosotros y tienen derecho al paso por el portal, tanto de trabajadores como de pacientes, que los arquitectos han estudiado la posibilidad de crear un acceso por la calle pero que no les fue viable, una cosa clara HABRÁ CONSULTAS PARA SALUD MENTAl (Imaginar que nuestros hijos juegan en las zonas comunes y a un perturbado se le cruzan los cables y no quiero ni pensarlo.....) me dice que por las buenas podemos conseguir cosas y consensuar con ellos que el acceso por zonas comunes sea cerrado con verjas o algo similar pero que si nos ponemos ha manisfestarnos o poner problemas no conseguiremos nada y nos tendremos que aguantar ya que ellos están dentro de la ley y tienen que tener su paso por el portal.
Desde luego Pablo a estado muy amable y me ha respondido a todas mis preguntas pero claro el no va a vivir donde nosotros . Imaginar que dentro de unos años cambia de actividad y se dedican a repartir metadona.
Bueno yo ya no se que pensar pero no quiero para nada ese centro de salud y gente pasando por delante de mis hijos que pueden ser peligrosos, por favor el que pueda confirmar que este centro esta fuera de la legalidad lo haga saber para intentar quitarlos de nuestra finca
Un saludo a todos
Jesús
 
F
FER olmos
25/10/2005 17:48
Hola:

He hablado ya con el abogado y dice que tenemos base suficiente para denunciar y que deberíamos hacerlo por si acaso, pero que reclamarle a la administración, cuando ellos son juez y parte, es bastante inútil. Ellos mismos son los que se conceden la licencia de actividad, los que tramitarían las denuncias y los que decidirían sobre el caso después de todo el tiempo que quieran dilatar el proceso. Ha dicho que no quita para que denunciemos una y otra vez pero que no tengamos muchas esperanzas puestas en esta vía.

Yo creo que hay que intentarlo
 
S
susgg
25/10/2005 14:50
Fer,
muchas gracias por la información. Estoy segura que nos será de gran utilidad. Yo no tenía claro bajo qué tipo de actividad está registrado Madrid Salud, y este dato es muy importante para poder encontrar soluciones.

En cuanto a la insistencia del administrador de que no es bueno que nos manifestemos o que seamos hostiles, ¿Qué miedo existe? ¿Qué tenemos que perder? ¿Por qué esta insistencia? NO estoy de acuerdo. Haremos cuanto esté en nuestra mano para lograr NUESTRO beneficio, el de nadie más, ni el de Madrid Salud, ni el del administrador, que para eso somos los que tendremos que sufrir sus consecuencias.
 
F
FER olmos
25/10/2005 14:27
Me olvidava, he enviado por email una consulta a un familiar que es abogado, aunque no especialista en este tema, para que me de su interpretación y consejo.

saludos y a por ellos
 
F
FER olmos
25/10/2005 14:24
Hola

He encontrado otro artículo en el PGOU que clasifica las actividades de Madrid Salud en la clase de "Otros servicios terciarios", que según su definición, creo que se ajustarían más a los servícios higienicos personales y servícios de formación no reglada que a los servícios sanitarios (como clínicas odontológicas sin hospitalización con cirugía menor, etc.)

Esta clasificación también confirma mi interpretación de que no tienen derecho a exigir servidumbre de paso y que nos la estan metiendo doblada.

Aqui está el artículo:

CAPITULO 7.6
CONDICIONES PARTICULARES DEL USO DE SERVICIOS TERCIARIOS
Artículo 7.6.1 Definición y clases (N-1)
1. Es uso de servicio terciario el que tiene por finalidad la prestación de servicios al público, las empresas u organismos, tales como los servicios de alojamiento temporal, comercio al pormenor en sus distintas formas, información, administración, gestión, actividades de intermediación financiera u otras similares.
2. Bajo un punto de vista urbanístico a los efectos de su pormenorización en el espacio y el establecimiento de condiciones particulares, se distinguen las siguientes clases, sin perjuicio de otras clasificaciones sectoriales de carácter municipal o supramunicipal propias de las actividades comprendidas en cada uso:
e) Otros servicios terciarios: Se incluyen en esta clase de uso terciario aquellas actividades que cumplan básicamente la función de dar un servicio al ciudadano de carácter no dotacional, tales como servicios higiénicos personales, sanitario (como clínicas odontológicas sin hospitalización con cirugía menor, etc.) o educativo no reglado, u ocupación del tiempo de ocio no encuadrada en la clase de uso terciario recreativo.
 
M
madrid4
25/10/2005 13:15
Gracias FER por toda la información, con lo delicado del tema esto mas que un foro parece un CHAT, me alegro que la gente se implique.
Ojo, con la información que nos aporta FER, si es totalmente riguroso que los locales para realizar su actividad están obligados a tener acceso por el exterior lo que nos puede interesar es no darles opción a modificar las zonas comunes ni ninguna obra para que no puedan acceder directamente por el exterior y no puedan realizar su actividad.
Según palabras de nuestro Administrador lo tenemos practicamente imposible(me insistió en que no es bueno que nos manisfestemos y seamos tan ostiles con Madrid_ Salud y no se que le mueve a decirme todo esto, el no tiene que ganar ni perder en este tema) pero por lo que a mí respecta voy a luchar para al menos intentarlo.
A los que estamos metidos en este fregado solo deciros una cosa: FUENTEOVEJUNA TODOS A UNA
Espero que me digáis que día nos reunimos, por mi parte si queréis mañana o pasado.
Jesús
 
S
susgg
25/10/2005 12:57
Gracias a todos los que estáis colaborando, que veo que ya somos muchos.
Jesús, estoy de acuerdo contingo en que necesitamos asesoramiento, en concreto un abogado especializado en temas urbanísticos.
A veces es complicado interpretar toda la normativa existente, y necesitaremos un profesional que nos aclare todas nuestras dudas y por dónde podemos ir.

Un amigo nuestro arquitecto nos ha proporcionado el contacto de un abogado muy bueno en estos temas. Lo expondremos en la reunión.
 
M
microbio
25/10/2005 12:55
He hablado con Rayfa y el tiene de contactos de dos muy buenos abogados especializados en este tema, por eso es bueno reunirnos para ver todos estos puntos.

Madrid4 si no puedes asistir no te preocupes, los que vamos a estar intentaremos contar todo lo mejor posible.

 
F
FER olmos
25/10/2005 12:41
Buenos días,

He estado buscando información en internet y he encontrado en la página www.munimadrid.es el Plan General de Ordenación Urbana, que en su TITULO 7 hay artículos que se podrian aplicar a nuestro problema con Madridsalud.
En el se distingue entre diferentes categorías de usos de equipamientos: c) Salud y d) Bienestar social.
Si las actividades que va a realizar Madridsalud se clasificaran dentro del apartado d), según mi interpretación, los locales tendrían que tener acceso independiente desde el exterior. Yo creo que sí es así. Habría que saber detalladamente las actividades que van a realizar. A lo mejor habría que pedir asesoramiento de un abogado. Dadme vuestra opinión.

He hecho un extracto de los artículos que se podrían aplicar al caso. En mayúsculas los puntos mas importantes. Si alguien quiere consultar el original está en http://www.munimadrid.es/NormativaMunicipal/enlace.asp?referencia=/principal/menus/publicaciones/publicaciones.asp&volver=Publicaciones

Un saludo y a por ellos

TITULO 7

RÉGIMEN DE LOS USOS

Artículo 7.1.3 ACTIVIDADES PERMISIBLES (N-2)

SOLAMENTE PODRÁN INSTALARSE EN LAS DIFERENTES CLASES DE SUELO LAS ACTIVIDADES QUE, POR SU PROPIA NATURALEZA O POR APLICACIÓN DE LAS MEDIDAS CORRECTORAS ADECUADAS, RESULTAREN INOCUAS SEGÚN LO DISPUESTO EN LA NORMATIVA SECTORIAL APLICABLE.

Artículo 7.1.4 DIFERENTES USOS EN UN MISMO EDIFICIO (N-2)

1. Cuando el uso principal esté acompañado de otros, cada uno de ellos cumplirá las especificaciones derivadas de su uso que le fuesen de aplicación.

2. Para la definición de las condiciones de edificación que correspondieran al edificio que las albergue, se tendrá en cuenta el uso que tuviera mayor superficie útil.

3. Cuando en las normas zonales u ordenanzas particulares de los planeamientos correspondientes se establezca, para usos situados en dos plantas contiguas, su necesaria conexión, se entenderá que ésta se resuelve siempre que estén comunicadas directamente entre sí mediante accesos que cumplan las condiciones exigidas por la normativa aplicable.

4. CUANDO EL RÉGIMEN DE USOS COMPATIBLES ADMITA USOS DISTINTOS AL RESIDENCIAL, EXCLUIDOS LOS ASOCIADOS, EN SITUACIONES DE PLANTAS INFERIORES A LA BAJA, PRIMERA Y PLANTAS DE PISO, PARA SU ADMISIÓN, YA SEA, COMO NUEVA IMPLANTACIÓN O CAMBIO DE USO, CLASE, CATEGORÍA, O TIPO, LOS LOCALES DEBERÁN TENER ACCESO INDEPENDIENTE DESDE EL EXTERIOR O ESTARÁN UNIDOS A LOCALES DE USO DISTINTO AL RESIDENCIAL SITUADOS EN PLANTA BAJA. EN NINGÚN CASO SE ADMITIRÁN USOS TERCIARIOS RECREATIVOS NI DE COMERCIO SOBRE VIVIENDAS.

LAS CLASES DE USO DE OFICINAS Y DE OTROS SERVICIOS TERCIARIOS DE ATENCIÓN SANITARIA A LAS PERSONAS EN SITUACIONES DE PLANTAS INFERIORES A LA BAJA, BAJA Y PRIMERA, PODRÁN UTILIZAR EL MISMO ACCESO DE LOS EDIFICIOS RESIDENCIALES DONDE SE UBIQUEN.

CAPITULO 7.10

CONDICIONES PARTICULARES DEL USO DE EQUIPAMIENTO

Artículo 7.10.1 Categorías (N-1)

1. ATENDIENDO A LA PRESTACIÓN SOCIAL QUE SE REALICE, SE DISTINGUEN LAS SIGUIENTES CATEGORÍAS DE USO DE EQUIPAMIENTO:
a) Educativo: Comprende las actividades regladas destinadas a la formación humana e intelectual de las personas, la preparación de los ciudadanos para su plena inserción en la sociedad y su capacitación para el desempeño de actividades profesionales.
b) Cultural: Comprende las actividades culturales destinadas a la custodia, transmisión y conservación del conocimiento, fomento y difusión de la cultura y exhibición de las artes, así como las actividades de relación social tendentes al fomento de la vida asociativa.
C) SALUD: COMPRENDE LAS ACTIVIDADES DESTINADAS A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS MÉDICOS O QUIRÚRGICOS EN RÉGIMEN AMBULATORIO O CON HOSPITALIZACIÓN.

D) BIENESTAR SOCIAL: COMPRENDE LAS ACTIVIDADES DESTINADAS A PROMOVER Y POSIBILITAR EL DESARROLLO DEL BIENESTAR SOCIAL DE TODOS LOS CIUDADANOS Y LA INFORMACIÓN, ORIENTACIÓN Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS O AYUDAS A COLECTIVOS ESPECÍFICOS COMO FAMILIA E INFANCIA, TERCERA EDAD, PERSONAS DISCAPACITADAS, MINORÍAS ÉTNICAS, ETC. DENTRO DE ESTA CATEGORÍA, AQUELLAS ACTIVIDADES QUE TENGAN CARÁCTER RESIDENCIAL, SE ADMITIRÁN SIEMPRE QUE EL ALOJAMIENTO QUEDE VINCULADO PERMANENTEMENTE A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS SOCIALES A SUS OCUPANTES Y TUTELADO POR EL ORGANISMO COMPETENTE EN MATERIA DE BIENESTAR SOCIAL. EL EDIFICIO SERÁ EXCLUSIVO DESTINADO A ESTA ACTIVIDAD. A ESTOS EFECTOS SE ARTICULARÁN LAS CONDICIONES JURÍDICAS QUE GARANTICEN DICHA VINCULACIÓN Y CONDICIONES, QUE SE HARÁN CONSTAR EN LA CORRESPONDIENTE LICENCIA, INSCRIBIÉNDOSE EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD.

e) Religioso: Comprende las actividades destinadas a la práctica de los diferentes cultos y a proporcionar servicios de asistencia religiosa a la población, así como a la prestación de otros servicios sociales, culturales, sanitarios o educativos que estén vinculados con la actividad pastoral.
 
C
Chai
25/10/2005 11:59
Hola vecinos:
Me parece fenomenal lo de la reunión.
En cuanto a la visita de los arquitectos hoy, mi mujer hoy está en casa y bajará.
un saludo, Chai.
 
M
madrid4
25/10/2005 11:53
No tengo margen de tiempo para poder asistir hoy, estoy cerca de Manuel Becerra y mi horario de salida del trabajo es a las 13:30, aunque si lo puediera preveer con tiempo si me prodría escapar.
A parte del Arquitecto ¿no podríamos acceder a algún abogado que nos asesore en terminos legales? en visto en la WEB que algunos consultores cobran 35 euros.Ojo puede que nos interese que no se modifique la entrada al centro de Salud para que incumplan alguna normativa y no puedan realizar su actividad ( para esto tendría que asesorarnos un abogado).
Según el artículo 7 punto 2º de la Ley de propiedad horizontal dice:
Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas,insalubres,nocivas,peligrosas o ilícitas.

Pues bien:
Los estatutos se pueden modificar, pero ha de ser en una junta a tal efecto y por unanimidad no por mayoría. ¿la unanimidad es de los asistentes o tienen que ser de todos los propietarios?, por ese lado les podemos marcar un gol nosotros cambiando los estatutos. , Por otro lado podemos argumentar actividades molestas: ya que habrá pacientes que pasan por nuestro portal, nocivas: ya que habrá gente enferma pasando por zonas comunes, peligrosas: ya que hay consultas de salud mental y esto quiere decir personas que no responden de sus actos. Por consiguiente podemos argumentar que este centro incumple con el artículo 7 de la Ley de propiedad horizontal.
Hay que reunirse ya y formar una comisión y me ofrezco a participar en ella.
Jesús

 
M
mijafurco
25/10/2005 11:32
Hola,

Susgg, ya sabéis que podéis contar conmigo para lo que queráis.
microbio, hoy no podré estar pero mantenedme informado de cuando será la reunión.

Un saludo.
 
S
susgg
25/10/2005 11:17
Jesús,
hemos hablado varios y estamos de acuerdo en reunirnos mañana. Si os parece, vamos a proponerle al presidente que asista y que coordine la reunión. En caso de que no pudiera, le haremos saber lo que pretendemos hacer y le pediremos que nos faculte como comisión para este asunto.
Vamos a hablar con Juan Carlos para ver cómo avisamos de la reunión a todos los vecinos.
 
M
microbio
25/10/2005 11:15
Perdona es hoy, si puedes venir sería bueno, entre más gente. menos cosas se nos escapan
 
M
microbio
25/10/2005 11:13
El arquitecto que viene no es de ellos, es del PSOE, el viernes tienen una reunion con la emv.
 
M
madrid4
25/10/2005 11:06
¿A las 13 ó 13:30H pero de hoy mismo?, no tenemos margen de nada me gustaría estar pero creo que me resultará imposible. Hay que tener cuidado de que no nos metan un gol, ante todo no queremos ese centro de salud de ninguna de las formas y por otro lado si no nos queda mas remedio que bajo ningún concepto entren por nuestras zonas comunes.
Este tema no me deja dormir por la noche.
Por favor confirmarme si es hoy la visita de con los arquitectos para intentar ir.
Saludos:
Jesús
 
M
microbio
25/10/2005 10:47
Novedades, me han llamado hoy viene el arquitecto que nos van ha mandar para ver todos los problemas que estamos teniendo, he hablando con Rayfa y le vamos a recibir los dos, si alguien esta interesado en estar presente para trasmitir la problemática hemos quedado entre 13:00 y 13:30.

A lo mejor es bueno quedar antes he estado hablando con Rayfa y por lo que le ha trasmitido la persona que logro pararlo hace 8 años, ya estamos tardando, por lo visto lo que quieren es ganar tiempo.

Saludos,
 
S
susgg
25/10/2005 10:22
Buenas:
ayer estuve charlando con microbio y me contó que había hablado con el presidente para transmitirle nuestra preocupación y pedirle una Junta Extraordinaria para que se informe y sobre todo para tomar medidas. Finalmente quedaron en tenerla dentro de un par de días, ya que Juan Carlos está pendiente de obtener una respuesta por parte de Madrid Salud, y es el plazo que nos ha pedido.
No se si sería conveniente juntarnos nosotros antes o esperar a esta Junta. No obstante, es cierto que debería ser antes del puente, como muy tarde a finales de semana. ¿Esperamos a que nos diga algo Juan Carlos?
 
M
mijafurco
25/10/2005 09:54
Hola,

¿qué hará el presidente que no se deja ver por este foro?

Un saludo.
 
M
madrid4
25/10/2005 09:48
Según me ha comentado el Administrador, Madrid-Salud tiene previsto empezar su actividad a finales de Noviembre. De hacer algo ha de ser ya. Propongo que hagamos una reunión entre todos los vecinos y ponernos de acuerdo para intentar solucionar esto. Aunque no sea una junta oficial propongo que nos reunamos para tratar este tema tan sumamente delicado y que puede afectar a nuestra convivencia y al futuro de todos. He intentado ver en internet temas relacionados con esto pero de momento no he localizado nada. Tendríamos que asesorarnos con algún abogado. Tendríamos que reunirnos cuanto antes y organizarnos. ¿Os parece quedar antes de que acabe esta semana? la que viene es puente y será mas dificil. Propongo que nos reunamos mañana o pasado sobre las 20h ¿que os parece? habría que poner algún cartel en el portal para el que quiera asistir.
Por favor indicar que os parece
Un saludo
Jesús
 
S
susgg
25/10/2005 09:25
Hola a todos:
comentaros que ayer, Reyfa se puso en contacto con un vecino de la zona que hace 8 años estuvo en la misma situación que nosotros (querían montar un centro de Madrid Salud en Ronda de Segovia) para que le contase qué pasos siguieron para evitarlo, puesto que finalmente consiguió que la iniciativa se parase.
Ellos lo tuvieron claro. Primero, montaron una comisión de vecinos que querían implicarse, después se dirigieron al Teniente Alcalde quien les comunicó que no se podía hacer nada, que eso ya estaba decidido. Y por último, organizaron una manifestación pacífica que cortó la Ronda de Toledo. Vinieron los medios de comunicación y sólo así consiguieron que se les escuchara y el Teniente Alcalde tuvo que ceder a su propuesta. He resumido un poco la historia, pero su consejo es que tenemos que actuar con rapidez, montar una comisión y dirigirnos a los organismos pertinentes y a responsabilidades de peso para que nos escuchen y tomen medidas.
 

Fin del hilo
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