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A
adria
25/04/2005 10:37

votaciones

¿Deberíamos realizar las votaciones por escrito en las reuniones de vecinos?

525 lecturas | 3 respuestas
Buenos dias vecinos,

me gustaria exponeros un tema que me parece relevante debido a la cantidad de votaciones que se estan realizando en las ultimas reuniones.

Creo que para agilizar las reuniones, tener una fiabilidad mayor en la mismas y ampliar el tiempo en la toma de decisiones, se deberian de realizar por escrito, pues siendo como hasta ahora a mano alzada, se pueden producir votaciones ilegales, ya que no hay ningun control de las personas que votan.

Me explico, se entregan con anterioridad a la reunion, formularios simples en los que figuren casillas para marcar el voto.

Con esto ganamos, agilidad, pues mientras se desarrolla la reunión una persona encargada, recuenta los votos, que solamente se realice un voto por cada piso, cosa que hasta ahora no se ha realizado y desvirtua los resultados, y poder tomar una decision con mas de 5 minutos para pensarlo.

Otra opcion seria recoger los votos al final de la reunion para poder oir las opiniones de otros vecinos que pueden abrir nuevos puntos de vista.

¿Que os parece?

Un saludo
 
F
ftr
26/04/2005 14:27
buenas tardes adria, tasmania y resto de vecinos
como continuación a los mensajes del día de ayer, esta mañana me he puesto en contacto con el Sr administrador buscando su asesoramiento legal al respecto y como conclusión procederé a presentar a nuestra Junta de gobierno la siguiente propuesta.

1º que en próximas asambleas se proceda a votar por escrito las propuestas que se consideren suficientemente importantes, concretamente todas las que se refieran a temas ecónomicos (entendiendo que habrá temas de menor importancia que no requieran salvo dudas en el recuento a mano alzada, y que harían interminables las reuniones, no obstante en estos casos si surgieran dudas, se podría exigir la votación por escrito).
2º en caso de empate técnico o sea votaciones muy reñidas o cercanas en su resultado, se aplicarían votaciones por porcentajes, según contempla la ley de propiedad horizontal para casos diversos, y que obliga concretamente en todas aquellas decisiones que conlleven una derrama superior a 3 cuotas, o en su defecto a presupuestos superiores a los 2/5 del presupuesto anual
EN NUESTRO CASO HABLAMOS DE PRESUPUESTOS SUPERIORES A 53400 EUROS, O SI APLICAMOS EL PRESUPUESTO APROBADO PARA 8 MESES 42300 EUROS,
UN SALUDO



 
F
ftr
25/04/2005 19:06
buenas tarde adria
tomo nota de tu propuesta, y en la Junta de gobierno de mañana martes se expondrá, para si se ve viable incorporarlo a próximas reuniones
saludos
 
T
tasmania
25/04/2005 13:37
Me parece muy acertado. Pienso que eso sería lo ideal.
 

Fin del hilo
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