Volver al foro
M
mafalda04
25/10/2004 10:40

Plusvalía

¿A cuánto asciende la plusvalía por el Impuesto sobre el Incremento de valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana?

6.511 lecturas | 5 respuestas
Hola, he buscado un poco de información sobre el Impuesto sobre el Incremento de valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana que creo que es la pluavalía a la que se refiere el contrato, más que nada para saber cuánto nos costará pagar si en el contrato pone que corre a cuenta del comprador. He encontrado en la parte de impuestos de www.iabogado.com cómo se calcula dicho impuesto pero no tengo todos los datos para poder hacer una estimación. ¿¿Alguien sabe a cuánto asciende esta plusvalía?? Me han comentado que en otras promociones de viviendas, esta plusvalía está incluida en el precio de venta pero que otra promotoras no lo incluyen para que luego lo paguen los compradores, como va a ser nuestro caso, la verdad es que nos lo podían haber dicho antes de dar la señal, pero como bien dice Paquete, esto son lentejas....Un saludo.
 
D
darual
30/11/2004 10:50
Aqui hay un sitio para calcular la plusvalía, pero es para vender este año, se puede simular que se compro hace dos años y se vende ahora, para ver la pasta....

https://www.trescantos.es/oficina_virtual/plusvalia/plusvalia.html
 
M
mafalda04
04/11/2004 15:48
Lo de la plusvalía no lo podemos saber hasta la entrega de llaves, puedes saber la forma como se calcula pero te faltan los datos asi que estamos igual. Espero que no sean los 74€ que me comentaron, pero bueno, nosotros estamos firmando en el contrato que corre a cuenta nuestra y por conocidos, muchas promotoras lo hacen y es legal. Veremos a ver por cuánto nos sale la broma. Saludos
 
D
darual
04/11/2004 08:59
Estoy intentando documentar algo más sobre la plusvalía y he encontrado una consulta sobre este tema en la revista consumer, el link es el siguiente:

http://revista.consumer.es/web/es/20020601/practico/consultorio/

Y el texto lo pongo aquí:

"La plusvalía debe correr a cargo del vendedor del piso

En 1999 compré un piso en proyecto de construcción. En enero de 2000 me presentaron el contrato de compraventa para que lo firmara. El contrato incluía quince estipulaciones donde se detallaba el precio, la fecha de entrega, etc. En una de las cláusulas se dice: "Cuantas cargas e impuestos se deriven de la presente transmisión como notariales, registrales e incluso el impuesto de plusvalía, serán por cuenta del comprador". Tengo entendido que la plusvalía corresponde pagarlo al vendedor, pero, claro, en enero tuve que firmar forzosamente. El piso y el garaje me lo entregarán este año. Quisiera preguntarles si tengo la obligación de pagar la plusvalía.

En principio, es el vendedor el que paga la plusvalía. Así que en este caso sugerimos que reclame al vendedor, por telegrama o buro fax certificado con acuse de recibo, la retirada de la cláusula relativa a la plusvalía en las escrituras. El asunto es, de cualquier forma, complejo. El artículo 107 b de la Ley de Haciendas Locales dice que en las transmisiones gravosas quien debe pagar la plusvalía (impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana) es el vendedor. Por otra parte, el artículo 36 de la Ley General Tributaria establece que los elementos de la obligación tributaria no podrán ser alterados por pactos o convenios entre los particulares, y en todo caso quien abona la plusvalía ante la Administración es siempre el vendedor.

Sin embargo, puede hacerse un pacto entre las partes a efectos exclusivamente civiles. Es decir, las dos partes pueden ponerse de acuerdo y pactar que el vendedor asuma unos gastos de la transacción y el comprador otros gastos. Para que esos pactos civiles no sean abusivos para el consumidor, la Ley General de Defensa del Consumidor y Usuario señala que se considerarán abusivas las cláusulas que impongan al consumidor los gastos de documentación y tramitación que por Ley imperativa correspondan al profesional.

Y aunque la ley no cita expresamente la plusvalía -ya que no es propiamente un gasto derivado de la preparación de la titulación- en ese pacto civil el vendedor no puede imponer al comprador que abone la plusvalía ni otros conceptos que no corresponden al comprador. Es decir, en los pactos civiles siempre habrá que negociar. Así al menos se pronunció la Audiencia Provincial de Palencia en su sentencia de 21 de enero de 1994 al declarar abusiva y nula la cláusula que obligaba al comprador a pagar la plusvalía.

Una excepción: en Navarra la plusvalía se cobra al comprador. "





Un saludo.
darual.
 
D
darual
04/11/2004 08:37
Podeis explicar un poco más que es esto de la plusvalía.

gracias y un saludo.
darual.
 
P
PAQUETE1
25/10/2004 13:38
Yo también he estado investigando un poco y todavía no tengo nada claro. Te confirmo que la plusvalía es el impuesto del que tú hablas. He buscado por internet y he visto de todo, desde uno que pagó 25.000 pesetas a otro que pagó 300.000. Creo que no vamos a conocer la cuantía hasta que llegue el momento de pagar, porque hasta que no nos entreguen las viviendas (en 2007 como mínimo) no se puede calcular la diferencia entre el valor del suelo en el momento de la entrega (2007) y el que tenía cuando la promotora lo adqurió, además dependiendo de los años que pasen (ellos adquirieron la parcela en 2003) hay que aplicar unas tablas de porcentajes, que son propias de cada ayuntamiento. En la WEB del ayuntamiento de Parla no he encontrado nada, pero las tienen que tener. Espero que no se acerque ni por asomo a los 74€ que comentabas el otro día, porque en ese caso me puedo dar por arruinado.
Lo que también he visto en internet es que parece ser que este impusto, salvo que se indique en el contrato, lo paga el que vende, no el que compra. Parece ser que en otros casos de otras promociones pasadas (no de Parla ni de Madrid) el comprador denunció el contrato debido a que le querían hacer pagar este impuesto, y por lo que he visto hay empate técnico, porque hay 2 sentencias judiciales que dan la razón al comprador y otras 2 que se la dan al vendedor.
Saludos
 

Fin del hilo
Mensajes Relacionados
  • 18 (2006)
  • 2 (2006)
    © 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
    Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
    Vocento