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Siebe
Siebe
29/05/2021 20:49

Constitución de la comunidad de propietarios.

Administradores de fincas asignados por Neinor Homes

5.244 lecturas | 56 respuestas

He hecho una recopilación de los mensajes más importantes que hay por el foro sobre este tema, y los pego aquí, para tenerlo todo junto, y a partir de ahora hablar en este hilo sobre este tema.

Va a ser un poco largo este post:

                                      HILO: COMO VA LA VENTA DE PISOS

10/03/2021 7:34 Pag 4 VERM

Egunon!! Habéis oído algo sobre los administradores de fincas que asigna Neinor para la administración de la comunidad?

Lo comento porque tengo un amigo que ha comprado la promoción en Getxo Fadura y mi tía y mi prima en Urduliz en distintas promociones y todos han tenido problemas con los administradores asignados. La promoción de mi prima han conseguido echarlo y mi tía están en ello y el de Getxo también lo han quitado. Me han aconsejado que estemos atentos y tengamos cuidado. Ahí lo dejo por si alguien ha oído algo ya que me parece un tema a tener en cuenta.

15/03/2021 16:21 Pag 4 netxuolmo

El viernes entendí a la chica, que el 1º año ponen ellos al administrador, después de acabar ese plazo se puede poner el que queramos.

15/03/2021 16:42 Pag 4 RMCC

Me parece raro porque el art 13 de la ley de propiedad horizontal establece que:

5. Las funciones del secretario y del administrador serán ejercidas por el presidente de la comunidad, salvo que los estatutos o la Junta de propietarios por acuerdo mayoritario, dispongan la provisión de dichos cargos separadamente de la presidencia.

6. Los cargos de secretario y administrador podrán acumularse en una misma persona o bien nombrarse independientemente. El cargo de administrador y, en su caso, el de secretario-administrador podrá ser ejercido por cualquier propietario, así como por personas físicas con cualificación profesional suficiente y legalmente reconocida para ejercer dichas funciones. También podrá recaer en corporaciones y otras personas jurídicas en los términos establecidos en el ordenamiento jurídico.

7. Salvo que los estatutos de la comunidad dispongan lo contrario, el nombramiento de los órganos de gobierno se hará por el plazo de un año. Los designados podrán ser removidos de su cargo antes de la expiración del mandato por acuerdo de la Junta de propietarios, convocada en sesión extraordinaria.

8. Cuando el número de propietarios de viviendas o locales en un edificio no exceda de cuatro podrán acogerse al régimen de administración del artículo 398 del Código Civil, si expresamente lo establecen los estatutos.

15/03/2021 20:11 Pag 4 VERM

Hola, He hablado con mi tía y prima respecto al administrador y me han dicho que Neinor pone a Marcal de Basauri, o por lo menos a ellas, que viven en distintas promociones, les han puesto ése.

Donde mi prima lo quitaron cuando venció el primer año, pero con un aviso 3 meses antes del vencimiento. Desastre de gestión, no trasladaban ni en fecha ni en forma a Neinor los problemas de las viviendas respecto a la garantía. Tuvieron que afrontar a un pago importante debido a la mala gestión del administrador por no avisar para modificar la aerotermia a modo verano y no consumir a pleno rendimiento, etc... Donde mi tía no han podido cambiarlo porque no avisaron con suficiente antelación. Los mismos problemas que mi prima, desastre gestión, malas formas, y amenaza de juicios, aunque parece que al final han llegado a un acuerdo y en junio dejan la administración.

15/03/2021 22:04 Pag. 4 siebe

Leeros la estipulación SEXTA del contrato de compraventa que firmamos, y luego me contáis.

15/03/2021 22:39 Pag 5 RMCC

Según apartado f de la estipulación sexta del contrato, la parte vendedora convoca primera junta y en ella propone administrador, pero es la junta la que tiene que aprobarlo, si no entiendo mal, para ello habrá que votar lo que no quita que se puedan proponer varios administradores posibles y someterlos a votación, la cuestión es que se lleven propuestas creo.

23/03/2021 10:04 Pag 5 VERM

Egunon! Me han pasado un Acta de constitución de la comunidad de propietarios de una de las promociones de Urduliz.

Los puntos a tratar fueron los siguientes:

Constitución de la comunidad de propietarios.

Designación de presidente y demás órganos de gobierno de la junta de propietarios.

Autorización al presidente para solicitar número de identificación fiscal, apertura y libro de actas y legitimación del mismo así como autorización para apertura de cuenta corriente a nombre de la comunidad de propietarios y autorización de firmas para disponer de los fondos necesarios para el funcionamiento de los servicios comunitarios.

Dotación de provisión de fondos para atender gastos para la puesta en marcha de la comunidad

Protección de datos

Ruegos y preguntas.

En el punto 2, nombran a una persona de Neinor Norte, s.l, presidente y a Marcal como administrador de fincas.

15/04/2021 22:18 Pag 6 Lgtb

Hola a todos:

La semana pasada estuve en otro piso de Neinor y lo mismo que el otro de Leioandi. Fallos constructivos,una persiana eléctrica que no funciona desde que les dieron las llaves (8 meses), fallos en pintura,la lavadora de la terraza no entra en el hueco que se supone que tiene que estar porque han puesto la caldera muy pegada. Las puertas de los armarios esquineros no se pueden abrir a tope por fallo en diseño con lo que no se pueden sacar los cajones,etc… y todo son largas cuando se quejan,por lo que he consultado a un abogado para hacerle ciertas preguntas.

15/04/2021 22:34 Pag 6 Lgtb

El tema del administrador de fincas me ha tranquilizado,porque me ha dicho que simplemente con que una persona diga que se apunte en ruegos y preguntas que no se esta en desacuerdo con la administración pero no los conoce y por ello se opone a que sea una administración impuesta por la promotora valdría para poder pedirle un presupuesto de lo que va a cobrar,(que nadie lo sabe porque lo ha acordado con la constructora ) que servicios va a dar … etc.

Si nosotros no estamos de acuerdo,tenemos otro presupuesto o el motivo que fuere,en una reunión privada con el presidente de la comunidad se podría elegir otro administrador.

 

                                         HILO: AVANCE OBRAS

27/05/2021 11:13 Pag 4 MCLS

En cuanto a la vivienda y comunidad, creo es importante tengamos claro que administrador queremos y contratarlo desde el primer momento. Que asista a la reunión de constitución de la comunidad, y que desde ese día lidere con la junta de la comunidad las reclamaciones que haya.

Propondría a los participes de este foro mantener una reunión previa y establecer una agenda de actuación para cuando nos entreguen las viviendas. La agenda pasaría por localizar y proponer, al administrador futuro, así como, la definición de un grupo o comisión que se encargue de una primera inspección de la urbanización y bienes comunes, identificando los posibles defectos.

La recopilación de defectos en las viviendas particulares también podría ser una de las actividades de esa comisión.

Evidentemente, todo pasaría por la aprobación en primera junta de la comunidad de vecinos.

Creo que si actuamos como colectivo podremos actuar como más fuerza, caso que sea necesario

28/05/2021 18:21 Pag 4 MCLS

En cuanto al administrador, me han recomendado unos amigos de Baraka a NR Fincas, actualmente administrador del grupo Beurko Berria, la “tira” de viviendas y por lo tanto de vecinos , que entiendo a cada uno de ellos con sus “inquietudes”. Mis amigos, y algunos familiares viven en Beurko Berria, en general están muy contentos con NR Fincas. No conozco otro, he estado viviendo en Tarragona durante 35 años, y entiendo que al tener sus oficinas en Barakaldo puede presentar algún problema de proximidad, aunque con las comunicaciones y medios actuales pueden ser mínimos.

Si os parece, cuando vaya por Euskadi, sobre el 20 de Junio, me paso por sus oficinas y consulto la posibilidad y trámites, así como el resto de detalles. Ahora estoy en Tarragona, parte del año lo paso aquí.

Todo ello, siempre y cuando os parezca bien, por supuesto. Si hay otras sugerencias y, voluntario o voluntarios para consultar, sería bueno, puesto que además de recomendaciones, habrá que pedir presupuesto.

 

 
Txopeera
Txopeera
01/06/2021 08:37

Buenas de acuerdo a todo, y si, el grupo de Whatsapp es el cauce logico para esto.

Yo tambien habia pensado que pueden andar leyendo el foro, pero para el grupo de Whastapp no vas a pedir las escrituras jajajaja, asi que igual te pasa lo mismo.

Voy a intentar que me digan o me recomienten algun administrador de la margen derecha que tenga buenas referencias, no por nada en concreto, si no por cercania. Ahora nos da igual quiza donde este, pero con el paso del tiempo...si tienes que acercarte a las oficinas..hacerme caso que cuanto mas por la zona mejor.

He leido referencias del primero que se comento Nr Fincas, y tienen 70 reviews, la mayoria buenas, pero tambien he leido malas y comentan que son bastante jovenes. 

Tampoco hay que fiarse de las reviews de google al 100%, ni para bien ni para mal, todos tenemos amigos, enemigos...e incluso la capacidad de hacer varias cuentas de google.laugh

Un saludo.

 

Fin del hilo
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