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C
ceped
19/06/2003 08:42

CUENTA AHORRO VIVIENDA

¿Se pueden realizar los pagos de la vivienda con el dinero de la cuenta ahorro vivienda?

893 lecturas | 7 respuestas
Buenos días a todos!!

Os quería hacer una pregunta, los pagos q tenemos q hacer de nuestra vivienda (ese 20% hasta la entrega de llaves),



¿se pueden realizar con el dinero q tengamos en nuestras cuentas ahorro vivienda?,



os lo pregunto porque este dinero va destinado a la compra de una vivienda, pero como no tendremos escrituras hasta la entrega de llaves...(aunque supongo q tendremos algun contrato de compra-venta).



Muchas gracias y un saludo.
 
K
Kira
19/06/2003 15:19
Estoy leyendo vuestros mensajes y me estoy volviendo looooca. Yo pregunte a una amiga que ya hace años tuvo una cuenta y se compro piso, como iba todo con hacienda. Y me dijo que lo unico importante para hacienda es que te hayas comprado un piso o estes en ello para cuando vence el plazo(y el plazo no son cuatro años sino cuatro mas medio, es decir comprar antes de que toque hacer la declaracion del ultimo año que se hace en mayo-junio del año siguiente. Y que a HP le da igual si has pagado la entrada con la cuenta vivienda, con la totalidad, parte o lo que sea, solo le interesa que haya piso!
 
C
cabilia
19/06/2003 14:29
pitch,



Todo lo que tienes en la cta viv (la tienes q dejar a cero) lo tienes que aplicar a la compra de tu casa y tener justificantes de ello. Tambien valen gastos de notaria, gestoria, impuestos... Si te subrogas al prestamo promotor- nos pueden obligar- pues la hemos fastidiao xq sólo podrás pedir ese 70 es decir: 80% - lo que te quedaba en la cta viv. Si nos dejan irnos a otra entidad entonces si, entonces podemos poner el pisito a todo lujo de detalles, xq si tu tienes que entregar lo que hay en la cta viv (lo usarías para cancelar parte del prestamo promotor) pero si pides el 80% el 10% que te sobra del nuevo ptamo lo puedes usar para amueblar... xq es + díficil seguir la pista a ese dinero, en principio tampoco se podría si te vas a deducir de él por adquisición de viv habitual, pero vamos que lo hace todo el mundo.
 
P
pitch
19/06/2003 10:41
Cabilia, como veo que estas muy puest@ en estos temas te lanzo una pregunta.

Si yo tengo ahorrado el 30% del piso en cta vivenda, pero quiero coger el 80% del valor del piso en hipoteca (para usar ese 10 % en amueblar etc), se me plantean las siguientes dudas.

Puedo usar el 30 % de la cta vivienda y el 70 de la hipoteca, ¿ me dejara el banco?.

Si pido el 80% de la hipoteca tengo que usar todo ese dinero para la compra del piso y por lo tanto solo usar el 20 de la cat vvida., con lo que me ´comeria´ el 10 %.



Un saludo y muchas gracias

 
M
msalinero3consorte
19/06/2003 10:33
Azkaban ten en cuenta que en marzo, cuando te caduco la cuenta vivienda no estabas en la misma situacion que ahora, se considera que una vivienda es tuya cuando la escrituras, pero de cara a hacienda, si tienes un contrato de compra de un piso en construccion, es mas que posible que te concedan esa prorroga...entre otras cosas, porque si les tuvieras que devolver el dinero, ellos te lo acabarian devolviendo a ti ya que en los primeros 5 años de comprate una vivienda, puedes desgravarte el dinero que diste como entrada asi que...



Ahora, que seguramente, al no tener ese contrato en tu poder, te toque devolver lo que te desgravaste en su momento... y ya lo recuperaras en los proximos años fiscales.



Saludos.

 
Calixto
Calixto
19/06/2003 10:30
Si que existe prorroga, pero tienes que solicitarla antes del vencimiento presentando algún documento que exprese el compromiso de compra en firme con el vendedor. Por lo que si la cuenta vivenda termina antes de tener firmados los papeles con la EMV, no hay nada que hacer, pero si es después si que existe la prorroga.
 
A
Azkaban
19/06/2003 10:15
Cabilia, ¿Estas seguro/a de que es posible una prorroga en hacienda?



A mi me venció la cuenta en marzo de este año y cuando llamé a Hacienda me dijeron que no había ninguna posibilidad de prorroga. Si tienes mas datos acerca de lo que comentas te agradecería que me expliques como proceder.



Saludos.
 
C
cabilia
19/06/2003 09:37
Buenos días vecino,



Si, la cta viv es para la compra de tu casa pero eso incluye los pagos al promotor, es decir ese 20% que pagamos antes de la hipoteca al promotor- lo que si tienes que hacer es asegurarte de que luego le vas a poder demostrar a hacienda que lo has utilizado para eso, haz una transferencia desde tu cta a OTRA a NOMBRE DE LA EMV o hazles un cheque NOMINATIVO. Igualmente si tienes más dinero ahorrado que ese 20% cdo llegues a la subrogación del prestamo promotor- puedes subrogarte por la parte que te quede 80%-resto cta viv.

Si te cumple el plazo de la cta viv y tdv no hubieramos hecho ningun pago, se puede pedir una prorroga de dos años a hacienda (para no tenerle q devolver la pasta) mediante justificante de la EMV de que estas esperando la construcción de tu piso.
 

Fin del hilo
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