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S
ShredMeister
02/10/2006 14:42

Hipoteca BBVA

¿Puedo elegir otra hipoteca en lugar de la del BBVA?

649 lecturas | 3 respuestas
Hola a todos,

Supongo que ya habreis ido a firmar a las oficinas de Vescoop y os habran dado un poco mas de informacion sobre el tema de la hipoteca del BBVA. Tal y como me lo han contado a mi, puesto que la informacion que dan es casi nula y a mi me parece que totalmente encubierta, da la sensacion que la hipoteca del BBVA es fija y nos la tenemos que tragar si o si, con las condiciones que ofrece.

Sin embargo, yo tenia entendido que por ley, nadie puede obligarte a surrogarte a una hipoteca concreta, y me parece que este caso no es distinto. Una amiga me ha dicho que ella vivio un caso similar, con hipoteca de la CAM y demas, y que decidio desligarse de ella para acogerse a la de otro banco, que fue el que mas le intereso.

Sabeis algo de esto? Sabeis que condiciones exactamente tenemos nosotros? A mi me da la sensacion que sobre esto hay un vacio absoluto de informacion, y creo que estan esperando hasta el ultimo momento para darnos la informacion y que no haya posibilidad de maniobrar, pero creo que es un tema muy importante.

Por favor, comentad todo lo que sepais por aqui.

Saludos
 
S
ShredMeister
04/10/2006 11:57
Hola

Gracias por vuestras respuestas!

El problema del credito que yo veo es que por mucho que las condiciones sean favorables, no tiene ninguna flexibilidad, no puede extenderse para cubrir otros gastos, etc.

Yo he recibido informacion que estos creditos y ayudas se revisan anualmente para comprobar que el beneficiario sigue cumpliendo las condiciones para recibir ayudas... En otras palabras, cualquiera con un sueldo medianamente normal dejara de poder beneficiarse de ellas en menos de 5 años. Entonces que pasa?

No se, precisamente porque no tengo respuesta a estas cosas es por lo que queria comentarlo... Sabeis si es cierto que las condiciones se revisan anualmente?
 
E
EvitaSA
04/10/2006 11:41
La respuesta a este interrogante se contesta tras conocer cuáles son las peculiaridades de los préstamos cualificados, que es cómo se denominan las hipotecas destinadas a la adquisición de viviendas de protección pública (VPP).

Las condiciones de las ofertas hipotecarias tradicionales las marcan las entidades financieras en un entorno de competencia y según la evolución mensual de los índices hipotecarios.

En cambio, las condiciones crediticias de la financiación de la VPP están reguladas por el Gobierno central y por los convenios firmados con las diferentes comunidades autónomas.



TIPOS TUTELADOS

Los préstamos cualificados permiten financiar hasta el 80% del precio máximo legal de la VPP, carecen de comisiones de apertura y de cancelación y se contratan a un plazo de 20 años.

Sin embargo, la característica más importante es que el tipo de interés efectivo anual vigente está tutelado por el Ministerio de Fomento.

«Estos préstamos son baratos, pues el comprador se ahorra el pago de una comisión de apertura. El interés anual no varía durante la vida del crédito –salvo que lo modifique Fomento–, lo que permite al particular blindarse contra las variaciones al alza de los tipos hipotecarios», explica Jaime Langre, director de promociones inmobiliarias de Banesto.

Este experto matiza otro dato relevante: el hecho de que el plazo de amortización sea de 20 años implica un mayor tipo de interés de partida, aunque siempre por debajo de las condiciones ofrecidas en las hipotecas tradicionales para dicho vencimiento.

Esto es así porque el cálculo de este tipo efectivo se realiza por Fomento, tras ponderar a la baja las diferentes ofertas competitivas del mercado español.



REVISIÓN ANUAL

«El interés anual resultante para VPP –situado en el 4,45% desde abril de 2002– se volverá a revisar por Fomento durante el primer trimestre de cada año del Plan de Vivienda 2003-2005, o bien se modificará por el Gobierno, con carácter excepcional, para adecuarlo a la actual coyuntura de tipos», indican desde Cajamadrid.

El precio máximo legal del módulo de VPP para un piso protegido igual o menor a 110 metros cuadrados en Madrid capital está en 1.040,42 euros.

El banco, por tanto, concederá a los solicitantes de un préstamo cualificado hasta 91.556,96 euros de financiación –el 80% del valor del inmueble–, con lo que la cuota será de unos 576,76 euros mensuales.

Si la familia que cumple los requisitos establecidos en el Plan de Vivienda 2001-2004 de la Comunidad Autónoma de Madrid (CAM) –nivel de rentas, no poseer casa en Madrid, etc.– no puede afrontar el pago de la entrada del piso o bien el esfuerzo del recibo mensual es elevado, la CAM contempla una serie de ayudas destinadas a cubrir estas carencias económicas.




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cesarinho
02/10/2006 21:29
Hola a todos

Sinceramente, a mi no me agradaba mucho la idea de que te obligasen a acogerse a la Hipteca del BBVA, pero una vez vistas las condiciones, a mi me parece la mejor hipoteca a la que acogerse, ya no por el tipo de interes (nadie te va a dar un 3,14 fijo), ademas no tienes que pagar comisión alguna y al ser una Hipoteca del Ministerio de la Vivienda las variaciones que puede sufrir son casí inesistentes.
Aún sí, yo tengo una duda que no se si alguien pregunto, ¿se va a poder ampliar el credito personal del garaje?. Creo que es una buena opción para pagar los inumerables gastos ya que tambien es un tipo de interes muy bajo y fijo (creo).
Una cosa mas, creo que si quieres solicitar las ayudas de la Comunidad de Madrid tienes que tener dicha Hipoteca.
Espero haberte ayudado, aún así, si encuentras una Hipoteca mejor dimelo.

Un saludo
Fer
 

Fin del hilo
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