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robinaco
31/07/2007 11:39

PARA JURISTA RETRASO ENTREGA VIVIENDA,¿QUE HACER?

¿Cómo debo actuar si mi vivienda de obra nueva tiene un retraso en la entrega?

10.313 lecturas | 28 respuestas
Compré una vivienda de obra nueva y en el contrato de compra venta indicaba que la fecha de finalización de las obras sería en Noviembre de 2006. A fecha de hoy no me han comunicado nada acerca de la entrega y al preguntarles si iban a indemnizar por el retraso me dijeron que cada uno actuara como creyera oportuno, que ellos no iban a pagar nada en principio.
¿Como debo actuar? ¿Debo enviarles algún documento antes de la entrega de la vivienda?
 
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RDLFUENTE
03/02/2009 13:18
Hola, A mi me tendrian que haber entregado mi vivienda en diciembre de 2007. Yo soy de cooperativa, pero es cierto que la mala gestion de la gestora y la lentitud de Dragados nos ha perjudicado mucho. Parece ser que la entrega por fin será este mes.
Yo me encuentro en caso parecido al de Rubisa. Yo vivo con mis padres y tengo invadidos sus armarios, trastero y su parcela. Ademas de tener invadido el piso de una tia y su parcela y el piso de un tio de mi novio. Ya no sabemos donde meter tanto trasto. Y claro, nosotros ni pagamos alquiler ni pagamos guardamuebles porque tenemos la suerte de tener familiares que nos ayudan, pero aun asi me gustaria saber si podria reclamar a la gestora o a la constructora algun tipo de indemnizacion.
Gracias y un saludo.
 
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olgaflo6
02/02/2009 08:07
sr JURISTA cuando podra responder a nuestras preguntas?
 
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rafel
26/01/2009 12:14
PARA JURISTA,

HOLA LE EXPONGO MI SIGUIENTE DUDA:

HEMOS ADQUIRIDO UNA VPPL ENTREGA 19/ABRIL 2009 SEGUN LA PROMOTORA.MI PREGUNTA ES¿SI POR CAUSAS AJENAS A LA PROMOTORA SE SUPERASE LA FECHA FIJADA PARA LA ENTRADA, PODRIAMOS EXIGIR LA RESOLUCION DEL CONTRATO DE COMPRA-VENTA Y LA DEVOLUCION DEL DINERO ENTREGADO HASTA EL MOMENTO?
MUCHAS GRACIAS
 
O
olgaflo6
26/01/2009 10:49
hola! mi pregunta es la siguiente, entrega de viviendas 28/nov/08, con 90dias, por causas climatologicas, de suministros u otras ajenas a la construccion,si llegado el 28 de feb de 09 no me han entregado mi piso ke debo hacer ? i ke puedo reklamar si en el contrato no se estipula ni menciona nada respecto a indemnizacion por retraso en entrega. a parte yo tengo mi vivienda habitual y no he sufrido ningun gasto añadido por culpa de la demora mas ke el malhumor por el retraso
 
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rubnok
25/01/2009 15:48
bueno pues a fecha de 25 de Enero sigo sin tener mi casa.
nuestro Aval caducó y nosotros mismos tuvimos que ir a pedir uno nuevo,la promotora no se entera de nada,o no quieren enterarse.
El nuevo Aval tiene fecha de Junio 2009 y estamos pensando retirarnos de la compra.
¿cuanto tiempo suelen tardar en devolver el dinero?

Creo que ya va siendo hora de emprender acciones judiciales
¿algun consejo?
 
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rubnok
08/09/2008 16:01
Hola:
Mi caso es el siguiente:
He comprado un vivienda y el plazo de entrega según contrato es para el tercer trimestre de 2008.
Segun la promotora llevan un retraso de 2 meses,(que ya será mas).He ledio mucho sobre lo que hay que hacer (Burofax...),actualmete vivo en un piso de alquiler ya que vendi mi anterior vivienda,hicimos un contrato de alquiler para 6 meses y seguramente me veré obligado a prorrogarlo.
Exactamente ¿que debo hacer para reclamar?
¿debo reclamar a la promotora o a la constructora?
¿A quien debo acudir para recibir ayuda?
¿existe algun sitio,oficial, donde puedan asesorarte?
Soy de valladolid


Un saludo y gracias de antemano

 
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Ricardo Quote
19/01/2008 00:26
Gracias biphidus y jurista tendre en cuenta vuestras palabras.
 
J
joako76
13/01/2008 20:49
Por desgracia voy a estar en una situación parecida a la vuestra.
ALGUIEN PODRÍA FALICITARME UN MODELO PARA RECLAMAR A LA PROMOTORA EL RETRASO EN LA ENTREGA DE LA VIVIENDA (formato PDF o similar) , principalmente para reclamar la indemnización por al estar en alquiler.
Gracias por adelantado.
 
Jurista
Jurista
11/01/2008 11:52
Estimados amigos,


La demora en contestación se debe a que tenemos una afluencia de trabajo que debemos solucionar y así dar un correcto servicio a nuestros clientes.

Tengo el honor de colaborar en este foro desde hace mucho tiempo y seguire haciéndolo.

No puedo. ni debo hacer publicidad del despacho de manera directa...

Deciros a los dos que tanto la mora en la entrega de la vivienda (en el caso de las torres que llevan desde antes de la adquisición de solar, el sujeto responsable pudo y debio prever el problema de la alta tensión...no obstante hay que estudiar cada caso) como el daño producido por una rescisión contratual imputable a la empresa o parte vendedora son y deben ser indemnizadas, puesto que se ha producido un daño a consecuencia de una acción y entre estas media una relación de causalidad clara).

Mi consejo es que acudais a un especialista, sabrá ayudaros.

UN SALUDO A TODOS
D. Jesús Martín Vázquez
Abogado-Attourney at Law
jesus@alaudaabogados.com
www.alaudaabogados.com
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 
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RubIsa
11/01/2008 11:24
PAra jurista

No es posible reclamar indemizaciones compensatorias por el rechazo.En mi caso estoy viviendo en la vivienda de un familiar , al cual le abono una pequeña gratificacion a modo de gastos.
Que ocurre si no tengo un contrato de alquiler, y si en lugar de utilizar un trastero estoy utilizando la casa de mis padres ocupandoles dos habitaciones con los muebles? No hay compensacion alguna?.
No me parece logico que un promotor/constructor pueda retrasar la entrega de la vivienda y en el caso de que un afectado viva con sus padres pongamos el caso, no tenga derecho a indemnizacion alguna por el mero hecho de no pagar alquiler o tener un contrato.


 
B
biphidus
11/01/2008 09:59
Hola ricardo quote,

Yo no soy jurista ni experto en este tipo de cosas, pero por desgracia me encuentro en una situación algo parecida y he buscado información sobre el tema.
Por supuesto, confirma todo esto con un profesional, pero creo que la retirada de unos cables de alta tensión (que ya estaban ahí desde hace mucho tiempo) NO se consideraría causa de fuerza mayor, y así parecen confirmarlo algunas resoluciones judiciales, que consideran como medida de elemental diligencia, el que la promotora, antes de iniciar las obras hubiera recabado la oportuna información acerca de la existencia de todo tipo de líneas, conducciones o canalizaciones de servicios o suministros que pudieran discurrir soterradas a través del solar. De hecho, por eso las compañías eléctricas suelen disponer de un informe o mapa cartográfico de las líneas de alta tensión que discurren bajo el suelo de la ciudad.

Vamos, que es un deber básico del promotor conocer dicha cartografía antes de comenzar la excavación y, por supuesto, antes de firmar el contrato.
De la misma manera que también deberían tener en cuenta el funcionamiento administrativo de las instituciones que, directa o indirectamente, participarán en la tramitación administrativa y urbanística de la obra, y verificar los plazos aproximados de resolución de los expedientes a tramitar (planes, licencias, etc...).

Ojalá te sirva de alguna ayuda.

Saludos y suerte.


 
R
Ricardo Quote
11/01/2008 00:14
Hola, me gustaria que si el problema de la no contestación es que este tipo de preguntas mas concretas necesitan tratarse en privado, es decir si el problema es "el dinero" me gustaria lo hicieses saber JURISTA a traves de este hilo pues necesito saber la contestación si hay que pagar se paga pero dime algo pues me urge. Gracias nuevamente
 
R
Ricardo Quote
31/12/2007 01:26
Pregunta para JURISTA

Buenas sere lo mas claro posible.

1º En mi contrato de compra de vivienda pone que: la terminacion y entrega de esta sera 24 meses Aproximadamente desde la obtención de la licencia de Obra.

2º Mi vivienda esta sin terminar de construir por que existen unos cables de una Torre de IBERDROLA que pasan a un metro de la vivienda.

Me podias contestar por favor ....

- ¿Si pasados 24 meses desde la obtención de la liciencia de obra si no me entregan la vivienda con todos los permisos puedo resolver el contrato con ellos o no.
Y lo que pone en el contrato de "aproximadamente" en la fecha de entrega serian 3 meses, mas los 24 previstos es decir como se cuantifica la palabra aproximadamente?

- ¿Podria en un juicio alegar la constructora que el retraso de la entrega de la vivienda a sido debido a causas ajenas a ella ya que IBERDROLA no ha retirado los cables y por eso no me han terminado la vivienda, y si esto fuera asi un juez les daria la razon o no, con lo cual yo no podria resolver el contrato con la empresa constructora.? Es decir la no retirada de las torres por parte de Iberdrola podria considerarse como Fuerza MAYOR.

- Todo esto me interesa puesto que tengo previsto comprarme otra casa si en la fecha prevista no me entregan la vivienda y luego reclamar a la empresa las cantidades entregadas y resolver el contrato con ellos.

MUCHAS GRACIAS JURISTA. GB ABOGADOS.
 
Jurista
Jurista
08/10/2007 14:03
Estimado amig@:

INTENTARÉ SER CONCISO Y CLARO:

1.- Toda clausula considerada abusiva es susceptible de INAPLICACIÓN previa petición ante los Tribunales de Justicia.

2.- La mora en la entrega de la vivienda, imputable al responsable en el proceso constructivo, en este caso la promotora-constructora, GENERA UN DAÑO que debe ser reparado o resarcido, por lo tanto es perfectamente reclamable junto con los demás incumplimientos.


CONSEJO:acude a un especialista, sabrá encontrar la VIA DE SOLUCIÓN ÓPTIMA (cada caso es distinto).

Un saludo a todos,
D. Jesús Martín Vázquez
Abogado-Attourney at Law
jesus@alaudaabogados.com
www.alaudaabogados.com
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E
Etxek
05/10/2007 20:23
Para Jurista:
En nuestro caso tendrían que habernos entregado la vivienda en el primer trimestre de 2007 y, actualmente, la previsión es que tarden como mínimo 2 meses más.
En el contrato tenemos unas clausulas con penalizaciones alucinantes en el caso de que nosotros incumplamos cualquiera de los plazos que nos imponen, pero no hay ninguna penalización para la promotora. La pregunta es: Si una vez que firmemos las escrituras nos decidimos a denunciar a la promotora por el retraso via judicial ¿podríamos pedirles que les aplicaran a ellos las clausulas de penalización que nos han impuesto a nosotros?
¿Se le puede reclamar algo a parte de los gastos ocasionados (alquileres, guardamuebles...)?
 
Jurista
Jurista
04/10/2007 21:13
Estimado Amig@

Seria interesante tener acceso- estudiar el referido contrato privado de compraventa y toda la documentación que obre en tu poder.

Todo menoscabo o daño imputable, en este caso, al promotor-constructor, debe ser resarcido...

Una vez vista la documentación y teniendo en cuenta la situación actual de las fincas dado el momento de la escrituración (tipo y gravedad en los defectos e incumplimientos constructivos) será el momento de plantear solución.

No obstante puedes mandar burofax con acuse y certificado acerca de la controversía suscitada como también, el día de la escrituración-recepcion de la vivienda dejar constancia o hacer constar, ante Notario, del estado de la finca-vivienda o de que, suele pasar, no nos han dejado ver el estado de la misma.

Un cordial saludo, a tu entera disposición.

D. Jesús Martín Vázquez
Abogado-Attourney at Law
jesus@alaudaabogados.com
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Jurista
Jurista
04/10/2007 21:05
Esa clausula es discutible.

Un saludo
D. Jesús Martín Vázquez
Abogado-Attourney at Law
jesus@alaudaabogados.com
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trastomakinero
04/10/2007 11:21
trastomakinero dijo:

en mi contrato pone: "....expirado el plazo de entrega, la compradora podrá optar entre la rescisión del contrato con la devolucion de la cantidad entregada incrementadas en el 4 % de interes anual o conceder a la vendedora una prorroga que se hara constar en una clausula y donde se especificará la nueva fecah de entrega....." y yo no he tenido noticias de nada de todo esto. vamos que solo nos queda ajo y agua !!!!

A esta alturas ya hemos contactado con un abogado especializado y hemos iniciado acciones.Lo primero que hemos hecho es enviar un burofax indicando nustra situación y dando un plazo,tras el cual denunciaremos.
Es vergonzoso que se pueda jugar asi con la ilusiones de la gente. estoy indignada, llevo 10 meses de retraso y no puedo hacer nada.
 
Montecerrao2006
Montecerrao2006
29/08/2007 07:50
trastomakinero dijo:

Hola! mi caso es que tenían que haberme entregado el piso en diciembre de 2006 y a fecha de hoy,no tenemos noticias de la promotora, tenemos que estar llamando nosotros y lo unico que nos dicen es que son problemas del ayuntamiento. Asi q fuímos a hablar con elarquitecto del ayuntamiento que nos confirmó que se pidió la licencia de primera ocupación en abril de 2007 y les fue denegada porque los planos del garaje no coincidían con la obra que se había realizado, que los contadores de agua estaban mal situados y que había algun problema con la acera.Desde esa fecha no han hecho nada en el edificio ni han vuelto a pedir la licencia y la promotora nos dice que no tenemos derecho a reclamarles nada,porque no es culpa suya.Y encima,como en enero de este año,supuestamente, nos lo iban a entregar movimos los papeles de lahipoteca y tasamos el piso ; y a primero de agosto se nos caducó la tasacion. Mi pregunta es: ¿tenemos derecho a reclamar algo? ¿que nos pagen la nueva tasación? ¿no tenemos derecho a que la promotora nos de explicaciones? ¿que hacemos?. estamos desesperados. muchas gracias por adelantado.


Nosotros estamos en una situación similar, el piso debería haberse entregado el 01/07/2006, pero seguimos sin Licencia de Uso y Primera Ocupación.
En cuanto llegue septiembre acudiremos a los tribunales para solicitar indemnización por mora.
 
T
trastomakinero
28/08/2007 18:18
algun jurista por favor??? necesito alguna ayuda!!
 
T
trastomakinero
21/08/2007 19:04
en mi contrato pone: "....expirado el plazo de entrega, la compradora podrá optar entre la rescisión del contrato con la devolucion de la cantidad entregada incrementadas en el 4 % de interes anual o conceder a la vendedora una prorroga que se hara constar en una clausula y donde se especificará la nueva fecah de entrega....." y yo no he tenido noticias de nada de todo esto. vamos que solo nos queda ajo y agua !!!!
 
I
igp
20/08/2007 20:28
Ya, cuando pregunte en la OCU me dijeron que lo unico que se podia hacer era pedirles que se hicieran cargo de todos los gastos que te hubiese generado el retraso como el alquiler o cosas asi, pero tenias que ir a juicio. Tambien hay algo que les puedes pedir por otro medio, creo que un maximo de 900 e que no van a ningun sitio... en fin, que como en mi contrato de arras no hay ninguna clausula que se refiera a indeminacion por retraso en la entrega pues solo se puede esperar...
 
T
trastomakinero
20/08/2007 00:14
es en ciempozuelos, se llama EUROPROR, es muy pequeña pero...q desastre!!! es q no sabemos q hacer y el tiempo pasa....
 
I
igp
19/08/2007 11:32
Mi caso es muy parecido al tuyo. Cual es tu promotora? La mia Metrovialia.
 
T
trastomakinero
17/08/2007 21:15
Hola! mi caso es que tenían que haberme entregado el piso en diciembre de 2006 y a fecha de hoy,no tenemos noticias de la promotora, tenemos que estar llamando nosotros y lo unico que nos dicen es que son problemas del ayuntamiento. Asi q fuímos a hablar con elarquitecto del ayuntamiento que nos confirmó que se pidió la licencia de primera ocupación en abril de 2007 y les fue denegada porque los planos del garaje no coincidían con la obra que se había realizado, que los contadores de agua estaban mal situados y que había algun problema con la acera.Desde esa fecha no han hecho nada en el edificio ni han vuelto a pedir la licencia y la promotora nos dice que no tenemos derecho a reclamarles nada,porque no es culpa suya.Y encima,como en enero de este año,supuestamente, nos lo iban a entregar movimos los papeles de lahipoteca y tasamos el piso ; y a primero de agosto se nos caducó la tasacion. Mi pregunta es: ¿tenemos derecho a reclamar algo? ¿que nos pagen la nueva tasación? ¿no tenemos derecho a que la promotora nos de explicaciones? ¿que hacemos?. estamos desesperados. muchas gracias por adelantado.
 
Jurista
Jurista
10/08/2007 16:29
Estimado Streamer,
Me remito al mensaje anterior par idicarte y afirmarte que, con independencia a resolver el contrato, TODA MORA EN LA ENTREGA DE LA VIVIENDA ACHACABLE O "IMPUTABLE" AL PROMOTOR-CONSTRUCTOR, DEBE SER RESARCIDA. (Responsabilidad Civil Cont.)

Saludos a todos
BUEN VERANO
D. Jesús Martín Vázquez
Abogado-Attourney at Law
jesus@alaudaabogados.com
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S
streamer
04/08/2007 13:54
espero que alguien nos pueda irformar, nosotros compramos un apartamento en la playa, el fin de obra tenía que haber sido el 30 de marzo de 2007 y la entrega 90 días despues. En julio se firmo el fin de obra y se presento la licencia de primera ocupación en el ayuntamiento, en este momento estamos a la espera porque debe de faltar algun documento necesario para que el ayuntamiento informe de manera positiva. Mi pregunta es, les puedo reclamar algo, en el contrato lo único que nos dicen es que si existe algún incumplimiento podemos renunciar a la vivienda indemizandonós con las cantidades abonadas mas un diferencial.

Un saludo
 
Jurista
Jurista
31/07/2007 17:43
Que no quieran pagar no significa que no tengan que hacerlo si la mora en la entrega de la vivienda es responsabilidad de la promotora-constructora.

1 En principio habría que esperar a la recepción de la vivienda ( escrituración) y así proceder a la reclamación de defectos e incumplimientos que pudieran darse o haberse dado.

2 Sería interesante saber el por qué del retraso en la entrega de la vivienda, el estado de la obra, si se ha solicitado licencia de primera ocupación (en caso positivo habrá que atender a si ha sido afirmativa, negativa,etc).

3 Tampoco está de más mandar un burofax, si quereis, con acuse de recibo informando de vuestra situación a la promotora constructora con la intención de aclarar la controversia o controversias que pudieran suscitarse(debido al incumplimiento o mora en la entrega pactada.

4 También debeis guardar todo tipo de justificantes de pago relacionados con ese incumplimiento. Es decir, si la promotora constructora hubiera cumplido no se habría incurrido en una serie de gastos tales como: alquileres, guardamuebles, transporte-mudanzas,etc.

Agotada la vía extrajudicial, dado el caso, se podría proceder a la interposición de acciones por incumplimientos...



Un saludo a todos.
D. Jesús Martín Vázquez
Abogado-Attourney at Law
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