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21/07/2004 13:16

Poderes para el jueves 29 parcela s1 y 2

¿Cómo ceder poderes para la reunión del 29 de noviembre en Madrid?

754 lecturas | 2 respuestas
Está surgiendo, obviamente por las fechas en que estamos, el problema de la gente que no va a estar en Madrid el jueves 29 o que por otros motivos no va a poder acudir.

Propongo como solución que la gente de la PARCELA 1 que no vaya a estar y quiera ceder poderes, en el caso que no lo haga a alguien que pueda acudir en su nombre, que lo haga a mi nombre (Daniel Duque Torres , duqued@lucent.com ) indicando:

- Nombre y apellidos
- DNI
- Piso del que es propietario/a

e indicando que cede los poderes y acepta lo que salga en votación ese día (el texto lo ponéis vosotros)

Los que seáis de la PARCELA 2 se lo podéis enviar a Estela Moreno ( estela.moreno@pfizer.com ) o a Leonor Ramos (leonor.ramos@ineco.es ).

Saludos
 
V
vecinaparcela312412
21/07/2004 21:37
Poder notarial es para escriturar, pero para una junta de vecinos y elegir lo que se va a hacer ese dia con ese papel esta solucionado. Date cuenta que todavia no eres propietario real del piso. Ese poder para una junta solo haría falta y tendria que hacerse asi, con poder notarial, en el caso de que ya tengas escrituras a tu nombre, no pudieras ir a una reunion y tuvieras que delegar en alguien. Entonces sí.

Animo Daniel, Leonor, Estela, y enhoraBUENA. Ya nos queda menos.
 
S
saf770
21/07/2004 13:51
Creo que para que ese poder tenga validez tiene que ser un poder notarial. O sea, que tiene que hacerse ante notario.
Por lo menos eso es lo que me dijeron a mi en TAU.
 

Fin del hilo
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