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I
Igonzalez
16/02/2006 11:23

SUBVENCIONES

980 lecturas | 13 respuestas
Hola buenos días, ¿Sabeis alguno como vamos a escriturar nuestros pisos para poder pedir las subvenciones? Se que en la primera reunión nos dijeron que si que podríamos, pero los pisos tendrían que tener menos de 90 metros utiles, Saludos.
 
I
icastellanos
22/02/2006 16:39
Hola vecinos,
VPO sigue existiendo.
Lo nuestro puede ser VPPB o VPPL dependiendo de los metros de las viviendas.
Si quereis informaros yo ya os he dicho que os metais en la página www.madrid.org/oficinavivienda en guias y documentos,guía Informativa del Plan de Vivienda 05/08 y hay os explican lo que es VPO, VPPL, VPPB, las ayudas que hay para cada tipo,etc.
El problema que yo planteaba era que no se como van a considerar nuestras viviendas porque cada una tiene unos metros y dependiendo de eso tenemos ayudas o no (según lo expuesto en esta página).
Bueno chicos/as que me imagino que eso nos lo tendrá que aclarar Bitango, asi que ya llamaré y os informaré.
Si llamais alguno y os acordais preguntarlo ¿vale?
Saludossssssss
 
I
Igonzalez
22/02/2006 12:20
¿Pero entonces tenemos derecho a las subvenciones? ¿Cuánto nos podrían dar?
 
H
helenar
21/02/2006 22:49
Hola a todos! Por lo que tengo entendido, VPPB que equivaldría a la antigua VPO, se la suelen otorgar a viviendas promovidas por administraciones, como son los Ayuntamientos. Por lo general, los promotores privados obtienen calificación de VPPL. Me extraña mucho lo que comentáis sobre lo que pasa en otras promociones.
 
I
icastellanos
20/02/2006 13:08
Hola vecinos,
El mío es un bajo con jardín y construidos tiene, por lo menos lo que pone en mi plano, 101 metros cuadrados y útiles 87,65, sin contar el jardín.
Por lo tanto entraría en VPPB porque para que sea VPPL tiene que tener más de 110m.
¿En qué se van a basar para ponerlos como VPPB o VPPL?porque cada uno tenemos unos metros.
A parte si es de VPPL no tenemos ayudas, asi que yo no sé que nos conviene más.
Saluditos.
 
A
argordo
17/02/2006 14:43
Hola de nuevo,

En primer lugar layger, muchas gracias por la información, y la verdad es q no acabo de entender como les han dicho a los de Zarzalejo I que se algunos van a escriturar por 90m2. El caso es q si tu te lees la legislación bajo la que nosotros no debemos regir que es el PLan 2005-2008 nosotros somos vivienda VPPL, clasificacion que apareció precisamente como nueva en este plan 2005-2008. Esta diferenciación no existia anteriomente creo, o por lo menos es lo q tengo entendido por lo que he leido del tema.

No sé cuando vendieron la fase de Zarzalejo I, pero lo que tengo claro es q no fue en el 2005, y yo creo q la ley aplicable en cada momento es la vigente en el momento de la Constitución de la comunidad de propietarios que de paso es la promotora. En nuestro caso el Año 2005.

Por otro lado decirte que yo no me fio y nunca me fiaré de los rumores, suposiciones, etc, lo unico que hay que hacer es leerse el Plan de Vivienda que nos afecta y la información que te ha proporcionado Bitango y ver si coincide o no, y en caso de duda consultarlo con la CAM.


En cuanto a tu pregunta igonzalez, una cosa es la hipoteca y otra el precio de tasación. En nuestro caso, el precio de tasación máximo de nuestras viviendas será el que diga la CAM en el momento de la entrega,y partir de ahi el Banco decidirá si te da el 80% o 100%, lo normal es que solo te den el 80% del valor de la tasación, pero siempre cabe la posibilidad de que encuentres un banco que te dé más si lo buscas. No tienes porque subrogarte a la hipoteca que te proporcione Bitango a la entrega.

Por último te cito la respuesta de la CAM a una de las preguntas más frecuentes sobre las Viviendas de Protección Pública:

9. ¿Que ayudas se prestan al optar a una Vivienda de Protección Pública?

Las ayudas que presta la Administración a los usuarios al optar a una Vivienda con Protección Pública son:

a. Control técnico de las viviendas
b. Fijación del Precio Máximo Legal de Venta y del Precio Máximo Legal de Arrendamiento, según proceda
c. Establecimiento de requisitos concretos de acceso a cada tipo de vivienda
d. Ayudas Económicas directas a la persona, cuando procede, en forma de Cheque Vivienda, siempre que cumplan determinados requisitos y plazos de solicitud.
e. Desgravaciones en la declaración del IRPF a los inquilinos en caso de arrendamiento, y a los adquirientes, en el caso de uso propio siempre que cumplan determinados requisitos.

Creo que cuando hablabas de subvenciones antes te referías al punto D. Si esto es así estas subvenciones son a nivel particular, y tendrás que solicitarla tu por tu cuenta y ver si la CAM decide que cumples los requisitos para acceder a ella. Los importes de estas subvenciones me parece que van desde los 3.000 Euros pero no sé el máximo. Asi que si te interesa esta subvención lo mejor es que vayas a la CAM a enterarte.


Para más información os recomiendo que visiteis la web de la CAM. www.madrid.org, en VIVIENDA y ahi tendreis muchas información de todo.


Besos para todos y buen fin de semana.
 
I
Igonzalez
17/02/2006 13:16
Vale, pero ¿cuanto nos dan de subvención?

Lo de los metros, escrituramos los útiles, porque los metros que tenemos de principio son los construidos.

Y el precio por el que vamos a escriturar será si la hipoteca es de 110.000 €, esto es el 80%, pues será sobre 24 millones de pts.
 
layger
layger
17/02/2006 12:02
Gracias argordo, pero lo que me cuentas aquí es lo que yo tenía entendido, y tenía muy claro que nuestros pisos iban a ser de VPPL, pero es que hay gente de Zarzalejo 1 con pisos como los nuestros de más de 110m2 construidos, que dicen que les ha dicho Bitango, que se van a escriturar por 90, y que entran en VPPB. Ese es el problema que la tasación máxima, desciende su valor bastante.
En fin, ya veremos a ver qué pasa.

saludos
 
A
argordo
17/02/2006 11:37
Hola a todos!!
Según lo que yo he estado leyendo en el Plan de Vivienda de la CAM 05-08 nuestra vivienda es de VPPL cuya descripción según la Guia Informativa de la CAM es:

Destinatarios:
Adquirientes o promotores individuales para uso propio

Descripción:
Superficie: 150m2 máximo de superficie construida
Sujetas a precio máximo legal de venta
La duración del regimen legal de protección pública es de 20 años a contar desde la fecha de la Calificación Definitiva
Sólo se pueden promover sobre suelo residencial destinado expresamente a:Vivienda libre, vivienda de protección publica de 100m2, Vivienda a precio tasado

Para cceder a la vivienda:
- Que los ingresos familiares no excedan de 7.5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM)(VISITAR LA ZONA DE DESCARGAS DEL FORO DONDE ESTA LA CALCULADORA)
- Que los miembros de la unidad familiar no sean titulares del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute de otra vivienda sujeta a regimen de protección en todo el territorio nacional
- Que los miembros de la unidad familiar no sean titulares de plano dominio o de un derecho real de uso y disfrute sobre una vivienda libre en la Comunidad de Madrid cuyo valor, según el Impuesto sobre transmisiones Patrimoniales (ITP) exceda del 40% del precio máximo total de venta, que deberá ser inferior al Precio Máximo Legal de Venta (PMVL).
- No serán de aplicación los dos requisitos anteriores en los caos de sentencia judicial de separación o divorcio cuando, como consecuencia de ésta, no se le haya adjudicado el uso de la vivienda que constituía la residencia familiar.
- Que se destine a domicilio habitual y permanente de sus ocupantes legales


Obligaciones:
- Si se ha tenido préstamo cualificado para su promoción, la duración del regimen legal será la misma que el plazo inicial de amortización del prestamo, a contar desde la Calificación Definitiva
- Podrá solicitarse la Descalificación una vez transcurrido un mínimo de 15 años desde la Calificación Definitiva
-Los adquirientes de la vivienda deberan proceder a su ocupación en el plazo de máximo una año desde la entrega de la misma
- Para realizar obras o reformas deberá obtenerse autorización de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda


Espero que esto aclare algo, pero si os queda alguna duda, descargaros la información de la CAM que está colgada en el foro que es muy util, y evita hacer suposiciones.


Besos para todos

 
I
Igonzalez
17/02/2006 09:47
Vale Layger, yo creo que nos dan por lo menos 3.000 € y luego creo que un porcentaje de la hipoteca durante unos años, lo se por una amiga que se lo ha comprado en Parla y la vivienda es igual que la nuestra.

Lo de la escritura si que es verdad, escrituraremos por menos, ya que el piso vale sobre los 23 kilos, el resto "va en materiales y gastos"

Lo de los metros, es mejor escriturar por menos, ya que si escrituras por esos metros no puedes pedir la subvención.
 
layger
layger
16/02/2006 18:31
Hola vecin@s, yo no se vosotros pero yo estoy empezando a temblar con estos temas.
Primero cómo es eso de que escrituramos por 90m2, si al menos el mío tiene 116m2 construidos? Según la ley estos pisos entran en la protección VPPL, porque como entren en la VPPB, si habéis hecho el cálculo con la calculadora de tasación de la CAM, vamos listos, al menos yo, porque si el piso me lo tasane en 23kilos y me han cobrado diez más. De dónde me van a hipotecar a mi el día que nos den las llaves?
Y otra cosa, a cuento de qué solo se dan las ayudas a familias numerosas? Las ayudas no son para la compra de la primera vivienda? En principio cuando compras tu primera vivienda no tienes hijos todavía, claro que para cuando nos los den quien sabe porque a este ritmo.

No se a lo mejor es muy pesimista, pero no se como lo vereis vosotros, yo desde luego no muy bien.

Saludos.
 
I
Igonzalez
16/02/2006 13:48
Ya, mi piso tiene 120 m y según tengo entendido que escrituramos sobre los 90 m.

Y sobre el precio de la vivienda.
 
I
icastellanos
16/02/2006 13:26
No es esa guia donde os teneis que meter, sino Guía Informativa del Plan de Vivienda 05/08
 
I
icastellanos
16/02/2006 13:19
Hola Iñaki,
Bueno primero bienvenido al foro.
Segundo yo me he metido en la página www.madrid.org/oficinavivienda/ :guias y documentos, Guía Informativa para Venta de Viviendas Protegidas, y te aparece como van las ayudas para cada tipo de vivienda.
La nuestra a lo mejor se va a considerar VPPL, porque esta entre 100 y 110m, y no aparece ninguna subvención para este tipo de viviendas.
De todas maneras si lo teneís más claro que yo me informais porque yo no lo tengo muy claro.
Chaito.
 

Fin del hilo
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