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A
ArtemisaFM
09/05/2008 11:42

AVISO IMPORTANTE

¿Cómo afectará la subida del módulo para viviendas protegidas en el precio final de nuestras viviendas?

1.672 lecturas | 6 respuestas
Hola a tod@s:
Este comunicado no pretende alarmaros, pero sí informar de la posible gran subida en el precio final de nuestras viviendas.
No se si estáis al tanto de la reciente subida aprobada el día 1 de Abril de 2008 por el gobierno de la Comunidad de Madrid (“gracias Espe”) del módulo para viviendas protegidas. Esta subida es exactamente del 24,78% en VPPB, para nuestro municipio que pertenece a la zona 2 ; de 1.263,49 €/m2 pasa a 1.576,64 €/m2.
(Supongo que casi todo el mundo conoce la importancia de este precio para los adquirientes de vivienda publica, pero para los no conocedores aclaro brevemente que es el precio máximo establecido por ley, que pagaríamos por metro cuadrado útil de tu vivienda, resumiendo, los metros útiles por los que escrituras. A esto hay que añadirle la parte del garaje, impuestos y un largo etcétera.)
Esta subida se aplicará y cito textualmente:

Consejería de Vivienda
1552: RESOLUCIÓN de 15 de abril de 2008, de la Dirección General de Vivienda, por la que se establecen los criterios para la aplicación de la disposición transitoria de la Orden 116/2008, de 1 de abril, de la Consejería de Vivienda, por la que se adecuan y adaptan los precios máximos de venta y arrendamiento de las viviendas con protección pública a lo dispuesto en el Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, y su modificación por Real Decreto 14/2008, de 11 de enero.
Mediante Orden 116/2008, de 1 de abril, de la Consejería de Vivienda, se procedió a adecuar los precios máximos de venta y arrendamiento de las viviendas con protección pública a lo dispuesto en los Reales Decretos 801/2005, de 1 julio, y 14/2008, de 11 de enero. La citada Orden establece una disposición transitoria para regular aquellas situaciones temporales afectadas por la entrada en vigor de la misma. Ante las consultas recibidas en la Dirección General de Vivienda, se estima conveniente establecer los criterios para la aplicación de la referida disposición transitoria de la citada Orden.
En consecuencia, y de conformidad con las competencias que tiene atribuidas, esta Dirección General
RESUELVE
Establecer los siguientes criterios de aplicación de la disposición transitoria de la Orden 116/2008, de 1 de abril, de la Consejería de Vivienda:
Serán de aplicación los precios máximos establecidos en la  ;  ;
1. Orden 116/2008, de 1 de abril, a las Viviendas con Protección Pública para venta, uso propio o arrendamiento que, encontrándose pendientes de obtener la calificación provisional solicitada antes de la entrada en vigor de la referida Orden, cumplan simultáneamente los requisitos establecidos en los apartados a) y b) de la disposición transitoria.
No serán de aplicación los precios máximos establecidos en  ;  ;
2. la Orden 116/2008, de 1 de abril, a los suelos públicos sobre los que vaya a desarrollarse la promoción de viviendas que hayan sido adjudicados por las Administraciones Públicas o Entidades dependientes, con anterioridad a la entrada en vigor de la Orden.
Madrid, a 15 de abril de 2008.—El Director General de Vivienda, Juan Van-Halen Rodríguez.
(03/10.763/08)

También intentaré poner en descargas las TABLAS de “PRECIOS PARA LA VIVIENDA CON PROTECCIÓN PÚBLICA” (Actualizado a Abril/2008) publicadas por la C.A.M. para que podáis comprobar los nuevos precios.
 
schoolboy
schoolboy
19/05/2008 17:25
Me han mandado hoy una carta de Covibar en la que dicen que han presentado la licencia de obra al ayuntamiento y la calificacion de vppb a la comunidad de madrid y que ambas estan muy avanzadas, pero que el ayuntamiento no puede seguir con la licencia hasta que no haya la calificacion del suelo por parte de la cam.
Tambien aclaran que la eleccion de vivienda sera en septiembre - octubre.
Sobre el precio y la subida de las viviendas aprobadas por la cam dicen:"En relacion con el precio de vuestras viviendas, debeis saber que, al ser una promocion en regimen de cooperativa, el precio sera el resultado de la suma de todos los costes que se produzcan para su construccion y habitabilidad. Esto implica que la subida que acaba de probar la cam de los precios maximos para este tipo de viviendas no es determinante del precio de las mismas, el precio sera el que resulte independientemente de los valores establecidos por la cam, pero, en cualquier caso, siempre sera inferior al maximo permitido".

Esto del precio no se muy bien como interpretarlo.
 
Cron
Cron
14/05/2008 16:38
No quiero hacer ninguna interpretación incorrecta, pero yo entiendo que la promotora es la cooperativa.

Además, el punto B no habla solo de contratos, sino que habla de cantidades entregadas a cuenta a cambio de un piso. En este caso, entiendo que sí que se da.

Lo único que no tengo claro es que la clasificación de protegida se haya otorgado antes de la entrada en vigor de la orden.
 
Miosorex
Miosorex
13/05/2008 16:49
Pues no lo tengo yo tan claro que se cumpla el punto B. Al fin y al cabo, las cantidades se han entregado a la cooperativa de la cual somos socios (es decir, a nosotros mismos), no a la promotora, y que yo sepa nadie ha firmado un contrato de compra-venta. Ni siquiera sé si el suelo estará ya comprado y pagado, ya que en las oficinas o saben menos que nosotros, o solo saben marear la perdiz...
 
schoolboy
schoolboy
11/05/2008 13:01
Hola a todos de nuevo. Me ha gustado mucho el comentario y me ha sido muy util. A ver si gracias a la occion B no nos lo suben
 
Cron
Cron
10/05/2008 01:07
Buenas

Según lo que pones, para que se pueda aplicar la subida en promociones en las que se pidió la clasificación como protegida antes de la entrada en vigor de la orden (como creo que debe ser por las fechas), se tienen que cumplir simultáneamente los apartados a y b de la disposición transitoria de la Orden 116/2008.

Buscando esta orden, la disposición transitoria dice algo así como:

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Cuando se trate de Promociones de Vivienda con Protección Pública para venta, uso propio o arrendamiento, para las cuales se haya solicitado calificación provisional con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Orden, y que se encuentren pendientes de calificación a dicha fecha, la aplicación de los precios de la presente Orden, exigirá el cumplimiento de los siguientes requisitos:

a) Que el promotor solicite expresamente su aplicación.

b) Que no existan adquirentes o adjudicatarios que hubieran suscrito respecto de las viviendas que integran la promoción, contratos de compraventa u opción de compra o títulos de adjudicación o se hubieran entregado cantidades a cuenta del precio.

c) Que el suelo sobre el que vaya a desarrollarse la promoción no haya sido adjudicado por las Administraciones Públicas o Entidades dependientes de las mismas con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Orden.



De aquí yo entiendo que los promotores perderán el culo absolutamente todos para pedir el aumento.

Pero el punto b no permite que se aplique la subida si ha habido entregas de pasta a cuenta... Y por ahí creo que nos podemos salvar.

Espero que sea así. Si alguien ve otra cosa, comentarla, por favor.

Saludos
 
A
ArtemisaFM
09/05/2008 11:49
Como no sabía en que fase está nuestro expediente, y dada la gran información que nos aportan siempre en la cooperativa acudí a las oficinas de Covibar con el miedito en el cuerpo y rogando para que ya tuviéramos la calificación de VPPB.
La síntesis de la conversación mantenida con la persona que me atendió se resume en los siguientes puntos
• A la pregunta de que si nos afectaba la subida del módulo:
• “Yo no se nada de ninguna subida de modulo, tendré que preguntar. ¿Y de subida estamos hablando?”,
• Le cuento lo que sé. •
• ”Si tu dices que es así es muy probable que se os aplique ya que todavía no tenemos el suelo con la clasificación de VPPB. Se están presentando los documentos en la comunidad de Madrid pero está pendiente de aprobación.”
• “Pues creo que es un tema bastante importante para que lo miréis e informéis a la gente de las posibilidades, si se nos aplican estos nuevos precio habrá gente que tenga que echar muchas cuentas o que incluso no pueda pargalo”, dije yo.
• “De todas formas no creo que la subida sea para tanto ya que como entrará en vigor el nuevo código técnico de la edificación (que leches tendrá que ver eso, pensé), pues vuestras viviendas serán de mas calidad (“ja…ja”). ¿Y de cuanto me dices entonces que es la subida?”
• Del 25 al 30% le contesté lo que significa que un piso de 3 habitaciones que antes costaría unos 150.000 € según mis cálculos pasará a costar unos 180.000 € por lo menos.
• Eso no puede ser ya que una vivienda de 2 habitaciones como la mía de la última promoción entregada por la EMV tiene aprox. 55 m2 útiles (“no se lo cree ni jarto de pesicola, no se cuenta tu casa pelá y mondá, también la parte proporcional zonas comunes, trasteros, terrazas etc. Total para piso 2 habitaciones unos 70-75m2”), y eso multiplicado por el módulo nos da un precio de (“tira de calculadora”) menos de 120.000 € (“ya, pero si eso nos costaba con el módulo anterior creo que no puede ser. No lo dije en voz alta pero es evidente la diferencia.”).
• Después de rebatirle que eso no es así exactamente y me suelta que a lo mejor la solución es elegir una casa mas pequeña para que me siga quedando en los 150.000 € iniciales.
• Se me quedó cara de tonta pero no respondí con la contundencia que hubiera sido necesaria por miedo a consecuencias ingratas.
• Acto seguido suelta la perla de que hombre siempre se puede renunciar y se te devuelve el dinero (“ya, ¿y los intereses de nuestro 1.700.000 € de las entradas mas 85.000€ que soltamos entre todos cada mes de cuotas dando intereses muy suculentos también los repartís?, no necesito que me devuelvan el dinero, quiero una casa al precio que me dijeron cuando solté la pasta”. Lógicamente todo esto no lo dije en voz alta)
• Viendo que la conversación no llevaba a ningún lado con el erre que erre de que demos gracias de que aún con la subida nos sigue saliendo mas barato que una vivienda privada, y que lo que hay que hacer es elegir viviendas mas pequeñas para que no se nos salgan de nuestro presupuesto inicial, decidí indagar sobre otro tema importante.
• ¿Cómo va el proyecto y cuando podremos verlo o elegir casa? ¿Ya esta terminado?, pregunté
• Si, el proyecto se está revisando en los organismos correspondientes, lo podréis ver el día que os llamemos para elegir casa por los turnos correspondientes dijo.
• ¿Y vais a facilitar alguna información anticipada, planos o lo que sea, en una Web o algo así para que podamos hacernos una idea de lo que hay y lo que nos interesa elegir antes de la decisión definitiva?, pregunté y añadí: creo que es una decisión muy importante como para tomarla de sopetón viendo los planos en dos minutos, no estamos hablando de unos zapatos, y por muy barata que tu digas que nos sale una vivienda publica, creo que cuesta mucho pagarla.
• Respondió que ya consultaría el tema y mirarían la posibilidad de anticipar información. (“para el caso: tía plasta vete ya, que me estás dando la tarde”).
• Viendo mi éxito como indagadora me disponía a marcharme cuando me suelta la sentencia definitiva: tu lo que pasa es que te preocupas demasiado y lo que tienes que hacer es dejar pasar un tiempo y olvidarte del tema por unos meses, en serio no piensen en estas cosas durante unos meses.
• Y con la mejor de mis expresiones de estúpida total me marché de las oficinas mientras la indignación crecía en mi interior.

Moraleja: avisados quedáis de la posibilidad de subida, que insisto no se si es algo definitivo, y no se si afectará nuestra promoción. Si hay alguien de este foro que entienda de legislación para estos temas, rogaría me aclararan la situación.
 

Fin del hilo
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