Vigilancia y seguridad en comunidades de propietarios

Una de las consultas más demandadas por las comunidades de propietarios es la relacionada con la instalación de cámaras de seguridad o videovigilancia. ¿Se pueden colocar cámaras en las zonas comunes de un edificio? La respuesta es sí, pero es necesario contar con el voto favorable de las 3/5 partes de la totalidad de propietarios, que a su vez representen las 3/5 partes de la cuota de participación, según lo recogido por la Ley de Propiedad Horizontal. No obstante, si la instalación supone un complemento al servicio personal existente como los vigilantes de seguridad, será suficiente la mayoría simple.
Vigilancia y seguridad en comunidades de propietarios
Publicada 13/10/2016 Leer noticia completa en La Opinión de Málaga
 
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