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guiness
guiness
10/05/2010 13:06
en un hilo por este foro lei algo asi como que era conveniente mirar los planos de tu parcela por que puede darse el caso de que parte de la acera pertenezca a tu comunidad y esten poniendo la terraza en los terrenos de la comunidad.

no me hagas caso, era algo asi.

un saludo y paciencia.
 
Pechu
Pechu
09/05/2010 22:14

Hola,

Muchas gracias FPG por tu información, con esto ya podre negociar con el del bar.

Sugar, el bar del que yo hablo deja las mesas y las sillas encadenadas a una farola cuando las retiran, y el ruido de las cadenitas a eso de las 24:00 horas cuando al día siguiente tienes que trabajar pues no es muy cofortable.

Saludos

 
S
sugar
09/05/2010 16:05
Este bar también ha puesto terraza y te informo que la licencia parece ser que tardan en dársela mucho tiempo unos dos años parece ser, asi que abren sin licencia pero parece ser que pueden hacerlo, de hecho este bar lleva abierto desde marzo sin tner licencia de apertura y tien su terraza y todo...

En cuanto al ruido de la terraza, en mi caso prefiero mil veces este ruido que los golpazos que oigo durante todo el día, ahora mismo acaba de despertar a mi hijo que dormía la siesta.

En cuanto al horario, a mi me han dicho que es el mismo que el que tenga el bar pero hay excepciones y parece ser que en las Tablas les dejan tenerlas hasta las doce, ahora bien estos amables señores aunque recogan su terraza, guardan las mesas y sillas en el bar cuando cierran lo que puede ser pasadas las unas y media de la mañana, asi que los fines de semana en casa no dormimos hasta que ellos echan el cierre y los vemos marcharse con enorrrrme alivio.
 
F
FPG
09/05/2010 00:36
Hola,

Si no estoy equivocado, la Ordenanza que regula la instalación de terrazas es la aprobada por acuerdo municipal de 25 de junio de 2008 y publicada en el B.O.C.M. nº 166, de 14 de julio de 2008.

En cuanto a los horarios, la Ordenanza determina lo siguiente: "El horario de funcionamiento de las terrazas situadas en suelo de titularidad y uso público, en periodo estacional, esto es, el comprendido entre el 15 de marzo y el 31 de octubre, será hasta la una hora de la madrugada los lunes, martes, miércoles, jueves y domingos y, hasta las dos horas y treinta minutos, los viernes, sábados y vísperas de festivo. El resto del año, para aquellas que tengan autorización para un periodo de funcionamiento anual, será hasta las veinticuatro horas. En ambos supuestos, el montaje y funcionamiento de la terraza no podrá iniciarse antes de las diez horas".

Con respecto a la anchura libre de paso, la Ordenanza establece las siguientes regulaciones:
"I. En aquellas aceras o calles peatonales cuyo ancho sea inferior a los 6 metros, la anchura de la ocupación no podrá ser nunca superior a un tercio del ancho de la acera o calle peatonal. Para este supuesto, el ancho libre de paso no podrá ser inferior a 2,50 metros.
II. Cuando el ancho de la acera o calle peatonal sea igual o superior a los 6 metros e inferior a 8 metros, podrá ocuparse, como máximo, un 40% de la acera o calle peatonal.
III. En aquellas aceras o calles peatonales cuyo ancho sea igual o superior a 8 metros, podrá ocuparse como máximo, un 50% del ancho de la acera o calle peatonal.
IV. La ocupación no podrá exceder del 40 por 100 del ancho peatonal del bulevar".

Es decir, por definición, una acera de anchura inferior a 2,50 metros es incompatible con la instalación de terrazas ya que, en ningún caso, el ancho libre de paso puede ser inferior a 2,50 metros.

Un saludo,

FPG

Editado por fpg 09/05/2010 0:39
 
Pechu
Pechu
08/05/2010 22:44
Hola,

¿Donde vives?. Yo vivo encima de un bar y la verdad es que en verano es muy incomodo y ruidoso; la terraza suele tenerla abierta hasta las 24:00 horas.
 A mi me gustaría averiguar, sin tener que denunciar, si tiene licencia de terraza, pues donde está situada es en una acera estrecha, creo que de unos 2 metros de ancho

Estaría muy agradecido al que nos pudiera informar de los derechos que tenemos y de los que tiene la terraza

Saludos
 

Fin del hilo
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