Volver al foro
S
scottymaligno
08/03/2007 10:16

centro comercial

1.566 lecturas | 1 respuestas
Buenas,

Alguien sabe para cuando esta previsto que acaben el centro comercial. Hace tiempo que no trabajan en esa parcela lo cual me hace pensar que tardaran bastante en acacabarlo.

Un saludo
 
JaramaDirecto
JaramaDirecto
08/03/2007 10:55
En nuestra web publicamos todas las juntas de gobierno con las facturas del Ayto y icencias concedidas entre otras cosas, en http://www.jaramadirecto.com/comisiones/2007_ene_11.php veras que se trato el tema del centro comercial que aun no tiene licencia.
Te trascribo lo que alli figura:

A continuación se dio lectura a la instancia presentada por Hercesa Inmobiliaria S.A., y en la que solicita informe previo a licencia municipal de obras para construcción de Centro Comercial, Oficinas y Hotel sito en la parcela CO-O1 EQ-05 TER-01 del Sector 8. Expediente 117/06. La Junta de Gobierno Local a la vista del informe técnico emitido por la Arquitecto Municipal que obra en el expediente por unanimidad acuerda: Emitir informe positivo vinculante a efectos urbanísticos por un periodo de tres meses a contar desde, la notificación del presente acuerdo, sin perjuicio de lo que determine las autorizaciones pertinentes, del proyecto básico presentado por Hercesa Inmobiliaria S.A., para construcción de Centro Comercial, Oficinas y Hotel sito en la parcela CO-O1 EQ-05 TER-O1 del Sector 8.
Previo a la concesión de la licencia de obras se deberá aportar el proyecto de ejecución con la siguiente documentación:
Solicitud independiente de trasvase de edificabilidades que se propone en el proyecto.
Fianza en la cuantía suficiente para garantizar la reparación de los desperfectos que se pudieran ocasionar durante la ejecución de las obras en las infraestructuras municipales que se valora en 240.394,1º Euros.
El CTE entró en vigor el 29 de marzo de 2006. Dado que la licencia está solicitada con posterioridad a dicha fecha, el redactor del proyecto deberá definir si se acoge a las disposiciones transitorias y, por tanto, resultan de aplicación las normas del régimen anterior que el Código Técnico deroga.
- Estudio Geotécnico {obligatorio con el proyecto de ejecución)
- Certificado de viabilidad geométrica {obligatorio con el proyecto básico)
- Instrucciones sobre uso, conservación y mantenimiento {obligatorio con el proyecto de ejecución)
- Normas de actuación en caso de siniestro o en situaciones de emergencia {obligatorio con el proyecto de ejecución)
- Ley 8/93 y Decreto 138/98. Promoción de accesibilidad y Supresión de barreras arquitectónicas. Justificación expresa de esta normativa especificando:
- Justificación de la dotación de aseos para minusválidos.
- Justificación de la reserva de plazas de aparcamiento.
- Declaración del técnico redactor sobre la conformidad del proyecto con la ordenación urbanística aplicable.
- Ley 16/1999, de 29 de abril, de Comercio Interior de la Comunidad de Madrid. Licencia comercial de gran establecimiento mediante Orden de la Consejería de Economía y Empleo.
- Pliego de condiciones Hoja de estadística de edificación y vivienda Dirección facultativa del arquitecto técnico Para los materiales procedentes de la ejecución de obras se deberá presentar un plan de vertido de tierras y demás materias inertes con la propuesta del vertedero concreto al que se dirigirán los residuos, el cual deberá estar debidamente autorizado por la Comunidad de Madrid, de acuerdo con los planes que pueda aprobar la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en esta materia {art. 8.8.2.C del Plan General). Asimismo dicho plan deberá adaptar sus contenidos a la Orden 2690/2006, de 28 de julio, del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se regula la gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad de Madrid.
- Se recuerda que con RE 7586 de 22 de noviembre de 2006 se ha recibido en el Ayuntamiento autorización para la edificación con la condición de que la altura máxima de la edificación no supere los 17m y la de la grúa 1 no supere los 31 m y la de la grúa 2 no supere los 37m. Dichas condiciones deberán ser incorporadas en la licencia de obras. Hasta la fecha no se ha recibido autorización por parte del Ministerio de Defensa que ha sido solicitada con fecha 21/11/06. asimismo se informa que con fecha 5/01/07 se ha remitido una copia del proyecto para su inforn1e por parte de ENAGAS.
Asimismo se aprobó el importe de la tasa que asciende a la cantidad de 18,00 euros.


O sea pidieron informe tecnico, pero falta aportar la documentacion que se les pide y pagar las tasas antes de poder comenzar a construir. Ademas te recuerdo que el Ayto tiene interes porque en la 1º planta de dicho edificio se instalara la Ciudad de la Justicia con polica y juzgados.

http://www.jaramadirecto.com/include/logo.png
Sergio KG
Concejal portavoz JaDi
 

Fin del hilo
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento